MINISTERIO DE ECONOMIA Y FINANZAS PUBLICAS

Resolución 106/2009

Créase la Unidad de Coordinación de Programas y Proyectos con Enfoque Sectorial Amplio.

Bs. As., 13/8/2009

VISTO el Expediente Nº S01:0248090/2009 del Registro del MINISTERIO DE ECONOMIA Y FINANZAS PUBLICAS, los Decretos Nros. 2013 de fecha 25 de noviembre de 2008 y 686 de fecha 9 de junio de 2009 y 834 de fecha 2 de julio de 2009, y

CONSIDERANDO:

Que por el Artículo 4º del Decreto Nº 2013 de fecha 25 de noviembre de 2008 se encuentra a cargo del MINISTERIO DE ECONOMIA Y FINANZAS PUBLICAS la coordinación general y supervisión de Programas y Proyectos con Préstamos Sectoriales Amplios.

Que conforme el Modelo de Contrato de Préstamo propuesto para ser suscripto entre la REPUBLICA ARGENTINA y el BANCO INTERNACIONAL DE RECONSTRUCCION Y FOMENTO (BIRF) aprobado por el Decreto Nº 686 de fecha 9 de junio de 2009, destinado al financiamiento del "Proyecto de Protección Básica", se contempla la operación y mantenimiento de UNA (1) Unidad de Coordinación dentro de la Dirección Nacional de Proyectos con Organismos Internacionales de Crédito dependiente de la SECRETARIA DE POLITICA ECONOMICA del MINISTERIO DE ECONOMIA Y FINANZAS PUBLICAS.

Que, a tales efectos, el Contrato de Préstamo BIRF Nº 7703-AR cuyo modelo fue aprobado por el decreto citado en el considerando precedente, suscripto con fecha 10 de junio de 2009, establece la necesidad de que la Unidad de Coordinación cuente con capacidad suficiente y personal con la calificación y experiencia necesarias para llevar a cabo el "Proyecto de Protección Básica".

Que por otra parte, el Decreto Nº 834 de fecha 2 de julio de 2009 aprobó el Modelo de Contrato de Préstamo destinado a financiar el "Programa de Apoyo al Sistema de Protección e Inclusión Social de Argentina - Fase I", suscripto entre la REPUBLICA ARGENTINA y el BANCO INTERAMERICANO DE DESARROLLO (BID) con fecha 31 de julio de 2009.

Que en sentido concordante, el contrato mencionado establece que la Coordinación General del programa estará a cargo del MINISTERIO DE ECONOMIA Y FINANZAS PUBLICAS a través de la SECRETARIA DE POLITICA ECONOMICA, quien actuará por intermedio de la Unidad de Coordinación de Programas y Proyectos con Préstamos Sectoriales Amplios que funciona en la Dirección Nacional de Proyectos con Organismos Internacionales de Crédito.

Que en función de lo hasta aquí expresado resulta necesario crear la mencionada Unidad de Coordinación, la cual actuará dentro de la Dirección Nacional de Proyectos con Organismos Internacionales de Crédito dependiente de la SECRETARIA DE POLITICA ECONOMICA, y tendrá a su cargo la coordinación y ejecución de los programas y proyectos con enfoque sectorial amplio, y, otros que serán asignados en el acto aprobatorio de los respectivos programas.

Que la Dirección General de Asuntos Jurídicos del MINISTERIO DE ECONOMIA Y FINANZAS PUBLICAS ha tornado la intervención que le compete.

Que la presente resolución se dicta en virtud de las facultades conferidas por los Artículos 4º del Decreto Nº 2013 de fecha 25 de noviembre de 2008, 4º del Decreto Nº 686 de fecha 9 de junio de 2009 y 4º del Decreto Nº 834 de fecha 2 de julio de 2009.

Por ello,

EL MINISTRO DE ECONOMIA Y FINANZAS PUBLICAS

RESUELVE:

Artículo 1º — Créase la "Unidad de Coordinación de Programas y Proyectos con Enfoque Sectorial Amplio", la cual funcionará en la Dirección Nacional de Proyectos con Organismos Internacionales de Crédito dependiente de la SECRETARIA DE POLITICA ECONOMICA del MINISTERIO DE ECONOMIA Y FINANZAS PUBLICAS. Esta Unidad tendrá a su cargo la coordinación y ejecución del "Proyecto de Protección Básica" así como también de otros programas y proyectos con enfoque sectorial amplio y otros que serán asignados en el acto aprobatorio de los respectivos programas.

Art. 2º — La Unidad de Coordinación a la que se refiere en el Artículo 1º de la presente resolución, tendrá las funciones y responsabilidades que se establezcan en los respectivos proyectos.

Art. 3º — Asígnase al Director Nacional de Proyectos con Organismos Internacionales de Crédito dependiente de la SECRETARIA DE POLITICA ECONOMICA las funciones de Coordinador General de la "Unidad de Coordinación de Programas y Proyectos con Préstamos Sectoriales Amplios" creada mediante el Artículo 1º de la presente resolución.

Art. 4º — El Coordinador General será responsable del funcionamiento y de la adecuada gestión de la aludida Unidad. A esos efectos, el señor Secretario de Política Económica le asignará sus funciones, y dispondrá lo necesario a fin de garantizar el adecuado y eficiente desenvolvimiento de los proyectos a ser ejecutados.

Art. 5º — Comuníquese, publíquese, dése a la Dirección Nacional del Registro Oficial y archívese. — Amado Boudou.