MINISTERIO DE TRABAJO, EMPLEO Y SEGURIDAD SOCIAL

SECRETARIA DE TRABAJO

Resolución Nº 180/2009

Registro Nº 143/2009

Bs. As., 9/2/2009

VISTO el Expediente Nº 1.282.854/08 del Registro del MINISTERIO DE TRABAJO, EMPLEO Y SEGURIDAD SOCIAL, la Ley Nº 14.250 (t.o. 2004), la Ley Nº 20.744 (t.o. 1976) y sus modificatorias y la Ley Nº 25.877, y

CONSIDERANDO:

Que en el Expediente Nº 1.282.854/08 se dictó la Resolución de la SECRETARIA DE TRABAJO Nº 68 de fecha 15 de enero de 2009, cuya copia fiel obra agregada a fojas 123/127, por la que se declararon homologados los Acuerdos obrantes a fojas 65/72, 73, 74/75, 86/87, 91/97, 98/106, 108/109, 110/111 y 114/116, celebrados entre la ASOCIACION BANCARIA con distintas entidades empresarias.

Que se ha advertido un error material en la numeración de los artículos de la Resolución de la SECRETARIA DE TRABAJO Nº 68 de fecha 15 de enero de 2008.

Que en consecuencia, en donde dice ARTICULO 3º debe decir ARTICULO 2º, en donde dice ARTICULO 4º debe decir ARTICULO 3º, en donde dice ARTICULO 5º debe decir ARTICULO 4º, en donde dice ARTICULO 6º debe decir ARTICULO 5º y en donde dice ARTICULO 7º debe decir ARTICULO 6º.

Que asimismo, en el considerando 8º y en el Artículo 1º de la mencionada Resolución, se ha advertido un error material en la indicación de las fojas en donde obra agregado el Acuerdo suscripto entre la ASOCIACION BANCARIA con el BANCO CENTRAL DE LA REPUBLICA ARGENTINA.

Que en consecuencia, en donde dice fojas 114/115 debe decir fojas 114/116.

Que con el fin de subsanar los precitados errores involuntarios y a fin de evitar futuras confusiones corresponde proceder a emitir el pertinente acto administrativo, adecuando el texto oportunamente homologado a las rectificaciones mencionadas.

Que a los fines expuestos se pone de relieve que la enmiende a efectuarse no altera en lo sustancial el acto administrativo oportunamente dictado, el que resulta plenamente válido.

Que el presente acto administrativo se dicta en orden a lo preceptuado en el artículo 101 del Reglamento de Procedimientos Administrativos, Decreto 1759/72 (t.o. 1991).

Que las facultades de la suscripta para resolver en las presentes actuaciones, surgen de las atribuciones otorgadas por el Decreto 900/95.

Por ello,

LA SECRETARIA DE TRABAJO

RESUELVE:

ARTICULO 1º — Rectifíquense los Artículos 3º, 4º, 5º, 6º y 7º de la Resolución de la SECRETARIA DE TRABAJO Nº 68 de fecha 15 de enero de 2009, cuya copia fiel obra agregada a fojas 123/127, de manera que donde dice ARTICULO 3º debe decir ARTICULO 2º, donde dice ARTICULO 4º debe decir ARTICULO 3º, donde dice ARTICULO 5º debe decir ARTICULO 4º, en donde dice ARTICULO 6º debe decir ARTICULO 5º y donde dice ARTICULO 7º debe decir ARTICULO 6º.

ARTICULO 2º — Rectifíquense el considerando 8º y el ARTICULO 1º de la Resolución de la SECRETARIA DE TRABAJO Nº 68 de fecha 15 de enero de 2009 cuya copia fiel obra agregada a fojas 123/127, de manera que donde dice fojas 114/115 debe decir 114/116.

ARTICULO 3º — Regístrese la presente Resolución en el Departamento Despacho de la Dirección de Despacho, Mesa de Entradas y Archivo dependiente de la SUBSECRETARIA DE COORDINACION. Cumplido, pase a la Dirección Nacional de Relaciones del Trabajo a fin de que la División Normas Laborales y Registro General de Convenciones Colectivas y Laudos registre el presente acto administrativo conjuntamente con la Resolución de la SECRETARIA DE TRABAJO Nº 68 de fecha 15 de enero de 2009.

ARTICULO 4º — Remítase copia debidamente autenticada al Departamento Biblioteca para su difusión.

ARTICULO 5º — Gírese al Departamento de Relaciones Laborales Nº 3 para la notificación a las partes signatarias, posteriormente procédase a la guarda del presente legajo. — Dra. NOEMI RIAL, Secretaria de Trabajo.

Expediente Nº 1.282.854/08

Buenos Aires, 12/2/2009

De conformidad con lo ordenado en la Resolución ST Nº 180/09, se ha tomado razón de la rectificación de la Resolución ST Nº 68/09, quedando registrado con el número 143/09. — VALERIA A. VALETTI, Registro, Convenios Colectivos de Trabajo, Dto. Coordinación - D.N.R.T.