Ministerio de Justicia, Seguridad y Derechos Humanos

RECOMPENSAS

Resolución 398/2009

Ofrécese una recompensa destinada a aquellas personas que brinden datos útiles determinantes para la detención de Eduardo Salvador Ullua.

Bs. As., 9/9/2009

VISTO la Ley Nº 26.375, la Resolución MJSyDH Nº 1720 de fecha 27 de junio de 2008 y el Legajo Nº 31/09 de la Unidad Especial para Búsqueda de Personas Ordenada por la Justicia, y

CONSIDERANDO:

Que por ante el Juzgado Federal Criminal y Correccional Nº 1 de Mar del Plata, se instruye el Expediente Nº 1/9, caratulado "INCIDENTE DE BUSQUEDA".

Que en la citada causa interviene la Fiscalía Federal Nº 2 de Mar del Plata a cargo del Fiscal Dr. Adrián PERES.

Que la Ley Nº 26.375 de fecha 21 de mayo de 2008, crea el Fondo de Recompensas, en jurisdicción del MINISTERIO DE JUSTICIA, SEGURIDAD Y DERECHOS HUMANOS, destinado a abonar una compensación dineraria a aquellas personas que aporten elementos fehacientes, para dar con el paradero y posterior detención de personas buscadas por la justicia que registren orden judicial de captura o búsqueda de paradero, en causas penales en las que se investiguen delitos de lesa humanidad.

Que el Dr. Alejandro A. CASTELLANOS, Juez a cargo de la mencionada dependencia solicita se ofrezca una recompensa para quien pudiera aportar datos fehacientes para dar con el paradero de Eduardo Salvador ULLUA, sobre quien pesa pedido de captura nacional desde el 21 de mayo de 2009.

Que asimismo, el Decreto 1472 de fecha 15 de septiembre de 2008, otorga el financiamiento para el Fondo de Recompensas y para la Unidad Especial para la Búsqueda de Personas Ordenada por la Justicia.

Que ha tomado la intervención de su competencia tanto la Dirección General de Administración como Dirección General de Asuntos Jurídicos de este Ministerio.

Por ello,

EL MINISTRO DE JUSTICIA, SEGURIDAD Y DERECHOS HUMANOS

RESUELVE:

Artículo 1º — Ofrécese como recompensa, dentro de la República Argentina, la suma de PESOS CIEN MIL ($ 100.000), destinada a aquellas personas que brinden datos útiles que resultasen determinantes para la detención de Eduardo Salvador ULLUA, D.N.I. Nº 10.505.814.

(Nota Infoleg: por art. 1° de la Resolución N° 1268/2017 del Ministerio de Seguridad B.O. 04/12/2017, se restablece en su vigencia por el término de DOCE (12) meses, a partir del dictado de la norma de referencia. Por art. 2° de la misma norma, se establece que los ofrecimientos de recompensas, se realizarán cada uno por el monto de PESOS QUINIENTOS MIL ($500.000))

(Nota Infoleg: por art. 1° de la Resolución N° 160/2017 del Ministerio de Seguridad B.O. 11/5/2017 se restablece en su vigencia por el término de DOCE (12) meses, a partir del dictado de la norma de referencia, la recompensa ofrecida a través de la presente Resolución, por el monto y a partir de la fecha de vencimiento que se consigna en el siguiente ANEXO)

(Nota Infoleg: por art. 1° de la Resolución N° 1743/2015 del Ministerio de Justicia y Derechos Humanos B.O. 19/08/2015 se restablece en su vigencia por el término de DOCE (12) meses, a partir de la fecha del presente, la recompensa ofrecida a través de la presente Resolución)

(Nota Infoleg: por art. 1° de la Resolución N° 1259/2014 del Ministerio de Justicia y Derechos Humanos B.O. 8/8/2014 se restablece por el término de DOCE (12) meses a partir del dictado del acto de referencia, la recompensa ofrecida a través de la presente Resolución y se realizará por un monto de PESOS QUINIENTOS MIL ($ 500.000))

Art. 2º — Encomiéndese a la SECRETARIA DE MEDIOS DE LA NACION de la JEFATURA DE GABINETE DE MINISTROS la difusión de la presente en medios gráficos de circulación Nacional.

Art. 3º — Regístrese, comuníquese, publíquese en la Dirección Nacional del Registro Oficial y archívese. — Julio C. Alak.