Ministerio de Trabajo, Empleo y Seguridad Social

SEGURO DE CAPACITACION Y EMPLEO

Resolución 240/2009

Extiéndese la posibilidad de optar por la cobertura prevista en el Decreto Nº 336/06 a aquellos trabajadores beneficiarios del Programa de Empleo Comunitario.

Bs. As., 25/3/2009

VISTO el Expediente Nº 1 2015 1306971/2008 del Registro del MINISTERIO DE TRABAJO, EMPLEO Y SEGURIDAD SOCIAL, las Leyes Nº 19.549, Nº 22.520 (t.o. por Decreto Nº 438/92 y sus modificatorias), Nº 24.013, Nº 26.204, Nº 216.339 y Nº 26.456; el Decreto Nº 336 del 23 de marzo de 2006; las Resoluciones del MINISTERIO DE TRABAJO, EMPLEO Y SEGURIDAD SOCIAL Nº 7 del 3 de enero de 2003, Nº 256 del 27 de octubre de 2003, Nº 45 del 16 de enero de 2006, Nº 502 del 29 de mayo de 2006, y Nº 696 del 14 de julio de 2006; y la Resolución de la SECRETARIA DE EMPLEO Nº 102 del 21 de febrero de 2006, y

CONSIDERANDO:

Que por el Decreto Nº 336/06 se instituyó el SEGURO DE CAPACITACION Y EMPLEO de base no contributiva, con el objeto de brindar apoyo a los trabajadores y trabajadoras desocupados en la búsqueda activa de empleo, en la actualización de sus competencias laborales y en su inserción en empleos de calidad.

Que el SEGURO DE CAPACITACION Y EMPLEO prevé la asignación de una prestación dineraria para el trabajador desocupado, el reconocimiento a los fines provisionales de su tiempo de permanencia en él, y su participación en acciones de formación profesional, entrenamiento laboral, orientación y apoyo a la búsqueda de empleo e inserción laboral.

Que por el artículo 2º del Decreto Nº 336/06 se previó que la cobertura del mencionado Seguro podía ser extendida por su Autoridad de Aplicación a los beneficiarios de otros programas de empleo y sociales y a otras personas desocupadas.

Que por el Artículo 10 del Decreto Nº 336/06 se confirió al MINISTERIO DE TRABAJO, EMPLEO Y SEGURIDAD SOCIAL el carácter de Autoridad de Aplicación del SEGURO DE CAPACITACION Y EMPLEO.

Que mediante la Resolución del MINISTERIO DE TRABAJO, EMPLEO Y SEGURIDAD SOCIAL Nº 7/03 se creó el PROGRAMA DE EMPLEO COMUNITARIO, el cual está destinado a afrontar situaciones locales transitorias de emergencia ocupacional especialmente afectadas por la desocupación, que no pudieran ser comprendidas por el PROGRAMA JEFES DE HOGAR.

Que por la Resolución del MINISTERIO DE TRABAJO, EMPLEO Y SEGURIDAD SOCIAL Nº 256/03 se aprobó el PLAN INTEGRAL PARA LA PROMOCION DEL EMPLEO, a fin de contribuir a la generación, sostenimiento y mejora del empleo mediante la articulación de distintas políticas públicas instrumentadas por los distintos órganos del gobierno nacional y de los gobiernos provinciales y municipales, así como de favorecer la reinserción laboral de los trabajadores desocupados beneficiarios de los programas sociales.

Que en el marco de las políticas activas de empleo que promueve del Gobierno Nacional, la Resolución del MINISTERIO DE TRABAJO, EMPLEO Y SEGURIDAD SOCIAL Nº 45/06 creó el PROGRAMA DE Inserción LABORAL cuyo objetivo es la inserción laboral de las y los trabajadores desocupados en empleos adecuados, en el sector público o privado.

Que por la Resolución del MINISTERIO DE TRABAJO, EMPLEO Y SEGURIDAD SOCIAL Nº 696/06 se crearon las actividades de ENTRENAMIENTO PARA EL TRABAJO con el objetivo de mejorar la empleabilidad y las oportunidades de inserción laboral a trabajadores y trabajadoras desocupados.

Que la participación de beneficiarios del PROGRAMA DE EMPLEO COMUNITARIO en las actividades de ENTRENAMIENTO PARA EL TRABAJO o en el PROGRAMA DE INSERCION LABORAL en diversos organismos públicos nacionales, provinciales o municipales, suponen el esfuerzo interjurisdiccional coordinado y conjunto, y supone mayor inversión y dedicación funcional, presupuestaria y de acompañamiento por parte de todos ellos.

Que es pertinente extender la cobertura del SEGURO DE CAPACITACION Y EMPLEO a los/as beneficiarios/as del PROGRAMA DE EMPLEO COMUNITARIO que participan en el sector público en acciones de ENTRENAMIENTO PARA EL TRABAJO o en el PROGRAMA DE INSERCION LABORAL, a los fines de promover su definitiva inserción en los organismos públicos en los que se encuentran desarrollando su experiencia de trabajo.

Que la Dirección General de Asuntos Jurídicos del MINISTERIO DE TRABAJO, EMPLEO Y SEGURIDAD SOCIAL ha tomado la intervención que le compete.

Que la presente se dicta en ejercicio de las atribuciones conferidas por el Decreto Nº 336/06.

Por ello,

EL MINISTRO DE TRABAJO, EMPLEO Y SEGURIDAD SOCIAL

RESUELVE:

Artículo 1º — Extiéndase la posibilidad de optar por la cobertura prevista por el SEGURO DE CAPACITACION Y EMPLEO instituido por el Decreto Nº 336/06 aquellos/as trabajadores/as beneficiarios/as del PROGRAMA DE EMPLEO COMUNITARIO que participen en el Sector Público en acciones de ENTRENAMIENTO PARA EL TRABAJO o en el PROGRAMA DE INSERCION LABORAL.

Art. 2º — Para poder optar por el SEGURO DE CAPACITACION Y EMPLEO, el/la trabajador/a del PROGRAMA DE EMPLEO COMUNITARIO deberá cumplir con los requisitos de accesibilidad exigidos en el Decreto Nº 336/06 y sus normas reglamentarias.

Art. 3º — No podrán reemplazarse en los proyectos del PROGRAMA DE EMPLEO COMUNITARIO a los beneficiarios partícipes de las actividades de ENTRENAMIENTO PARA EL TRABAJO o del PROGRAMA DE INSERCION LABORAL, una vez que éstos se adhieran al SEGURO DE CAPACITACION Y EMPLEO.

Art. 4º — Facúltase a la SECRETARIA DE EMPLEO a dictar las normas que sean necesarias para la aplicación de la presente Resolución.

Art. 5º — Comuníquese, publíquese, dése a la Dirección Nacional del Registro Oficial y archívese. — Carlos A. Tomada.