ADMINISTRACION FEDERAL DE INGRESOS PUBLICOS

Disposición 193/2009

Estructura Organizativa. Su modificación.

Bs. As., 22/4/2009

VISTO la Actuación SIGEA Nº 12850-10-2009 del Registro de esta ADMINISTRACION FEDERAL DE INGRESOS PUBLICOS, y

CONSIDERANDO:

Que por la Actuación citada en el VISTO se tramita la modificación de la estructura organizativa en el ámbito de la Dirección General de los Recursos de la Seguridad Social.

Que en relación directa con las iniciativas adoptadas por el Gobierno Nacional tendientes a incentivar la promoción y protección del empleo registrado previstas por Ley Nº 26.476 del 18 de diciembre de 2008, esta Administración Federal incluyó en el marco de su estrategia el incremento del control del cumplimiento de las obligaciones de la seguridad social.

Que en tal sentido, cobran mayor relevancia las acciones destinadas a la detección del empleo informal, la inclusión social de los trabajadores dependientes y la formalización y registración de aquellos que se desenvuelven de manera independiente pero dentro de la marginalidad.

Que en orden a lo expuesto, el objetivo perseguido por este Organismo en cuanto a los recursos de seguridad social es sumar acciones concretas para lograr la inclusión social de los sectores más desprotegidos, así como también promover la prestación de un trabajo digno.

Que a tales fines, resulta indispensable dotar a la Subdirección General de Coordinación Operativa de los Recursos de la Seguridad Social de un incremento en su capacidad de fiscalización laboral y de la operatividad necesaria en sus unidades dependientes, reforzando las atribuciones y recursos a su cargo, acordes a tales circunstancias.

Que por último, por Actuación Nº 10070-49-2008 la Subdirección General de Recaudación, solicita efectuar una reasignación de cupos de jefe de Sección, con el fin de atender razones de índole funcional.

Que la presente propuesta cuenta con la conformidad de las Direcciones Generales Impositiva y de los Recursos de la Seguridad Social.

Que el Departamento Coordinación y Procedimientos y el Comité de Análisis de Estructura Organizacional han tomado la intervención que resulta de sus respectivas competencias.

Que en ejercicio de las atribuciones conferidas por el artículo 6º del Decreto Nº 618 del 10 de julio de 1997, el suscripto se encuentra facultado para dictar la presente medida.

Por ello,

EL ADMINISTRADOR FEDERAL DE LA ADMINISTRACION FEDERAL DE INGRESOS PUBLICOS

DISPONE:

Artículo 1º — Eliminar de la estructura vigente las unidades orgánicas dependientes de la Subdirección General de Coordinación Operativa de los Recursos de la Seguridad Social, en el ámbito de la Dirección General de los Recursos de la Seguridad Social.

Art. 2º — Crear TRES (3) unidades orgánicas con nivel de Dirección denominadas "Operaciones con Instituciones de la Seguridad Social", "Investigación y Supervisión de los Recursos de la Seguridad Social" y "Fiscalización Operativa de la Seguridad Social" respectivamente, en el ámbito de la Subdirección General de Coordinación Operativa de los Recursos de la Seguridad Social.

Art. 3º — Crear UNA (1) unidad orgánica con nivel de División denominada "Gestión de Recursos de la Seguridad Social" y UNA (1) unidad orgánica con nivel de Departamento denominada "Operaciones de la Seguridad Social", ambas dependientes de la Dirección de Operaciones con Instituciones de la Seguridad Social.

Art. 4º — Crear DOS (2) unidades orgánicas con nivel de División denominadas "Usuarios de la Seguridad Social" y "Operaciones Internas" respectivamente, en el ámbito del Departamento Operaciones de la Seguridad Social.

Art. 5º — Crear DOS (2) unidades orgánicas con nivel de Departamento denominadas "Supervisión Funcional del Interior" y "Selección y Control de los Recursos de la Seguridad Social" respectivamente, ambas dependientes de la Dirección de Investigación y Supervisión de los Recursos de la Seguridad Social.

Art. 6º — Crear DOS (2) unidades orgánicas con nivel de División denominadas "Selección de Fiscalización Metropolitana" y "Control de Descargos Area Metropolitana", ambos en el ámbito del Departamento Selección y Control de los Recursos de la Seguridad Social.

Art. 7º — Crear TRES (3) unidades orgánicas con nivel de División denominadas "Control Operativo y de Gestión", "Jurídica A" y "Jurídica B", y DOS (2) unidades con nivel de Departamento denominadas "Asuntos Especiales de Fiscalización" y "Fiscalización de los Recursos de la Seguridad Social" respectivamente, dependientes de la Dirección de Fiscalización Operativa de la Seguridad Social.

Art. 8º — Crear DOS (2) unidades orgánicas con nivel de División denominadas "Fiscalización Modular de los Recursos de la Seguridad Social" y "Fiscalizaciones Especiales" respectivamente, en el ámbito del Departamento Asuntos Especiales de Fiscalización.

Art. 9º — Crear TRES (3) unidades orgánicas con nivel de División denominadas "Fiscalización Nº 1", "Fiscalización Nº 2" y "Fiscalización Nº 3" respectivamente, dependientes del Departamento Fiscalización de los Recursos de la Seguridad Social.

Art. 10. — Eliminar UN (1) cargo de Jefe de Sección del cupo de las Direcciones Regionales Sur, Centro, Oeste, Microcentro, Norte y Palermo.

Art. 11. — Determinar que la unidad orgánica con nivel de Departamento denominada "Impugnaciones" dependiente de la Dirección de Contencioso de los Recursos de la Seguridad Social, en el ámbito de la Subdirección General de Técnico Legal de los Recursos de la Seguridad Social, pase a denominarse "Revisión de Impugnaciones", manteniendo igual dependencia jerárquica.

Art. 12. — Crear TRES (3) unidades orgánicas con nivel de División denominadas "Impugnaciones Metropolitanas y de Grandes Contribuyentes Nacionales", "Impugnaciones del Interior" e "Impugnaciones de Obras Sociales" respectivamente, dependientes del Departamento Revisión de Impugnaciones.

Art. 13. — Crear CINCO (5) cargos de Jefe de Sección para el cupo de la Dirección de Operaciones con Instituciones de la Seguridad Social.

Art. 14. — Crear UN (1) cargo de Jefe de Sección y UN (1) cargo de Jefe de Oficina para el cupo de la Dirección de Investigación y Supervisión de los Recursos de la Seguridad Social.

Art. 15.— Crear TRECE (13) cargos de Jefe de Sección y DOS (2) cargos de Jefe de Oficina para el cupo de la Dirección de Fiscalización Operativa de la Seguridad Social.

Art. 16. — Crear UN (1) cargo de Jefe de Sección para el cupo de la Dirección de Contencioso de los Recursos de la Seguridad Social.

Art. 17. — Reemplazar en la estructura organizativa vigente los Anexos A18, A23, A46, B18, en la parte pertinente los Anexos I, B03, B04, B05, B46 y los Anexos C correspondientes a las Areas Centrales y a las Direcciones Regionales Metropolitanas, por los que se aprueban por la presente.

Art. 18. — La presente disposición entrará en vigencia a partir de los VEINTE (20) días corridos contados desde su publicación en el Boletín Oficial.

Art. 19. — Regístrese, comuníquese, publíquese, dése a la DIRECCION NACIONAL DEL REGISTRO OFICIAL y archívese. — Ricardo Echegaray.

ANEXO B03

SUBDIRECCION GENERAL DE OPERACIONES IMPOSITIVAS METROPOLITANAS

DIRECCIONES REGIONALES

(Tipo)

(Corresponde a 6 unidades: Sur, Centro, Oeste, Microcentro, Norte y Palermo)

ACCIONES

Entender en la coordinación y supervisión de las tareas inherentes a la percepción y fiscalización de los tributos y accesorios impositivos, a los recursos de la seguridad social y a la aplicación de las normas técnico-tributarias, con el fin de comprobar y mejorar el grado de cumplimiento de las obligaciones fiscales por parte de los contribuyentes y/o responsables de su jurisdicción, de acuerdo con los lineamientos establecidos por la Superioridad.

Entender en la evaluación del funcionamiento de las distintas áreas de la Dirección Regional, respecto del cumplimiento de las normas y procedimientos vigentes, efectuando el control y seguimiento de las tareas realizadas.

Entender en todos los asuntos de la Dirección Regional vinculados con los recursos humanos y su capacitación; en el adecuado suministro, equipamiento, mantenimiento y conservación de los bienes materiales, en la asignación de espacios y en la locación de inmuebles, de corresponder y en la administración de las erogaciones que deben efectuarse con cargo al presupuesto y con el movimiento de fondos y valores.

TAREAS

1. Entender en el control, evaluación y ejecución de las tareas necesarias para la verificación del cumplimiento dado por los contribuyentes de su jurisdicción a los tributos y a las obligaciones emergentes de los recursos de la seguridad social.

2. Entender en la investigación y selección de los contribuyentes de acuerdo a los planes y criterios emanados de las áreas con facultades para su dictado, para proceder a su posterior fiscalización.

3. Entender en la fiscalización de los contribuyentes y responsables de su jurisdicción de acuerdo con los programas, normas y procedimientos dictados al efecto.

4. Entender en el trámite de determinaciones de tributos y de recursos de la seguridad social, accesorios, multas, sumarios y recursos vinculados, reconocimiento de exenciones impositivas y otras de su competencia.

5. Interponer denuncias, promover y tramitar querellas por los delitos tipificados en la Ley Penal Tributaria o comunes, originados en la actividad cumplida por sus dependencias.

6. Coordinar la representación y patrocinio del Fisco Nacional en los juicios de ejecución fiscal, en las causas de percepción de créditos fiscales y demás juicios contenciosos en que el Estado sea parte.

7. Entender en la elaboración de las normas de control interno y rutinas de seguimiento de tareas, a fin de evitar que se produzcan situaciones no previstas.

8. Promover y colaborar en la planificación de las acciones de capacitación, orientadas al desarrollo de los recursos humanos, optimizando su eficiencia operativa.

9. Entender en la obtención del adecuado suministro, equipamiento, mantenimiento y conservación de los recursos humanos, materiales y financieros de la Dirección Regional.

10. Supervisar el uso, mantenimiento y conservación de los bienes que integran el patrimonio de la Repartición en las dependencias de su jurisdicción.

11. Recopilar, producir y evaluar la información de gestión.

DIVISION JURIDICA

(Tipo)

ACCION

Entender en el procedimiento de aplicación de sanciones y en la representación y patrocinio jurídico del Fisco Nacional en los juicios contenciosos de su jurisdicción, en la confección de dictámenes, excepto los relacionados con la impugnación de deudas con el Sistema de Seguridad Social, proyectos de resolución y recursos sobre asuntos de su competencia; asesorar a la Dirección Regional y a sus dependencias en asuntos de naturaleza jurídica e instruir los sumarios por infracciones a las normas legales según corresponda y efectuar la actividad administrativa y judicial de aquellos casos que, por su índole, se encuadren como probables delitos penal tributarios o comunes.

TAREAS

1. Entender en la instrucción y resolución de sumarios formales y materiales por infracciones a las leyes, decretos, resoluciones y disposiciones que rigen la aplicación de los distintos impuestos a cargo del Organismo en el ámbito de la Dirección Regional, excepto en la instrucción y resolución de sumarios por infracciones formales originados en el ámbito de las Agencias Sede, Agencias y Distritos.

2. Entender en el procedimiento de clausura de establecimientos comerciales e industriales de contribuyentes y/o responsables que incurran en los hechos u omisiones previstos por la ley, en la jurisdicción antes citada.

3. Entender en la emisión de dictámenes jurídicos y proyectos de resolución en los casos determinados por normas legales o por necesidades de servicio.

4. Participar en la consideración de la conducta fiscal de contribuyentes y/o responsables en actuaciones con determinación de oficio en curso.

5. Intervenir en los proyectos de pronunciamientos y de resoluciones correspondientes a los recursos de reconsideración interpuestos en la sustanciación de sumarios materiales, formales y de clausura.

6. Intervenir en los proyectos de pronunciamientos y de resoluciones correspondientes a los recursos administrativos, en lo atinente a su competencia.

7. Intervenir en las elevaciones de carácter jurídico y en la contestación de oficios que deba efectuar la Dirección Regional.

8. Entender en la evacuación de consultas y solicitudes efectuadas por los contribuyentes y/o responsables de su jurisdicción y asesorar a la Dirección Regional y sus dependencias en asuntos de naturaleza jurídica.

9. Intervenir en la preparación de informes destinados a la Dirección de Contencioso sobre asuntos tramitados en el área que hayan sido motivo de recursos ante la Justicia o el Tribunal Fiscal de la Nación, en lo atinente a su competencia.

10. Entender en las tareas relacionadas con la actividad administrativa y/o jurídica vinculada con los procedimientos originados en delitos penal tributarios o comunes.

11. Intervenir en las comunicaciones judiciales y en las denuncias de los casos susceptibles de configurar delitos penal tributarios y de derecho penal común, dentro de su jurisdicción; e intervenir en la contestación de informes judiciales vinculados con la materia penal tributaria.

12. Intervenir en las querellas por los asuntos tipificados en la Ley Penal Tributaria o por delitos comunes.

13. Intervenir en la tramitación de otras denuncias que resulten de su competencia.

14. Representar y patrocinar al Fisco Nacional en los juicios de contenido penal tributario, penal común, impositivo y de los recursos de la seguridad social, y en aquellos sin contenido tributario en que la Repartición sea o no parte.

15. Controlar y supervisar la tramitación y el desempeño de los representantes del Fisco, en materia de juicios con contenido impositivo y de los recursos de la seguridad social, y en aquellos sin contenido tributario ante los tribunales respectivos.

16. Intervenir en el cumplimiento de las sentencias firmes contrarias al Fisco Nacional dictadas en las causas o juicios en que represente al Organismo.

17. Entender en cuestiones o procedimientos jurídicos no mencionados ni aludidos precedentemente, que resulten de competencia de la Dirección Regional.

ANEXO B04

SUBDIRECCION GENERAL DE OPERACIONES IMPOSITIVAS METROPOLITANAS

DIRECCION REGIONAL DEVOLUCIONES A EXPORTADORES

ACCIONES

Coordinar y dirigir las actividades de gestión, fiscalización, revisión y recursos de las solicitudes de devolución, transferencia y/o compensación de los créditos del Impuesto al Valor Agregado por operaciones de exportación y otras consideradas como tales por las disposiciones legales y reglamentarias, pertenecientes a contribuyentes en jurisdicción de las Direcciones Regionales Metropolitanas, que se determinen.

Entender en la coordinación y supervisión de las tareas inherentes a la percepción y fiscalización de los tributos y accesorios impositivos, a los recursos de la seguridad social y a la aplicación de las normas técnico-tributarias, con el fin de comprobar y mejorar el grado de cumplimiento de las obligaciones fiscales por parte de los contribuyentes y/o responsables de su jurisdicción, de acuerdo con los lineamientos establecidos por la Superioridad, con la excepción del Impuesto de Sellos y Varios.

Entender en la evaluación del funcionamiento de las distintas áreas de la Dirección Regional, respecto del cumplimiento de las normas y procedimientos vigentes, efectuando el control y seguimiento de las tareas realizadas.

Entender en todos los asuntos de la Dirección Regional vinculados con los recursos humanos; en el adecuado suministro, equipamiento, mantenimiento y conservación de los bienes materiales, en la asignación de espacios y en la locación de inmuebles, de corresponder y en la administración de las erogaciones que deben adecuarse con cargo al presupuesto y con el movimiento de fondos y valores.

TAREAS

1. Ejercer en el ámbito de su jurisdicción, el control y evaluación de las tareas de percepción de los tributos, accesorios y recursos de la seguridad social.

2. Entender en la selección de los contribuyentes de acuerdo a los planes y criterios emanados de las áreas con facultades para su dictado, para proceder a su posterior fiscalización.

3. Entender en la fiscalización de los contribuyentes y responsables de su jurisdicción de acuerdo con los programas, normas y procedimientos dictados al efecto.

4. Entender en el trámite de determinaciones de tributos y de recursos de la seguridad social, accesorios, multas, sumarios y recursos vinculados, reconocimiento de exenciones impositivas y otras de su competencia.

5. Interponer denuncias, promover y tramitar querellas por los delitos tipificados en la Ley Penal Tributaria o comunes, originados en la actividad cumplida por sus dependencias.

6. Efectuar la recepción, registración y seguimiento de las solicitudes ordinarias y garantizadas y de la documentación de las garantías constituidas o de acreditación de solvencia.

7. Entender en la verificación de la procedencia de las solicitudes garantizadas y ordenar su pago.

8. Ejecutar las garantías y promover la ejecución de la deuda según corresponda, por las sumas improcedentes.

9. Entender en las solicitudes de reintegro del Impuesto al Valor Agregado efectuadas por embajadas diplomáticas, agentes consulares y demás representantes oficiales de países extranjeros y organismos internacionales de similares características, de acuerdo con lo establecido en la legislación vigente.

10. Entender en las tareas necesarias para la verificación del cumplimiento dados por los contribuyentes de su jurisdicción a los tributos y a las obligaciones emergentes de los recursos de la seguridad social.

11. Entender en la elaboración de las normas de control interno y rutinas de seguimiento de tareas.

12. Recopilar, producir y evaluar la información de gestión, permitiendo el seguimiento de resultado por área, útiles para la toma de decisiones con el fin de maximizar su eficiencia.

13. Entender en la obtención del adecuado suministro, equipamiento, mantenimiento y conservación de los recursos humanos, materiales y financieros de la Dirección Regional.

DIVISION RESOLUCIONES

ACCION

Entender en las determinaciones de oficio de impuestos, accesorios y multas excepto las impugnaciones de deuda con el sistema de la seguridad social y otras de su competencia, y en la contestación de consultas.

TAREAS

1. Realizar la revisión de las actuaciones de las fiscalizaciones a proveedores, exportadores y asimilados, dictar resoluciones sobre la procedencia o improcedencia de las solicitudes de devolución o transferencia.

2. Reunir toda la documentación de la tramitación y analizar los resultados de la fiscalización a los exportadores y sus proveedores, solicitando las aclaraciones o documentación complementaria que resulte necesaria.

3. Dictar resolución final sobre la procedencia o impugnación de los montos solicitados.

4. Promover la ejecución o ampliación de las garantías o el cobro compulsivo según corresponda, con relación a los montos de las solicitudes que resulten improcedentes.

5. Cursar orden de pago por la suma pertinente en los casos de solicitudes ordinarias.

6. Evaluar los incumplimientos que la normativa establezca como causal de exclusión temporal del régimen de pago anticipado y dictar resolución comunicando lo que se disponga a los efectos que correspondan.

7. Entender en la registración de la conducta de cada exportador con solicitudes presentadas y comunicar los mismos a las oficinas que se dispongan.

8. Llevar registro de las solicitudes recepcionadas que permitan el conocimiento fehaciente del estado del trámite de las mismas y el tiempo que resta para pagar o pronunciarse sobre la procedencia o improcedencia de los créditos.

9. Controlar las determinaciones de impuestos, intereses y/o recargos que correspondan a actuaciones no conformadas por el contribuyente y/o responsable, provenientes de las áreas de fiscalización.

10. Supervisar los proyectos y dictar las resoluciones cuando corresponda determinar de oficio obligaciones impositivas de los contribuyentes y/o responsables en el ámbito de la Dirección Regional.

11. Intervenir en las elevaciones de carácter técnico impositivo y en la contestación de oficios sobre dichas cuestiones.

12. Intervenir en la evacuación de consultas y solicitudes de su competencia efectuadas por las dependencias fiscalizadoras, en relación con asuntos cuyo trámite haga presuponer la necesidad de determinar de oficio la materia imponible.

13. Entender en la evacuación de consultas y solicitudes efectuadas por los contribuyentes y/o responsables de su jurisdicción, en los aspectos de su competencia.

14. Entender en la tramitación y verificación de las solicitudes de reintegros, devoluciones y transferencias, presentadas por contribuyentes inscriptos bajo su jurisdicción, de acuerdo con lo establecido por la legislación vigente.

15. Producir la información de gestión para integrarla con la proveniente de las otras áreas de la Dirección Regional.

DIVISION RESOLUCIONES Y JURIDICA

ACCION

Entender en el procedimiento de aplicación de sanciones y en la representación y patrocinio jurídico del Fisco Nacional en los juicios contenciosos de su jurisdicción; en la confección de dictámenes, proyectos de resolución y recursos sobre asuntos de su competencia; asesorar a la Dirección Regional y a sus dependencias en asuntos de naturaleza jurídica e instruir los sumarios por infracciones a las normas legales según corresponda y efectuar la actividad administrativa y judicial de aquellos casos que, por su índole, se encuadren como probables delitos penal tributarios o comunes.

TAREAS

1. Realizar la revisión de las actuaciones de las fiscalizaciones a proveedores, exportadores y asimilados, dictar resoluciones sobre la procedencia o improcedencia de las solicitudes de devolución o transferencia.

2. Reunir toda la documentación de la tramitación y analizar los resultados de la fiscalización a los exportadores y sus proveedores, solicitando las aclaraciones o documentación complementaria que resulte necesaria.

3. Dictar resolución final sobre la procedencia o impugnación de los montos solicitados.

4. Promover la ejecución o ampliación de las garantías o el cobro compulsivo según corresponda, con relación a los montos de las solicitudes que resulten improcedentes.

5. Cursar orden de pago por la suma pertinente en los casos de solicitudes ordinarias.

6. Evaluar los incumplimientos que la normativa establezca como causal de exclusión temporal del régimen de pago anticipado y dictar resolución comunicando lo que se disponga a los efectos que correspondan.

7. Entender en la registración de la conducta de cada exportador con solicitudes presentadas y comunicar los mismos a las oficinas que se dispongan.

8. Llevar registro de las solicitudes recepcionadas que permitan el conocimiento fehaciente del estado del trámite de las mismas y el tiempo que resta para pagar o pronunciarse sobre la procedencia o improcedencia de los créditos.

9. Entender en la instrucción y resolución de sumarios formales y materiales por infracciones a las leyes, decretos, resoluciones y disposiciones que rigen la aplicación de los distintos impuestos a cargo del Organismo en el ámbito de la Dirección Regional, excepto en la instrucción y resolución de sumarios por infracciones formales originados en el ámbito de la Agencia Exportadores.

10. Entender en el procedimiento de clausura de establecimientos comerciales e industriales de contribuyentes y/o responsables que incurran en los hechos u omisiones previstos por la ley, en la jurisdicción antes citada.

11. Entender en la emisión de dictámenes jurídicos y proyectos de resolución en los casos determinados por normas legales o por necesidades de servicio.

12. Participar en la consideración de la conducta fiscal de contribuyentes y/o responsables en actuaciones con determinación de oficio en curso.

13. Intervenir en los proyectos de pronunciamientos y de resoluciones correspondientes a los recursos de reconsideración interpuestos en la sustanciación de sumarios materiales, formales y de clausura.

14. Intervenir en los proyectos de pronunciamientos y de resoluciones correspondientes a los recursos administrativos, en lo atinente a su competencia.

15. Intervenir en las elevaciones de carácter jurídico y en la contestación de oficios que deba efectuar la Dirección Regional.

16. Entender en la evacuación de consultas y solicitudes efectuadas por los contribuyentes y/o responsables de su jurisdicción y asesorar a la Dirección Regional y sus dependencias en asuntos de naturaleza jurídica.

17. Intervenir en la preparación de informes destinados a la Dirección de Contencioso sobre asuntos tramitados en el área que hayan sido motivo de recursos ante la Justicia o el Tribunal Fiscal de la Nación, en lo atinente a su competencia.

18, Entender en las tareas relacionadas con la actividad administrativa y/o jurídica vinculada con los procedimientos originados en delitos penal tributarios o comunes.

19. Intervenir en las comunicaciones judiciales y en las denuncias de los casos susceptibles de configurar delitos penal tributarios y de derecho penal común, dentro de su jurisdicción e intervenir en la contestación de informes judiciales vinculados con la materia penal tributaria.

20. Intervenir en las querellas por los asuntos tipificados en la Ley Penal Tributaria o por delitos comunes.

21. Representar y patrocinar al Fisco Nacional en los juicios de contenido penal tributario, penal común, impositivo y de los recursos de la seguridad social, y en aquéllos sin contenido tributario en que la Repartición sea o no parte.

22. Controlar y supervisar la tramitación y el desempeño de los representantes del Fisco, en materia de juicios con contenido impositivo y de los recursos de la seguridad social y en aquéllos sin contenido tributario ante los tribunales respectivos.

23. Intervenir en el cumplimiento de las sentencias firmes contrarias al Fisco Nacional dictadas en las causas o juicios en que represente al Organismo.

24. Entender en cuestiones o procedimientos jurídicos no mencionados ni aludidos precedentemente, que resulten de competencia de la Dirección Regional.

25. Producir la información de gestión para integrarla con la proveniente de las otras áreas de la Dirección Regional.

ANEXO B05

SUBDIRECCION GENERAL DE OPERACIONES IMPOSITIVAS GRANDES CONTRIBUYENTES NACIONALES

DIRECCION DE FISCALIZACION GRANDES CONTRIBUYENTES NACIONALES

DIVISION COMPROBACIONES EXTERNAS

ACCION

Realizar, dentro del ámbito de su competencia, las tareas necesarias para el desarrollo de los planes tendientes a determinar el grado de cumplimiento de los contribuyentes de sus obligaciones fiscales, de acuerdo con las normas fijadas por la Superioridad.

TAREAS

1. Realizar en todo el ámbito de su jurisdicción la verificación preventiva de los impuestos a cargo de la Dirección, de acuerdo con los planes, normas y procedimientos que dicte la Dirección de Programas y Normas de Fiscalización.

2. Inspeccionar en el domicilio de los contribuyentes y responsables las informaciones proporcionadas por terceros sobre aspectos vinculados con su situación impositiva, cuando la importancia de las mismas así lo aconseje.

DIRECCION DE OPERACIONES GRANDES CONTRIBUYENTES NACIONALES

DEPARTAMENTO DEVOLUCIONES Y TRAMITES

DIVISION VERIFICACIONES

ACCION

Entender, dentro del ámbito de su competencia, en las tareas necesarias para cumplir con los planes dispuestos por la Superioridad a fin de efectuar la verificación del cumplimiento de las obligaciones fiscales por parte de los contribuyentes y/o responsables, como así también en las verificaciones previsionales con el fin de determinar el crédito fiscal que se verifique en los concursos y quiebras.

TAREAS

1. Dirigir y supervisar la verificación de los impuestos a cargo de los contribuyentes de su jurisdicción, de acuerdo con los programas, normas y procedimientos dictados por la Superioridad.

2. Realizar la revisión de declaraciones juradas impositivas, de acuerdo con los planes de verificación establecidos, ya sea por actuaciones originadas en la División o en otras dependencias.

3. Verificar las informaciones suministradas por terceros, relativas a aspectos vinculados con la situación fiscal de los contribuyentes y/o responsables.

4. Efectuar las verificaciones previsionales necesarias para la determinación del crédito fiscal que se verifique en los concursos y quiebras.

ANEXO B18

SUBDIRECCION GENERAL DE COORDINACION OPERATIVA DE LOS RECURSOS DE LA SEGURIDAD SOCIAL

DIRECCION DE OPERACIONES CON INSTITUCIONES DE LA SEGURIDAD SOCIAL

RESPONSABILIDAD PRIMARIA

Entender en la coordinación y seguimiento —conjuntamente con la totalidad de las instituciones públicas y privadas, nacionales y provinciales en materia de seguridad social— de aquellas acciones que permitan implementar y mantener un servicio y control eficiente de percepción de los recursos de la seguridad social y todos aquellos aspectos vinculados con los diferentes atributos que identifican las relaciones laborales para los distintos subsistemas.

ACCIONES

1. Entender en el análisis, evaluación y, en su caso, resolución y respuesta a los requerimientos de información formulados por las Obras Sociales del Régimen Nacional previsto por las Leyes Nº 23.660 y 23.661, la ANSeS, las Superintendencias de Salud, de Riesgos del Trabajo y de Seguros de la Nación, las ART, los Organismos de control y las áreas internas de esta AFIP, sobre aspectos no financieros derivados de los procesos de identificación nominativa de los fondos distribuidos.

2. Establecer el enlace operativo con los organismos, entidades, instituciones y operadores de la seguridad social en virtud de los proyectos relacionados con la recaudación y distribución de fondos, a los efectos de presentar, analizar, o discutir nuevos aspectos vinculados con la operatoria impulsada por la AFIP.

3. Analizar, resolver o en su caso canalizar a las áreas que por competencia corresponda, las propuestas que presenten los Organismos, entidades y operadores de la seguridad social.

4. Impulsar la implementación de nuevos mecanismos de recaudación en materia de seguridad social.

5. Proponer modificaciones normativas, procedimentales y operativas conducentes a optimizar el control y servicio de recaudación de las obligaciones de los recursos de la seguridad social.

6. Entender en la elaboración de las definiciones generales de los procesos de identificación nominativa de los atributos laborales y de la seguridad social relacionados con los trabajadores o no trabajadores.

7. Entender en el análisis de las causas que generen fondos ociosos pendientes de distribución e impulsar las acciones correctivas que correspondan.

8. Recepcionar, registrar y despachar la documentación que ingrese a la Dirección, realizar el adecuado suministro, mantenimiento y conservación de los bienes patrimoniales asignados, ejecutar las distintas tareas administrativas, atender los asuntos inherentes a los recursos humanos de la misma y administrar y comunicar al área pertinente los movimientos de los fondos de la Caja Chica asignada a la Dirección.

DIVISION GESTION DE RECURSOS DE LA SEGURIDAD SOCIAL

ACCIONES

Analizar y propiciar acciones tendientes a reducir los desvíos que por falta de información, inconsistencias o falta de integridad de datos y/o documentación de los contribuyentes genere fondos ociosos pendientes de distribución.

Participar, junto con las áreas operativas del Organismo, en la supervisión y coordinación de los procedimientos de recaudación, del cumplimiento de las normas vigentes en la materia, de los trámites a realizar por los contribuyentes, y de la gestión de las dependencias recaudadoras del Organismo, en materia de su competencia.

TAREAS

1. Evaluar el cumplimiento de las acciones establecidas y proponer alternativas que mejoren la gestión de los recursos de la seguridad social.

2. Informar a las áreas que por competencia corresponda, los desvíos que se originen por falta de información, inconsistencias o problemas de integridad de datos y/o documentación de los contribuyentes.

3. Producir las intimaciones que correspondan, en virtud del calendario operativo establecido en las instrucciones dictadas al efecto.

4. Proponer medidas correctivas que tiendan a perfeccionar los métodos y procedimientos empleados, promoviendo la racionalización permanente de los procedimientos que se llevan a cabo en las Agencias y Distritos en materia de seguridad social.

DEPARTAMENTO OPERACIONES DE LA SEGURIDAD SOCIAL

ACCION

Entender en la atención de requerimientos y reclamos efectuados por organismos competentes, las áreas de la AFIP y los aportantes al Sistema de Seguridad Social, sean éstos trabajadores o no trabajadores, en los aspectos vinculados con la identificación nominativa y los atributos laborales.

TAREAS

1. Asegurar las acciones tendientes a brindar una eficiente atención a los requerimientos, reclamos y pedidos de información de los Organismos Públicos, de las Provincias adheridas al SIPA y contribuyentes que en función de formar parte del Estado Nacional o que en virtud a su participación en la distribución de la masa recaudatoria resulten de particular interés para la seguridad social.

2. Mantener vínculos con las instituciones externas a la Administración Federal a fin de consensuar normas y convenios en materia de Seguridad Social.

3. Entender en todos aquellos aspectos relacionados con el Programa de Simplificación Registral (Art. 39 de la Ley 25.877) que se lleva a cabo en forma conjunta con los demás Organismos e Instituciones de la Seguridad Social.

4. Evaluar la información de gestión de la seguridad social de las distintas dependencias, impulsando propuestas de medidas correctivas y ajustes en los procedimientos de percepción y distribución de fondos.

5. Impulsar la elaboración de propuestas de normas y/o procedimientos en materia de percepción y distribución de los recursos de la seguridad social, así como también en la administración y coordinación de requerimientos para las versiones de aplicativos de captura de declaraciones juradas de aportes y contribuciones.

6. Participar en las definiciones generales de los aspectos y atributos que hagan a la identificación de personas en materia laboral y de seguridad social.

7. Proponer a las áreas que por competencia corresponda e intervenir en los proyectos y programas en materia de recursos de la seguridad social e inclusión social.

DIVISION USUARIOS DE LA SEGURIDAD SOCIAL

ACCION

Entender en los requerimientos de los organismos e instituciones competentes, de las áreas internas de la AFIP y de los aportantes al Sistema de Seguridad Social, sean éstos trabajadores o no trabajadores, referidos a aspectos vinculados con la identificación nominativa de los fondos distribuidos.

TAREAS

1. Recepcionar, analizar, evaluar y dar respuesta a los requerimientos y/o consultas referidas a cuestiones de identificación nominativa de los fondos distribuidos, formulados por las Obras Sociales del Régimen Nacional previsto por la Leyes Nº 23.660 y 23.661, la ANSeS, las Superintendencias de Salud, de Riesgos del Trabajo y de Seguros de la Nación, las ART, los Organismos de control y las áreas internas de esta AFIP, estableciendo los procedimientos para su adecuado tratamiento.

2. Brindar a los usuarios y operadores de la seguridad social, la información referida a la distribución de fondos nominativa —declaraciones juradas y pagos— que resulten de los procesos diarios realizados por las áreas informáticas.

3. Solicitar a los usuarios externos de la Seguridad Social toda la documentación e información que resulte pertinente, para el cumplimiento de los objetivos de su competencia.

4. Definir a las áreas informáticas el tipo de datos, formas y frecuencia en la que se deba suministrar información a los organismos, instituciones, entidades y/o usuarios sobre los resultados de los procesos diarios de identificación nominativa de los atributos laborales y de la seguridad social de los trabajadores o no trabajadores.

5. Participar en el enlace entre este Organismo y los usuarios de la Seguridad Social, con el fin de lograr una adecuada coordinación en aquellos aspectos vinculados con sus funciones.

6. Proponer, a partir del análisis de los reclamos, a las áreas competentes las modificaciones relativas a las rutinas recaudatorias y de distribución de fondos de los usuarios externos de la seguridad social.

7. Intervenir en la contestación de los oficios y cédulas que por competencia le corresponda.

DIVISION OPERACIONES INTERNAS

ACCION

Realizar las acciones tendientes a mejorar la atención de contribuyentes que resulten de particular interés para la seguridad social, en virtud a su participación en la distribución de la masa recaudatoria o en función de formar parte del Estado Nacional y/o Provincial.

Entender en las definiciones generales de aquellos aspectos que hagan a la identificación nominativa laboral, de los recursos de la seguridad social y de los distintos regímenes especiales existentes en la materia, efectuando los requerimientos respectivos a las áreas competentes.

TAREAS

1. Entender en los requerimientos y reclamos de los Organismos Públicos y de las Provincias adheridas al Sistema Integrado Previsional Argentino.

2. Analizar y evaluar los requerimientos formulados por los contribuyentes regidos por normativa especial en materia de seguridad social, entre otros, los correspondientes a las Leyes Nº 24.018, 22.731, 22.929, 24.016, 26.377, o de aquellas normas que por su naturaleza especial requiera de un tratamiento particular, proponiendo los procedimientos para su adecuada administración.

3. Actuar como nexo entre el Organismo y los usuarios de la seguridad social, logrando una adecuada coordinación en aquellos aspectos vinculados con sus funciones y que no resulten de competencia de otras áreas.

4. Generar reportes para los Estados Provinciales y Organismos Públicos en función a la normativa vigente.

5. Participar en la elaboración de definiciones, programas, procedimientos y normas para el desarrollo de las actividades inherentes a la gestión de los recursos de la seguridad social y su pertinente distribución.

6. Efectuar las definiciones generales para la distribución nominativa de fondos de la seguridad social y de los regímenes especiales existentes en la materia.

7. Efectuar las definiciones generales en el marco del Programa de Simplificación Registral (Art. 39 de la Ley 25.877) que se lleva a cabo en forma conjunta con los demás Instituciones de la Seguridad Social en aquellos aspectos que son competencia de este Organismo.

8. Intervenir en la contestación de los oficios y cédulas que por competencia le corresponda.

DIRECCION DE INVESTIGACION Y SUPERVISION DE LOS RECURSOS DE LA SEGURIDAD SOCIAL

RESPONSABILIDAD PRIMARIA

Entender en la coordinación de las tareas inherentes a los procesos de investigación en materia de seguridad social para la generación de fiscalizaciones, desarrolladas en el ámbito Metropolitano así como en la supervisión funcional de las acciones de fiscalización desarrolladas en el interior del país.

ACCIONES

1. Entender en la investigación y selección de los contribuyentes del ámbito Metropolitano en materia de los recursos de la seguridad social, de acuerdo a los planes y criterios emanados de las áreas centrales o de la Superioridad, para proceder a su posterior fiscalización por parte de la Dirección de Fiscalización Operativa.

2. Ejercer la supervisión funcional de las fiscalizaciones y en la tramitación de las denuncias recibidas en materia de seguridad social, por las áreas operativas con jurisdicción en el interior del país

3. Entender en la investigación con enfoque horizontal, localización o sectorial sobre contribuyentes y/o responsables con obligaciones para con el Sistema de la Seguridad Social en las jurisdicciones del interior del país.

4. Participaren el mantenimiento de la sistematización de las investigaciones para la fiscalización de la seguridad social, junto con las áreas centrales, a partir del análisis de información del organismo y de la provista por otras entidades e instituciones competentes, sobre empleadores con desvíos en la materia.

5. Entender en la definición general y participar de la implementación de los mecanismos necesarios para el control, individualización y seguimiento de las inspecciones de seguridad social, coordinando las medidas necesarias para el cumplimiento del objetivo con las demás áreas de la AFIP y de los Organismos de la Seguridad Social.

6. Proponer y participar en la elaboración de instrucciones, planes y pautas de investigación y fiscalización de los recursos de la seguridad social.

7. Entender en la planificación de los programas de inspección con aquellos Organismos y/o Instituciones con competencia en temas relacionados con la fiscalización de los Recursos de la Seguridad Social.

8. Recepcionar, registrar y despachar la documentación que ingrese a la Dirección; realizar el adecuado suministro, mantenimiento y conservación de los bienes patrimoniales asignados, ejecutar las distintas tareas administrativas, atender los asuntos inherentes a los recursos humanos de la misma y participar al área pertinente del movimiento de los fondos de la Caja Chica asignada a la Dirección.

DEPARTAMENTO SUPERVISION FUNCIONAL DEL INTERIOR

ACCION

Entender en la supervisión funcional de los equipos de fiscalización de los recursos de la seguridad social con jurisdicción en el interior del país, e intervenir en los convenios que se realicen en materia de fiscalización con otros Organismos de la seguridad social.

TAREAS

1. Ejercer la supervisión funcional de las fiscalizaciones realizadas por los equipos especializados en la materia, con jurisdicción en el interior del país.

2. Coordinar el intercambio de información para efectuar acciones conjuntas, entre las áreas de fiscalización de los recursos de la seguridad social con jurisdicción en el interior del país y otros organismos en materia de fiscalización de la seguridad social.

3. Entender en la investigación sobre contribuyentes y/o responsables de las jurisdicciones del interior del país, con obligaciones para con el Sistema de la Seguridad Social y proveer dicha información a los equipos de fiscalización con jurisdicción asignada en el interior del país dependientes de la Subdirección General de Operaciones Impositivas del Interior.

4. Entender en el relevamiento y coordinación de las necesidades operativas de las áreas de fiscalización en su ámbito de aplicación.

5. Participar e Intervenir en los convenios con las Provincias en virtud del Plan Nacional de Regularización del Trabajo —PNRT—.

6. Evaluar el funcionamiento de las distintas áreas de la Dirección, respecto del cumplimiento de las normas y procedimientos vigentes efectuando el control y seguimiento de las tareas realizadas.

7. Entender en la elaboración de informes de gestión y resultados sobre las tareas de investigación y fiscalización de los recursos de la seguridad social por las Regiones del interior del país.

8. Definir, administrar y mantener actualizada la página de la Dirección respetando las tecnologías, arquitecturas, lenguajes y metodología definidas por la Subdirección General de Sistemas y Telecomunicaciones.

9. Intervenir conjuntamente con las áreas competentes, en la coordinación de los cursos de capacitación necesarios para las áreas de fiscalización en materia. De seguridad social.

10. Recopilar, producir y evaluar la información de gestión, remitiendo en su caso los datos necesarios a la Superioridad.

DEPARTAMENTO SELECCION Y CONTROL DE LOS RECURSOS DE LA SEGURIDAD SOCIAL

ACCION

Definir y aplicar estrategias de generación de riesgo en la etapa de investigación, de detección de desvíos en materia seguridad social y de todo lo relacionado con el apoyo logístico previo a la generación de cargos de inspección; como así también en la tramitación de documentación con la finalidad de verificación, control y prevención.

TAREAS

1. Entender y supervisar el desarrollo de investigaciones tendientes a determinar el comportamiento de empleadores con presunto interés fiscal, a fin de direccionar las propuestas de operativos de fiscalización.

2. Promover los cargos de fiscalización en el área metropolitana que resulten del proceso investigativo, aportando al área de inspección competente la totalidad de la información relevada.

3. Entender en el análisis de los descargos provenientes de los equipos de fiscalización, cuyos cargos tuvieron origen en el área de investigaciones, estableciendo los posibles desvíos, a efectos de mejorar las acciones de investigación implementadas.

4. Entender en el análisis del interés fiscal de las denuncias recibidas de terceros en los casos que requiera la Superioridad.

5. Interactuar conjuntamente con las áreas de fiscalización, para la optimización del encausamiento del proceso.

6. Entender en el mantenimiento de la sistematización de las investigaciones para la fiscalización de la seguridad social conjuntamente con las áreas centrales que por competencia corresponda, sobre empleadores con desvíos en la materia.

7. Entender en el mantenimiento del Registro de Relevamientos de Trabajadores y en el análisis de la información obtenida con el objeto de determinar los desvíos producidos.

8. Proponer y participar en la elaboración de instrucciones o pautas que normen el accionar de las áreas con competencia en materia de investigación de los recursos de la seguridad social.

DIVISION SELECCION DE FISCALIZACION METROPOLITANA

ACCION

Aplicar estrategias de generación de riesgo en la etapa de investigación, de detección de desvíos en materia seguridad social y de todo lo relacionado con el apoyo logístico previo a la generación de cargos de inspección; como así también en la tramitación de documentación con la finalidad de verificación, control y prevención.

TAREAS

1. Efectuar las investigaciones tendientes a determinar el comportamiento de empleadores con presunto interés fiscal, con la finalidad de direccionar las propuestas de operativos de fiscalización.

2. Efectuar los cargos de fiscalización que resulten del proceso investigativo, aportando al área de inspección competente la totalidad de la información relevada.

3. Ejecutar la investigación con enfoque horizontal, localización o sectorial sobre contribuyentes y/o responsables con obligaciones para con el Sistema de la Seguridad Social de las jurisdicciones del interior del país.

4. Verificar el interés fiscal de las denuncias recibidas de terceros en los casos que requiera la Superioridad.

5. Planificar cualquier otra acción de investigación tendiente a promover la generación de percepción de riesgo en cabeza de los contribuyentes, en el ámbito de su competencia.

6. Producir y brindar toda información necesaria previa al cargo, requerida por la Superioridad.

DIVISION CONTROL DE DESCARGOS AREA METROPOLITANA

ACCION

Efectuar el análisis de los descargos provenientes de los equipos de fiscalización, cuyos cargos tuvieron origen en el área de selección fiscalización, estableciendo los posibles desvíos, a efectos de mejorar las acciones de investigación implementadas.

TAREAS

1. Efectuar el control del curso de los cargos de las inspecciones.

2. Realizar el análisis de los descargos provenientes de fiscalización, cuyos cargos tuvieron origen en el área de selección, estableciendo los posibles desvíos, con la finalidad de producir mejoras en las acciones de investigación implementadas.

3. Entender en el análisis y seguimiento de los relevamientos sobre trabajadores, efectuados por la AFIP o de aquellos que realice en forma conjunta con otros organismos, que tengan origen en operativos generados en el ámbito de la Dirección Investigación y Supervisión de los Recursos de la Seguridad Social.

4. Recepcionar e incorporar al Registro Centralizado de Fiscalizaciones de Seguridad Social, los relevamientos producidos por otros organismos competentes en la fiscalización de los Recursos de la Seguridad Social, en el marco del Plan Nacional de Regularización del Trabajo.

5. Mantener el Registro de Relevamientos de Trabajadores y analizar la información obtenida con el objeto de determinar los desvíos producidos para realizar el posterior cargo de fiscalización, a través del área competente de la Dirección.

DIRECCION DE FISCALIZACION OPERATIVA DE LA SEGURIDAD SOCIAL

RESPONSABILIDAD PRIMARIA

Entender en el ámbito de la jurisdicción Metropolitana, en las tareas inherentes a la fiscalización de los contribuyentes y/o responsables en materia de seguridad social, con el fin comprobar y mejorar el grado de cumplimiento de sus obligaciones.

ACCIONES

1. Realizar en el ámbito Metropolitano, la fiscalización de los contribuyentes y/o responsables en materia de los recursos de la seguridad social, de acuerdo con los planes, normas y procedimientos dictados al efecto.

2. Entender en el trámite de determinaciones de deuda de los recursos de la seguridad social, accesorios, multas, sumarios y recursos vinculados.

3. Ejercer las funciones de Juez Administrativo, con los alcances y facultades que se establecen en la materia.

4. Entender en la resolución de impugnaciones de deudas por los recursos de la seguridad social, conforme la normativa vigente.

5. Entender en la implementación de los mecanismos necesarios para el control y seguimiento de fiscalizaciones en el ámbito de la Dirección.

6. Efectuar acciones conjuntas de fiscalización con otros organismos de la seguridad social.

7. Impulsar la elaboración de instrucciones, planes y pautas de fiscalización de los recursos de la seguridad social.

8. Recepcionar, registrar y despachar la documentación que ingrese a la Dirección, realizar el adecuado suministro, mantenimiento y conservación de los bienes patrimoniales asignados, ejecutar las distintas tareas administrativas, atender los asuntos inherentes a los recursos humanos de la misma y administrar y comunicar al área pertinente los movimientos de los fondos de la Caja Chica asignada a la Dirección.

DIVISION CONTROL OPERATIVO Y DE GESTION

ACCION

Entender en la asignación de prioridades y control de las actuaciones sometidas a fiscalización, así como en los operativos de fiscalización en el ámbito de la Dirección.

TAREAS

1. Establecer, en el ámbito de la Dirección, la prioridad de los casos u operativos recibidos para fiscalizar.

2. Efectuar seguimiento de los cargos y descargos de las inspecciones.

3. Coordinar con las dependencias respectivas los requerimientos de fiscalización que efectúen las entidades externas, estableciendo prioridades y tiempos de ejecución.

4. Realizar el control de la correcta aplicación de las normas vigentes dentro de la Dirección.

5. Entender en la evaluación de los controles practicados y efectuar el análisis de las informaciones obtenidas a fin de verificar el estado de gestión.

6. Evaluar la información del accionar de las áreas operativas de la Dirección y analizar sus inconvenientes o desvíos informando a la Superioridad.

DIVISION JURIDICA

(Corresponde a dos unidades iguales denominadas "A" y "B")

ACCION

Entender en el ámbito de su competencia, en las tareas técnico jurídicas relativas a la determinación de deuda, accesorios, multas e impugnaciones, por incumplimiento a las obligaciones de los recursos de la seguridad social y derivados de la actuación de las áreas de la Dirección e instruir los sumarios por infracciones a las normas legales. Intervenir en la tramitación de recursos de reconsideración y demás recursos administrativos, vinculados con su materia.

TAREAS

1. Entender en la instrucción y resolución de sumarios formales y materiales por infracciones a las leyes, decretos, resoluciones y disposiciones que rigen en la materia.

2. Intervenir en los proyectos de resolución de impugnaciones y en los recursos de reconsideración contra las resoluciones dictadas, considerando las pruebas ofrecidas.

3. Entender en la sustanciación y proyecto de resolución de impugnación de deuda con el Sistema de Seguridad Social conforme los procedimientos, formas, condiciones, establecidos en la normativa vigente así como en los recursos de reconsideración contra las resoluciones dictadas, considerando las pruebas ofrecidas.

4. Responder a las consultas y solicitudes que efectúen las dependencias fiscalizadoras, en relación con asuntos cuyo trámite haga presuponer la necesidad de determinar administrativamente la deuda.

5. Emitir dictámenes jurídicos y proyectos de resolución, en los casos previstos en las normas vigentes o por necesidades de servicio.

DEPARTAMENTO ASUNTOS ESPECIALES DE FISCALIZACION

ACCIONES

Entender en el ámbito de su competencia, sobre la tramitación de denuncias, de concursos preventivos, de declaraciones de quiebra y en las solicitudes de certificados de libre deuda previsional, transferencias de fondo de comercio y seguimiento de trabajadores autónomos, vinculadas con el cumplimiento dado por los contribuyentes y/o responsables a las obligaciones de la seguridad social.

Entender en las fiscalizaciones modulares de seguridad social en el ámbito de su jurisdicción, a los efectos de confirmar los desvíos provenientes de las acciones de investigación realizadas por las distintas áreas con competencia en la materia.

TAREAS

1. Coordinar la recepción de las denuncias efectuadas a los contribuyentes y/o responsables de los recursos de la seguridad social, de acuerdo con los planes establecidos por las áreas competentes.

2. Disponer y supervisar las fiscalizaciones con origen en las denuncias efectuadas a los contribuyentes y/o responsables de los recursos de la seguridad social.

3. Disponer y supervisar, de acuerdo a los planes de fiscalización establecidos, las inspecciones modulares recibidas de la Dirección de Investigación y Supervisión de Fiscalización de los Recursos de la Seguridad Social, en su ámbito de actuación.

4. Entender en la determinación de la deuda y demás accesorios en materia de los recursos de la seguridad social a los contribuyentes y/o responsables verificados.

DIVISION FISCALIZACION MODULAR DE LOS RECURSOS DE LA SEGURIDAD SOCIAL

ACCION

Practicar, en el ámbito de su competencia, fiscalizaciones a los efectos de confirmar los desvíos provenientes de las acciones realizadas, en materia de investigación, por la Dirección de Investigación y Supervisión de Fiscalización de los Recursos de la Seguridad Social.

TAREAS

1. Realizar, de acuerdo a los planes de fiscalización establecidos, las inspecciones modulares recibidas de la Dirección de Investigación y Supervisión de Fiscalización de los Recursos de la Seguridad Social, en su ámbito de actuación.

2. Determinar la deuda y demás accesorios en materia de los recursos de la seguridad social a los contribuyentes y/o responsables verificados.

3. Participar en los operativos de fiscalización a la SDG FIS.

DIVISION FISCALIZACIONES ESPECIALES

ACCION

Efectuar en el ámbito de su competencia, la tramitación de denuncias, de concursos preventivos, de declaracione6s de quiebra y en las solicitudes de certificados de libre deuda previsional, transferencias de fondo de comercio y seguimiento de trabajadores autónomos, vinculadas con el cumplimiento dado por los contribuyentes y/o responsables a las obligaciones de la seguridad social.

TAREAS

1. Realizar la fiscalización correspondiente a las denuncias efectuadas, de acuerdo a los planes establecidos por las áreas competentes.

2. Determinar la deuda en materia de los recursos de la seguridad social a los contribuyentes y/o responsables autónomos verificados, a los presentados en concurso preventivo, a los declarados en quiebra y a los que formulen solicitudes de certificados de libre deuda previsional.

3. Determinar la deuda y demás accesorios en materia de los recursos de la seguridad social a los contribuyentes y/o responsables verificados.

4. Participar en los operativos de fiscalización a la SDG FIS

DEPARTAMENTO FISCALIZACION DE LOS RECURSOS DE LA SEGURIDAD SOCIAL

ACCION

Entender en la realización y coordinación de relevamientos de personal y control de actividades verificando el cumplimiento de las obligaciones de los recursos de la seguridad social, en el marco normativo del Plan Nacional de Regulación de Trabajo.

TAREAS

1. Disponer y supervisar, de acuerdo a los planes dictados y recibidos en la materia, los relevamientos de personal, en el marco normativo del Plan Nacional de Regularización del Trabajo —PNRT—, a los efectos de determinar desvíos por omisión de declaración de empleados o declaración en defecto.

2. Disponer y supervisar, de acuerdo con la planificación dispuesta por las áreas competentes, controles por actividades o zonas, verificando el cumplimiento de las obligaciones de los recursos de la seguridad social.

3. Coordinar y supervisar las acciones de fiscalización dentro del ámbito de su competencia, incluyendo aquellos operativos que se realicen fuera del horario habitual de la jornada laboral.

4. Informar sobre los operativos de fiscalización a la SDG FIS

5. Determinar la deuda en materia de los recursos de la seguridad social a los contribuyentes y/o responsables verificados.

6. Recopilar, producir y evaluar la información de gestión.

DIVISION FISCALIZACION

(Tipo)

(Corresponde a tres unidades de iguales)

ACCION

Efectuar, en el ámbito de su competencia, los relevamientos de personal y la verificación y control de actividades sobre contribuyentes y/o responsables con obligaciones para con el Sistema de la Seguridad Social.

TAREAS

1. Realizar en el ámbito de su competencia los relevamientos de personal, en el marco normativo del Plan Nacional de Regularización del Trabajo —PNRT—, a los efectos de determinar desvíos por omisión de declaración de empleados o declaración en defecto.

2. Ejecutar controles a través de un enfoque horizontal, por sectores o zonas, verificando el cumplimiento de las obligaciones de los recursos de la seguridad social.

3. Intervenir en acciones de fiscalización masiva dentro del ámbito de su competencia, incluyendo aquellos operativos que se realicen fuera del horario habitual de la jornada laboral.

4. Determinar la deuda en materia de los recursos de la seguridad social a los contribuyentes y/o responsables verificados.

ANEXO B46

SUBDIRECCION GENERAL DE TECNICO LEGAL DE LOS RECURSOS DE LA SEGURIDAD SOCIAL

DIRECCION DE CONTENCIOSO DE LOS RECURSOS DE LA SEGURIDAD SOCIAL

RESPONSABILIDAD PRIMARIA

Representar y patrocinar al Fisco Nacional en los juicios relativos a los recursos de la seguridad social en que la Repartición sea parte.

ACCIONES

1. Intervenir en las tareas inherentes a la representación del Fisco Nacional en las causas contenciosas de los recursos de la seguridad social en las que la Repartición sea parte.

2. Asesorar jurídicamente a otras dependencias cuando la importancia del caso o la Dirección General así lo exigiere y sugerir a ésta las medidas que estime adecuadas.

3. Ejercer las funciones de juez administrativo con los alcances y facultades que se establezcan en la materia.

4. Interponer denuncias y promover querellas, en aquellos casos que por su índole, se encuadren como probables delitos previsionales, originados en la actividad cumplida por la Dirección de Fiscalización Operativa de la Seguridad Social.

DEPARTAMENTO REVISION DE IMPUGNACIONES

ACCION

Entender en la sustanciación de las impugnaciones, revisión de los dictámenes y elaboración de proyectos de resolución, verificando el debido encuadramiento legal, doctrinario y jurisprudencial en lo atinente al hecho y base imponible de los recursos de la seguridad social

TAREAS

1. Dirigir, revisar, supervisar y encauzar los trámites impugnatorios a fin de lograr celeridad y uniformidad de criterios y eficacia en la conclusión de los mismos, así como también los dictámenes y actos resolutorios que correspondan.

2. Analizar el cumplimiento de las etapas procesales en la tramitación de los expedientes impugnatorios de acuerdo con la normativa vigente, o la que se dicte en el futuro.

3. Entender en la elaboración de los proyectos de resoluciones que diriman los expedientes impugnatorios y las tramitaciones posteriores que resulten de los pronunciamientos.

4. Disponer la remisión de las actuaciones a las áreas correspondientes o su archivo, en los supuestos de cese de controversia.

DIVISION IMPUGNACIONES METROPOLITANAS Y DE GRANDES CONTRIBUYENTES NACIONALES

ACCION

Entender en la sustanciación de las peticiones de revisión interpuestas por contribuyentes contra resoluciones de recursos de impugnaciones dictadas por el Departamento Legal Grandes Contribuyentes Nacionales y la Dirección de Fiscalización Operativa de la Seguridad Social, mediante la elaboración de dictámenes y proyectos de resolución.

TAREAS

1. Elaborar los dictámenes y proyectos de resolución que diriman las peticiones de revisión interpuestas contra actos administrativos que resuelvan los recursos de impugnación.

2. Solicitar la realización de medidas para mejor proveer u oficios a efectos de obtener la información necesaria para la elaboración de dictámenes jurídicos.

3. Formular la contestación de oficios relacionados con la materia de su competencia.

DIVISION IMPUGNACIONES DEL INTERIOR

ACCION

Entender en la sustanciación de las peticiones de revisión interpuestas por contribuyentes contra resoluciones de recursos de impugnaciones dictadas por las Divisiones Revisión y Recursos de las Direcciones Regionales dependientes de la Subdirección General de Operaciones Impositivas del Interior.

TAREAS

1. Elaborar los dictámenes y proyectos de resolución que diriman las peticiones de revisión interpuestas contra actos administrativos que resuelvan los recursos de impugnación.

2. Solicitar la realización de medidas para mejor proveer u oficios a efectos de obtener la información necesaria para la elaboración de dictámenes jurídicos.

3. Formular la contestación de oficios relacionados con la materia de su competencia.

DIVISION IMPUGNACIONES DE OBRAS SOCIALES

ACCION

Entender en la sustanciación de las peticiones de revisión interpuestas por contribuyentes contra resoluciones de recursos de impugnaciones dictadas por las Obras Sociales del Régimen Nacional de Obras Sociales.

TAREAS

1. Elaborar los dictámenes y proyectos de resolución que diriman las peticiones de revisión interpuestas contra actos administrativos que resuelvan los recursos de impugnación.

2. Solicitar la realización de medidas para mejor proveer u oficios a efectos de obtener la información necesaria para la elaboración de dictámenes jurídicos.

3. Formular la contestación de oficios relacionados con la materia de su competencia.