Secretaría de Derechos Humanos

MINISTERIO DE JUSTICIA, SEGURIDAD Y DERECHOS HUMANOS

Resolución 6/2009

Institúyese el premio anual Centro Cultural de la Memoria "Haroldo Conti".

Bs. As., 23/3/2009

VISTO el Expediente Nº 171.059/08 por el que se tramita la gestión propiciada por el ARCHIVO NACIONAL DE LA MEMORIA, organismo desconcentrado en el ámbito de la SECRETARIA DE DERECHOS HUMANOS del MINISTERIO DE JUSTICIA, SEGURIDAD Y DERECHOS HUMANOS. tendiente a instituir un premio anual denominado CENTRO CULTURAL DE LA MEMORIA "HAROLDO CONTI’’ y,

CONSIDERANDO:

Que la iniciativa presentada está destinada a alentar la producción de trabajos innovadores en diversas modalidades y lenguajes creativos (literatura música, artes plásticas y performativas, fotografía, cine, tecnologías de la palabra, la imagen y el sonido) con el fin de obtener una masa crítica de insumos que permita abordar la complejidad de la relación sociedad - memoria - derechos humanos desde varias perspectivas teóricas y operativas.

Que el Decreto Nº 1259 de fecha 16 de diciembre de 2003, modificado por su similar Nº 1852 de fecha 6 de diciembre de 2007, por el que se crea el ARCHIVO NACIONAL DE LA MEMORIA establece entre sus objetivos el de contribuir a mantener viva la historia contemporánea de nuestro país y sus lecciones y legados en las generaciones presentes y futuras.

Que el ARCHIVO NACIONAL DE LA MEMORIA a través del CENTRO CULTURAL DE LA MEMORIA "HAROLDO CONTI" resulta el área competente para adoptar las medidas necesarias para la adjudicación del premio que se instituye.

Que la Dirección General de Asuntos Jurídicos ha tomado la intervención que el compete.

Que la presente medida se dicta en uso de las atribuciones conferidas por el Anexo al artículo 2º del Decreto Nº 1755 de fecha 23 de octubre de 2008.

Por ello,

EL SECRETARIO DE DERECHOS HUMANOS

RESUELVE

Artículo 1º — Institúyese el premio anual denominado CENTRO CULTURAL DE LA MEMORIA "HAROLDO CONTI", destinado a alentar la producción de trabajos innovadores en diversas modalidades y lenguajes creativos (literatura, música, artes plásticas y performativas, fotografia, cine, tecnologías de la palabra, la imagen y el sonido) con el fin de obtener una masa crítica de insumos que permita abordar la complejidad de la relación sociedad - memoria - derechos humanos desde varias perspectivas teóricas y operativas.

Art. 2º — El premio que se instituye por el artículo precedente, consistente en un objeto simbólico y un diploma de honor, será entregado anualmente por el Secretario de Derechos Humanos, en un acto público en conmemoración del Día Nacional de la Memoria por la Verdad y la Justicia.

Art. 3º — La Primera Convocatoria al Premio CENTRO CULTURAL DE LA MEMORIA "HAROLDO CONTI", correspondiente al año 2008, será sobre el tema: "La sociedad argentina hoy frente a la construcción de la memoria social de los años 70".

En lo sucesivo el tema y la modalidad del Premio correspondiente a cada año se darán a publicidad el 24 de marzo de cada año. Dicho Premio será entregado en la misma fecha del año siguiente. La ceremonia de entrega se realizará en sede a determinar en la Ciudad Autónoma de Buenos Aires o en el interior del país.

Art. 4º — La Dirección del CENTRO CULTURAL DE LA MEMORIA "HAROLDO CONTI", arbitrará las medidas de orden técnico y administrativo que fuere menester para la implementación de la entrega del premio a que se refiere la presente Resolución.

Art. 5º — La Dirección del CENTRO CULTURAL DE LA MEMORIA "HAROLDO CONTI" propondrá la composición de un Jurado de CINCO (5) miembros para cada Convocatoria, entre personalidades de la cultura y la comunidad universitaria del país reconocidas por su compromiso con la temática de los derechos humanos, los que serán designados mediante Disposición del Presidente del ARCHIVO NACIONAL DE LA MEMORIA.

Cuando la cantidad de trabajos presentados requiera fa participación de un Prejurado, la Dirección del CENTRO CULTURAL DE LA MEMORIA "HAROLDO CONTI" seleccionará a sus integrantes entre especialistas destacados.

Art. 6º — La Dirección del CENTRO CULTURAL DE LA MEMORIA "HAROLDO CONTI" gestionará los auspicios más significativos en cada Convocatoria. con énfasis en las diversas Unidades Académicas de la UNIVERSIDAD DE BUENOS AIRES y en el resto de las Universidades Nacionales para reforzar el carácter federal de las acciones.

Art. 7º — Concluida la labor del Jurado y emitido su dictamen, éste será refrendado por el Director del CENTRO CULTURAL DE LA MEMORIA "HAROLDO CONTI" y homologado mediante Disposición del Presidente del ARCHIVO NACIONAL DE LA MEMORIA.

Art. 8º — Las precisiones de cada Convocatoria se establecerán en las Bases del Premio diseñadas en cada ocasión, que serán difundidas en tiempo y forma en los principales medios de comunicación del país, vía Internet en el sitio institucional de la SECRETARIA DE DERECHOS HUMANOS del ARCHIVO NACIONAL DE LA MEMORIA y del CENTRO CULTURAL DE LA MEMORIA "HAROLDO CONTI’’ y a través de otros enlaces y recursos de la red en el ámbito oficial.

Art. 9º — El gasto que demande el cumplimiento de la presente será imputado a las partidas específicas del MINISTERIO DE JUSTICIA, SEGURIDAD Y DERECHOS HUMANOS.

Art. 10. — Comuníquese, publíquese, dése a la Dirección Nacional del Registro Oficial y archívese. — Eduardo L. Duhalde.