Instituto Nacional de Asociativismo y Economía Social

COOPERATIVAS Y MUTUALES

Resolución 3373/2009

Información que deberán suministrar con carácter de declaración jurada las cooperativas y mutuales al Instituto Nacional de Asociativismo y Economía Social.

Bs. As., 17/9/2009

VISTO, el Expediente NΊ 4101/09 del registro del Instituto Nacional de Asociativismo y Economía Social; y

CONSIDERANDO:

Que por el Decreto NΊ 378/05 y la Resolución NΊ 99/08 de la Secretaría de Gabinete y Gestión Pública, se aprobaron los lineamientos estratégicos que rigen el Plan Nacional de Gobierno Electrónico y los Planes Sectoriales de Gobierno Electrónico de los Organismos de la Administración Pública Nacional, y se creó el competente de interoperabilidad para el gobierno electrónico en el ámbito de la Oficina Nacional de Tecnologías de la Información.

Que entre los lineamientos básicos del Plan Nacional de Gobierno Electrónico se encuentra la reformulación de los procesos públicos para brindar servicios a la sociedad, mediante la producción coordinada entre diversos organismos, y el uso intensivo de tecnologías de la información y comunicaciones, aplicando los principios de simplificación registral y ventanilla única.

Que a los citados fines es necesario que este Organismo arbitre los medios tendientes a contar con la totalidad de las claves únicas de identificación tributaria correspondientes a cooperativas y mutuales.

Que asimismo, y con el objeto de poder mantener una ágil comunicación que permita a las entidades contar con la más amplia información sobre las acciones que lleva adelante este Instituto para el cumplimiento de sus misiones y funciones, resulta oportuno obtener las direcciones de correo electrónico de las mutuales y cooperativas que lo posean.

Que el servicio jurídico permanente ha tomado la intervención que le compete con carácter previo al dictado del presente acto administrativo.

Por ello, y en uso de las facultades conferidas por las Leyes 19.331, 20.321 y 20.337, y los Decretos Nros. 420/96, 723/96, 721/00 y 1192/02.

EL DIRECTORIO DEL INSTITUTO NACIONAL DE ASOCIATIVISMO Y ECONOMIA SOCIAL

RESUELVE:

Artículo 1Ί — Las cooperativas y mutuales deben informar al Instituto Nacional de Asociativismo y Economía Social en carácter de declaración jurada y en un plazo que no exceda los NOVENTA (90) días, su Clave Unica de Identificación Tributaria.

Art. 2Ί — Las cooperativas y mutuales deben informar al Instituto Nacional de Asociativismo y Economía Social, en un plazo que no exceda los NOVENTA (90) días, su dirección de correo electrónico en el supuesto que la posean.

Art. 3Ί — La información indicada en los artículos 1Ί) y 2Ί) deberá ser remitida de manera independiente de otras presentaciones, y de acuerdo al modelo que como Anexo I integra el presente acto administrativo.

Art. 4Ί — La Secretaría de Registro Nacional de Cooperativas y Mutuales, a través del servicio informático, incorporará al sistema informático de este Organismo los datos que de la citada información resulten.

Art. 5Ί — La presente resolución entrará en vigencia a partir de su publicación en el Boletín Oficial.

Art. 6Ί — Regístrese, comuníquese, publíquese, dése a la Dirección Nacional del Registro Oficial y archívese. — Patricio J. Griffin. — Daniel O. Spagna. — Roberto E. Bermúdez. — Ricardo D. Velasco. — Víctor R. Rossetti. — Ernesto E. Arroyo. — José H. Orbaiceta.

ANEXO I

Sres. INAES

Secretaría de Registro Nacional de Cooperativas y Mutuales

Servicio Informático

Ref.: Cooperativa/ Mutual - Matrícula…..

Tenemos el agrado de dirigirnos a Uds. a fin de dar cumplimiento con la Resolución NΊ………. (consignar el número de la presente resolución) a cuyo efecto informamos, en carácter de declaración jurada, que el número de CUIT de la entidad que representamos es.…….. Asimismo se hace saber que la dirección de correo electrónico es………………………..

Saludamos a Uds. atentamente.

Firma: Presidente y Secretario del órgano de administración