INSTITUTO NACIONAL DE CINE Y ARTES AUDIOVISUALES

Resolución Nº 512/2009

Bs. As., 1/4/2009

VISTO el Expediente Nº 1030/2009, la Ley Nº 17.741 y la Resolución Nº 1591/INCAA/2004 y;

CONSIDERANDO:

Que por la actuación mencionada tramita la contratación por el Servicio de Realización Integral del Evento denominado "Ventana Sur 2009" cuyo presupuesto oficial es de PESOS CINCO MILLONES ($ 5.000.000.-).

Que el precitado evento tiene como finalidad generar un encuentro que albergue a productores, vendedores y distribuidores del cine local y mundial con el objetivo de favorecer la producción, distribución y promoción del cine Argentino y Latinoamericano.

Que el INSTITUTO NACIONAL DE CINE Y ARTES AUDIOVISUALES es un ente público no estatal, encargado de fomentar, reglamentar y promover el cine y las artes audiovisuales según la ley Nº 17.741 de Fomento de la Actividad Cinematográfica en Argentina.

Que en este orden de ideas se ha celebrado un convenio entre L’ASSOCIATION FRANCAISE DU FESTIVAL INTERNATIONAL DU FILM (AFFIF) y el Instituto Nacional de Cine y Artes Audiovisuales.

Que el mencionado convenio deja vislumbrar que el INSTITUTO NACIONAL DE CINE Y ARTES AUDIOVISUALES encomienda a la AFFIF una parte de la concepción y de la organización de este evento debido a la experiencia y conocimientos con los que cuenta la institución.

Que la AFFIF en virtud de un exhaustivo análisis ha comunicado al INSTITUTO NACIONAL DE CINE Y ARTES AUDIOVISUALES que correspondería contratar el servicio del cual es objeto la presente Licitación, debido que el INSTITUTO NACIONAL DE CINE Y ARTES AUDIOVISUALES no cuenta con la infraestructura física ni humana para llevar adelante el evento Ventana Sur 2009 con el anhelo de inaugurar un nuevo espacio de participación exitosa para todas las partes involucradas.

Que correspondería encuadrar la presente licitación en lo previsto en el Capítulo III, Artículo 16º, Inciso 1) del Régimen de Contrataciones del INSTITUTO NACIONAL DE CINE Y ARTES AUDIOVISUALES emanado por la Resolución Nº 1591/INCAA/2004.

Que la Gerencia de Asuntos Jurídicos ha tomado la intervención que le compete.

Que corresponde dar la publicidad al presente acto, según lo previsto en el Régimen de Contrataciones del INSTITUTO NACIONAL DE CINE Y ARTES AUDIOVISUALES en la Resolución Nº 1591/INCAA/2004.

Que la facultad para el dictado de la presente surge de la Ley Nº 17.741 y sus modificaciones (t.o. 2001).

Que corresponde dictar Resolución al efecto.

Por ello,

LA PRESIDENTA DEL INSTITUTO NACIONAL DE CINE Y ARTES AUDIOVISUALES

RESUELVE:

ARTICULO 1º — Llámese a Licitación Pública Nº 03/INCAA/2009 para el día 28 de abril a las 14:00 hs, al amparo de lo establecido el Capítulo III, Artículo 16º, Inciso 1) del Régimen de Contrataciones del INSTITUTO NACIONAL DE CINE Y ARTES AUDIOVISUALES emanado por la Resolución Nº 1591/INCAA/2004 por el Servicio de Realización Integral del Evento denominado "Ventana Sur 2009" por un monto aproximado de PESOS CINCO MILLONES ($ 5.000.000.-)

ARTICULO 2º — Deléguese en el Gerente Administrativo la facultad de emanar las notas como así también las posibles circulares aclaratorias y/o modificatorias que encuadren el presente procedimiento de selección.

ARTICULO 3º — Impútese el gasto a la partida del presupuesto para el Ejercicio Financiero 2009, sujeto a disponibilidad presupuestaria.

ARTICULO 4º — Regístrese, publíquese, dése a la Dirección Nacional del Registro Oficial y archívese. — LILIANA MAZURE, Presidenta, Instituto Nacional de Cine y Artes Audiovisuales.

INSTITUTO NACIONAL DE CINE Y ARTES AUDIOVISUALES

I.N.C.A.A.

PLIEGO DE BASES Y CONDICIONES

DIRECCION DE ADMINISTRACION - COMPRAS

LIMA 319 - 4º PISO OF. DE ADMINISTRACION

TELEFONO 6779-0900 - INT 154/191/219

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EXPEDIENTE Nº 1030/2009 Tipo de Procedimiento: Licitación Pública Nº 03/2009

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Objeto del llamado: "Servicio de Realización Integral del Evento denominado "Ventana Sur 2009"

Valor del Pliego: Pesos Cinco Mil ($ 5.000.-)

Tipo de Acto: Licitación Pública Nº 03/2009

Modalidad: Con Orden de Compra Abierta y precio tope

Monto aproximado: Pesos Cinco Millones ($ 5.000.000.-)

Plazo de mantenimiento de la Oferta: Treinta (30) días

Prestación del servicio: Salón Harrods - Florida 877 —Capital Federal—

Condiciones de Pago: Contra certificación parcial y los diez (10) días de la presentación de la fecha de factura.

Lugar de presentación de ofertas: Lima 319 - Capital Federal - Departamento de Compras

Lugar de Apertura: Lima 319 - 4º - Gerencia de Administración - Capital Federal

Fecha de apertura: 28 de abril de 2009

Hora de apertura: 14:00 horas

Plazo de contratación: diez (10) meses.

Opción a prórroga: sí

ANEXO I RESOLUCION Nº 512

PLIEGO DE BASES Y CONDICIONES PARTICULARES

Art. 1º.- GENERALIDADES

El presente llamado a licitación pública se convoca en los términos del Artículo 16º, inciso 1º) de la Resolución Nº 1591/INCAA/2004, sus modificatorios y los que surjan del presente PLIEGO y sus posibles aclaratorias.

Art. 2º.- TERMINOLOGIA

A los efectos de la interpretación del pliego, sus Anexos y todo otro documento contractual, las siguientes palabras y expresiones tendrán el significado que a continuación se consigna:

ACTA DE EVALUACION DE OFERTAS: Es el informe elaborado por la Comisión de Evaluación de Ofertas, no vinculante, que proporciona a la autoridad competente para adjudicar, los fundamentos para el dictado del acto administrativo con el cual concluye el procedimiento

ADJUDICACION: Es el acto por el cual se selecciona al OFERENTE más conveniente para el INCAA.

ADJUDICATARIO: Es el OFERENTE/S cuya propuesta ha sido declarada más conveniente por acto formal del INCAA.

ADQUIRENTE: Es el comprador del PLIEGO.

AFFIF: L`Association Francaise du Festival International du Film

AUTORIDAD DE APLICACION DEL CONTRATO: Instituto Nacional de Cine y Artes Audiovisuales.

CALIDAD: La totalidad de los aspectos y características de un producto, proceso o servicio, relacionados con su aptitud para satisfacer las necesidades establecidas o implícitas.

CERTIFICADO: Es el documento que presenta el adjudicatario y refleja el porcentaje de ejecución del servicio en el período comprendido en dicho documento al último día hábil del mes.

CIRCULAR CON CONSULTA: Es la respuesta del INCAA a los pedidos de aclaración sobre el PLIEGO realizados por los adquirientes del mismo, durante el período de consulta.

CIRCULAR SIN CONSULTA: Son las aclaraciones de oficio que el INCAA podrá formular sobre el pliego.

COMISION DE EVALUACION DE OFERTAS: Es la que designe el INCAA para el análisis y evaluación de las OFERTAS, dentro del marco normativo vigente.

CONDICIONES MINIMAS OPERATIVAS: Es el conjunto mínimo de obligaciones y antecedentes indicados en el PLIEGO, que deberá cumplir el interesado para poder presentarse como OFERENTE de esta licitación.

CONTRATO/ORDEN DE COMPRA: Instrumento formal de contratación del Servicio Licitado.

DEFICIENCIA: Anomalía. Incumplimiento de las condiciones establecidas en el PLIEGO relativas a la prestación del servicio.

DOCUMENTACION INFORMATIVA: Es la información integrada a este PLIEGO, o la que se ponga a disposición de los distintos interesados u OFERENTES. La misma se proporciona a título ilustrativo y no obligatorio para el INCAA, siendo obligación de los OFERENTES realizar sus propios estudios de campo, quedando bajo su entera responsabilidad la verificación de los datos y referencias, y tomando exclusivamente a su cargo las consecuencias de los eventuales errores cometidos.

ENTE PUBLICO: Persona Jurídica Pública que integra la estructura orgánica estatal, figura en su presupuesto y ejerce funciones administrativas destinadas a satisfacer el interés público.

GARANTIA DE FIEL CUMPLIMIENTO: Garantía de Adjudicación.

GCABA: Gobierno de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires.

INCAA: Instituto Nacional de Cine y Artes Audiovisuales.

INSPECCION DEL SERVICIO: La actividad técnico-administrativa de supervisión y contralor de los servicios objeto de la presente licitación.

LIBRO DE ORDENES DE SERVICIO: Es el registro foliado, numerado correlativamente donde el INCAA asienta las solicitudes que oficiara al contratista por fuera de las previstas en las jornadas establecidas.

LIBRO DE NOTAS DE PEDIDO: Es el registro foliado, numerado correlativamente y por triplicado donde el INCAA asienta las solicitudes efectuadas por el contratista a través de los estudios efectuados por el mismo.

MEDIOS DE COMUNICACION ENTRE LAS PARTES: Se denomina así a las ORDENES DE SERVICIO y a las NOTAS DE PEDIDO. Son los únicos elementos contractuales de comunicación entre las partes.

NOTA DE PEDIDO: Es el documento por el cual el REPRESENTANTE TECNICO comunica a la AUTORIDAD DE APLICACION DEL CONTRATO sus respuestas a las ORDENES DE SERVICIO, así como todo otro requerimiento o novedad relativa a la prestación del servicio o a la ejecución del CONTRATO.

ORDEN DE SERVICIO: Es el documento por el cual la AUTORIDAD DE APLICACION DEL CONTRATO instruye, dispone, controla la ejecución del servicio y notifica demás observaciones y/o acciones relativas a la ejecución del CONTRATO no previstas en el mismo.

OFERTA: Toda la documentación y demás información incorporada en la presentación realizada. La oferta deberá ser presentada en un único sobre cerrado y lacrado en dos copias de idéntico tenor.

OFERENTE: La persona jurídica o UTE que formule una OFERTA en la presente Licitación.

PERSONAL OPERATIVO: Es el personal dependiente del ADJUDICATARIO afectado a las tareas de prestación de los servicios. No se considera personal operativo al correspondiente a los niveles de supervisión, administrativo y jerárquico.

PLAN DE TRABAJO: Diseño, proyecto, estudio de mercado, infraestructura, dotación de personal, equipamiento y demás recursos a disponer para la prestación de los servicios en cumplimiento de las exigencias de este Pliego.

PLIEGO: El Pliego de Bases y Condiciones Generales, el Pliego de Bases y Condiciones Particulares, las Especificaciones Técnicas, sus Anexos y sus posibles Circulares Aclaratorias.

REPRESENTANTE LEGAL: La persona física designada por el OFERENTE con amplias facultades para considerar y resolver cuestiones relativas a la OFERTA y/o CONTRATO, obligando al OFERENTE, ADJUDICATARIO o CONTRATISTA, según corresponda.

REPRESENTANTE TECNICO: Será el profesional matriculado designado por el ADJUDICATARIO, con título habilitante, que deberá asumir la responsabilidad por el cumplimiento de las condiciones exigidas en el PLIEGO. Es el único habilitado para emitir NOTAS DE PEDIDO y recibir ORDENES DE SERVICIO.

SOBRE UNICO: Sobre cerrado y lacrado conteniendo los antecedentes de los oferentes, el Plan de Trabajo y la Oferta Económica.

SUBCONTRATISTA: La persona jurídica con la cual el ADJUDICATARIO celebre un contrato para la ejecución de una parte de los trabajos incluidos en el servicio a su cargo.

UAI: Unidad de Auditoría Interna

UTE: Unión Transitoria de Empresas.

VIA PUBLICA: Area de la Ciudad destinada al tránsito público, peatonal y/o vehicular.

Art. 3º.- OBJETO

La presente LICITACION PUBLICA tiene como objeto la contratación del Servicio de Realización Integral del Evento denominado "Ventana Sur 2009" en el Salón Harrods (Florida 877) a llevarse a cabo entre los días 27 y 30 de noviembre de 2009 en la Ciudad Autónoma de Buenos Aires.

Se entiende por servicio de realización integral: la provisión y la prestación de servicios vinculados con la puesta en marcha, operación, coordinación y funcionamiento de los recursos necesarios para la realización de los eventos mencionados.

Art. 4º.- PRESUPUESTO OFICIAL

El presupuesto estimado para la presente CONTRATACION se ha estimado en Pesos Cinco millones ($ 5.000.000) a valores de marzo de 2009.

Art. 5º.- AREA DE PRESTACION

El servicio se prestará en la sede sita en Florida 877, Ciudad Autónoma de Buenos Aires.

Art 6º.- DURACION DEL CONTRATO y PLAZOS DE EJECUCION

El CONTRATO tendrá un plazo de duración de un máximo de diez (10) meses contados partir de la fecha del perfeccionamiento del mismo, reservándose el INCAA la prerrogativa de prorrogarlo de acuerdo a lo establecido en el punto 4, del Artículo 75º del Régimen de Contrataciones del INCAA, en las mismas condiciones y precios pactados.

Estableciéndose a continuación la forma en que deberá cumplirse los plazos asignados para cada una de las prestaciones solicitadas.

Art 7º.- PLAZOS DE EJECUCION DEL CONTRATO

En ningún caso, la invocación de una situación imprevista autorizará al CONTRATISTA a suspender o reducir la prestación de los servicios, los que se deberán continuar prestando en las condiciones estipuladas.

Para lo relativo al Servicio de Realización Integral del Evento denominado "Ventana Sur 2009", se detallan los siguientes plazos entre las partes:

Art. 7.1.- PREPRODUCCION

Art. 7.1.1.- REMISION DEL INCAA AL CONTRASTISTA

Conjuntamente con el perfeccionamiento del contrato el INCAA le comunicará a la empresa CONTRATISTA:

a) Aquellas decisiones que quedaran a su designio en lo concerniente a la elección de propuestas presentadas por el CONTRATISTA a los efectos de que la misma comience las gestiones preparatorias para el eficiente desarrollo del evento y en el supuesto caso de que ocurriesen modificaciones, éstas deberán ser comunicadas de inmediato al INCAA, y se dará lugar a la gestión de las alternativas ofertadas.

En este sentido es válido señalar que los contenidos siempre quedarán a cargo del INCAA, refiriéndose en este orden de ideas a todas las tareas y/o acciones que involucren decisiones en materia de comunicación, estrategia y/o políticas a llevar cabo en el transcurso del evento

b) Una planilla que contemple las cantidades de invitados, con la categoría respecto del alojamiento, el origen, la función de su participación en el evento, la fecha prevista de arribo y partida.

Se deberá tener en cuenta que las cantidades señaladas en adelante, por la tipología del evento, podrán sufrir variaciones de hasta el veinte por ciento (20%) según lo contempla el Artículo 75º del Régimen de Contrataciones del INCAA.

Procedencia aproximada:

• Europa y Asia: cantidad aproximada doscientos (200) invitados

• Latinoamérica cantidad aproximada cien (100) invitados

• EEUU y Canadá: cantidad treinta (30) invitados

c) Para las credenciales de acreditaciones se deberá incluir: nombre y apellido del acreditado, tipo de acreditado, origen, según la información que en tiempo y forma hubiera remitido el INCAA.

d) Asimismo se celebrará al momento de la suscripción del contrato la Cesión del Predio designado, cuyo proyecto obra como anexo "Cesión del Predio".

e) En esta etapa el INCAA pondrá en comunicación al adjudicatario con la AFFIF en el marco del convenio de colaboración celebrado con la mencionada organización.

f) Asimismo el INCAA pondrá en comunicación al contratista con los responsables de la sede asignada para la proyección de Films con el objetivo de garantizar que se contemplen todos los detalles para el éxito del evento

Art. 7.1.2.- DIRECCION, PROYECTO Y OBRA

Diseño y Armado de Planimetría (en papel y soporte digital) en programa Auto Cad conteniendo: la iluminación, el armado de áreas con todos sus componentes (Stands, Mobiliario etc.), señalética y sponsoreo y/o publicidad.

Deberá contemplarse el uso del espacio público del Pasaje Tres Sargentos, el que deberá generar un lugar esparcimiento.

Los planos que se presenten deberán estar previamente aprobados por los profesionales competentes en la materia

Se deberán presentar las encomiendas de tareas correspondientes a cada área mencionada en el presente artículo.

Art. 7.1.3.- REALIZACION DE UN CRONOGRAMA DE TAREAS

Se deberá presentar con treinta (30) días del perfeccionamiento del CONTRATO un cronograma de tareas que impliquen el montaje general del evento como todas aquellas acciones inherentes al cumplimiento del CONTRATO adjudicado.

En el caso de originarse dudas para la confección del cronograma mencionado deberá remitirlas al INCAA en forma fehaciente, dirigidas a la Gerencia de Administración.

El INCAA se tomará para cada consulta cuarenta y ocho (48) horas hábiles para responder.

Art. 7.1.4.- PLAN SPONSOREO

Art. 7.1.4.1.-SPONSOREO

El CONTRATISTA deberá presentar un plan relativo al sponsoreo según las disposiciones mobiliarias que se mencionan en el presente pliego, debiendo acatar siempre los criterios vertidos por el INCAA para la comunicación del evento.

Para estas tareas es válido señalar que se podrán presentar propuestas que involucren todos los sectores en un plazo no mayor a los siete (7) días hábiles anteriores al comienzo del evento encuadrándose para tales efectos en el procedimiento descripto a continuación:

Por cada firma con propuesta se deberá incluir CUIT, Domicilio Legal, Teléfono, Razón Social, Objeto, Antecedentes de sponsoreo.

Deberá poder describir en breves palabras los beneficios de la inclusión para el evento de la participación de la potencial sponsor.

El Instituto se reserva el derecho a verificar los montos mencionados en la oferta respecto de cada pauta, y en tal sentido se reserva el derecho a denegar aquellas que considerara por fuera de los precios establecidos en el mercado para tales efectos.

Previo descuento de la comisión de agencia, que no podrá superar el veinte por ciento (20%).

El setenta por ciento (70%) de cada uno de los acuerdos realizados por el contratista de sponsoreo, será a favor del INSTITUTO NACIONAL DE CINE Y ARTES AUDIOVISUALES, debiendo deducirse del valor total del contrato cada uno de ellos

Una vez aprobado el plan de sponsoreo presentado, el ADJUDICATARIO deberá comenzar las acciones tendientes a llevar a cabo el mismo y en el caso de sufrir algún tipo de variación, la misma deberá ser comunicada al INCAA, en un plazo no mayor a las cuarenta y ocho (48) horas para una nueva aprobación.

Art. 7.1.5.- PROVEEDORES

El CONTRATISTA deberá presentar a los treinta (30) días previos a la iniciación del evento (exceptuando los proveedores relativos a transporte de personas y equipos) una nómina con el listado de los proveedores que lo provean en los diversos rubros que contienen la presente CONTRATACION, para los que se deberá tener en cuenta los requisitos que se detallan a continuación:

Deberán poseer la habilitación correspondiente para la comercialización de los productos o servicios contratados.

En el caso de servicios deberán comunicar la ART del personal, y de ser necesario el seguro de vida y responsabilidad civil al ADJUDICATARIO y el mismo al INCAA.

Bajo ningún concepto se generará una relación de dependencia entre los subcontratados y el INCAA, como así tampoco el INCAA será responsable por ninguna de las falencias en las que se viera involucrados el/los proveedores ya sea por desidia u omisión, quedando toda la responsabilidad por cuenta y orden del ADJUDICATARIO.

No se abrirán canales de comunicación entre las firmas SUBCONTRATADAS y el INCAA, que no sean de exclusiva índole operativa y según los datos que hubiere remitido el ADJUDICATARIO al INCAA en materia de responsables por área.

Art. 7.1.6.- CONTRATACION DE SEGUROS

Se dará lugar a la contratación de los SEGUROS descriptos en el presente artículo, remitiendo las emergentes pólizas en un plazo no mayor de siete (7) días, toda vez suscrito la Orden de Compra, para los casos de aquellas ultimaciones posteriores que pudieren modificar la presentación realizada, se tomará la misma como provisoria, dándole un plazo perentorio de diez (10) días antes de la iniciación del evento para la presentación de la actualización de las pólizas, bajo ningún caso se dará inicio a las actividades descriptas en el presente pliego de no realizarse la petición detallada.

Art. 7.1.7.- PERSONAL

El contratista deberá presentar quince (15) días antes del inicio del evento:

• El personal que demande la presente contratación estará a cargo del ADJUDICATARIO con todas las responsabilidades que emergen de la normativa de aplicación, aún cuando dicho personal no dependa directamente del ADJUDICATARIO.

• El CONTRATISTA debe contratar los seguros que se detallan en el Artículo precedente debiendo ser hasta el límite máximo que establezca la legislación vigente al momento de su contratación.

• El CONTRATISTA debe acreditar la constitución de los mismos y su vigencia durante todo el período contractual, mediante la presentación de copias autenticadas de sus respectivas pólizas.

• El personal deberá estar debidamente identificado en lugar visible, durante toda la intervención que en cada caso competa, incluyendo la misma los datos personales, la ART y el Nº de filiación.

• Cada vez que el CONTRATISTA modifique o cambie de compañía aseguradora, o cada vez que el INCAA lo solicite, se presentarán copias autenticadas de las pólizas.

• La acreditación de la contratación de los seguros es condición ineludible para el inicio de la prestación contratada.

• La contratación de los seguros que aquí se exigen es independiente de aquellos otros que deba poseer la empresa a fin de cubrir los posibles daños o pérdidas que afecten a sus bienes o los de sus empleados como consecuencia de hechos climáticos o de otra naturaleza.

• Las Compañías Aseguradoras con las cuales el CONTRATISTA contrate las coberturas establecidas en el presente artículo, deben ser de primera línea, reconocida solvencia y autorizadas para prestar los seguros por los Entes y Organismos habilitantes tanto del Poder Ejecutivo Nacional, como los que se creen en el ámbito de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires.

• El INCAA se reserva el derecho de solicitar, a su solo juicio, el cambio de compañía aseguradora.

• Un organigrama del personal con mínimo detalles de las tareas asignadas.

• Para los puestos técnicos será condición que los responsables de áreas sean profesionales en la materia y cuenten con la experiencia requerida, para tal fin será imprescindible que el CONTRATISTA designe por escrito a los responsables de las áreas requeridas como a un gerente del evento.

• El personal deberá ingresar treinta (30) minutos antes de la iniciación del servicio y deberá retirarse treinta (30) minutos después de la finalización del evento.

• Deberá preverse la capacitación por parte de la firma adjudicataria y de ser necesario el INCAA brindará los contenidos al personal interviniente.

Art. 7.1.8.- PLAN DE SEGURIDAD Y EVACUACION

El contratista deberá presentar siete (7) días antes de la iniciación del evento un plan de seguridad e higiene aprobado por un profesional en la materia el mismo deberá estar certificado por el consejo concerniente en la materia.

Durante el transcurso de la contratación el profesional que haya promovido y suscripto el plan mencionado estará a disposición del INCAA como del personal técnico involucrado designado por el CONTRATISTA.

Art. 7.1.9.- LOGISTICA

El CONTRATISTA deberá presentar quince (15) días antes de la iniciación del evento los datos de la empresa que realice los servicios de transporte y logística, en el caso de ser necesaria la subcontratación, con amplia experiencia y en tal sentido la misma deberá contar diversos tipos de transportes según lo demande cada tarea requerida.

Se deberán consignar al menos cinco (5) personas avocadas exclusivamente durante la etapa de preproducción a las tareas que demanden la organización del transporte y logística del evento.

Se deberá generar un libro de ORDENES DE PEDIDO en donde se indicará: Tipo de transporte, cantidad, horario, destino, personal solicitante del INCAA y personal recepcionista del pedido del CONTRATISTA, datos del personal asignados a la conducción de transportes (inclusive telefonía celular) deberá rubricarse en la UAI del INCAA.

Se deberá consignar los datos de los vehículos a utilizar en la contratación en una planilla que indique marca, modelo, patente, datos del chofer, datos del seguro, deberá acompañarse a los siete (7) días antes del inicio de actividades del mencionado rubro.

Art. 7.1.10.- TRASLADO DE INVITADOS

El OFERENTE deberá prever en la cotización los traslados aéreos de las personas que se detallan en el artículo 7.1.1 las categorías hoteleras serán cuatro estrellas para todos los convocados.

Art. 7.1.11.- TRADUCTORES

El oferente deberá incluir en su oferta el personal idóneo para llevar a cabo la tarea de traducción, para poder contemplar el oferente el alcance del personal necesario, se deberá tener en cuenta el Anexo de Invitados Internacionales.

Deberá tener en cuenta a la hora de confeccionar la oferta que el servicio de traducción estar disponible para los invitados en todo momento, desde el arribo en el aeropuerto hasta su partida.

El personal deberá tener excelente predisposición y plena disponibilidad para las tareas encomendadas, asimismo se deberá dar preferencia a aquellas personas que cuenten experiencia comprobable en la materia.

Se deberán contemplar traducciones al idioma inglés, francés, portugués y alemán.

Art. 7.2.- PRODUCCION INTEGRAL

Entendiéndose como Producción Integral a la Coordinación, Supervisión y Control de la implementación del montaje integral del evento, como asimismo el cumplimiento en tiempo y forma de todos los servicios evaluados y contratados para llevar a cabo con éxito el evento.

Art. 7.2.1.- AREAS QUE COMPRENDERAN EL EVENTO

• Control de Acceso, Acreditaciones e Informes General

• Esparcimiento y WI-FI

• Area de acreditados Tipo1

• Area General (acreditados Tipo 2 y Tipo 3)

• Espacios de sponsoreo/publicidad

A continuación se mencionan las características de cada una de las áreas, en lo relativo a la función, personal, equipamiento técnico, mobiliario, etc.

Art. 7.2.2.- CONTROL DE ACCESO, ACREDITACIONES E INFORMES

Art. 7.2.2.1.-CONTROL DE ACCESO

Función:

Controlar en forma estricta el ingreso de los diversos acreditados según la nómina emitida por el INCAA.

Art. 7.2.2.2.- ACREDITACIONES

Función:

Tendrá que desarrollar de principio a fin el sistema de acreditaciones, entregando para tales efectos las respectivas credenciales, catálogos y demás elementos de difusión, según la nómina que haya remitido el INSTITUTO NACIONAL DE CINE Y ARTES AUDIOVISUALES.

Art. 7.2.2.3.- INFORMES

Función:

Estará destinada a brindar toda la información concerniente al desarrollo del evento, como así también a comunicar a los diversos responsables de áreas aquellas anomalías que le fueran notificadas por los participantes del evento.

Entregará la folletería de difusión a los diversos participantes, asimismo es válido señalar que la folletería y todos los elementos de comunicación en forma impresa estarán por cuenta y orden del INSTITUTO NACIONAL DE CINE Y ARTES AUDIOVISUALES.

Personal:

Se podrán a disposición para la tarea de control de cada acceso (2) personas y para la tarea de acreditación cuatro (4) personas, deberán conocer todas ellas de principio a fin todas las características del evento y ser bilingües (Inglés y Francés).

La atención al público deberá estar cubierta en el horario de 9:00 a 19:00 hs

Habrá tres (3) tipos de categorías de acreditados:

1. Distribuidores/Compradores/Vendedores: sin restricciones de acceso a ninguna de las áreas

2. Productores/Directores/Actores: con restricción de acceso al sector 1.

3. Invitados del INCAA: con restricción de acceso al sector 1.

Mobiliario:

Se pondrá una mesa mostrador de gran dimensión y con posibilidad de implementar en la misma la exhibición de folletería y catálogos con seis (6) sillas altas.

Equipamiento Técnico:

Cuatro (4) PC completas con pantallas planas de 19’ y conexión WI-FI, con todos los datos de los acreditados.

Los datos de los participantes deberán estar cargados para el inicio del evento en forma digital

Art. 7.2.3.- GASTRONOMIA

Función:

Brindar diversas propuestas gastronómicas aranceladas para el público general del evento, contemplando para tal fin al menos dos (2) propuestas de comidas principales, y al menos dos (2) propuestas para dulces e infusiones.

Personal:

El personal estará cargo de las firmas que provean el servicio a la CONTRATISTA con todas las responsabilidades que emergen de la normativa de aplicación.

Destinándose para tales efectos la cantidad necesaria de personal para cubrir aproximadamente cuatrocientos (400) concurrentes diarios.

Art. 7.2.4.- STANDS INSTITUCIONALES

Función:

Estará destinada a la promoción y difusión de: las Casas Provinciales, Instituciones Públicas y Privadas, etc.

Personal:

Estará por cuenta y orden del cada uno de los actores convocados para ofrecer su difusión, deberá encontrarse en todo momento al menos dos (2) personas.

Mobiliario:

Treinta (30) Stands de tres paneles, una (1) mesa, tres (3) sillas.

Art. 7.2.5.- AREA DE ACREDITADOS TIPO 1

Art. 7.2.5.1.-INTERCAMBIOACREDITADOS TIPO 1

Función:

Será el espacio físico destinado al intercambio de ideas entre: Distribuidores, Compradores y Vendedores del mercado audiovisual convocado:

Deberá generarse un espacio de cuidado y privacidad respecto del resto de las actividades, tanto para la restricción para su ingreso, como para la aislación en sonido.

Personal:

Deberá contemplarse cuatro (4) personas de atención e información, cinco (5) personas abocadas a la tarea de traducción.

Mobiliario:

Se deberán contemplar diez (10) amplios sillones de color blanco, cuatro (4) sillas por cada mesa tipo bar.

Deberán ser cuarenta (40) mesas.

Equipamiento Técnico:

Dos (2) pantallas planas digitales de 52" pulgadas.

Art. 7.2.5.2.- BOXES DE VISUALIZACION

Función:

Estar dentro del área de acreditados tipo 1, destinada a la proyección del material recopilado por el INCAA de doscientos (200) producciones locales y latinoamericanas en simultáneo distribuido en treinta (35) puestos de proyección individual.

Personal:

Se deberán destinar al menos dos (2) personas avocadas a las tareas de proyección, entre ellas se deberá designar un responsable técnico que cuente con los amplios conocimientos en materia de manejo en equipamiento audiovisual.

Mobiliario:

Se deberán contemplar treinta y cinco (35) puestos individuales, con sus respectivas sillas de buen respaldo.

Equipamiento Técnico

Se deberán presentar propuestas, no mas de tres, quedando a cargo del INSTITUTO NACIONAL DE CINE Y ARTES AUDIOVISUALES, la decisión de las mismas, para lo que se deberá tener en cuenta las instalaciones realizadas para este uso en mercados de similares características.

Deberá contemplarse que el INSTITUTO NACIONAL DE CINE Y ARTES AUDIOVISUALES facilitará a la firma contratista todos los contenidos para la visualización con máximo de quince días (15) antes de la iniciación del evento.

Art. 7.2.5.3.- GASTRONOMIA ACREDITADOS TIPO1

Función:

Estará a su cargo brindar el servicio de catering desde el principio al fin del evento para trescientas (300) personas aproximadamente.

Las propuestas deberán preponderar un servicio tipo "auto service" de comidas sencillas, para este ítem se deberán presentar al menos dos propuestas.

Personal:

Deberá destinarse personal suficiente con experiencia en la temática. El personal deberá ser bilingüe y deberán estar a la plena disposición de los invitados.

Mobiliario:

Tres (3) mesas rectangulares para la exhibición de la comida.

Art. 7.2.6.- SPONSOREO

Función:

Dar la posibilidad de incorporar los actores comerciales, tanto del mercado audiovisual, como de otros rubros en las diversas áreas de sponsoreo definidas por el INCAA.

Todas las instalaciones podrán contar con la posibilidad de sponsoreo, si y solo si se respeten los parámetros de contenidos vertidos por el INCAA.

Art. 7.3.- ALOJAMIENTO

Se deberá prever alojamiento por cuatro (4) días para aproximadamente trescientos cincuenta (350) personas según los orígenes mencionados anteriormente.

Los hoteles deberán estar en un radio no mayor a las siete (7) cuadras de la sede del evento y del tipo cuatro estrellas en su totalidad.

Deberá señalizarse el trayecto de los respectivos hoteles al Salón de Eventos Harrods, y al Cine designado para la proyección de Films

Se le deberá dar a cada alojado un plan que contemple los teléfonos de datos útiles respecto del Evento como del trayecto de su hotel hacia el Salón de Evento Harrods y viceversa.

Art. 7.3.- POS-PRODUCCION

Se entiende por pos-producción a las tareas de Logística de desarme de todos los sectores / limpieza general/Firma del Acta de entrega del predio otorgado.

La adjudicataria deberá contratar a un Ingeniero en Seguridad que aprueba la estructura de stands aprobada (materiales, etc.), quedando a su exclusiva responsabilidad cualquier tipo de eventualidad que surgiere.

Art 8º.- SEGUROS

Art 8.1.-

La CONTRATISTA, en cumplimiento de la legislación vigente, debe contar con un seguro que cubra a la totalidad del personal que afecte al servicio contratado, el cual será suscrito con una "Aseguradora de Riesgos de Trabajo (ART)" autorizada para brindar ese tipo de cobertura y/o con una aseguradora que preste la correspondiente cobertura por riesgo de accidente y/o vida. Las compañías deberán estar aprobadas y en un todo de acuerdo con las normas que emana la Superintendencia de Seguros de la Nación.

No se podrá afectar personal alguno a la prestación del servicio contratado, cualquiera sea su índole, hasta que el mismo no cuente con su correspondiente cobertura por riesgo de accidentes y vida.

Art. 8.2.-

En los apartados siguientes se detallan las condiciones mínimas de los seguros, los mismos deben cumplir con todas los requerimientos establecidos en las Leyes vigentes para cada caso en particular.

La Contratista debe asegurar, bajo póliza de Responsabilidad Civil, los daños que como consecuencia de tareas inherentes al servicio contratado o los trabajos que el INCAA se encuentre facultado a encomendarle que puedan ocasionar a personas, bienes o cosas de propiedad del INCAA o de terceros, por un monto mínimo de Pesos quinientos mil ($ 500.000.-).

La cobertura incluirá los daños que se ocasionen por los servicios contratados así como aquellos que sean ocasionados por el personal a su cargo.

También estarán cubiertos por estas pólizas los eventos producidos a consecuencia de cualquier accidente que se produzca como consecuencia directa o indirecta de los trabajos en ejecución.

Las pólizas de Responsabilidad Civil deben contener:

Un endoso extendiendo la cobertura al INCAA como beneficiario del seguro respecto de la responsabilidad civil atribuible a la ejecución de cualquier trabajo derivado de este contrato.

Una cláusula por medio de la cual la Compañía Aseguradora se compromete a comunicar fehacientemente al INSTITUTO NACIONAL DE CINE Y ARTES AUDIOVISUALES, con TREINTA (30) días de anticipación de cualquier cambio en las condiciones de la póliza, o de la cancelación o terminación de la misma o de reducciones en los montos de las coberturas.

No presentar la póliza correspondiente a este seguro de Responsabilidad Civil en el plazo fijado en el presente de este Pliego, se considerará como un deseo de no firmar el contrato, retirando en forma unilateral la propuesta que fuera adjudicada.

Art. 9º.- PRESENTACION DE LA OFERTA

Cada postulante presentará su OFERTA en un sobre o contenedor identificado de la siguiente forma:

INSTITUTO NACIONAL DE CINE Y ARTES AUDIOVISUALES LICITACION PUBLICA Nº

Contratación por al Realización Integral del evento "Ventana Sur 2009" en el Espacio Internacional de Negocios y Conferencias en el Salón Ardoz (Florida 877) en la Ciudad Autónoma de Buenos Aires.

Fecha de Apertura:

 

La oferta deberá estar agrupada en un único sobre conteniendo la siguiente información:

ü Antecedentes Técnicos

ü Propuesta económica,

ü Propuesta Técnica

ü Documentación solicitada

Toda la documentación que forma parte de la OFERTA deberá estar foliada en todas sus hojas correlativamente y con un índice de contenido y anexos. Las enmiendas, entrelíneas y raspaduras deberán ser debidamente salvadas.

La OFERTA se presentará en original y copia. En caso de discrepancia se considerará válido el juego original. Todos los folios, tanto del original como de la copia, serán firmados por el Representante LEGAL del Oferente.

Las autenticaciones, certificaciones y legalizaciones requeridas para la presentación de documentos podrán constar solamente en el original. El duplicado debe integrarse en un juego completo de fotocopias firmadas por el Oferente. Los documentos expedidos por autoridad extranjera deben presentarse debidamente legalizados por el Consulado Argentino que correspondiere y por el Ministerio de Relaciones Exteriores de la Nación. La apostilla suple y tiene el mismo efecto que la legalización exigida.

Todos los importes deberán expresarse en moneda nacional e IVA incluido.

Art. 10º.- COTIZACION

El OFERENTE deberá consignar las características técnicas de los equipos ofertados.

Antes de la adjudicación y/o durante la realización de los trabajos el INCAA podrá inspeccionar los equipos para verificar, que son los ofertados y el satisfactorio estado de uso y funcionamiento de los mismos.

Una vez definida la flota de transportes y/o equipos que prestarán el servicio, cualquier modificación —alta o baja— solo podrá realizarse previa autorización del INCAA, quedando definida la nueva flota.

Asimismo, los OFERENTES serán los únicos responsables por los propios errores en que hubieren incurrido en la presentación de sus propuestas, y en tal sentido, no podrán invocar desconocimiento o duda

Será imprescindible que la oferta contemple cada ítem en forma unitaria y total, en los ítems que se involucre más de una acción deberá indicarse la conformación del precio.

La oferta deberá presentarse por escrito y en forma digital.

En los casos en donde el precio se halle afectado por una moneda internacional, deberá indicarse el tipo de cambio, día del mismo y la fuente, según se establece en el Artículo 35º.

La falta de conformación de detallada y especifica de precios dará lugar al descarte de la misma, debido que involucra el valor de la oferta no se podrá subsanar a posteriori de la apertura de propuestas rigiéndose para ello el principio de igualdad y concurrencia que prevé el Régimen de Contrataciones del INSTITUTO NACIONAL DE CINE Y ARTES AUDIOVISUALES.

ARTICULO 11º.- CONOCIMIENTO DEL PREDIO Y DE LAS CONDICIONES DE USO

Los CONTRATISTA deberán ajustarse a las condiciones de uso del predio asignado en la documentación que integra el Anexo.

Asimismo visitarán las instalaciones, ubicadas en San Martín 870, Ciudad de Buenos Aires que se afectará al objeto del presente llamado y adjuntarán el certificado que obra Anexo.

La visita tendrá por finalidad verificar la infraestructura, sus características, desarrollo funcional, equipamiento, condiciones, dimensiones y toda otra información que estime necesaria el oferente para elaborar su propuesta.

El oferente deberá comunicarse con la Gerencia de Administración, sito en Lima 319 de la Ciudad de Buenos Aires, piso 4º, TEL. 6779-0900 int. 136, 191, 219, correo electrónico administracionincaa@ incaa.gov.ar, al efecto de coordinar la visita. Dicha Gerencia, certificará la visita una vez realizada la misma.

El oferente deberá extender al momento de la presentación de las ofertas una declaración jurada, manifestando conocer plena y absolutamente los planos, espacios y dimensiones del predio dispuesto.

Si el oferente no acompañase la mencionada declaración jurada, la oferta se desestimará sin más trámite.

Art. 12º.- CONTENIDO DE LA PROPUESTA TECNICA /DOCUMENTACION

Las propuestas Técnicas de los Postulantes deberán incluir la información y documentación detallada a continuación:

Plan de Trabajo que permita entender con claridad el detalle de la programación del evento con cada uno de los interlocutores asignados.

La dotación y categoría de personal técnico y profesional a utilizar en la presente contratación, incluyendo los datos de contacto.

El pago de las cargas tributarias de los último doce (12) meses. (Formulario AFIP 931 y 731).

El Certificado de Capacidad Fiscal emitido por la AFIP, se podrá presentar el certificado del trámite del mismo, debiendo tenerse en cuenta que antes de la preadjudicación deberá remitirse la copia certificada por escribano.

Las consultas y pedidos de aclaraciones que se formulen, deberán adecuarse a lo establecido en el Inciso 4, Art. 23º del Régimen de Contrataciones del INCAA.

Las comunicaciones mencionadas en el párrafo precedente deben efectuarse de manera fehaciente.

Art. 13º.- GARANTIA DE OFERTA

El Oferente debe constituir una Garantía de OFERTA del cinco por ciento (5%) conforme al apartado a), Inciso 1º) del Art. 56º del Régimen de Contrataciones del INCAA según las formas previstas en el Inciso 2º del Art. 56º.

El plazo de constitución de la Garantía de ADJUDICACION debe ser el establecido en el apartado b), Inciso 1º) del Art. 56º del Régimen de Contrataciones del INCAA

La mencionada garantía es del diez por ciento (10%) del valor total de la adjudicación.

Art. 14º.- GARANTIA DE ADJUDICACION

El ADJUDICATARIO integrará dicha GARANTIA DE ADJUDICACION dentro del término de cinco (5) días de entregada la ORDEN DE COMPRA. Vencido dicho plazo, se lo intimará a su cumplimiento por idéntico período.

Dicha garantía será devuelta de oficio al ADJUDICATARIO dentro de los diez (10) días de finalizado el contrato.

El plazo de constitución de la Garantía de ADJUDICACION debe ser el establecido en el apartado b), Inciso 1º) del Art. 56º del Régimen de Contrataciones del INCAA

La mencionada garantía es del diez por ciento (10%) del valor total de la adjudicación.

Art. 15º.- MANTENIMIENTO DE OFERTA

Los Oferentes se obligan a mantener sus ofertas por el término de treinta (30) días contados a partir del Acto de Apertura de Ofertas, de acuerdo a lo establecido en el Artículo 39º del Régimen de Contrataciones del INCAA.

Sin embargo, el plazo de mantenimiento de las ofertas quedará prorrogado de pleno derecho hasta el momento de la adjudicación, a menos que los Oferentes se retracten por escrito en cualquier oportunidad después del vencimiento establecido en este Artículo por medio fehaciente.

Art. 16º.- ANTECEDENTES REQUERIDOS PARA SER OFERENTE

Para concurrir como OFERENTES al presente llamado a CONTRATACION, deberán reunirse los siguientes requisitos:

a) Tener una antigüedad no menor a los dos (2) años desde la fecha de su constitución hasta el llamado a CONTRATACION.

b) Será imprescindible que el oferente cuente con experiencia en confección de proyectos de organización de eventos dentro del ámbito público.

c) Será imprescindible que el oferente puede demostrar una facturación mayor a los veinte millones pesos ($ 20.000.000.-) en el último cierre de ejercicio, las misma deberá estar confeccionada por un profesional competente en la materia y debidamente certificada por Consejo Profesional de Ciencias Económicas

d) El objeto de la sociedad debe estar claramente relacionado con el objeto y naturaleza de las tareas que se licitan.

e) La vigencia de los Contratos Sociales de los Oferentes debe de ser igual o superior al plazo previsto para esta contratación, más la eventual prorroga de seis (6) meses, más un (1) año.

Art. 17º.- FALSEAMIENTO DE DATOS

El falseamiento de datos determinará la inmediata exclusión del OFERENTE, con perdida de la Garantía de Oferta. Si la falsedad fuere advertida con posterioridad a la adjudicación o contratación, será causal de rescisión de la adjudicación o del CONTRATO por culpa del CONTRATISTA con perdida de la GARANTIA DE FIEL CUMPLIMIENTO de CONTRATO y sin perjuicio de demás responsabilidades que pudiere n corresponder.

Art. 18º.- CONOCIMIENTO DE LAS CONDICIONES

Por el solo hecho de formular la OFERTA, se entenderá que el OFERENTE conoce y acepta las bases y condiciones de la licitación y las características de los servicios a contratar, por lo que no podrá con posterioridad invocar en su favor, para justificar los errores en que pudiera haber incurrido al formular la OFERTA, duda o desconocimiento de las cláusulas y disposiciones legales aplicables o de las condiciones técnicas y fácticas del servicio.

Art. 19º.- LUGAR Y FECHA DEL ACTO DE APERTURA

Las OFERTAS deben entregarse hasta la hora fijada para el ACTO DE APERTURA en el INCAA, sito en Lima 319, piso 6º, la que otorgará constancia de su recepción. No se recibirán OFERTAS presentadas con posterioridad al plazo previsto. Bajo ningún concepto se admitirá el retiro de OFERTAS ya presentadas.

Los sobres serán abiertos en acto público, en el lugar, día y hora fijados. Si el día señalado para el ACTO DE APERTURA fuera inhábil para la administración, el Acto se cumplirá el primer día hábil siguiente en el mismo lugar y hora previstos

Art. 20º.- ACTO DE APERTURA

Una vez iniciado el proceso de apertura, no se admitirá presentación o interrupción alguna.

Se comenzará el Acto procediendo a la apertura de las OFERTAS, en el orden de su recepción, incorporándose al Expediente la documentación integradora de las Propuestas.

De todo lo ocurrido en el Acto de Apertura se labrará un Acta que será suscripta por los funcionarios autorizados y por los postulantes que quieran hacerlo, en la cual se dejará constancia de las observaciones que se hubieren formulado.

Las observaciones al ACTO DE APERTURA únicamente podrán ser formuladas por los OFERENTES a través de sus REPRESENTANTES LEGALES, los que a su vez deben necesariamente firmar el Acta, sin cuyo requisito se tendrán por no formuladas.

Art. 21º.- VISTA DE LAS OFERTAS Y OBSERVACIONES

La vista de las ofertas será en un todo acuerdo al Art. 42º del Régimen de Contrataciones, pudiéndose requerir por escrito la vista de la actuación, disponiendo el INCAA de cuarenta y ocho (48) horas para responder en forma fehaciente la petición referida.

Art. 22º.- CAUSALES DE DESESTIMACION DE LAS OFERTAS

Las causales de desestimación de las OFERTAS serán aquellas previstas en el Artículo 43º del régimen de Contrataciones INCAA.

No serán rechazadas las OFERTAS que contengan defectos de forma que no afecten la esencia de las mismas ni impidan su comparación con las demás OFERTAS.

Art. 23º.- ACLARACIONES

La COMISION DE EVALUACION DE OFERTAS podrá requerir en forma fehaciente, en forma previa a la emisión de su dictamen, a los OFERENTES aclaraciones sobre los documentos incluidos en su OFERTA, debiendo éstos responder de igual manera en el plazo que en cada caso se establezca. La falta de respuesta implicará que la COMISION DE EVALUACION DE OFERTAS resolverá con la documentación que tenga a la vista.

Las aclaraciones en ningún caso implicarán una modificación de la OFERTA.

Art. 24º.- EVALUACION DE LAS PROPUESTAS

Con posterioridad a la apertura de la licitación y a efectos de realizar el estudio de las ofertas, el INCAA podrá requerir a los oferentes los elementos que estime necesario para una mejor evaluación de las mismas.

Los aspectos prioritarios para la evaluación del las ofertas serán los comprendidos en los artículos 7º y de 9º a 12º del presente pliego, los establecidos en el Artículo 47º del Régimen de Contrataciones del INCAA , en el Pliego de Cláusulas Generales como en los principios del Derecho Administrativo.

Por la naturaleza de la contratación podrá requerirse que los oferentes amplíen la información necesaria que permita discernir con mayor objetividad la propuesta confeccionada.

El requerimiento así como la respuesta, se harán por escrito; en ningún caso se podrá solicitar ni permitir cambio alguno en los precios, ni demás aspectos sustanciales de la oferta, salvo la corrección de errores no sustanciales detectados por el INCAA, debiendo cumplimentarlos en el plazo que oportunamente se le fije, bajo pena de darse por retirada la oferta con pérdida de la garantía.

A los efectos de la evaluación técnica, se solicitará la intervención del responsable de la Gerencia de Asuntos Internacionales del INSTITUTO NACIONAL DE CINE Y ARTES AUDIOVISUALES.

Art. 25º.- METODOLOGIA DE PREADJUDICACION DE LAS OFERTAS

La documentación y antecedentes contenidos en las propuestas de los OFERENTES y las observaciones que se hubieren formulado serán analizados por la COMISION DE EVALUACION DE OFERTAS designada para tal fin por la AUTORIDAD DE APLICACION, la cual expedirá un informe fundado y verificará el cumplimiento de los requisitos exigidos en este, según el criterio de selección de ofertas determinado en el Artículo 47º de Régimen de Contrataciones del INCAA.

Asimismo se preadjudicará a favor de la firma que presente el mejor precio global debido a que el objeto de la presente contratación involucra una suma de acciones que harían improductivo o ineficiente disgregarlas.

Art. 26º.- PREADJUDICACION

La COMISION DE EVALUACION DE OFERTAS emitirá el Dictamen, el cual no tiene carácter vinculante, proporcionando a la autoridad competente para adjudicar, los fundamentos para el dictado del acto administrativo.

Art. 27º.- NOTIFICACION DEL INFORME DE PREADJUDICACION

La preadjudicación será notificada en forma fehaciente a todos los oferentes de la presente LICITACION y será publicada en la cartelera del INCAA por el término de tres (3) días, en la página de Internet del INCAA y en el Boletín Oficial de la República Argentina. Los OFERENTES podrán impugnarla dentro del plazo de tres (3) días a contar desde el día siguiente a de la notificación fehaciente al oferente de la preadjudicación.

Las impugnaciones presentadas, si las hubiera, serán resueltas en forma previa, o conjuntamente con el Acto de Adjudicación. Previamente a la resolución de las impugnaciones, deberá tomar intervención la Gerencia de Asuntos jurídicos.

Art. 28º.- IMPUGNACIONES

Los oferentes podrán formular impugnaciones contra el acto de adjudicación, dentro de los cinco (5) días de notificado el mismo. Con cada escrito de impugnación y como condición de admisibilidad deberá haber depositado en efectivo el equivalente al CINCO POR MIL (0,5‰) del valor de la oferta presentada por el impugnante, el que le será devuelto en caso que ella fuera acogida favorablemente y se perderá esta suma si ella fuera desestimada.

La impugnación será resuelta por el Presidente del INCAA. En ningún caso la interposición de la impugnación o las revisiones tendrán carácter suspensivo del procedimiento de selección.

Art. 29º.- ADJUDICACION

La ADJUDICACION se efectuará según lo establecido en el Art. 47º del Régimen de Contrataciones del INCAA.

El INCAA reserva el derecho de dejar sin efecto la adjudicación antes del perfeccionamiento del contrato, sin que ello genere derecho alguno a los OFERENTES según lo establecido en el Art. 45º del Régimen de Contrataciones del INCAA.

Art. 30º.- NOTIFICACION DE LA ADJUDICACION Y PUBLICACION DE LA ADJUDICACION

La adjudicación será notificada al adjudicatario en forma fehaciente. Asimismo su resultado se comunicará al resto de los oferentes, para que retiren sus depósitos (garantía de oferta), y se difundirá a través de la página que el INCAA posee en Internet tal cual lo prevé el Art. 54º del Régimen de Contrataciones del INCAA.

Art. 31º.-COTEJO DE LA INFORMACION

El Organismo encargado de la dirección y control de la ejecución del CONTRATO podrá requerir al/los ADJUDICATARIO/S, dentro del período comprendido entre la adjudicación y la puesta en marcha del contrato, el acceso a sus libros de contabilidad y documentos cada vez que lo considere necesario. A tales efectos, personal de la Autoridad de Aplicación podrá visitar, inspeccionar y auditar las oficinas, depósitos, equipos, etc. del ADJUDICATARIO y/o CONTRATISTA.

Art. 32º.- PERFECCIONAMIENTO DEL CONTRATO

El ADJUDICATARIO integrará la GARANTIA DE FIEL CUMPLIMIENTO dentro del término de cinco (5) días contados a partir de la notificación fehaciente de la adjudicación, garantía que mantendrá vigente durante todo el período contractual, bajo pena de rescindir la contratación.

Dicha garantía se constituirá conforme a lo dispuesto por el Artículo 14º del presente PLIEGO.

El adjudicatario deberá concurrir a firmar el CONTRATO dentro de los siete (7) días de acreditada la realización de la garantía de fiel cumplimiento. Dicho Instrumento importará el compromiso de ejecución del contrato para ambas partes, sobre las bases y condiciones del presente Pliego y conforme al contenido de la propuesta adjudicada.

Dentro de los dos (2) días hábiles posteriores a la firma del CONTRATO, el CONTRATISTA deberá presentar a la Autoridad Competente, el Plan de Trabajo ajustado a efectos de su implementación. Este responderá a aquellas observaciones que hubieren surgido del Informe de Preadjudicación.

Art. 33º.- PROHIBICION DE LA TRANSFERENCIA DEL CONTRATO

El CONTRATO, ni los derechos que de él nazcan podrán ser cedidos o transferidos por el/los ADJUDICATARIO/S a terceros.

Art. 34º.- INICIACION DEL SERVICIO

El servicio deberá iniciarse siete (7) días posteriores al perfeccionamiento del Contrato, el cual será comunicado al adjudicatario mediante Notificación fehaciente.

Art. 35º.- CONVERSION DE MONEDA

Para los ítem en donde la comercialización este establecida en moneda extranjera, deberá aclarase la fecha en la que se ha tomado el cambio, y en el caso de sufrir variaciones con las fechas en las que se realice la adjudicación, se tomará la tasa de cambio prevista por el Banco de la Nación Argentina

Será imprescindible que se aclare detalladamente el origen de los precios, ya que en los casos en donde no se haya previsto tal mención no podrán sufrir variaciones de precios.

Art. 36º.- DECLARACION DE HABILIDAD PARA CONTRATAR CON LA ADMINISTRACION PUBLICA NACIONAL

Se deberá declarar bajo juramento que el oferente se encuentra habilitado para contratar con la Administración Pública Nacionales el marco del dispuesto en el Art.13º de la Resolución Nº 1591/INSTITUTO NACIONAL DE CINE Y ARTES AUDIOVISUALES/2004-Reglamento de Compras y Contrataciones

Art. 37º.- DECLARACION JURADA DE JUICIOS CON EL ESTADO NACIONAL

Se deberá bajo juramento que el oferente no mantiene juicios con el Estado Nacional o sus entidades descentralizadas o de mantenerlos deberá describir: CARATULA, NUMERO DE EXPEDIENTE, MONTO RECLAMADO, FUERO/JUZGADO/SECRETARIA, ENTIDAD DEMANDADA.

Art. 38º.- INSPECCION Y CERTIFICACION DE LAS TAREAS

La inspección y certificación parcial y/o total de las tareas estará a cargo del responsable a cargo de la Gerencia de Asuntos Internacionales del INSTITUTO NACIONAL DE CINE Y ARTES AUDIOVISUALES.

e. 13/04/2009 Nº 24938/09 v. 13/04/2009