Ministerio de Justicia, Seguridad y Derechos Humanos

RECOMPENSAS

Resolución 823/2009

Ofrécese una recompensa destinada a aquellas personas que brinden datos útiles que resultasen determinantes para la detención de Eduardo Abelardo Britos.

Bs. As., 23/3/2009

VISTO la Ley Nº 26.375, la Resolución MJSyDH Nº 1720 de fecha 27 de junio de 2008 y el Legajo Nº 27/09 de la Unidad Especial para Búsqueda de Personas Ordenada por la Justicia, y

CONSIDERANDO:

Que por ante el Juzgado Federal de Primera Instancia de La Rioja, se instruye la causa Nº 5684/07, caratulada "ANGEL Andrés Abelardo y otros, denuncia privaciones ilegítimas de la libertad".

Que en la citada causa interviene la Fiscalía de Primera Instancia a cargo del Dr. Darío Edgar ILLAÑEZ.

Que la Ley Nº 26.375 de fecha 21 de mayo de 2008, crea el Fondo de Recompensas, en jurisdicción del MINISTERIO DE JUSTICIA, SEGURIDAD Y DERECHOS HUMANOS, destinado a abonar una compensación dineraria a aquellas personas que aporten elementos fehacientes, para dar con el paradero y posterior detención de personas buscadas por la justicia que registren orden judicial de captura o búsqueda de paradero, en causas penales en las que se investiguen delitos de lesa humanidad.

Que el Dr. Daniel HERRERA PIEDRABUENA, Juez a cargo de la mencionada dependencia solicita se ofrezca una recompensa para quien pudiera aportar datos fehacientes para dar con el paradero de Eduardo Abelardo BRITOS, sobre quien pesa pedido de captura nacional desde el 3 de septiembre 2008.

Que asimismo, el Decreto Nº 1472 de fecha 15 de septiembre de 2008, otorga el financiamiento para el Fondo de Recompensas y para la Unidad Especial para la Búsqueda de Personas Ordenada por la Justicia.

Que ha tomado la intervención de su competencia tanto la Dirección General de Administración como Dirección General de Asuntos Jurídicos de este Ministerio.

Por ello,

EL MINISTRO DE JUSTICIA, SEGURIDAD Y DERECHOS HUMANOS

RESUELVE:

Artículo 1º — Ofrécese como recompensa, dentro de la República Argentina, la suma de PESOS CIEN MIL ($ 100.000), destinada a aquellas personas que brinden datos útiles que resultasen determinantes para la detención de Eduardo Abelardo BRITOS, D.N.I. 7.642.281.

Art. 2º — Encomiéndese a la SECRETARIA DE MEDIOS DE LA NACION de la JEFATURA DE GABINETE DE MINISTROS la difusión de la presente en medios gráficos de circulación Nacional.

Art. 3º — Regístrese, comuníquese, publíquese en la Dirección Nacional del Registro Oficial y archívese. — Aníbal D. Fernández.