MINISTERIO DE ECONOMIA Y FINANZAS PUBLICAS

Decreto 152/2009

Créase el cargo extraescalafonario de Vocero de Prensa y Difusión. Designación.

Bs. As. 3/3/2009

VISTO el Expediente Nº S01:0545054/2008 del Registro del MINISTERIO DE ECONOMIA Y FINANZAS PUBLICAS, el Presupuesto General de la Administración Nacional para el Ejercicio 2009 aprobado por la Ley Nº 26.422, los Decretos Nº 1359 de fecha 5 de octubre de 2004, Nº 2025 de fecha 25 de noviembre de 2008 y Nº 2102 de fecha 4 de diciembre de 2008, y la Resolución Nº 779 de fecha 6 de diciembre de 2004 del ex MINISTERIO DE ECONOMIA Y PRODUCCION y sus modificaciones, y

CONSIDERANDO:

Que mediante el Decreto Nº 2025 de fecha 25 de noviembre de 2008, entre otras consideraciones, se creó el MINISTERIO DE ECONOMIA Y FINANZAS PUBLICAS, cuyo Organigrama de Aplicación y Objetivos fueran aprobados por el Decreto Nº 2102 de fecha 4 de diciembre de 2008.

Que por el Decreto Nº 1359 de fecha 5 de octubre de 2004 y la Resolución Nº 779 de fecha 6 de diciembre de 2004 del ex MINISTERIO DE ECONOMIA Y PRODUCCION y sus modificaciones, se procedió a aprobar la estructura organizativa del ex MINISTERIO DE ECONOMIA Y PRODUCCION, incluyendo todo lo atinente a la Unidad Ministro.

Que la OFICINA DE PRENSA Y DIFUSION del MINISTERIO DE ECONOMIA Y FINANZAS PUBLICAS, tiene a su cargo la centralización y dirección de la difusión de la información del área económica de dicha Cartera de Estado.

Que resulta necesario proceder a la adopción de medidas para optimizar el desarrollo de la política comunicacional del Ministerio en cuestión.

Que en ese sentido corresponde crear, con dependencia directa del señor Ministro de Economía y Finanzas Públicas, UN (1) cargo extraescalafonario de Vocero de Prensa y Difusión, el que tendrá como cometido asistir en el diseño de la política comunicacional de la Jurisdicción, atender las relaciones con los medios de comunicación, así como también coordinar el accionar de la OFICINA DE PRENSA Y DIFUSION.

Que por la Ley Nº 26.422, se dispuso el congelamiento de los cargos vacantes financiados existentes a la fecha de la sanción de la misma en las Jurisdicciones y Entidades de la Administración Nacional y de los que queden vacantes con posterioridad, salvo decisión fundada del señor Jefe de Gabinete de Ministros.

Que por el Decreto Nº 491 de fecha 12 de marzo de 2002, el PODER EJECUTIVO NACIONAL reasumió el control directo de todas las designaciones de personal, en el ámbito de la Administración Pública Nacional.

Que el señor Don José Luis OLIVERO (M.I. Nº 18.110.063) reúne las exigencias de idoneidad y experiencia necesarias para cubrir el cargo de Vocero de Prensa y Difusión del MINISTERIO DE ECONOMIA Y FINANZAS PUBLICAS.

Que ha tomado la intervención de su competencia, la SECRETARIA DE GABINETE Y GESTION PUBLICA de la JEFATURA DE GABINETE DE MINISTROS.

Que la Dirección General de Asuntos Jurídicos del MINISTERIO DE ECONOMIA Y FINANZAS PUBLICAS ha tomado la intervención que le compete.

Que la presente medida se dicta en ejercicio de las facultades conferidas por el Artículo 99, inciso 1 de la CONSTITUCION NACIONAL, los Artículos 7º y 10 de la Ley Nº 26.422 y el Artículo 1º del Decreto Nº 491/02.

Por ello,

LA PRESIDENTA DE LA NACION ARGENTINA

DECRETA:

Artículo 1º — Modifícase la distribución del Presupuesto General de la Administración Nacional para el Ejercicio 2009 - Recursos Humanos, en la parte correspondiente a la Jurisdicción 50 – MINISTERIO DE ECONOMIA Y FINANZAS PUBLICAS, de acuerdo con el detalle obrante en la Planilla Anexa al presente artículo que forma parte integrante del mismo.

Art. 2º — Créase, con dependencia directa del señor Ministro de Economía y Finanzas Públicas, el cargo extraescalafonario de Vocero de Prensa y Difusión, el que tendrá una remuneración equivalente al Nivel A - Grado 0 - Función Ejecutiva I, del SISTEMA NACIONAL DE EMPLEO PUBLICO (SINEP) - Decreto Nº 2098 de fecha 3 de diciembre de 2008; que tendrá como cometido asistir en el diseño de la política comunicacional de la Jurisdicción, atender las relaciones con los medios de comunicación, así como también coordinar el accionar de la OFICINA DE PRENSA Y DIFUSION del citado Ministerio.

Art. 3º — Desígnase Vocero de Prensa y Difusión del MINISTERIO DE ECONOMIA Y FINANZAS PUBLICAS, al señor Don José Luis OLIVERO (MI. Nº 18.110.063), como excepción a lo dispuesto por el Artículo 7º de la Ley Nº 26.422 de Presupuesto General de la Administración Nacional.

Art. 4º — El gasto que demande el cumplimiento de la presente medida, será atendido con cargo a las partidas específicas del presupuesto vigente para el Ejercicio 2009, de la Jurisdicción 50 – MINISTERIO DE ECONOMIA Y FINANZAS PUBLICAS.

Art. 5º — Comuníquese, publíquese, dése a la Dirección Nacional del Registro Oficial y archívese. — FERNANDEZ DE KIRCHNER. — Sergio T. Massa. — Carlos R. Fernández.

PLANILLA ANEXA AL ARTICULO 1

PRESUPUESTO 2009

JURISDICCION 50 - MINISTERIO DE ECONOMIA Y FINANZAS PUBLICAS

PROGRAMA 01 - ACTIVIDADES CENTRALES

ACTIVIDAD 01 – CONDUCCION Y DIRECCION SUPERIOR

RECURSOS HUMANOS