MINISTERIO DE ECONOMIA Y FINANZAS PUBLICAS

Decreto 259/2009

Incorpórase la Coordinación General de Actividades de Capacitación en materia de Administración Financiera, a la Subsecretaría de Presupuesto de la Secretaría de Hacienda. Modificación del Anexo III del Decreto N° 1359/04.

Bs. As., 7/4/2009

VISTO el Expediente Nº S01:0320927/2008 del Registro del ex MINISTERIO DE ECONOMIA Y PRODUCCION, el Presupuesto General de la Administración Pública Nacional para el Ejercicio 2009 aprobado por la Ley Nº 26.422 y distribuido por la Decisión Administrativa Nº 2 del 9 de enero de 2009, los Decretos Nros. 1359 del 5 de octubre de 2004 y sus modificaciones y 2098 del 3 de diciembre de 2008, la Resolución Nº 191 del 25 de julio de 2008 del ex MINISTERIO DE ECONOMIA Y PRODUCCION, y la Resolución Conjunta Nº 93 del 23 de diciembre de 2008 de la SECRETARIA DE GABINETE Y GESTION PUBLICA de la JEFATURA DE GABINETE DE MINISTROS y de la SECRETARIA DE HACIENDA del MINISTERIO DE ECONOMIA Y FINANZAS PUBLICAS, y

CONSIDERANDO:

Que por el Decreto Nº 1359 del 5 de octubre de 2004 y sus modificaciones, se procedió a aprobar la estructura organizativa del ex MINISTERIO DE ECONOMIA Y PRODUCCION.

Que en el ámbito de la SUBSECRETARIA DE PRESUPUESTO de la SECRETARIA DE HACIENDA del MINISTERIO DE ECONOMIA Y FINANZAS PUBLICAS, con miras al cumplimiento de los objetivos de dicha Subsecretaría, para la formación, perfeccionamiento y actualización de los Recursos Humanos en materia de Administración Financiera y cada uno de sus componentes, se desarrollan regularmente actividades tales como cursos, talleres y/o conferencias, que son reconocidas por el INSTITUTO NACIONAL DE LA ADMINISTRACION PUBLICA de la SUBSECRETARIA DE GESTION Y EMPLEO PUBLICO de la SECRETARIA DE GABINETE Y GESTION PUBLICA de la JEFATURA DE GABINETE DE MINISTROS.

Que, en consecuencia, se ha considerado necesario establecer una Coordinación General de Actividades de Capacitación en materia de Administración Financiera, conforme lo dispuesto por la Resolución Nº 191 del 25 de julio de 2008 del ex MINISTERIO DE ECONOMIA Y PRODUCCION.

Que, mediante la Resolución Conjunta Nº 93 del 23 de diciembre de 2008 de la SECRETARIA DE GABINETE Y GESTION PUBLICA de la JEFATURA DE GABINETE DE MINISTROS y de la SECRETARIA DE HACIENDA del MINISTERIO DE ECONOMIA Y FINANZAS PUBLICAS, se incorporó la citada Coordinación al Nomenclador de Funciones Ejecutivas, con Nivel Escalafonario A y Función Ejecutiva II del SISTEMA NACIONAL DE EMPLEO PUBLICO (SI.N.E.P).

Que para atender a estos requerimientos se hace necesario proceder con la transferencia de UN (1) cargo ya existente en la jurisdicción al ámbito de la mencionada SUBSECRETARIA DE PRESUPUESTO.

Que el Artículo 7º de la Ley Nº 26.422 dispuso el congelamiento de los cargos vacantes financiados existentes a la fecha de la sanción de la misma en las Jurisdicciones y Entidades de la Administración Nacional y de los que queden vacantes con posterioridad, salvo decisión fundada del señor Jefe de Gabinete de Ministros o del PODER EJECUTIVO NACIONAL en virtud de las disposiciones del Artículo 10 de la citada Ley.

Que corresponde resolver la cobertura, transitoriamente, de la Coordinación General de Actividades de Capacitación en materia de Administración Financiera dependiente de la SUBSECRETARIA DE PRESUPUESTO, como excepción a lo dispuesto en el Artículo 7º de la Ley Nº 26.422.

Que por el Decreto Nº 491 del 12 de marzo de 2002, el PODER EJECUTIVO NACIONAL, reasumió el control directo de todas las designaciones de personal, en el ámbito de la Administración Pública Nacional.

Que la Licenciada Doña María Gabriela CANDAL (M.I. Nº 20.410.440) reúne las exigencias de idoneidad y experiencia necesarias para cubrir la referida Coordinación General.

Que la Dirección General de Asuntos Jurídicos del MINISTERIO DE ECONOMIA Y FINANZAS PUBLICAS ha tomado la intervención que le compete.

Que la SECRETARIA DE GABINETE Y GESTION PUBLICA de la JEFATURA DE GABINETE DE MINISTROS ha tomado la intervención que le compete.

Que la SECRETARIA LEGAL Y TECNICA de la PRESIDENCIA DE LA NACION ha tomado la intervención que le compete.

Que la presente medida se dicta en virtud de las facultades conferidas por el Artículo 99, incisos 1 y 7 de la CONSTITUCION NACIONAL, los Artículos 7º y 10 de la Ley Nº 26.422 y el Artículo 1º del Decreto Nº 491/02.

Por ello,

LA PRESIDENTA DE LA NACION ARGENTINA

DECRETA:

Artículo 1º — Incorpórase, como cargo de conducción, a la SUBSECRETARIA DE PRESUPUESTO de la SECRETARIA DE HACIENDA del MINISTERIO DE ECONOMIA Y FINANZAS PUBLICAS, la Coordinación General de Actividades de Capacitación en materia de Administración Financiera, de conformidad con las acciones detalladas en la Planilla Anexa al Artículo 1º de la Resolución Nº 191 del 25 de julio de 2008 del ex MINISTERIO DE ECONOMIA Y PRODUCCION.

Art. 2º — Modifícase el Anexo IIIa del Decreto Nº 1359 del 5 de octubre de 2004, en la parte correspondiente a la SECRETARIA DE HACIENDA del MINISTERIO DE ECONOMIA Y FINANZAS PUBLICAS, transfiriendo UN (1) cargo Nivel A, del SISTEMA NACIONAL DE EMPLEO PUBLICO (SI.N.E.P), de la OFICINA NACIONAL DE PRESUPUESTO a la Unidad Subsecretario de la SUBSECRETARIA DE PRESUPUESTO, ambas dependientes de la citada Secretaría.

Art. 3º — Desígnase transitoriamente, a partir de la fecha del presente decreto, a la Licenciada Doña María Gabriela CANDAL (M.I. Nº 20.410.440) como Coordinadora General de Actividades de Capacitación en materia de Administración Financiera dependiente de la SUBSECRETARIA DE PRESUPUESTO de la SECRETARIA DE HACIENDA del MINISTERIO DE ECONOMIA Y FINANZAS PUBLICAS, en UN (1) cargo Nivel A, autorizándose el correspondiente pago de la Función Ejecutiva II del SISTEMA NACIONAL DE EMPLEO PUBLICO (SI.N.E.P), aprobado por el Convenio Colectivo de Trabajo Sectorial homologado por el Decreto Nº 2098 del 3 de diciembre de 2008, con carácter de excepción a lo dispuesto por el Artículo 7º de la Ley Nº 26.422.

Art. 4º — El cargo involucrado deberá ser cubierto conforme los sistemas de selección vigentes y requisitos, según lo establecido, respectivamente, en el Artículo 120 y en el Título II, Capítulos III, IV y VIII del Convenio Colectivo de Trabajo Sectorial del Personal del SISTEMA NACIONAL DE EMPLEO PUBLICO (SI.N.E.P) homologado por el Decreto Nº 2098/08 dentro del plazo de CIENTO OCHENTA (180) días a partir de la fecha de la presente medida.

Art. 5º — El gasto que demande el presente decreto será atendido con cargo a las partidas específicas del Presupuesto vigente de la Jurisdicción 50 - MINISTERIO DE ECONOMIA Y FINANZAS PUBLICAS.

Art. 6º — Comuníquese, publíquese, dése a la Dirección Nacional del Registro Oficial y archívese. — FERNANDEZ DE KIRCHNER. — Sergio T. Massa. — Carlos R. Fernández.