Secretaría de Agricultura, Ganadería, Pesca y Alimentos

EXPORTACIONES

Resolución 305/2009

Distribúyese entre las empresas habilitadas una determinada cantidad de toneladas de cortes enfriados vacunos sin hueso de alta calidad que anualmente otorga la Unión Europea a nuestro país.

Bs. As., 6/5/2009

VISTO el Expediente Nº S01:0123012/2009 del Registro del MINISTERIO DE PRODUCCION, y

CONSIDERANDO:

Que por la Resolución Nº 337 de fecha 7 de octubre de 2008 de la SECRETARIA DE AGRICULTURA, GANADERIA, PESCA Y ALIMENTOS del entonces MINISTERIO DE ECONOMIA Y PRODUCCION, se procedió a distribuir el cupo anual de cortes enfriados vacunos sin hueso de alta calidad que asigna la UNION EUROPEA a la REPUBLICA ARGENTINA, correspondiente a plantas frigoríficas, para el ciclo comercial 2008/2009.

Que en el marco del Artículo 23 de la Resolución Nº 113 de fecha 22 de enero de 2004, sustituido por el Artículo 14 de su similar Nº 904 de fecha 28 de septiembre de 2004, ambas de la citada Secretaría, se dictó la Resolución Nº 236 de fecha 7 de abril de 2009 de la misma Secretaría del MINISTERIO DE PRODUCCION, redistribuyéndose la cantidad de UN MIL SETECIENTAS CUARENTA Y SIETE TONELADAS CON NOVECIENTOS CINCUENTA Y UN KILOGRAMOS (1.747,951 t) de cortes enfriados vacunos sin hueso de alta calidad que asigna la UNION EUROPEA a la REPUBLICA ARGENTINA.

Que por el Artículo 2º de la aludida Resolución Nº 236/09 se estableció la obligación de todas las plantas frigoríficas que por cualquier concepto hubieren resultado adjudicatarias de "Cuota Hilton" correspondiente al ciclo comercial 2008/2009, de presentar ante la OFICINA NACIONAL DE CONTROL COMERCIAL AGROPECUARIO, organismo descentralizado en la órbita de la SECRETARIA DE AGRICULTURA, GANADERIA, PESCA Y ALIMENTOS del MINISTERIO DE PRODUCCION, hasta el 20 de abril de 2009 inclusive, en carácter de Declaración Jurada, el cronograma estimado de embarques para el período abril/mayo/junio del referido ciclo comercial y/o la resignación de las toneladas asignadas que, por diferentes motivos se vieran impedidos de embarcar.

Que de acuerdo a lo establecido por el Artículo 18 de la citada Resolución Nº 113/04, los saldos no exportados durante el período correspondiente, no podrán trasladarse a otro período o ejercicio, ni otorgarse compensaciones por cupos no exportados.

Que por nota fechada el 30 de abril de 2009 la referida Oficina Nacional elevó el informe técnico que obra a fojas 85/98 de las presentes actuaciones en el marco de lo normado por la citada Resolución Nº 236/09.

Que conforme surge del citado informe, las empresas DELTACAR S.A., FOOD’S LAND S.A., F.V. Y ASOCIADOS S.R.L., FRIGORIFICO ALBERDI S.A., FRIGORIFICO EL ZAIMAN S.A., FRIGORIFICO PALADINI S.A., FRIGORIFICO RIO CUARTO S.A., MADEKA S.A, MATADERO Y FRIGORIFICO FEDERAL S.A., RAFAELA ALIMENTOS S.A., REXCEL S.A., SADOWA S.A. y TOP MEAT S.A., han resignado la cantidad total de CUATROCIENTAS DIECIOCHO TONELADAS CON NOVECIENTOS DOCE KILOGRAMOS (418,912 t).

Que en mérito a ello, y en cumplimiento del objetivo del Gobierno Nacional de brindar las herramientas necesarias para que el total del contingente arancelario otorgado por la UNION EUROPEA a la REPUBLICA ARGENTINA sea embarcado en tiempo y forma, resulta conveniente proceder a la distribución de los tonelajes resignados en el marco de la antedicha Resolución Nº 236/09.

Que la Dirección de Legales del Area de Agricultura, Ganadería, Pesca y Alimentos dependiente de la Dirección General de Asuntos Jurídicos del MINISTERIO DE ECONOMIA Y FINANZAS PUBLICAS ha tomado la intervención que le compete, conforme a lo establecido por el Artículo 11 del Decreto Nº 2102 de fecha 4 de diciembre de 2008, sustituido por el Artículo 1º de su similar Nº 98 de fecha 13 de febrero de 2009.

Que el suscripto es competente para dictar el presente acto, en virtud de las facultades otorgadas por el Articulo 37 del Decreto Nº 2284 del 31 de octubre de 1991, modificado por su similar Nº 2488 del 26 de noviembre de 1991, ambos ratificados por la Ley Nº 24.307 y por el Decreto Nº 2102 de fecha 4 de diciembre de 2008.

Por ello,

EL SECRETARIO DE AGRICULTURA, GANADERIA, PESCA Y ALIMENTOS

RESUELVE:

Artículo 1º — Distribúyese entre las empresas habilitadas consignadas en el Anexo que forma parte integrante de la presente medida, y que han cumplido con los recaudos contemplados en el Artículo 2º de la Resolución Nº 236 de fecha 7 de abril de 2009 de la SECRETARIA DE AGRICULTURA, GANADERIA, PESCA Y ALIMENTOS del MINISTERIO DE PRODUCCION, la cantidad de CUATROCIENTAS DIECIOCHO TONELADAS CON NOVECIENTOS DOCE KILOGRAMOS (418,912 t) de cortes enfriados vacunos sin hueso de alta calidad que anualmente otorga la UNION EUROPEA a la REPUBLICA ARGENTINA para el ciclo comercial 2008/2009 que han sido resignadas por diversos motivos, en el marco de la resolución previamente citada.

Art. 2º — La presente resolución comenzará a regir a partir del día de su publicación en el Boletín Oficial.

Art. 3º — Comuníquese, publíquese, dése a la Dirección Nacional del Registro Oficial y archívese. — Carlos A. Cheppi.

ANEXO