ENTE PROVINCIAL REGULADOR DE LA ELECTRICIDAD

SAN JUAN

Resolución Nº 439/2009

San Juan, 6/7/2009

VISTO:

El Expediente N° 550.1100/09 del registro del Ente Provincial Regulador de la Electricidad (E.P.R.E.), La Ley Provincial N° 7638 y sus modificatorias, el Decreto del Estado Provincial N° 1159/06, la Ley Provincial N° 6668/95 Marco Regulador de la Actividad Eléctrica Provincial, y su Decreto Reglamentario N° 387/96; y

CONSIDERANDO:

Que la Ley N° 7638 crea en la Provincia de San Juan el "Fondo del Plan de Infraestructura Eléctrica Provincial para el Desarrollo Socioeconómico y Productivo (Fondo PIEDE)";

Que el fondo creado en la mencionada Ley está destinado a la financiación de obras eléctricas para el incremento de la Seguridad y Calidad del abastecimiento de Energía Eléctrica en el territorio de la Provincia de San Juan, mediante la integración de las localidades aisladas al Sistema Interconectado Provincial y el fortalecimiento de puntos vulnerables de la red de servicio público de distribución de electricidad en zonas de especial relevancia productiva y social, según la caracterización realizada por el E.P.R.E.;

Que la Ley Provincial N° 7638, encomienda al E.P.R.E. efectuar todas las acciones para garantizar la oportuna concurrencia de todos los instrumentos necesarios para la eficaz concreción de las obras calificadas como financiables con recursos del Fondo creado;

Que la Ley también establece que al efecto del cumplimiento con lo mencionado en el considerando anterior, los montos recaudados en el Fondo PIEDE podrán ser integrados a otros recursos de Fondos Nacionales o Federales creados o a crearse, destinados a la realización de obras de infraestructura eléctrica, suscribiendo, según corresponda, el E.P.R.E. y/o el Poder Ejecutivo los respectivos acuerdos o convenios necesarios para facilitar la participación de los fondos necesarios para la financiación conjunta de obras.

Que el artículo 3° del Decreto Provincial N° 1159/06, faculta al Presidente del E.P.R.E. a actuar como representante del Gobierno de la Provincia ante el "Contrato de Fideicomiso de Administración y Financiero "FONDO PIEDE" y ante las Organismos que intervengan en la concreción de las obras PIEDE, conforme a lo acordado en el respectivo Contrato de Fideicomiso que se ratifica por el artículo 1° del mismo decreto;

Que las Obras de INTERCONEXION ELECTRICA DEL DEPARTAMENTO CALINGASTA, forman parte de las Obras a financiar con el Fondo PIEDE, estando este E.P.R.E. abocado a la gestión de las mismas;

Que así mismo, la Provincia de San Juan ha suscripto Convenios con Empresas Privadas y con el Estado Nacional, a fin de contar con los recursos necesarios para la oportuna concreción de las Obras de INTERCONEXION ELECTRICA DEL DEPARTAMENTO CALINGASTA;

Que a los fines de dar cumplimiento a lo especificado en la Normativa Legal Vigente, corresponde realizar el llamado a Convocatoria Abierta a Interesados en participar como INICIADORES de las Obras de INTERCONEXION ELECTRICA DEL DEPARTAMENTO CALINGASTA;

Que por lo tanto corresponde aprobar el Pliego de Bases y Condiciones para el llamado a Convocatoria Abierta de Interesados en participar en la realización de las Obras de INTERCONEXION ELECTRICA DEL DEPARTAMENTO CALINGASTA, efectuado por El Presidente del Ente Provincial Regulador de la Electricidad de San Juan (E.P.R.E.), en carácter de representante del Gobierno de la Provincia de San Juan ante el FIDEICOMISO FONDO PIEDE, de acuerdo con lo dispuesto en el Decreto Provincial N° 1159/06;

Que el contenido del mismo se encuadra dentro de los lineamientos establecidos por la regulación vigente, y se ajusta a los Acuerdos Celebrados por la Provincia de San Juan con la Jurisdicción Nacional y con la Empresa accionista del Emprendimiento CASPOSO;

Que se debe realizar la divulgación y publicaciones pertinentes de la Convocatoria Abierta a fin de facilitar su conocimiento a los posibles interesados en participar como Iniciadores de las Obras;

Que el Directorio del ENTE PROVINCIAL REGULADOR DE LA ELECTRICIDAD se encuentra facultado para emitir la presente Resolución, en virtud de lo establecido en el Artículo 53° inciso a), b), r) y Artículo 60° incisos a) y h) de la Ley 6668;

Que ha tomado intervención Auditoría Regulatoria, Revisiones Tarifarias y Control Subsidios, Area Legal y Asesoramiento Jurídico, Area Económico Financiera y Gestión Administrativa y la Gerencia General del E.P.R.E.;

Por ello:

EL DIRECTORIO DEL ENTE PROVINCIAL REGULADOR DE LA ELECTRICIDAD

RESUELVE:

ARTICULO 1° — Aprobar el Pliego de Bases y Condiciones para el llamado a Convocatoria Abierta, mediante el cual el Presidente del Ente Provincial Regulador de la Electricidad en carácter de Representante Legal del Gobierno de la Provincia de San Juan ante el Fideicomiso de Administración y Financiero "Fondo PIEDE", convoca a Interesados en participar como iniciadores en la realización de las OBRAS DE INTERCONEXION ELECTRICA DEL DEPARTAMENTO CALINGASTA. El Pliego de Bases y Condiciones se adjunta a la Presente Resolución y como ANEXO forma parte de la misma.

ARTICULO 2° — Publicar la Convocatoria Abierta referida en el ARTICULO 1° de la presente Resolución por un (1) día en los diarios impresos de la Provincia y en un Diario de tirada Nacional. En la publicación deberá constar:

a) El objeto de la Convocatoria Abierta.

b) Descripción sintética de las Obras a realizar.

c) Lugar y Fecha para la adquisición de los Pliegos de Bases y Condiciones.

d) Lugar y Fecha de apertura de las propuestas presentadas por los interesados.

ARTICULO 3° — Téngase por Resolución del Directorio del ENTE PROVINCIAL REGULADOR DE LA ELECTRICIDAD, publíquese en el Boletín Oficial de la Provincia y en el Boletín Oficial de la Nación, comuníquese a quien corresponda, fecho. ARCHIVESE. —— Dr. Ing. JORGE RIVERA PRUDENCIO, Presidente, Ente Provincial Regulador de la Electricidad. — Ing. OSCAR ANTONIO TRAD, Vicepresidente, Ente Provincial Regulador de la Electricidad. — Dra. ISABEL ROMERO, Vocal, Ente Provincial Regulador de la Electricidad.

Resolucion EPRE N° 439/2009

ADJUNTO

VISTO:

El Expediente N° 550.1100/09 del registro del Ente Provincial Regulador de la Electricidad (E.P.R.E.), La Ley Provincial N° 7638 y sus modificatorias, el Decreto del Estado Provincial N° 1159/06, la Ley Provincial N° 6668/95 Marco Regulador de la Actividad Eléctrica Provincial, y su Decreto Reglamentario N° 387/96; y

CONSIDERANDO:

Por ello:

EL DIRECTORIO DEL ENTE PROVINCIAL REGULADOR DE LA ELECTRICIDAD

RESUELVE:

ARTICULO 1° — Aprobar el Pliego de Bases y Condiciones para el llamado a Convocatoria Abierta, mediante el cual el Presidente del Ente Provincial Regulador de la Electricidad en carácter de Representante Legal del Gobierno de la Provincia de San Juan ante el Fideicomiso de Administración y Financiero "Fondo PIEDE", convoca a Interesados en participar como iniciadores en la realización de las OBRAS DE INTERCONEXION ELECTRICA DEL DEPARTAMENTO CALINGASTA. El Pliego de Bases y Condiciones se adjunta a la Presente Resolución y como ANEXO forma parte de la misma.

ARTICULO 2° — Publicar la Convocatoria Abierta referida en el ARTICULO 1° de la presente Resolución por un (1) día en los diarios impresos de la Provincia y en un Diario de tirada Nacional. En la publicación deberá constar:

a) El objeto de la Convocatoria Abierta.

b) Descripción sintética de las Obras a realizar.

c) Lugar y Fecha para la adquisición de los Pliegos de Bases y Condiciones.

d) Lugar y Fecha de apertura de las propuestas presentadas por los interesados.

ARTICULO 3° — Téngase por Resolución del Directorio del ENTE PROVINCIAL REGULADOR DE LA ELECTRICIDAD, publíquese en el Boletín Oficial de la Provincia y en el Boletín Oficial de la Nación, comuníquese a quien corresponda, fecho. ARCHIVESE. — Dr. Ing. JORGE RIVERA PRUDENCIO, Presidente, Ente Provincial Regulador de la Electricidad. — Ing. OSCAR ANTONIO TRAD, Vicepresidente, Ente Provincial Regulador de la Electricidad.

e. 24/07/2009 Nº 60667/09 v. 24/07/2009