JEFATURA DE GABINETE DE MINISTROS

Decisión Administrativa 348/2009

Dirección General de Asuntos Jurídicos de la Secretaría de Coordinación Jurídico Administrativa. Secretarías de Medios de Comunicación y de Ambiente y Desarrollo Sustentable. Adecuación de Funciones.

Bs. As., 26/5/2009

VISTO el Expediente Nº 910/2009 del registro de la JEFATURA DE GABINETE DE MINISTROS, los Decretos Nros. 120 del 18 de febrero de 2009, 1397 del 2 de septiembre de 2008 y 1919 del 26 de diciembre de 2006, y

CONSIDERANDO:

Que por el artículo 7º del Decreto Nº 1397/08 se incorporó a la ex SUBSECRETARIA DE COORDINACION de la JEFATURA DE GABINETE DE MINISTROS, la DIRECCION GENERAL DE ASUNTOS JURIDICOS.

Que por el artículo 3º del Decreto Nº 1919/06, se procedió a aprobar la estructura organizativa de la SECRETARIA DE AMBIENTE Y DESARROLLO SUSTENTABLE de la JEFATURA DE GABINETE DE MINISTROS, entre cuyas unidades organizativas, se encuentra la Delegación Legal.

Que por el artículo 5º del Decreto Nº 1397/08 se procedió a aprobar la estructura organizativa de la SECRETARIA DE MEDIOS DE COMUNICACION de la JEFATURA DE GABINETE DE MINISTROS, entre cuyas unidades organizativas, se encuentra la Delegación Legal.

Que por Decreto Nº 120/09 se creó la SECRETARIA DE COORDINACION JURIDICO ADMINISTRATIVA en el ámbito de la JEFATURA DE GABINETE DE MINISTROS.

Que por el artículo 3º de la norma citada en el párrafo precedente se establece que la DIRECCION GENERAL DE ASUNTOS JURIDICOS y sus unidades inferiores, y el DEPARTAMENTO DE SUMARIOS dependerán de la SECRETARIA DE COORDINACION JURIDICO ADMINISTRATIVA de la JEFATURA DE GABINETE DE MINISTROS.

Que por tales motivos resulta necesario efectuar algunas adecuaciones en el accionar de la DIRECCION GENERAL DE ASUNTOS JURIDICOS de la SECRETARIA DE COORDINACION JURIDICO ADMINISTRATIVA de la JEFATURA DE GABINETE DE MINISTROS y de ambas delegaciones, con la finalidad de optimizar la gestión legal de la JEFATURA DE GABINETE DE MINISTROS, en función de las competencias establecidas para la Jurisdicción.

Que el presente acto se dicta de acuerdo a las facultades emergentes del Artículo 100, inciso 1º de la CONSTITUCION NACIONAL, Artículo 16, inciso 12, de la Ley de Ministerios (t.o por Decreto Nº 438 del 12 de marzo de 1992) y sus modificatorias.

Por ello,

EL JEFE DE GABINETE DE MINISTROS

DECIDE:

Artículo 1º — Apruébase la Responsabilidad Primaria y Acciones de la DIRECCION GENERAL DE ASUNTOS JURIDICOS de la SECRETARIA DE COORDINACION JURIDICO ADMINISTRATIVA de la JEFATURA DE GABINETE DE MINISTROS, de acuerdo al detalle que se acompaña como planilla anexa al presente artículo.

Art. 2º — Apruébanse las acciones de las Delegaciones Legales en Jurisdicción de las SECRETARIAS DE MEDIOS DE COMUNICACIÓN Y DE AMBIENTE Y DESARROLLO SUSTENTABLE, respectivamente, ambas dependientes de la JEFATURA DE GABINETE DE MINISTROS, de acuerdo al detalle que se acompaña como planilla anexa al presente artículo.

Art. 3º — Comuníquese, publíquese, dése a la DIRECCION NACIONAL DEL REGISTRO OFICIAL y archívese. — Sergio T. Massa. — Aníbal F. Randazzo.

Planilla anexa al artículo 1º

JEFATURA DE GABINETE DE MINISTROS

SECRETARIA DE COORDINACION JURIDICO ADMINISTRATIVA

DIRECCION GENERAL DE ASUNTOS JURIDICOS

RESPONSABILIDAD PRIMARIA

Prestar asesoramiento técnico y legal, como Servicio Jurídico Permanente, sobre los proyectos de resoluciones de la Jurisdicción, proponiendo las modificaciones necesarias para que se ajusten a las normas jurídicas vigentes.

ACCIONES:

1. Ejercer el control de legalidad en los proyectos de Resoluciones que se encuentren a consideración del Jefe de Gabinete de Ministros, y de los proyectos de resoluciones y/o disposiciones de los demás funcionarios de la citada Jurisdicción.

2. Elaborar, estudiar y analizar proyectos de normas jurídicas referidas a la competencia de la JEFATURA DE GABINETE DE MINISTROS.

3. Elaborar la información técnico jurídica que le sea requerida.

4. Ejercer la representación y defensa del Estado en juicio cuando las causas involucren a la JEFATURA DE GABINETE DE MINISTROS, en su carácter de Delegación del Cuerpo de Abogados del Estado, proponiendo los funcionarios letrados que deberán actuar e impartiéndoles las instrucciones que fueren pertinentes.

5. Supervisar el ejercicio de la representación y patrocinio de los organismos dependientes de la Jurisdicción, a cargo de las delegaciones legales, en los asuntos judiciales, contenciosos y administrativos en que aquéllos sean parte interesada.

6. Intervenir en el análisis técnico-jurídico de los proyectos normativos elaborados en Jurisdicción de las delegaciones legales de la JEFATURA DE GABINETE DE MINISTROS, previamente a su dictado.

7. Asesorar jurídicamente a las dependencias de la JEFATURA DE GABINETE DE MINISTROS, como servicio jurídico permanente.

8. Dictaminar en las actuaciones en la que se substancien recursos administrativos contra actos emanados de la Jurisdicción.

9. Intervenir en la elaboración, celebración, ejecución y aplicación de los convenios y acuerdos internacionales, relativos a su competencia. 10. Intervenir en todo planteo que deba ser sometido a la PROCURACION DEL TESORO DE LA NACION, a la FISCALIA NACIONAL DE INVESTIGACIONES ADMINISTRATIVAS, a la SINDICATURA GENERAL DE LA NACION y a la AUDITORIA GENERAL DE LA NACION.

Planilla anexa al artículo 2º

JEFATURA DE GABINETE DE MINISTROS

SECRETARIA DE MEDIOS DE COMUNICACION

SUBSECRETARIA DE GESTION DE MEDIOS

DELEGACION LEGAL

ACCIONES:

1. Producir los dictámenes e informes de asesoramiento jurídico en las materias atinentes a los cometidos de la SECRETARIA DE MEDIOS DE COMUNICACION.

2. Producir el análisis técnico-jurídico de los proyectos de resoluciones y/o disposiciones que habrán de ser emitidos en el ámbito de la Secretaría, con posterior intervención de la DIRECCION GENERAL DE ASUNTOS JURIDICOS de la SECRETARIA DE COORDINACION JURIDICO ADMINISTRATIVA de la JEFATURA DE GABINETE DE MINISTROS.

3. Preparar proyectos de resoluciones, disposiciones y demás normativa vinculadas al área de competencia de la Secretaría.

4. Participar en la discusión y suscripción de los convenios colectivos de trabajo aplicables al personal de los entes dependientes de la SECRETARIA DE MEDIOS DE COMUNICACION.

5. Ejercer la representación y patrocinio de la Secretaría en los asuntos judiciales, contenciosos y administrativos en que sea parte interesada, bajo la supervisión de la DIRECCION GENERAL DE ASUNTOS JURIDICOS de la SECRETARIA DE COORDINACION JURIDICO ADMINISTRATIVA de la JEFATURA DE GABINETE DE MINISTROS.

6. Intervenir en todas las cuestiones extrajudiciales en materia contractual y extracontractual atinentes a la SECRETARIA DE MEDIOS DE COMUNICACION.

7. Realizar la instrucción de los sumarios que se inicien en dependencias de la Secretaría y supervisar los que se realicen en los entes dependientes de ella, y la sustanciación de los recursos administrativos que resulten de su competencia.

8. Intervenir como instancia de alzada de los entes dependientes de la Secretaría.

JEFATURA DE GABINETE DE MINISTROS

SECRETARIA DE AMBIENTE Y DESARROLLO SUSTENTABLE

DELEGACION LEGAL

ACCIONES:

1. Producir los dictámenes e informes de asesoramiento jurídico en las materias atinentes a los cometidos de la SECRETARIA DE AMBIENTE Y DESARROLLO SUSTENTABLE.

2. Producir el análisis de los proyectos de resoluciones y/o disposiciones que habrán de ser emitidos en el ámbito de la Secretaría, con posterior intervención de la DIRECCION GENERAL DE ASUNTOS JURIDICOS de la SECRETARIA DE COORDINACION JURIDICO ADMINISTRATIVA de la JEFATURA DE GABINETE DE MINISTROS.

3. Preparar proyectos de resoluciones, disposiciones y demás normativa vinculada al área de competencia de la Secretaría.

4. Participar en la discusión y suscripción de los convenios colectivos de trabajo aplicables al personal dependiente de la Secretaria.

5. Ejercer la representación y patrocinio de la Secretaría, en los asuntos judiciales, contenciosos y administrativos en que sea parte interesada, bajo la supervisión de la DIRECCION GENERAL DE ASUNTOS JURIDICOS de la SECRETARIA DE COORDINACION JURIDICO ADMINISTRATIVA de la JEFATURA DE GABINETE DE MINISTROS.

6. Intervenir en todas las cuestiones extrajudiciales en materia contractual y extracontractual atinentes a la SECRETARIA DE AMBIENTE Y DESARROLLO SUSTENTABLE.

7. Realizar la instrucción de los sumarios que se inicien en dependencias de la Secretaría y supervisar los que se realicen en los entes dependientes de ella, y la sustanciación de los recursos administrativos que resulten de su competencia.