PRESIDENCIA DE LA NACION

CONSEJO NACIONAL DE COORDINACION DE POLITICAS SOCIALES

COMISION NACIONAL ASESORA PARA LA INTEGRACION DE PERSONAS DISCAPACITADAS

Resolución Nº 51/2009

Bs. As., 31/3/2009

VISTO las Resoluciones SGPN Nº 19/93, CNAIPD Nº 208/07, CNAIPD Nº 195/07, CNAIPD Nº 193/2008 y CNAIPD Nº 38/2009; y

CONSIDERANDO:

Que, conforme se dispuso mediante la Resolución CNAIPD 193/08, oportunamente se convocó a reunión extraordinaria del Comité Asesor a fin de elegir Miembros Activos, fijándose a tal fin el día 21 de abril de 2009, a las 14 horas.

Que, posteriormente, por medio de la Resolución CNAIPD 38/09, quedaron plasmadas las organizaciones inscriptas como aspirantes a ocupar los referidos cargos en el Comité Asesor.

Que los representantes de las ONGs de las provincias de Mendoza:, Santa Fe, Chaco, Río Negro, Jujuy, San Juan y La Pampa con fecha 19 de marzo de 2009, en el marco de la reunión del Consejo Federal de Discapacidad han solicitado formalmente que se deje sin efecto la convocatoria ut supra relacionada, fundando su requerimiento en la necesidad de modificad el reglamento del Comité Asesor de la Comisión Nacional Asesora para la Integración de Personas Discapacitadas, a los fines de realizar, con posterioridad a ello, una nueva convocatoria a reunión extraordinaria para la elección de miembros activos.

Que, a las razones enumeradas en el párrafo precedente, se suma la necesidad de dotar a los futuros miembros activos del Comité Asesor de una mayor representatividad que refleje la realidad de la totalidad de las ONGs que trabajan en la temática de la discapacidad en cada provincia.

Que ello recoge asimismo el espíritu y sentido de la Convención sobre los Derechos de las Personas con Discapacidad, aprobada por nuestro país mediante la Ley Nº 26.378.

Que, de tal manera, no sólo se recepta el "Propósito" (artículo 1) de la Convención, al promover el goce pleno de los derechos de las personas con discapacidad, sino que se refleja también la actitud del Estado de asegurar el ejercicio de tales derechos (artículo 4).

Que, de igual forma, ello refleja la necesidad de garantizar a las personas con discapacidad una mayor y más plena participación en la vida pública (artículo 29).

Que, por todo lo expuesto, es preciso derogar las Resoluciones CNAIPD Nros. 193/08 y 38/09.

Que la presente resolución se dicta en uso de las facultades otorgadas por el Decreto 984/92.

Por ello,

LA PRESIDENTE DE LA COMISION NACIONAL ASESORA PARA LA INTEGRACION DE PERSONAS DISCAPACITADAS

RESUELVE:

ARTICULO 1º — DEJANSE sin efecto las Resoluciones CNAIDP Nros. 193/08 y 38/09.

ARTICULO 2º — DEJASE sin efecto la convocatoria establecida para el día 21 de abril de 2009 a las 14 horas, así como también las organizaciones en condiciones de ser elegidas para integrar el Comité Asesor de la Comisión Nacional Asesora para la Integración de Personas Discapacitadas, en carácter de Miembros Activos.

ARTICULO 3º — ORDENASE la inmediata incorporación de la presente a la página web de la Comisión Nacional Asesora para la Integración de Personas Discapacitadas (www.cndisc.gov.ar), para facilitar su difusión.

ARTICULO 4º — Regístrese, publíquese, comuníquese, dése a la Dirección Nacional del Registro Oficial y archívese. — Lic. RAQUEL BEATRIZ TIRAMONTI, Presidenta, Comisión Nacional Asesora para la Integración de Personas Discapacitadas, Consejo Nacional de Coordinación de Políticas Sociales.

e. 14/04/2009 Nº 24981/09 v. 14/04/2009