PRESUPUESTO

Decisión Administrativa 301/2009

Ministerio del Interior. Ministerio de Producción.

Modifícase la distribución del Presupuesto General de la Administración Nacional para el Ejercicio 2009.

Bs. As., 15/9/2009

VISTO el Expediente Nº S01:0114299/2009 y su agregado sin acumular Nº S01:0217887/2009 ambos del Registro del MINISTERIO DE PRODUCCION, el Presupuesto General de la Administración Nacional para el Ejercicio 2009, aprobado por la Ley Nº 26.422, distribuido por la Decisión Administrativa Nº 2 del 9 de enero de 2009, y

CONSIDERANDO:

Que en el marco de las acciones que lleva adelante la SECRETARIA DE AGRICULTURA, GANADERIA, PESCA Y ALIMENTOS del MINISTERIO DE PRODUCCION, se aprobaron, mediante las Resoluciones Nros. 249 del 16 de abril de 2009 y 250 del 16 de abril de 2009, ambas de la citada Secretaría, los Programas de Asistencia para la Cadena de Valor Vitivinícola Argentina y de Asistencia para la Cadena Apícola respectivamente.

Que el Programa de Asistencia para la Cadena de Valor Vitivinícola Argentina, tiene como objetivo central mejorar la competitividad del sector, fortaleciendo el volumen de negocios, así como la generación de valor y empleo genuino y la integración de los pequeños y medianos productores y establecimientos procesadores a la cadena de valor vitivinícola.

Que, por su parte, el Programa de Asistencia para la Cadena Apícola persigue la finalidad de contribuir al cumplimiento de las acciones y actividades previstas en el Plan Estratégico Argentina Apícola 2017, así como dar respuesta a la grave situación coyuntural que atraviesa el sector debido a las inclemencias climáticas en diversas regiones del país.

Que, asimismo, se celebraron convenios de cooperación entre la SECRETARIA DE AGRICULTURA, GANADERIA, PESCA Y ALIMENTOS, el INSTITUTO NACIONAL DE TECNOLOGIA AGROPECUARIA, organismo descentralizado actuante en la órbita de la citada Secretaría y los Municipios de Exaltación de la Cruz, General Rodríguez, Luján, Marcos Paz, Mercedes, Moreno, Escobar y Pilar.

Que, en el marco de dichos convenios, la SECRETARIA DE AGRICULTURA, GANADERIA, PESCA Y ALIMENTOS se compromete a brindar asistencia técnica y financiera a los mencionados municipios.

Que para la concreción de los objetivos precedentemente descriptos se hace necesario incorporar en el Presupuesto de la Jurisdicción 51 - MINISTERIO DE PRODUCCION, Servicio Administrativo Financiero 362, en el Programa 36 – Formulación de Políticas del Sector Primario, dependiente de la SECRETARIA DE AGRICULTURA, GANADERIA, PESCA Y ALIMENTOS, los créditos presupuestarios necesarios para atender los compromisos contraídos oportunamente por el ESTADO NACIONAL.

Que asimismo resulta necesario incrementar el presupuesto vigente del Organismo Descentralizado 609 - INSTITUTO NACIONAL DE VITIVINICULTURA, que se desempeña en la órbita de la Jurisdicción 51 – MINISTERIO DE PRODUCCION, a los efectos de que éste pueda llevar a cabo acciones de fiscalización de vinos y alcoholes.

Que por otra parte es menester ampliar el crédito asignado al Programa 16 – FOMENTO E IMPULSO AL DESARROLLO DEL SISTEMA DEMOCRATICO de la Jurisdicción 30 - MINISTERIO DEL INTERIOR, para cubrir los gastos que demanda el cumplimiento de las actividades de la CONFERENCIA PERMANENTE DE PARTIDOS POLITICOS DE AMERICA LATINA Y EL CARIBE (COPPPAL).

Que las modificaciones propiciadas se realizan por compensación con los créditos vigentes de la Jurisdicción 91 – OBLIGACIONES A CARGO DEL TESORO.

Que la presente medida se dicta en uso de las atribuciones conferidas al señor Jefe de Gabinete de Ministros por los Artículos 100, incisos 1 y 2 de la CONSTITUCION NACIONAL y 37 de la Ley de Administración Financiera y de los Sistemas de Control del Sector Público Nacional Nº 24.156, sustituido por el Artículo 1º de la Ley Nº 26.124.

Por ello,

EL JEFE DE GABINETE DE MINISTROS

DECIDE:

Artículo 1º — Modifícase la distribución del Presupuesto General de la Administración Nacional para el Ejercicio 2009, de acuerdo con el detalle obrante en las Planillas Anexas al presente artículo que forman parte integrante del mismo.

Art. 2º — Comuníquese, publíquese, dése a la Dirección Nacional del Registro Oficial y archívese. — Aníbal D. Fernández. — Amado Boudou.

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NOTA: El Anexo no se publica. La documentación no publicada puede ser consultada en la Sede Central de esta Dirección Nacional (Suipacha 767 - Ciudad Autónoma de Buenos Aires) y en www.boletinoficial.gov.ar