ADMINISTRACION FEDERAL DE INGRESOS PUBLICOS

Disposición 264/2009

Programa "IVA Y VUELTA", R.G. Nº 2583/09 (A.F.I.P.). Delegación de funciones para la suscripción de las escrituras de cesión de derechos.

Bs. As., 22/5/2009

VISTO la actuación SIGEA Nº 13335-107-2009, del Registro de la ADMINISTRACION FEDERAL DE INGRESOS PUBLICOS, y

CONSIDERANDO:

Que por la Actuación citada en el Visto se gestiona la delegación de funciones para la suscripción de las escrituras de cesión de derechos necesarias para formalizar la inscripción inicial de los automotores que se entreguen en concepto de premio, en virtud de la implementación del Programa "IVA Y VUELTA", establecido por la Resolución General Nº 2583/09 (AFIP).

Que el Apartado 1º, Inciso a) del Artículo 6º del Decreto Nº 618 del 10 de julio de 1997 confiere al Administrador Federal la atribución de representar legalmente a la ADMINISTRACION FEDERAL DE INGRESOS PUBLICOS, personalmente o por delegación o mandato, en todos los actos y contratos que se requieran para el funcionamiento del servicio.

Que el Artículo 4º del Decreto referido en el considerando anterior prevé la facultad de delegar la atribución señalada en la medida y condiciones que en cada caso se establezcan.

Que a fin de optimizar el funcionamiento de la organización, resulta oportuno delegar en los titulares y/o reemplazantes de la Dirección de Presupuesto y Finanzas, y de las Direcciones Regionales dependientes de las Subdirecciones Generales de Operaciones Impositivas del Interior, y de Operaciones Aduaneras del Interior, la representación para la suscripción de los instrumentos indicados en el primer Considerando de la presente.

Que la Subdirección General de Asuntos Jurídicos ha tomado la intervención que le compete.

Que la presente se dicta en uso de las facultades establecidas por los Artículos 4º y 6º —Apartado 1, Inciso a)— del Decreto Nº 618 del 10 de julio de 1997.

Por ello,

EL ADMINISTRADOR FEDERAL DE LA ADMINISTRACION FEDERAL DE INGRESOS PUBLICOS

DISPONE:

Artículo 1º — Delégase en los Directores y/o reemplazantes de las Direcciones de Presupuesto y Finanzas, y de las Direcciones Regionales dependientes de las Subdirecciones Generales de Operaciones Impositivas del Interior, y de Operaciones Aduaneras del Interior, la representación ante los organismos nacionales y/o locales competentes y/o terceros particulares, para la suscripción las escrituras de cesión de derechos de las facturas de los vehículos oportunamente adquiridos por esta Administración Federal, a los fines de formalizar su inscripción inicial a favor de los ganadores de los sorteos que se realicen en virtud de la implementación del Programa "IVA Y VUELTA", establecido por la Resolución General Nº 2583/09 (AFIP).

Art. 2º — Regístrese, comuníquese, publíquese, dése a la DIRECCION NACIONAL DE REGISTRO OFICIAL y archívese. — Ricardo Echegaray.