MINISTERIO DE JUSTICIA, SEGURIDAD Y DERECHOS HUMANOS

Resolución 2114/2009

Créase la Coordinación del Registro Nacional de Información de Personas Menores Extraviadas.

Bs. As., 23/6/2009

VISTO el Expediente Nº 174.162/08 del registro del MINISTERIO DE JUSTICIA, SEGURIDAD Y DERECHOS HUMANOS, la Ley Nº 25.746, los Decretos Nros. 1005 del 30 de octubre de 2003 y 1755 del 23 de octubre de 2008, y

CONSIDERANDO:

Que por el Decreto Nº 1755/08, se aprobó la estructura organizativa de primer nivel y segundo nivel operativo del MINISTERIO DE JUSTICIA, SEGURIDAD Y DERECHOS HUMANOS.

Que la citada norma asigna a la DIRECCION NACIONAL DE ATENCION A GRUPOS EN SITUACION DE VULNERABILIDAD de la SUBSECRETARIA DE PROTECCCION DE DERECHOS HUMANOS de la SECRETARIA DE DERECHOS HUMANOS la administración y coordinación de las tareas del REGISTRO NACIONAL DE INFORMACION DE PERSONAS MENORES EXTRAVIADAS, creado por la Ley Nº 25.746.

Que, asimismo, el artículo 8º del Decreto Nº 1005/03, reglamentario de la citada Ley establece la necesidad de aprobar la estructura organizativa del REGISTRO NACIONAL DE INFORMACION DE PERSONAS MENORES EXTRAVIADAS.

Que, por otra parte, resulta necesario dotar a la SUBSECRETARIA DE COORDINACION de este Ministerio de una Coordinación que asista al Subsecretario en su relación con las distintas áreas de la Jurisdicción, tendiendo a la optimización de la gestión.

Que en razón de lo expuesto y de conformidad con lo dispuesto por el artículo 4º del Decreto Nº 1755/08, resulta necesario aprobar, DOS (2) Coordinaciones en el ámbito de esta cartera de Estado.

Que la DIRECCION GENERAL DE ASUNTOS JURIDICOS de la SUBSECRETARIA DE COORDINACION de este Ministerio y la OFICINA NACIONAL DE INNOVACION DE GESTION de la SUBSECRETARIA DE GESTION Y EMPLEO PUBLICO de la SECRETARIA DE GABINETE Y GESTION PUBLICA de la JEFATURA DE GABINETE DE MINISTROS han tomado la intervención que les compete.

Que la presente medida se dicta en uso de las facultades conferidas por eI artículo 4º del Decreto Nº 1755/08.

Por ello,

EL MINISTRO DE JUSTICIA, SEGURIDAD Y DERECHOS HUMANOS

RESUELVE:

Artículo 1º — Créase la Coordinación del Registro Nacional de Información de Personas Menores Extraviadas de la DIRECCION NACIONAL DE ATENCION A GRUPOS EN SITUACION DE VULNERABILIDAD de la SUBSECRETARIA DE PROTECCION DE DERECHOS HUMANOS de la SECRETARIA DE DERECHOS HUMANOS y la Coordinación de Gestión Técnico Administrativa de la SUBSECRETARIA DE COORDINACION, cuyas funciones se detallan en las planillas que como Anexo I, forman parte integrante de la presente.

Art. 2º — Comuníquese, publíquese, dése a la Dirección Nacional del Registro Oficial y archívese. — Aníbal D. Fernández

ANEXO I

SECRETARIA DE DERECHOS HUMANOS SUBSECRETARIA DE PROTECCION DE DERECHOS HUMANOS DIRECCION NACIONAL DE ATENCION A GRUPOS EN SITUACION DE VULNERABILIDAD COORDINACION DEL REGISTRO NACIONAL DE INFORMACION DE PERSONAS MENORES EXTRAVIADAS

ACCIONES:

1. Organizar una base de datos nacional centralizada sobre personas menores de quienes se desconozca el paradero, así como de aquellos que se encuentren en establecimientos de atención, resguardo, detención o internación en todos los casos en que se desconociesen sus datos filiatorios o identificatorios y de aquellos menores que fueran localizados, la que deberá incorporar los casos aportados por toda aquella persona, organismo o institución, públicos o privados.

2. Aportar la información conciliada para la búsqueda y restitución de los niños cuyo paradero se desconoce.

3. Organizar un sistema permanente de atención de consultas y de información para los usuarios durante las VEINTICUATRO (24) horas del día.

4. Realizar acciones que permitan difundir la existencia y funcionamiento del Registro.

5. Coordinar y articular sus acciones con las de los poderes Judiciales Federal, Nacional y Provinciales, como así también con los Ministerios Públicos respectivos a efectos de acortar tiempos de circulación de la información y facilitar así las tareas que le son propias.

6. Coordinar y articular sus acciones con la de todos aquellos organismos e instituciones de las Administraciones Públicas Provinciales y Municipales con competencia en la materia.

7. Coordinar y articular sus acciones con la de las Organizaciones No Gubernamentales dedicadas a la búsqueda y localización de niños desaparecidos.

8. Propiciar la celebración de convenios con organismos gubernamentales y no gubernamentales de los países limítrofes.

9. Realizar trabajos de investigación y elaborar modelos evaluativos y estadísticas a partir de la información almacenada en la base de datos, todo lo cual será la base documental para el diseño de políticas públicas de prevención.

10. Asistir al Director Nacional en la elaboración del informe anual con memoria y estadística sobre la situación de los casos registrados, generando acciones que permitan una correcta publicidad de los mismos.

SUBSECRETARIA DE COORDINACION COORDINACION DE GESTION TECNICO ADMINISTRATIVA

ACCIONES:

1. Analizar la documentación que ingresa a la Subsecretaría, disponiendo la remisión de dicha documentación a las áreas pertinentes de la misma.

2. Realizar los estudios y análisis pertinentes para determinar la factibilidad y oportunidad de realización de los planes, programas y proyectos que le sean requeridos, estimando los recursos necesarios para la consecución de los mismos.

3. Realizar la evaluación, seguimiento y articulación de los planes, programas y proyectos, en el ámbito de su competencia, que sean sometidos a su consideración.

4. Proponer el desarrollo de las acciones necesarias para contribuir con el mejor aprovechamiento de los recursos disponibles en la jurisdicción y sus organismos descentralizados para optimizar la gestión, asegurando la coherencia y complementariedad de los mismos.

5. Coordinar el accionar de la Subsecretaría en su vínculo con las distintas áreas de la Jurisdicción, a fin de agilizar el cumplimiento de las competencias asignadas a la misma.