MINISTERIO DEL INTERIOR

Decreto 275/2009

Modifícase el Anexo I del Decreto Nº 773 del 21 de junio de 2007 mediante el cual se aprobó la estructura organizativa de primer nivel operativo de la Dirección Nacional del Registro Nacional de las Personas.

Bs. As., 13/4/2009

VISTO el Expediente Nº S02:0002594/2008 de la DIRECCION NACIONAL DEL REGISTRO NACIONAL DE LAS PERSONAS, las Leyes Nº 17.671, sus modificatorias y concordantes y Nº 26.422, los Decretos Nº 357 del 21 de febrero de 2002, sus modificatorias y complementarias y Nº 773 del 21 de junio de 2007, y

CONSIDERANDO:

Que la Ley Nº 17.671 establece las atribuciones y funciones de la DIRECCION NACIONAL DEL REGISTRO NACIONAL DE LAS PERSONAS, Organismo Descentralizado dependiente del MINISTERIO DEL INTERIOR.

Que por la Ley Nº 26.422 se aprobó el Presupuesto de la Administración Nacional para el ejercicio 2009.

Que por el Decreto Nº 773 del 21 de junio de 2007 se aprobó la estructura organizativa de primer nivel operativo de la DIRECCION NACIONAL DEL REGISTRO NACIONAL DE LAS PERSONAS.

Que el avance de las tecnologías puestas a disposición de la DIRECCION NACIONAL DEL REGISTRO NACIONAL DE LAS PERSONAS tornan pertinente la reestructuración de las áreas de tecnología, planeamiento y logística del organismo.

Que en función de lo expuesto resulta conveniente modificar la conformación organizativa de la DIRECCION NACIONAL DEL REGISTRO NACIONAL DE LAS PERSONAS.

Que los Servicios Jurídicos Permanentes de la citada DIRECCION NACIONAL, del MINISTERIO DEL INTERIOR, la SECRETARIA DE GABINETE Y GESTION PUBLICA de la JEFATURA DE GABINETE DE MINISTROS y la SECRETARIA LEGAL Y TECNICA de la PRESIDENCIA DE LA NACION han tomado la intervención que les compete.

Que la presente medida se dicta en ejercicio de las facultades atribuidas por el artículo 99, inciso 1, de la CONSTITUCION NACIONAL.

Por ello,

LA PRESIDENTA DE LA NACION ARGENTINA

DECRETA:

Artículo 1º — Sustitúyese el Anexo I, aprobado por el artículo 1º del Decreto Nº 773 del 21 de junio de 2007, mediante el cual se aprobó la estructura organizativa de primer nivel operativo de la DIRECCION NACIONAL DEL REGISTRO NACIONAL DE LAS PERSONAS, por el Anexo I de la presente medida.

Art. 2º — Sustitúyese del Anexo II aprobado por el artículo 1º del Decreto Nº 773 del 21 de junio de 2007, la parte correspondiente a la Responsabilidad Primaria y Acciones de la Dirección General de Tecnología de la Información de la DIRECCION NACIONAL DEL REGISTRO NACIONAL DE LAS PERSONAS, de conformidad con el Anexo II de la presente medida.

Art. 3º — Incorpórase al Anexo II aprobado por el artículo 1º del Decreto Nº 773 del 21 de junio de 2007, la Responsabilidad Primaria y Acciones de la Dirección General de Planeamiento y Logística de la DIRECCION NACIONAL DEL REGISTRO NACIONAL DE LAS PERSONAS, de conformidad con el Anexo III de la presente medida.

Art. 4º — Facúltase al titular de la DIRECCION NACIONAL DEL REGISTRO NACIONAL DE LAS PERSONAS, previa intervención de SECRETARIA DE GABINETE Y GESTION PUBLICA de la JEFATURA DE GABINETE DE MINISTROS, a redistribuir y modificar la dotación del organismo, de conformidad con la Ley de presupuesto vigente.

Art. 5º — La atención de las erogaciones de las áreas afectadas por la presente medida, serán, atendidas con cargo al presupuesto vigente de la Jurisdicción 30 — MINISTERIO DEL INTERIOR — Organismo Descentralizado 200 REGISTRO NACIONAL DE LAS PERSONAS.

Art. 6º — Comuníquese, publíquese, dése a la DIRECCION NACIONAL DEL REGISTRO OFICIAL y archívese. — FERNANDEZ DE KIRCHNER. — Sergio T. Massa. — Aníbal F. Randazzo.

ANEXO I

ANEXO II

DIRECCION GENERAL DE TECNOLOGIA DE LA INFORMACION.

Responsabilidad Primaria:

Planificar, coordinar y administrar las actividades de tecnología de la información del Organismo, incluyendo la totalidad de la infraestructura de equipamiento y software computacional y de comunicaciones, tanto de datos como de voz, los sistemas de información y las tecnologías asociadas, existentes y a incorporarse.

Desarrollar y administrar los mecanismos de optimización a través de sistemas informáticos de las actividades establecidas por la Ley Nº 17.671, control de la producción y monitoreo de su calidad, en la sede central del organismo como en sus delegaciones de todo el territorio nacional.

Acciones:

1. Elaborar y mantener actualizado el plan estratégico de tecnología de la información del Organismo, alineado con su plan estratégico y presupuestario.

2. Investigar, analizar, proponer e instrumentar alternativas tecnológicas que coadyuven a mejorar la calidad, la seguridad y la velocidad de respuesta al ciudadano respecto de las tareas de identificación y documentarias del Organismo.

3. Coordinar el diseño e instalación de los sistemas administrativos e informáticos en las áreas de las Direcciones Generales de los Registros Civiles provinciales con funciones delegadas del Organismo, que cooperen a estandarizar procedimientos y a mejorar la calidad en la atención de los ciudadanos, atendiendo también a la capacitación de los usuarios.

4. Supervisar el diseño y mantenimiento del modelo de arquitectura de la información del Organismo, el que se documentará en un diccionario de datos corporativo, con especificación de los controles de consistencia, integridad, confidencialidad y validación aplicables, coordinando la administración de las bases de datos.

5. Entender en todos los aspectos relativos a la seguridad e intangibilidad de los datos en los repositorios informáticos del Organismo, definiendo políticas de acceso y resguardo, incluyendo las bases de datos de imágenes digitalizadas correspondientes a las fichas identificatorias de la totalidad de los ciudadanos del país, estableciendo los planes de contingencia para los sistemas críticos.

6. Entender en la programación de los instrumentos de control informático de los procesos identificatorios y documentarios de la Dirección Nacional del Registro Nacional de las Personas, proponiendo el conjunto de indicadores adecuados tendientes a brindar información oportuna para la toma de decisiones, a fin de anticipar y corregir desvíos en la producción.

7. Entender en la programación de las aplicaciones informáticas que aseguren un adecuado control de la calidad, seguridad e integralidad del proceso de producción.

8. Coordinar los aspectos técnicos, operativos y administrativos de las redes y servicios teleinformáticos y de telecomunicaciones, analógicas y digitales del Organismo.

9. Proponer y coordinar la ejecución del plan de mantenimiento y actualización tecnológica de la infraestructura de procesamiento de datos y de comunicaciones del Organismo.

10. Intervenir en la planificación de la capacitación informática en sus aspectos técnicos tanto del personal que utiliza los servicios de información en la sede central del Organismo como en las áreas correspondientes a las Direcciones Generales de los Registros Civiles provinciales.

ANEXO III

DIRECCION GENERAL DE PLANEAMIENTO Y LOGISTICA

Responsabilidad Primaria:

Ejercer el planeamiento operativo y logístico de corto, mediano y largo plazo atinente a la función principal del Organismo, en concordancia con las prioridades de gestión establecidas por la Dirección Nacional del Registro Nacional de las Personas. Canalizar los requerimientos de información y/o apoyo logístico requeridos por las áreas de producción, coordinando la actividad con los sectores de apoyo.

Acciones:

1. Elaborar y sistematizar propuestas de diseño de procesos transversales a la producción documentaria.

2. Entender en la planificación operativa de las áreas sustantivas, asegurando la integridad en la ejecución de los programas y proyectos.

3. Diseñar los sistemas de logística para la asignación y distribución de insumos, formularios y DNI.

4. Intervenir en la unificación y sistematización de la información estadística producida por las distintas áreas del Organismo.

5. Participar en el diseño y la implementación de normas, sistemas y estándares de calidad.

6. Asistir técnicamente a la Dirección Nacional del Registro Nacional de las Personas en la planificación y ejecución de proyectos y planes interinstitucionales.

7. Participar junto a la Dirección General de Recursos Humanos y Organización, en el proceso de análisis y diseño organizacional.