MERCOSUR/CMC/DEC. Nº 52/08

PROGRAMA DE ACCION MERCOSUR LIBRE DE FIEBRE AFTOSA

VISTO: El Tratado de Asunción, el Protocolo de Ouro Preto, y las Decisiones Nº 45/04, 18/05, 24/05, 25/05 y 08/07 del Consejo del Mercado Común.

CONSIDERANDO:

Que las Decisiones CMC Nº 45/04, 18/05 y 24/05 crean, integran y reglamentan el Fondo para la Convergencia Estructural del MERCOSUR (FOCEM).

Que la Decisión CMC Nº 08/07 aprueba el Proyecto Piloto "Programa de Acción MERCOSUR Libre de Fiebre Aftosa".

Que el Comité MERCOSUR Libre de Fiebre Aftosa consideró importante la construcción de corrales comunitarios en Bolivia.

EL CONSEJO DEL MERCADO COMUN

DECIDE:

ARTICULO 1º — Autorizar en el marco del "Proyecto Piloto Programa de Acción MERCOSUR Libre de Fiebre Aftosa" - Componente 2: "Proyectos bi o trinacionales de Frontera", la utilización de recursos presupuestarios correspondientes al Brasil para la construcción de corrales comunitarios en la República de Bolivia por parte del Servicio Sanitario del Brasil.

ARTICULO 2º — Esta Decisión no necesita ser incorporada al ordenamiento jurídico de los Estados Partes, por reglamentar aspectos de la organización o del funcionamiento del MERCOSUR.

XXXVI CMC - Salvador, 15/XII/08