MINISTERIO DEL INTERIOR

Resolución Nº 789/2009

Bs. As., 13/7/2009

VISTO el Expediente Nº S02:0008653/2007 con su agregado Nº 0018613/2007, ambos del registro de este Ministerio, la Resolución Ministerial Nº 390 del 17 de abril de 2009 y su ANEXO I, y

CONSIDERANDO:

Que la citada Resolución dio por integrada la COMISION NACIONAL PARA LOS REFUGIADOS (CO.NA.RE.), creada por la Ley Nº 26.165 en jurisdicción de este Ministerio.

Que se ha cometido un error material en el Anexo I de aquel acto administrativo, por cuando se mencionó a DOS (2) de las Comisionadas designadas como pertenecientes a organismos intercambiados.

Que el artículo 101 del Reglamento de la Ley de Procedimientos Administrativos, aprobado por el Decreto Nº 1759/72 (T.O.1991), autoriza la rectificación de errores materiales en cualquier momento, siempre que la enmienda no altere lo sustancial del acto o decisión.

Que la DIRECCION GENERAL DE ASUNTOS JURIDICOS de este Ministerio ha tomado la intervención que le compete.

Que la presente medida se dicta en uso de las atribuciones conferidas por el artículo 101 del Reglamento de la Ley de Procedimientos Administrativos aprobado por Decreto Nº 1759/72 (T.O. 1991).

Por ello,

EL MINISTRO DEL INTERIOR

RESUELVE:

ARTICULO 1º — Rectifícase el ANEXO I de la Resolución Nº 390 del 17 de abril de 2009, debiendo considerarse a la Lic. Violeta Adela CORREA como representante del INSTITUTO NACIONAL CONTRA LA DISCRIMINACION, LA XENOFOBIA Y EL RACISMO, y a la Lic. María Susana GUASTI como representante del MINISTERIO DE DESARROLLO SOCIAL.

ARTICULO 2º — Comuníquese, publíquese, dése a la DIRECCION NACIONAL DEL REGISTRO OFICIAL y archívese. — C.P.N. FLORENCIO RANDAZZO, Ministro del Interior.

e. 16/07/2009 Nº 59023/09 v. 16/07/2009