AUTORIDAD REGULATORIA NUCLEAR

DEPENDIENTE DE LA PRESIDENCIA DE LA NACION

Resolución Nº 43/2009

Bs. As., 10/3/2009

VISTO la Ley Nº 24.804, su Decreto Reglamentario Nº 1390/98, lo actuado por la SECRETARIA GENERAL, la GERENCIA DE SEGURIDAD RADIOLOGICA, FISICA Y SALVAGUARDIAS - SUBGERENCIA CONTROL DE INSTALACIONES RADIACTIVAS CLASE II Y III y lo recomendado por el CONSEJO ASESOR EN APLICACIONES DE RADIOISOTOPOS Y RADIACIONES IONIZANTES (CAAR), y

CONSIDERANDO:

Que conforme a lo establecido en el Artículo 9, inciso a) de la Ley Nº 24.804 citada en el VISTO, toda persona física o jurídica para desarrollar una actividad nuclear en la REPUBLICA ARGENTINA, deberá ajustarse a las regulaciones que imparta la AUTORIDAD REGULATORIA NUCLEAR (ARN) en el ámbito de su competencia y solicitar el otorgamiento de la licencia, permiso o autorización respectiva que lo habilite para su ejercicio.

Que la SECRETARIA GENERAL ha solicitado al CAAR la evaluación de un temario de contenidos mínimos para la actualización en Protección Radiológica de médicos radioterapeutas que deban renovar su permiso individual, elaborado en el ámbito de la GERENCIA DE SEGURIDAD RADIOLOGICA, FISICA Y SALVAGUARDIAS - SUBGERENCIA CONTROL DE INSTALACIONES RADIACTIVAS CLASE II Y III por un grupo ad hoc conformado por personal de la ARN y médicos especialistas en radioterapia.

Qué respecto del mismo el CONSEJO ASESOR EN APLICACIONES DE RADIOISOTOPOS Y RADIACIONES IONIZANTES (CAAR) realizó la evaluación de los contenidos mencionados y ha recomendando al Directorio dar curso favorable al trámite en su Acta de Reunión Nº 744, reiterando su recomendación en su Acta de Reunión Nº 765.

Que la SUBGERENCIA DE ASUNTOS JURIDICOS ha tomado la intervención que le compete.

Que el Directorio de la AUTORIDAD REGULATORIA NUCLEAR es competente para el dictado del presente acto conforme lo establece el Artículo 22, inciso e) de la Ley Nº 24.804.

Por ello, en su reunión de fecha 5 de marzo de 2009 (Acta Nº 3).

EL DIRECTORIO DE LA AUTORIDAD REGULATORIA NUCLEAR

RESOLVIO:

ARTICULO 1º — Reconocer un temario de contenidos mínimos para la actualización en protección radiológica de especialistas en radioterapia, para los futuros cursos que pudieran requerirse para la renovación de los permisos individuales.

ARTICULO 2º — Establecer que la GERENCIA DE SEGURIDAD RADIOLOGICA, FISICA Y SALVAGUARDIAS evaluará anualmente el temario cuyo contenido y carga horaria están indicados en el Anexo de la presente Resolución y establecerá, de ser necesarias, las modificaciones pertinentes.

ARTICULO 3º — Comuníquese a la SECRETARIA GENERAL, al CONSEJO ASESOR EN APLICACIONES DE RADIOISOTOPOS Y RADIACIONES IONIZANTES (CAAR) y a la GERENCIA SEGURIDAD RADIOLOGICA, FISICA Y SALVAGUARDIAS a sus efectos, dése a la DIRECCION NACIONAL DEL REGISTRO OFICIAL para su publicación en el BOLETIN OFICIAL DE LA REPUBLICA ARGENTINA. Publíquese en el Boletín de este Organismo y archívese en el REGISTRO CENTRAL. — Dr. FRANCISCO SPANO, Vicepresidente 2º e/a presidente del Directorio.

ANEXO A LA RESOLUCION DEL DIRECTORIO Nº 43/09

PROGRAMA DE CONTENIDOS MINIMOS PARA LA ACTUALIZACION EN PROTECCION RADIOLOGICA DE MEDICOS RADIOTERAPEUTAS

Carga horaria: 20 Horas.

e. 17/03/2009 Nº 17520/09 v. 17/03/2009