MINISTERIO DE TRABAJO, EMPLEO Y SEGURIDAD SOCIAL

SECRETARIA DE TRABAJO

Resolución Nº 272/2009

Registro Nº 218/2009

Bs. As., 5/3/2009

VISTO el Expediente Nº 1.299.305/08 del registro del MINISTERIO DE TRABAJO, EMPLEO Y SEGURIDAD SOCIAL, la Ley Nº 14.250 (t.o. 2004), la Ley Nº 20.744 (t.o. 1976) y sus modificatorias y

CONSIDERANDO:

Que a foja 1 del Expediente de referencia, obra el Acuerdo celebrado entre el SINDICATO DE OBREROS MARITIMOS UNIDOS (S.O.M.U.), por la parte sindical, y "NATE" NAVEGACION Y TECNOLOGIA MARITIMA SOCIEDAD ANONIMA, por la parte empresarial, en el marco del Convenio Colectivo de Trabajo Nº 515/07, conforme a lo establecido en la Ley Nº 14.250 (t.o. 2004).

Que a través del Acuerdo traído a estudio, las partes convienen incorporar un marinero más en todos sus buques y proveer un Cocinero a los efectos de desarrollar sus tareas en las bases de Caleta Córdoba y Caleta Olivia.

Que las partes celebrantes han ratificado el contenido y firmas insertas en el acuerdo traído a estudio, acreditado su personería y facultades para convencionar colectivamente con las constancias que obran en autos.

Que el ámbito de aplicación del presente texto convencional se circunscribe a la correspondencia entre la representatividad que ostenta el sector empresario firmante y la entidad sindical signataria, emergente de su personería gremial.

Que se advierte que las cláusulas pactadas no contienen aspectos que afecten a principios, derechos y garantías contenidos en el marco normativo, comúnmente denominado "orden público laboral" ni de otras normas dictadas en protección del interés general.

Que la Asesoría Técnico Legal de la Dirección Nacional de Relaciones del Trabajo de este Ministerio, ha tomado la intervención que le compete.

Que asimismo se acreditan los recaudos formales establecidos por la Ley Nº 14.250 (t.o. 2004).

Que en virtud de lo expuesto, correspondería dictar el acto administrativo de homologación de conformidad con los antecedentes mencionados.

Que las facultades de la suscripta para resolver en las presentes actuaciones, surgen de las atribuciones otorgadas por el Decreto Nº 900/95.

Por ello,

LA SECRETARIA DE TRABAJO

RESUELVE:

ARTICULO 1º — Declárese homologado el Acuerdo celebrado entre el SINDICATO DE OBREROS MARITIMOS UNIDOS (S.O.M.U.), por la parte sindical, y "NATE" NAVEGACION Y TECNOLOGIA MARITIMA SOCIEDAD ANONIMA, por la parte empresarial, que luce a foja 1 del Expediente de referencia, en el marco del Convenio Colectivo de Trabajo Nº 515/07, conforme a lo dispuesto en la Ley de Negociación Colectiva Nº 14.250 (t.o. 2004).

ARTICULO 2º — Regístrese la presente Resolución en el Departamento Despacho de la Dirección de Despacho, Mesa de Entradas y Archivos, dependiente de la SUBSECRETARIA DE COORDINACION. Cumplido, pase a la Dirección Nacional de Relaciones del Trabajo a fin de que la División Normas Laborales y Registro General de Convenciones Colectivas y Laudos registre el Acuerdo obrante a fojas 2/3 del Expediente Nº 1.299.305/08.

ARTICULO 3º — Remítase copia debidamente autenticada al Departamento Biblioteca para su difusión.

ARTICULO 4º — Gírese a la Dirección de Negociación Colectiva para la notificación a las partes signatarias y procédase a la guarda del presente legajo, conjuntamente con el Convenio Colectivo de Trabajo Nº 515/07.

ARTICULO 5º — Hágase saber que en el supuesto que este MINISTERIO DE TRABAJO, EMPLEO Y SEGURIDAD SOCIAL no efectúe la publicación de carácter gratuito del acuerdo homologado y de esta Resolución, las partes deberán proceder de Acuerdo a lo establecido en el Artículo 5 de la Ley Nº 14.250 (t.o. 2004).

ARTICULO 6º — Comuníquese, publíquese, dése a la Dirección Nacional del Registro Oficial y archívese. — Dra. NOEMI RIAL, Secretaria de Trabajo.

Expediente Nº 1.299.305/08

Buenos Aires, 9/3/2009

De conformidad con lo ordenado en la RESOLUCION Nº 272/09 se ha tomado razón del acuerdo obrante a fojas 1 del expediente de referencia, quedando registrado con el Nº 218/09. — VALERIA A. VALETTI, Registro, Convenios Colectivos de Trabajo, Dto. Coordinación - D.N.R.T.

Expediente Nº 1.299.305

En la Ciudad de Buenos, a los veintisiete días del mes de octubre del año dos mil ocho, siendo las 14.30 hs, comparecen ante el MINISTERIO DE TRABAJO, EMPLEO Y SEGURIDAD SOCIAL - DIRECCION NACIONAL DE RELACIONES DEL TRABAJO - ante el Señor Juan Carlos CRFILLA, Secretario de Relaciones Laborales del Departamento de Relaciones Laborales Nº 3, en representación de NATE S.A., lo hace el Sr. Francisco Andrés NADAL, asistido por el Dr. Silvio A. RUOCCO por una parte, y por la otra, en representación del SINDICATO DE OBREROS MARITIMOS UNIDOS (SOMU), lo hacen los Sres. Jorge A. VARGAS, Rigoberto SUAREZ y Victor Eduardo ECHAURIGUE, todos identidad y demás datos acreditados en esta Secretaría.

Declarado abierto el acto por el Funcionario Actuante, luego de un extenso cambio de opiniones procede a ceder el uso de la palabra a las partes quienes de común acuerdo MANIFIESTAN: 1º) A partir del 1º de noviembre de 2008, NATE S.A. incorporará un marinero más en todos sus buques; 2º) El resto de las tareas del personal representado por el SOMU, se seguirán desarrollando como hasta la actualidad; y 3º) NATE S.A., se compromete a proveer un Cocinero (del gremio que corresponda) a los efectos de desarrollar sus tareas en las bases de Caleta Córdova y Caleta Olivia, para que cocine y limpie las caletas; quien dejará preparada la comida para el turno del personal de SOMU, que habitualmente cena en las Caletas.

En este estado el Funcionario Actuante, atento lo expuesto por Ias partes resuelve previo su caratulación elevar las actuaciones al señor Director Nacional para su simple registración y aprobación en cuanto a lugar por derecho corresponda.

Siendo las 15.00 horas, se da por finalizado el acto firmando los comparecientes de conformidad previa lectura y ratificación ante mí funcionario actuante que CERTIFICO.