COMISION ARBITRAL CONVENIO MULTILATERAL DEL 18.8.77
Resolución General 6/2009
Extiéndese el Sistema de Transferencia Electrónica de Fondos - Pago Electrónico a las entidades bancarias integrantes de las redes Banelco e Interbanking.
Bs. As., 26/8/2009
VISTO: La Resolución General Nº 5/2009 aprobatoria del Sistema de Transferencia Electrónica de Fondos —Pago Electrónico— para los contribuyentes del Impuesto sobre los Ingresos Brutos comprendidos en el régimen del Convenio Multilateral, y
CONSIDERANDO:
Que, en una primera etapa el servicio ha sido puesto en vigencia exclusivamente para las entidades financieras integrantes de la red Link;
Que, habiéndose completado la suscripción de los Convenios con los Bancos integrantes de las redes Banelco e Interbanking, es procedente incorporarlas al sistema.
Por ello,
LA COMISION ARBITRAL
(Convenio Multilateral del 18.8.77)
RESUELVE:
Artículo 1º — Extender el Sistema de Transferencia Electrónica de Fondos —Pago Electrónico— aprobado por la Resolución General Nº 5/2009 a las entidades bancarias integrantes de las redes Banelco S.A. e Interbanking S.A.
Art. 2º — Sustituir el inciso 2) del ANEXO I de la Resolución General Nº 5/2009 por el siguiente:
"2) Luego de generar el Volante Electrónico de Pago con cualquiera de las 2 modalidades se deberá seleccionar la red (Link, Banelco o Interbanking) para poder cancelarlo. El VEP tendrá una vigencia de 25 días, luego de lo cual caducará automáticamente."
Art. 3º — Las disposiciones de la presente tendrán vigencia a partir del día 1º de septiembre de 2009.
Art. 4º — Publíquese por un (1) día en el Boletín Oficial de la Nación, comuníquese a los Fiscos adheridos y archívese. — Mario A. Salinardi. — Alicia Cozzarin de Evangelista.