Subsecretaría de la Pequeña y Mediana Empresa y Desarrollo Regional

MICRO, PEQUEÑAS Y MEDIANAS EMPRESAS

Disposición 249/2009

Emisión de órdenes de pago en concepto de bonificación a los créditos otorgados por la utilización de cupos colocados con vencimiento en los meses de julio de 2008 y abril de 2009.

Bs. As., 15/7/2009

VISTO el Expediente Nº S01:0246015/2009 del Registro del MINISTERIO DE PRODUCCION, y

CONSIDERANDO:

Que la SUBSECRETARIA DE LA PEQUEÑA Y MEDIANA EMPRESA Y DESARROLLO REGIONAL de la SECRETARIA DE INDUSTRIA, COMERCIO Y DE LA PEQUEÑA Y MEDIANA EMPRESA del MINISTERIO DE PRODUCCION es la Autoridad de Aplicación de los Títulos I y II de la Ley Nº 24.467, modificada por la Ley Nº 25.300, en virtud de lo dispuesto por el Decreto Nº 2102 de fecha 4 de diciembre de 2008.

Que el Decreto Nº 159/05 de fecha 24 de febrero de 2005 aprobó el Reglamento del Régimen de Bonificación de Tasas.

Que el Artículo 11 del Anexo al Decreto Nº 159/05, permite el acceso a los beneficios del Régimen de Bonificación de Tasas, mediante la participación y eventual adjudicación resultante de un Llamado a Licitación o mediante la celebración de un Convenio con la Autoridad de Aplicación en caso que ésta lo estime conveniente y siempre que se aseguren las mejores condiciones a las Micro, Pequeñas y Medianas Empresas, estableciéndose en cada caso los cupos, bases y condiciones que regularán los financiamientos a otorgar.

Que la Autoridad de Aplicación ha suscripto convenios con el objeto de bonificar la tasa de interés de créditos por hasta la suma de PESOS CINCUENTA MILLONES ($ 50.000.000.-) con la firma NACION FIDEICOMISOS S.A., en su calidad de Fiduciario del FONDO NACIONAL PARA LA CREACION Y CONSOLIDACION DE MICROEMPRENDIMIENTOS (FOMICRO) aprobado por la Disposición Nº 388 de fecha 23 de septiembre de 2004, modificado por las Disposiciones Nros. 129 de fecha 7 de abril de 2005 y 322 de fecha 26 de septiembre de 2005, todas ellas de la SUBSECRETARIA DE LA PEQUEÑA Y MEDIANA EMPRESA Y DESARROLLO REGIONAL de la SECRETARIA DE INDUSTRIA, COMERCIO Y DE LA PEQUEÑA Y MEDIANA EMPRESA del ex MINISTERIO DE ECONOMIA Y PRODUCCION; PESOS QUINCE MILLONES ($ 15.000.000.-) con la Provincia del CHACO y el NUEVO BANCO DEL CHACO S.A. aprobado por Disposición Nº 63 de fecha 20 de marzo de 2007 de la SUBSECRETARIA DE LA PEQUEÑA Y MEDIANA EMPRESA Y DESARROLLOREGIONAL de la SECRETARIA DE INDUSTRIA, COMERCIO Y DE LA PEQUEÑA Y MEDIANA EMPRESA del ex MINISTERIO DE ECONOMIA Y PRODUCCION; PESOS DIEZ MILLONES ($ 10.000.000.-) con la Provincia del CHUBUT y el BANCO DE LA NACION ARGENTINA, entidad autárquica en el ámbito del ex MINISTERIO DE ECONOMIA Y PRODUCCION aprobado mediante la Disposición Nº 189 de fecha 7 de diciembre de 2006 de la SUBSECRETARIA DE LA PEQUEÑA Y MEDIANA EMPRESA Y DESARROLLO REGIONAL de Ia SECRETARIA DE INDUSTRIA, COMERCIO Y DE LA PEQUEÑA Y MEDIANA EMPRESA del ex MINISTERIO DE ECONOMIA Y PRODUCCION; PESOS TREINTA MILLONES ($ 30.000.000.-) con la Provincia de SANTA FE, aprobado mediante la Disposición Nº 267 de fecha 11 de julio de 2007 de la mencionada Subsecretaría y PESOS TREINTA Y CINCO MILLONES ($ 35.000.000.-) con el FONDO PARA LA TRANSFORMACION Y EL CRECIMIENTO DE MENDOZA, aprobado mediante la Disposición Nº 162 de fecha 13 de mayo de 2005 de dicha Subsecretaría.

Que la Dirección de Legales del Area de Industria, Comercio y de la Pequeña y Mediana Empresa dependiente de la Dirección General de Asuntos Jurídicos del MINISTERIO DE ECONOMIA Y FINANZAS PUBLICAS, ha tomado la intervención que le compete.

Que la SUBSECRETARIA DE LA PEQUEÑA Y MEDIANA EMPRESA Y DESARROLLO REGIONAL es competente para el dictado de la presente medida, en virtud de lo dispuesto por la Ley Nº 24.467, el Artículo 55 de la Ley Nº 25.300 y el Decreto Nº 2102/08.

Por ello,

EL SUBSECRETARIO DE LA PEQUEÑA Y MEDIANA EMPRESA Y DESARROLLO REGIONAL

DISPONE:

Artículo 1º — Emítese la orden de pago por un total de PESOS DOS MILLONES CIENTO VEINTIOCHO MIL CIENTO CUARENTA Y UNO CON VEINTINUEVE CENTAVOS ($ 2.128.141,29.-) en concepto de pago de bonificación a los créditos otorgados por la utilización de los cupos colocados de las operaciones con vencimiento en el período comprendido entre los meses de julio de 2008 y abril de 2009, cuyo beneficiario es el BANCO CENTRAL DE LA REPUBLICA ARGENTINA, debiendo éste realizar las acreditaciones en las cuentas corrientes de los distintos bancos operadores de las líneas de financiamiento del Régimen de Bonificación de Tasas, según Anexo I, que con UNA (1) hoja, forma parte integrante de la presente medida.

Art. 2º — Apruébanse los Anexos I y II que, con UNA (1) hoja cada uno, forman parte integrante de la presente medida.

Art. 3º — El monto a acreditarse en el BANCO DE LA NACION ARGENTINA, entidad autárquica en el ámbito del MINISTERIO DE ECONOMIA Y FINANZAS PUBLICAS, corresponde al detalle que surge del Anexo II, que con UNA (1) hoja, forma parte integrante de la presente medida.

Art. 4º — El gasto que demande el cumplimiento de la presente medida será imputado a la Jurisdicción 91 – OBLIGACIONES A CARGO DEL TESORO, Programa 94, Actividad 1, Inciso 5, Partida Principal 1, Parcial 9, Subparcial 2020 y Fuente de Financiamiento 11.

Art. 5º — Comuníquese, publíquese, dése a la Dirección Nacional del Registro Oficial y archívese. — Horacio G. Roura.

ANEXO I

CONVENIOS

ENTIDAD FINANCIERA

TOTALES

BANCO DE LA NACION ARGENTINA

$ 1.138.519,92.-

NUEVO BANCO DEL CHACO S.A.

$ 185.457,33.-

BANCO CREDICOOP COOP. LTDO.

$ 343.208,52.-

BANCO DE INVERION COMERCIO EXTERIOR

$ 110.177,84.-

NUEVO BANCO DE SANTA FE S.A.

$ 350.777,68.-

TOTAL

$ 2.128.141,29.-

ANEXO II

APERTURA BANCO DE LA NACION ARGENTINA

CONVENIOS

TOTALES

FOMICRO

$ 817.958,37.-

FONDO PARA LA TRANSFORMACION Y EL CRECIMIENTO DE MENDOZA

$ 275.700,44.-

BANCO DE LA NACION ARGENTINA (por la Provincia del CHUBUT)

$ 44.861,11.-

TOTAL

$ 1.138.519,92.-