Instituto Nacional de Vitivinicultura

VITIVINICULTURA

Resolución C. 11/2009

Prorrógase la fecha máxima fijada para la finalización de la recolección de uvas con destino a la molienda en bodegas y fábricas de mostos para el año 2009.

Mendoza, 15/4/2009

VISTO la Resolución Nº C.8 de fecha 13 de abril de 2009, y

CONSIDERANDO:

Que por la resolución citada en el Visto, se han fijado las fechas máximas para la recolección de las uvas con destino a la molienda en bodegas y fábricas de mostos para la totalidad de las zonas productoras.

Que si bien éstas responden a las expectativas de producción y parámetros técnicos y biológicos al momento de su instrumentación, dichos plazos resultan afectados por diversas contingencias modificatorias imperantes en la oportunidad en que ellas se establecieron.

Que en ciertas zonas se ha producido la falta de mano de obra para la recolección de la materia prima y posterior elaboración, como así también la espera de una maduración óptima de ciertas variedades finas para vinos de alta calidad, por lo que se hace necesario y conveniente establecer para los departamentos y localidades ubicadas al sur del Río Mendoza, en la Provincia de MENDOZA, nueva fecha de recolección de las uvas.

Que el INSTITUTO NACIONAL DE VITIVINICULTURA debe adoptar todas aquellas medidas que, sin atentar contra la fiscalización que la ley le encomienda, eviten innecesarios perjuicios a los productores o afecten sus derechos.

Por ello, y en uso de las facultades conferidas por las Leyes Nros. 14.878, 24.566 y 25.163 y el Decreto Nº 1306/08,

EL PRESIDENTE DEL INSTITUTO NACIONAL DE VITIVINICULTURA

RESUELVE:

— Prorrógase la fecha máxima fijada para la finalización de la recolección de uvas con destino a la molienda en bodegas y fábricas de mostos, para la zona productora que a continuación se indica:

ZONA SUR DEL RIO MENDOZA: 26/04/2009

— Manténganse vigentes, todas las condiciones establecidas en la Resolución Nº C.8 de fecha 13 de abril de 2009.

— Regístrese, comuníquese, publíquese, dése a la Dirección Nacional del Registro Oficial para su publicación y cumplido, archívese. — Guillermo D. Garcia.