Ente Nacional Regulador de la Electricidad

PROGRAMA DE USO RACIONAL DE LA ENERGIA ELECTRICA

Resolución 163/2009

Apruébanse con carácter provisorio los valores unitarios de las bonificaciones (Kp) que deberán percibir los usuarios de las empresas distribuidoras Edenor S.A., Edesur S.A. y Edelap S.A., durante el período comprendido entre el 10 de febrero de 2009 y el 9 de marzo de 2009.

Bs. As., 11/3/2009

VISTOS: el Expediente ENRE Nº 15.852/2004, la Resolución SE Nº 745/2005, la Resolución SE Nº 1063/2005, la Resolución SE Nº 942/2006, la Resolución SE Nº 797/2001 la Resolución SE Nº 1170/08, la Resolución ENRE Nº 355/2005, la Resolución ENRE Nº 479/2005, la Resolución ENRE Nº 537/2005, la Resolución ENRE Nº 602/2005, y

CONSIDERANDO:

Que con fecha 10 de mayo de 2005, la Resolución SE Nº 745/2005 en su ANEXO I aprobó un nuevo PROGRAMA DE USO RACIONAL DE LA ENERGIA ELECTRICA (Versión 2005), sustituyendo así el normado mediante Resolución SE Nº 552/2004 (Versión 2004).

Que, por su parte, el Artículo 14 del ANEXO I de la Resolución SE Nº 745/2005 estableció que el ENTE NACIONAL REGULADOR DE LA ELECTRICIDAD es quien dispondrá todas las medidas complementarias que sea menester adoptar para contribuir a la mejor aplicación e este Programa, modulando el tratamiento y plazos de presentación de la información requerida; aceptando la acreditación de la misma en carácter de declaración jurada; realizando de forma periódica, por sí o por terceros, las auditorías necesarias para verificar la exactitud, integridad y consistencia de los datos contenidos en las declaraciones juradas y la correspondencia entre lo previsto y lo ejecutado; decidiendo los procedimientos a seguir en la resolución de situaciones de carácter excepcional y toda otra medida que considere pertinente.

Que, en virtud de lo establecido en la Resolución ENRE Nº 479/2005 y su modificatoria la Resolución ENRE Nº 537/2005, las empresas Distribuidoras de Jurisdicción Nacional presentaron ante este Organismo la información referida a los ahorros de energía eléctrica (en kWh) y los consumos en exceso (en pesos) al objetivo de ahorro del 10% estipulado por la SE, correspondientes a los ciclos de facturación con fechas de cierre entre los días 10/12/2008 y el 9/01/2009 y los días 10/01/2009 y 9/02/2009 inclusive, de los usuarios de las diferentes categorías tarifarias ubicados en las respectivas áreas de concesión.

Que "EDESUR S.A.", mediante Nota de Entrada Nº 152.768 informó que los ahorros de los usuarios residenciales de su área de concesión ascendieron a 34.615.440 kWh en tanto el consumo en exceso, de la pauta del 10% en esta categoría, alcanzó a 125.968.783 kWh lo que implicó la aplicación de cargos por excesos con primer vencimiento en el período considerado por PESOS OCHO MILLONES CUATROCIENTOS SESENTA Y SIETE MIL CIENTO CUARENTA Y OCHO CON 43/100 ($ 8.467.148,43) como así también ajustes por diversos conceptos relacionados con la facturación por PESOS CUARENTA Y DOS MIL SEISCIENTOS DIECINUEVE CON 99/100 ($ 42.619,99); en el caso de la categoría T2 los ahorros alcanzaron los 14.072.854 kWh en tanto el consumo en exceso fue de 25.957.556 kWh lo que implicó cargos en exceso con primer vencimiento en el período considerado por PESOS TRES MILLONES QUINIENTOS CUARENTA Y SIETE MIL CUATROCIENTOS SESENTA CON 84/100 ($ 3.547.460,84) y ajustes por PESOS UN MILLON CUATROCIENTOS TREINTA Y UN MIL SETECIENTOS OCHENTA Y TRES CON 23/100 ($ 1.431.783,23); los usuarios T3 BT ahorraron 12.649.617 kWh, consumieron en exceso 28.387.775 kWh y se les aplicó cargos en exceso por PESOS DOS MILLONES SETECIENTOS DIECINUEVE MIL CIENTO TREINTA Y SEIS CON 45/100 ($ 2.719.136,45) y ajustes por PESOS UN MILLON SIETE MIL TRESCIENTOS NOVENTA Y SEIS 54/100 ($1.007.396,54); los T3 ahorraron 10.826.680 kWh, consumieron en exceso 25.167.310 kWh y afrontaron cargos en exceso por PESOS DOS MILLONES SEISCIENTOS SIETE MIL VEINTISEIS ($ 2.607.026,00) como así también ajustes por valor de PESOS CUATROCIENTOS VEINTIDOS MIL CUATROCIENTOS CINCUENTA Y CINCO CON 89/100 ($ 422.455,89); en el caso de los usuarios de peaje BT los ahorros alcanzaron 429.521 kWh, los consumos en exceso 1.002.689 kWh, los cargos adicionales con fecha de primer vencimiento por PESOS DOSCIENTOS DOCE MIL SETECIENTOS VEINTICINCO CON 2/100 ($ 212.725,02), mientras los ajustes ascendieron a PESOS TREINTA MIL TREINTA Y CUATRO CON 64/100 ($ 30.034,64); en el caso del peaje en MT los ahorros fueron de 1.785.593 kWh, los consumos en exceso 7.981.229 kWh, los cargos abonados de PESOS UN MILLON CIENTO CINCUENTA Y CUATRO MIL QUINIENTOS CINCUENTA Y SIETE CON 15/100 ($1.154.557,15) y los ajustes del PESOS OCHENTA Y DOS MIL CUATRO CON 48/100 ($ 82.004,48).

Que asimismo, mediante Nota de Entrada Nº 153.745 informó que los ahorros de los usuarios residenciales de su área de concesión ascendieron a 46.345.769 kWh en tanto el consumo en exceso de la pauta del 10% en esta categoría alcanzó a 156.692.305 kWh lo que implicó la aplicación de cargos por excesos con primer vencimiento en el período considerado por PESOS TRECE MILLONES CUATROCIENTOS SESENTA Y CINCO MIL SETECIENTOS VEINTE CON 78/100 ($ 13.465.720,78) como así también ajustes por diversos conceptos relacionados con la facturación por PESOS CIENTO SETENTA Y CINCO MIL DOSCIENTOS QUINCE CON 2/100 ($ 175.215,02); en el caso de la categoría T2 los ahorros alcanzaron los 16.953.114 kWh en tanto el consumo en exceso fue de 27.206.554 kWh lo que implicó cargos en exceso con primer vencimiento en el período considerado por PESOS TRES MILLONES SEISCIENTOSS CINCUENTA Y SIETE MIL SEISCIENTOS ONCE CON 75/100 ($ 3.657.611,75) y ajustes por PESOS UN MILLON NOVECIENTOS CINCO MIL SETECIENTOS SETENTA Y NUEVE CON 67/100 ($ 1.905.779,67); los usuarios T3 BT ahorraron 15.535.017 kWh, consumieron en exceso 28.935.050 kWh y se les aplicó cargos en exceso por PESOS DOS MILLONES SEISCIENTOS CUARENTA Y CUATRO MIL TRECIENTOS CINCUENTA Y SIETE CON 88/100 ($ 2.644.357,88) y ajustes por PESOS UN MILLON DOSCIENTOS SIETE MIL NOVECIENTOS CUARENTA Y NUEVE CON 11/100 ($ 1.207.949,11); los T3 BT ahorraron 13.988.746 kWh, consumieron en exceso 23.259.085 kWh y afrontaron cargos en exceso por PESOS DOS MILLONES CUATROCIENTOS SETENTA Y TRES MIL QUINIENTOS CUATRO CON 27/100 ($ 2.473.504,27) como así también ajustes por valor de PESOS CUATROCIENTOS CUARENTA Y CUATRO MIL OCHOCIENTOS NOVENTA Y OCHO CON 64/100 ($ 444.898,64); en el caso de los usuarios de peaje BT los ahorros alcanzaron 527.702 kWh, los consumos en exceso 987.404 kWh, los cargos adicionales con fecha de primer vencimiento por PESOS CIENTO CATORCE MIL CIENTO TREINTA Y SEIS CON 75/100 ($ 114.136,75), mientras los, ajustes ascendieron a PESOS CATORCE MIL SEISCIENTOS TREINTA Y UNO CON 85/100 ($ 14.631,85); en el caso del peaje en MT los ahorros fueron de 3.540.815 kWh, los consumos en exceso 6.064.163 kWh, los cargos abonados de PESOS UN MILLON UN MIL DOSCIENTOS NOVENTA Y OCHO CON 66/100 ($ 1.001.298,66) y los ajustes de PESOS CINCUENTA Y SEIS MIL SETECIENTOS VEINTIOCHO CON 3/100 ($ 56.728,03).

Que, por su parte, mediante Nota de ENTRADA Nº 152.843 "EDELAP S.A." informó que los ahorros de los usuarios residenciales de su área de concesión en el período considerado ascendieron, a 4.705.343 kWh en tanto el consumo en exceso de la pauta del 10% alcanzó a 15.238.698 kWh lo que implicó la aplicación de cargos por excesos por PESOS SETECIENTOS CINCUENTA Y SIETE MIL QUINIENTOS NOVENTA Y NUEVE CON 30/100 ($ 757.599,30); asimismo, se registraron ajustes por diversos conceptos relacionados con la facturación por PESOS DOS MIL SEISCIENTOS TRECE CON 14/100 ($ 2.613,14); en el caso de la categoría T2 los ahorros alcanzaron los 994.503 kWh, los consumos en exceso de la pauta del 10% fueron de 2.418.093 kWh y los cargos en exceso sumaron PESOS TRESCIENTOS VEINTICINCO MIL TRESCIENTOS OCHENTA Y SIETE CON 58/100 ($ 325.387,58) mientras los ajustes fueron de PESOS DOSCIENTOS CUATRO MIL NOVECIENTOS SESENTA Y TRES CON 40/100 ($ 204.963,40); los usuarios T3 BT ahorraron 995.485 kWh, consumieron en exceso 966.977 kWh y se les aplicó cargos en exceso por PESOS OCHENTA Y SIETE MIL DOSCIENTOS OCHENTA Y CINCO CON 37/100 ($ 87.285,37), en tanto los ajustes ascendieron a PESOS CIENTO OCHENTA Y CINCO MIL CIENTO VEINTE CON 16/100 ($ 185.120,16); los T3 BT ahorraron 1.538.002 kWh, consumieron en exceso 549.950 kWh y afrontaron cargos en exceso por PESOS CINCUENTA Y NUEVE MIL OCHOCIENTOS CINCUENTA Y DOS CON 72/100 ($ 59.852,72) siendo los ajustes aplicados equivalentes a PESOS DOSCIENTOS TREINTA Y CUATRO MIL SETECIENTOS TREINTA Y DOS CON 39/100 ($ 234.732,39); en cuanto a los usuarios de peaje, los consumos en exceso en MT fueron de 3.014 kWh, los cargos afrontados de PESOS DOSCIENTOS SESENTA Y DOS CON 22/100 ($ 26.222), mientras que en MT los ahorros fueron 707.078 kWh, no registrándose consumos en exceso y ajustes por PESOS DIEZ MIL ($ 10.000).

Que por su parte, en su Nota de Entrada Nº 153.838 informó que los ahorros de los usuarios residenciales de su área de concesión en el período considerado ascendieron a 5.118.423 kWh en tanto el consumo en exceso de la pauta del 10% alcanzó a 16.316.005 kWh lo que implicó la aplicación de cargos por excesos por PESOS OCHOCIENTOS SESENTA Y NUEVE MIL NOVECIENTOS NOVENTA Y NUEVE CON 73/100 ($ 869.999,73); asimismo, se registraron ajustes por diversos conceptos relacionados con la facturación por PESOS CINCO MIL CUATROCIENTOS OCHO CON 55/100 ($ 5.408,55); en el caso de la categoría T2 los ahorros alcanzaron los 1.016.978 kWh, los consumos en exceso de la pauta del 10% fueron de 2.181.388 kWh y los cargos en exceso sumaron PESOS DOSCIENTOS NOVENTA Y CUATRO MIL CUATROCIENTOS OCHENTA Y OCHO CON 93/100 ($ 294.488,93) mientras los ajustes fueron de PESOS TRESCIENTOS TREINTA Y CINCO MIL CUATROCIENTOS DIECISEIS CON 11/100 ($ 335.416,11); los usuarios T3 BT ahorraron 796.082 kWh, consumieron en exceso 2.528.237 kWh y se les aplicó cargos en exceso por PESOS DOSCIENTOS CUARENTA Y NUEVE MIL QUINIENTOS VEINTISIETE CON 83/100 ($ 249.527,83), en tanto los ajustes ascendieron a PESOS DOSCIENTOS DOCE MIL CIENTO NOVENTA Y SEIS CON 14/100 ($ 212.196,14); los T3 MT ahorraron 1.242.330 kWh, consumieron en exceso 1.707.870 kWh y afrontaron cargos en exceso por PESOS CIENTO OCHENTA Y NUEVE MIL QUINIENTOS NOVENTA Y NUEVE CON 53/100 ($189.599,53) siendo los ajustes aplicados equivalentes a PESOS DOSCIENTOS VEINTICUATRO MIL NOVECIENTOS SESENTA Y CUATRO CON 10/100 ($ 224.964,10); en cuanto a los usuarios de peaje, los consumos en exceso en MT fueron de 2.639 kWh, los cargos afrontados de PESOS DOSCIENTOS VEINTINUEVE CON 59/100 ($ 229,59), mientras que en MT los ahorros fueron 244.629 kWh, los consumos en exceso 15.219 kWh, registrándose consumos en exceso por PESOS UN MIL DOSCIENTOS SESENTA Y TRES CON 18/100 ($ 1.263,18) y ajustes por PESOS SIETE MIL CUARENTA Y SEIS CON 27/100 ($ 7.046,27).

Que a su vez, "EDENOR S.A.", por medio de Nota de Entrada Nº 152.678, informó que los ahorros de los usuarios residenciales de su área de concesión en el período considerado ascendieron a 40.426.335 kWh en tanto el consumo en exceso de la pauta del 10% alcanzó a 169.726.797 kWh lo que implicó la aplicación de cargos por excesos por PESOS CATORCE MILLONES QUINIENTOS NOVENTA Y SEIS MIL SETECIENTOS CINCUENTA Y CUATRO CON 48/100 ($ 14.596.754,48), siendo los ajustes aplicados equivalentes a PESOS CATORCE MIL NOVECIENTOS VEINTITRES CON 24/100 ($ 14.923,24); en el caso de la categoría T2 los ahorros alcanzaron los 14.025.368 kWh, los consumos en exceso de la pauta del 10% fueron de 24.141.327 kWh y los cargos en exceso sumaron PESOS TRES MILLONES CIENTO TREINTA Y OCHO MIL TRESCIENTOS SETENTA Y DOS CON 51/100 ($ 3.138.372,51), y los ajustes fueron de PESOS UN MIL QUINIENTOS SESENTA Y OCHO CON 12/100 ($ 1.568,12); los usuarios T3 BT ahorraron 10.578.948 kWh, consumieron en exceso 25.670.970 kWh y se les aplicó cargos en exceso por PESOS DOS MILLONES SETENTA Y NUEVE MIL TRESCIENTOS CINCUENTA CON 4/100 ($ 2.079.350,04), no registrándose ajustes; los T3 BT ahorraron 9.028.934 kWh, consumieron en exceso 26.872.131 kWh y afrontaron cargos en exceso por PESOS DOS MILLONES SESENTA Y NUEVE MIL CIENTO CINCUENTA Y CUATRO CON 35/100 ($ 2.069.154,35) y ajustes por PESOS TRES MILLONES SEISCIENTOS CUARENTA Y SEIS MIL CUATROCIENTOS OCHENTA Y SEIS CON 47/100 ($ 3.646.486,47); en cuanto a los usuarios de peaje, en BT los ahorros fueron de 157.147 kWh, el consumo en exceso fue de 801.153 kWh y la penalización alcanzó la suma de PESOS SESENTA Y CUATRO MIL OCHOCIENTOS NOVENTA Y TRES CON 42/100 ($ 64.893,42), mientras que los usuarios en MT ahorraron 4.265.698 kWh, consumieron en exceso 21.400.439 kWh y se les aplicó cargos en exceso por PESOS UN MILLON SEISCIENTOS CUARENTA Y SEIS MIL CINCUENTA Y SEIS CON 45/100 ($1.646.056,45).

Que asimismo, en su Nota de ENTRADA Nº 154.097 informó que los ahorros de los usuarios residenciales de su área de concesión en el período considerado ascendieron a 52.155.750 kWh en tanto el consumo en exceso de la pauta del 10% alcanzó a 203.493.767 kWh lo que implicó la aplicación de cargos por excesos por PESOS DIECISIETE MILLONES SETECIENTOS TREINTA Y SIETE MIL SEISCIENTOS DIECISEIS CON 2/100 ($ 17.737.616,02), siendo los ajustes aplicados equivalentes a PESOS OCHENTA Y NUEVE MIL NOVECIENTOS TREINTA CON 71/100 ($ 89.930,71); en el caso de la categoría T2 los ahorros alcanzaron los 17.252.346 kWh, los consumos en exceso de la pauta del 10% fueron de 26.241.650 kWh y los cargos en exceso sumaron PESOS TRES MILLONES CUATROCIENTOS ONCE MIL CUATROCIENTOS CATORCE CON 50/100 ($ 3.411.414,50), y los ajustes fueron de PESOS QUINCE MIL CIENTO DIECISEIS CON 57/100 ($ 15.116,57); los usuarios T3 BT ahorraron 13.464.7000 kWh, consumieron en exceso 25.403.921 kWh y se les aplicó cargos en exceso por PESOS DOS MILLONES CINCUENTA Y SIETE MIL SETECIENTOS DIECIOCHO CON 93/100 ($ 2.057.718,93), siendo los ajustes de PESOS OCHENTA Y SEIS MIL OCHOCIENTOS TRES CON 87/100 ($ 86.803,87); los T3 MT ahorraron 11.756.765 kWh, consumieron en exceso 26.539.640 kWh y afrontaron cargos en exceso por PESOS DOS MILLONES CUARENTA Y TRES MIL QUINIENTOS CINCUENTA Y DOS CON 55/100 ($ 2.043.552,55) y ajustes por PESOS CINCUENTA Y NUEVE MIL SETECIENTOS CINCUENTA Y SEIS CON 94/100 ($ 59.756,94); en cuanto a los usuarios de peaje, en BT los ahorros fueron de 330.917 kWh, el consumo en exceso fue de 539.669 kWh y la penalización alcanzó la suma de PESOS CUARENTA Y TRES MIL SETECIENTOS TRECE CON 19/100 ($ 43.713,19), mientras que los usuarios en MT ahorraron 10.956.405 kWh, consumieron en exceso 11.773.393 kWh y se les aplicó cargos en exceso por PESOS NOVECIENTOS SEIS MIL QUINIENTOS CINCUENTA Y UNO CON 31 ($ 906.551,31).

Que asimismo procede reglamentar lo dispuesto respecto de los valores de consumo en períodos homólogos de usuarios exceptuados (Artículos 4º de las Resoluciones ENRE Nº 139/2009, 141/2009 y 142/2009), instruyendo a las Distribuidoras para que remitan la información en una nueva tabla, cuya estructura se incluye en el Anexo IV a la presente Resolución, la que debe incorporarse al modelo de datos definido mediante la Resolución ENRE Nº 479/2005.

Que se ha producido el correspondiente Dictamen legal conforme lo previsto en el inciso d) del Artículo 7 de la Ley de Procedimientos Administrativos Nº 19.549.

Que el Directorio del ENTE NACIONAL REGULADOR DE LA ELECTRICIDAD se encuentra facultado para el dictado del presente acto, en virtud de lo dispuesto en el Artículo 6 de la Resolución SE Nº 745/2005 y el inciso s) del Artículo 56 de la Ley Nº 24.065.

Por ello,

EL DIRECTORIO DEL ENTE NACIONAL REGULADOR DE LA ELECTRICIDAD

RESUELVE:

Artículo 1º — Aprobar con carácter provisorio los valores unitarios de las bonificaciones (Kp) que deberán percibir los usuarios de las empresas Distribuidoras "EDENOR S.A.", "EDESUR S.A." y "EDELAP S.A." durante el período comprendido entre los días 10/02/2009 y 9/03/2009, que figuran como ANEXO I de la presente Resolución, conforme la información presentada con carácter de declaración jurada por las Distribuidoras.

Art. 2º — Aprobar con carácter provisorio los valores unitarios de las bonificaciones (Kp) que deberán percibir los usuarios de las empresas Distribuidoras "EDENOR S.A.", "EDESUR S.A." y "EDELAP S.A." durante el período comprendido entre los días 10/03/2009 y 9/04/2009, que figuran como ANEXO II de la presente Resolución, conforme la información presentada con carácter de declaración jurada por las Distribuidoras.

Art. 3º — Informar la evolución del PUREE versión 2005, que figura como Anexo III de la presente Resolución.

Art. 4º — Instruir a "EDENOR S.A.", "EDESUR S.A." y "EDELAP S.A." a remitir la información correspondiente a los períodos homólogos de los usuarios excluidos, en una tabla, cuya estructura se incluye en el Anexo IV a la presente Resolución, la que debe incorporarse al modelo de datos definido mediante la Resolución ENRE Nº 479/2005.

Art. 5º — Notifíquese a "EDENOR S.A.", "EDESUR S.A.", "EDELAP S.A." y a la SECRETARIA DE ENERGIA.

Art. 6º — Regístrese, comuníquese, publíquese, dése a la Dirección Nacional del Registro Oficial y archívese. — Eduardo O. Camaño. — Marcelo B. Kiener. — Luis Barletta. — Mario H. de Casas.

ANEXO I DE LA RESOLUCION ENRE Nº 163/2009

Nota: De acuerdo a lo establecido en la Resolución SE Nº 797/08, el valor para la categoría Residencial es aplicable para los consumos menores o iguales a 1000 kWh/bimestre.

En el caso de los usuarios T2 y T3, los valores son aplicables en los términos del artículo 2º de la Resolución SE Nº 1170/08.

ANEXO III DE LA RESOLUCION ENRE Nº 163/2009

ENERGIA TOTAL FACTURADA ENTRE EL 10/12/08 Y EL 9/01/09

AHORRO CONSUMO EN EXCESO Y RESULTADO NETO TOTAL

Referencia:

(*): neta de usuarios excluidos

(**): del período base TR y TG año 2003 - T2 y T3 año 2004

ENERGIA TOTAL FACTURADA ENTRE EL 10/01/09 Y EL 9/02/09

AHORRO CONSUMO EN EXCESO Y RESULTADO NETO TOTAL

Referencia:

(*): neta de usuarios excluidos

(**): del período base TR y TG año 2003 - T2 y T3 año 2004

ANEXO IV a la Resolución ENRE Nº 163/2009

TABLA 6 - HISTORICO DE CONSUMOS EN EXCEPCIONES

En la presente tabla, se deberán incluir los registros de los usuarios exceptuados por condición de:

- Jubilados

- Electrodependientes

- Comedores infantiles

- Establecimientos educativos públicos

- Establecimientos de salud pública

- Fuerzas de seguridad

- Cooperativas eléctricas ubicadas en las áreas de concesión de las empresas Distribuidoras.

La inclusión de la presente tabla no altera el modelo de datos aprobado oportunamente por Resolución ENRE Nº 479/2005, sólo la incorpora.