MERCOSUR/CMC/DEC. Nº 46/08

ADHESION DE LA REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA AL ACUERDO SOBRE LA CREACION E IMPLEMENTACION DE UN SISTEMA DE ACREDITACION DE CARRERAS UNIVERSITARIAS PARA EL RECONOCIMIENTO REGIONAL DE LA CALIDAD ACADEMICA DE LAS RESPECTIVAS TITULACIONES EN EL MERCOSUR Y ESTADOS ASOCIADOS

VISTO: El Tratado de Asunción, el Protocolo de Ouro Preto, las Decisiones Nº 26/02, 18/04, 28/04, 42/04 y 17/08 del Consejo del Mercado Común.

CONSIDERANDO:

Que la Decisión CMC Nº 18/04 establece que los Estados Asociados del MERCOSUR podrán adherir a otros Acuerdos anteriormente firmados por los Estados Partes cuando sea de interés mutuo.

Que por la Decisión CMC Nº 42/04, aprobada en la XXVII Reunión Ordinaria del Consejo del Mercado Común, en diciembre de 2004, en Ouro Preto, la República Bolivariana de Venezuela fue admitida como Estado Asociado del MERCOSUR.

Que el 30 de junio de 2008 fue firmado el "Acuerdo sobre la Creación y la Implementación de un Sistema de Acreditación de Cursos de Graduación para el Reconocimiento Regional de la Calidad Académica de los Respectivos Diplomas en el MERCOSUR y Estados Asociados".

EL CONSEJO DEL MERCADO COMUN

DECIDE:

ARTICULO 1º — Aprobar la Adhesión de la República Bolivariana de Venezuela al "Acuerdo sobre la Creación e Implementación de un Sistema de Acreditación de Carreras Universitarias para el Reconocimiento Regional de la Calidad Académica de las Respectivas Titulaciones en el MERCOSUR y Estados Asociados", firmado el día 30 de junio de 2008, en la ciudad de San Miguel de Tucumán, República Argentina.

ARTICULO 2º — El Consejo del Mercado Común recomienda a los Estados Partes la firma del Acta de Adhesión de la República Bolivariana de Venezuela al referido Acuerdo.

ARTICULO 3º — Esta Decisión no necesita ser incorporada al ordenamiento jurídico de los Estados Partes, por reglamentar aspectos de la organización o del funcionamiento del MERCOSUR.

XXXVI CMC - Salvador, 15/XII/08