AUTORIDAD REGULATORIA NUCLEAR

Resolución 142/2009

Apruébase el proyecto de presupuesto general de gastos y la estimación de recursos para el ejercicio 2010.

Bs. As., 20/8/2009

VISTO la Ley Nacional de la Actividad Nuclear Nº 24.804, las instrucciones impartidas por el MINISTERIO DE ECONOMIA Y FINANZAS PUBLICAS en relación al proyecto de Presupuesto General de la Administración Nacional para el ejercicio 2010, y

CONSIDERANDO:

Que el Artículo 24 de la Ley mencionada en el VISTO establece que la AUTORIDAD REGULATORIA NUCLEAR confeccionará anualmente un proyecto de presupuesto general de gastos que será publicado y del cual se le dará vista a los sujetos obligados al pago de tasa regulatoria prevista en el Artículo 26 de esa Ley, quienes podrán formular objeciones fundadas dentro del plazo de TREINTA (30) días hábiles de tal publicación.

Que los niveles presupuestarios informados por la SUBSECRETARIA DE COORDINACION de la SECRETARIA GENERAL de ja PRESIDENCIA DE LA NACION, en relación a la elaboración del Proyecto de Ley de Presupuesto para el ejercicio 2010, asignados a esta AUTORIDAD REGULATORIA NUCLEAR por la SECRETARIA DE HACIENDA del MINISTERIO DE ECONOMIA Y FINANZAS PUBLICAS, fueron distribuidos a nivel de inciso respetando la fuente de financiamiento, en la forma más adecuada para mantener la capacidad operativa de esta AUTORIDAD REGULATORIA NUCLEAR.

Que también el Artículo 26 de la referida Ley, fija que los licenciatarios de una autorización o permiso, o personas jurídicas cuyas actividades están sujetas a la fiscalización de la AUTORIDAD REGULATORIA NUCLEAR, abonarán anualmente y por adelantado, una tasa regulatoria a ser aprobada a través del Presupuesto General de la Administración Nacional.

Que para dar cumplimiento a lo establecido en el Artículo 24 de la Ley citada anteriormente, se hace necesario aprobar y dar a conocer el proyecto de presupuesto general de gastos para el ejercicio 2010 de esta AUTORIDAD REGULATORIA NUCLEAR.

Que el Directorio consideró el referido proyecto de presupuesto general de gastos y el monto de la tasa regulatoria a proponer al PODER EJECUTIVO NACIONAL.

Por ello y de acuerdo a lo establecido en los Artículos 22 inciso d), 24 y 26 de la Ley Nº 24.804.

EL DIRECTORIO DE LA AUTORIDAD REGULATORIA NUCLEAR

RESOLVIO:

Artículo 1º — Aprobar el proyecto de presupuesto general de gastos y la estimación de recursos para el ejercicio 2010 de la AUTORIDAD REGULATORIA NUCLEAR, según el siguiente detalle:

Art. 2º — Fijar la distribución del proyecto de presupuesto general de gastos señalado en el Artículo 1º, por Actividades y Proyectos según detalles que como Anexo forma parte integrante de esta Resolución.

Art. 3º — Proponer al PODER EJECUTIVO NACIONAL, que el monto de la tasa regulatoria para el ejercicio 2010 sea de PESOS CINCUENTA Y UN MILLONES TRESCIENTOS CINCUENTA Y OCHO MIL ($ 51.358.000), que se integrarán de conformidad a lo establecido en los Artículos 4º), 5º) y 6º) de la presente Resolución.

Art. 4º — Establecer que la Empresa NUCLEOELECTRICA ARGENTINA SOCIEDAD ANONIMA (NASA) deberá abonar la suma de PESOS DIEZ MILLONES DOSCIENTOS MIL ($ 10.200.000), en concepto de tasa regulatoria para la Operación de las Centrales Nucleares Atucha I (CNA-I) y Embalse (CNE), cuyo cálculo surge de la aplicación del Artículo 26 de la Ley Nacional de la Actividad Nuclear Nº 24.804 y PESOS TREINTA MILLONES ($ 30.000.000), en concepto de tasa regulatoria para el Licenciamiento de Construcción de la Central Nuclear Atucha II (CNA-II).

Art. 5º — Establecer que la COMISION NACIONAL DE ENERGIA ATOMICA (CNEA) deberá abonar la suma de PESOS OCHO MILLONES CINCUENTA Y OCHO MIL ($ 8.058.000), en concepto de tasa regulatoria para el Licenciamiento de Construcción del Reactor CAREM.

Art. 6º — Establecer que los restantes licenciatarios y usuarios de material radiactivo deberán abonar la suma de PESOS TRES MILLONES CIEN MIL ($ 3.100.000), en concepto de tasa regulatoria operativa, considerando para su cálculo lo establecido en el Régimen de Tasas por Licenciamiento e Inspección.

Art. 7º — Proponer al PODER EJECUTIVO NACIONAL que el valor de la Hora Regulatoria que resulta de lo establecido en el Régimen de Tasas por Licenciamiento e Inspección vigente para el ejercicio 2010, sea igual a PESOS CIENTO SESENTA Y NUEVE POR HORA REGULATORIA ($ 169/Hora Regulatoria).

Art. 8º — Comuníquese lo actuado a la SECRETARIA GENERAL, a la UNIDAD DE PLANIFICACION Y PROSPECTIVA y a la GERENCIA DE ASUNTOS ADMINISTRATIVOS Y RECURSOS. Dése, en cumplimiento del Artículo 24 de la Ley Nº 24.804, a la DIRECCION NACIONAL DE REGISTRO OFICIAL para su publicación en el BOLETIN OFICIAL DE LA REPUBLICA ARGENTINA, publíquese en el BOLETIN de este Organismo y archívese en el REGISTRO CENTRAL. — Raúl O. Racana.

ANEXO A LA RESOLUCION DE DIRECTORIO Nº 142/09