COMISION ARBITRAL CONVENIO MULTILATERAL DEL 18.8.77

Resolución General 6/2009

Extiéndese el Sistema de Transferencia Electrónica de Fondos - Pago Electrónico a las entidades bancarias integrantes de las redes Banelco e Interbanking.

Bs. As., 26/8/2009

VISTO: La Resolución General Nº 5/2009 aprobatoria del Sistema de Transferencia Electrónica de Fondos —Pago Electrónico— para los contribuyentes del Impuesto sobre los Ingresos Brutos comprendidos en el régimen del Convenio Multilateral, y

CONSIDERANDO:

Que, en una primera etapa el servicio ha sido puesto en vigencia exclusivamente para las entidades financieras integrantes de la red Link;

Que, habiéndose completado la suscripción de los Convenios con los Bancos integrantes de las redes Banelco e Interbanking, es procedente incorporarlas al sistema.

Por ello,

LA COMISION ARBITRAL

(Convenio Multilateral del 18.8.77)

RESUELVE:

Artículo 1º — Extender el Sistema de Transferencia Electrónica de Fondos —Pago Electrónico— aprobado por la Resolución General Nº 5/2009 a las entidades bancarias integrantes de las redes Banelco S.A. e Interbanking S.A.

Art. 2º — Sustituir el inciso 2) del ANEXO I de la Resolución General Nº 5/2009 por el siguiente:

"2) Luego de generar el Volante Electrónico de Pago con cualquiera de las 2 modalidades se deberá seleccionar la red (Link, Banelco o Interbanking) para poder cancelarlo. El VEP tendrá una vigencia de 25 días, luego de lo cual caducará automáticamente."

Art. 3º — Las disposiciones de la presente tendrán vigencia a partir del día 1º de septiembre de 2009.

Art. 4º — Publíquese por un (1) día en el Boletín Oficial de la Nación, comuníquese a los Fiscos adheridos y archívese. — Mario A. Salinardi. — Alicia Cozzarin de Evangelista.