MERCOSUR/GMC/RES. Nš 42/08

SUB-ESTANDAR 3. 7. 49 REQUISITOS FITOSANITARIOS PARA CITRULLUS LANATUS (SANDIA) SEGUN PAIS DE DESTINO Y ORIGEN, PARA LOS ESTADOS PARTES

VISTO: El Tratado de Asunción, el Protocolo de Ouro Preto, las Decisiones Nš 06/96 y 20/02 del Consejo del Mercado Común.

CONSIDERANDO:

Que es necesario proceder a la armonización de los requisitos fitosanitarios para Citrullus lanatus (sandía) según País de Destino y Origen, para los Estados Partes, teniendo en cuenta la actual situación fitosanitaria de los Estados Partes.

EL GRUPO MERCADO COMUN

RESUELVE:

Art. 1 - Aprobar el "Sub-estándar 3. 7. 49 Requisitos Fitosanitarios para Citrullus lanatus (sandía) según País de Destino y Origen, para los Estados Partes", que figura como Anexo y forma parte de la presente Resolución.

Art. 2 - Los Organismos Nacionales competentes para la implementación de la presente Resolución son:

Argentina:

Secretaría de Agricultura, Ganadería, Pesca y Alimentos - SAGPyA

 

Servicio Nacional de Sanidad y Calidad Agroalimentaria SENASA

Brasil:

Ministério da Agricultura, Pecuária e Abastecimento - MAPA

 

Secretaria de Defesa Agropecuária - SDA

Paraguay:

Ministerio de Agricultura y Ganadería - MAG

 

Servicio Nacional de Calidad y Sanidad Vegetal y de Semillas - SENAVE

Uruguay:

Ministerio de Ganadería, Agricultura y Pesca - MGAP

 

Dirección General de Servicios Agrícolas - DGSA

Art. 3 - Los Estados Partes deberán incorporar la presente Resolución a sus ordenamientos jurídicos internos antes del 01/VIII/09.

LXXIV GMC - Brasilia, 28/XI/08.

SUB-ESTANDAR FITOSANITARIO MERCOSUR

SECCION III - MEDIDAS FITOSANITARIAS

3.7.49. Requisitos Fitosanitarios para Citrullus lanatus (sandía) según País de Destino y Origen, para los Estados Partes

2008

I- INTRODUCCION

1.- AMBITO

Este Sub-estándar presenta los requisitos fitosanitarios, armonizados, aplicados por las ONPFs de los Estados Partes en el intercambio regional, para Citrullus lanatus (sandía)

2.- REFERENCIAS

- Estándar 3.7 Requisitos Fitosanitarios Armonizados por Categoría de Riesgo para el Ingreso de Productos Vegetales, 2a Rev. Octubre 2002, aprobado por Resolución GMC Nš 52/02.

- Listado Regional de Plagas Cuarentenarias. COSAVE, 2006.

- Listados Nacionales de Plagas Cuarentenarias de los Estados Partes, 2008.

3.- DESCRIPCION

Este Sub-estándar presenta los requisitos fitosanitarios armonizados utilizados por las ONPFs de los Estados Partes en el intercambio regional, para Citrullus lanatus (sandía), en sus diferentes presentaciones y organizados por país de destino y origen.

II. 49. A. PAIS DE DESTINO:

ARGENTINA

REQUISITOS FITOSANITARIOS PARA Citrullus lanatus