PRESUPUESTO

Decisión Administrativa 321/2009

Presidencia de la Nación. Modifícase la distribución del Presupuesto General de la Administración Nacional para el Ejercicio 2009.

Bs. As., 21/9/2009

VISTO el Expediente Nº S01:0281643/2009 del Registro del MINISTERIO DE ECONOMIA Y FINANZAS PUBLICAS, el Presupuesto General de la Administración Nacional para el Ejercicio 2009, aprobado por la Ley Nº 26.422 y distribuido por la Decisión Administrativa Nº 2 de fecha 9 de enero de 2009, y

CONSIDERANDO:

Que resulta necesario hacer frente a los mayores gastos derivados de la implementación del Decreto Nº 665 de fecha 29 de mayo de 2009, que modifica los haberes tan to del personal de planta permanente como los del personal contratado bajo el régimen de la Ley Marco de Regulación de Empleo Público Nacional Nº 25.164.

Que debe atenderse el pago de las promociones de grado correspondientes a evaluaciones de desempeño de los años 2006, 2007 y 2008.

Que asimismo, es preciso financiar nuevas contrataciones requeridas por autoridades de la SECRETARIA GENERAL de la PRESIDENCIA DE LA NACION.

Que, por otra parte, es indispensable garantizar los desplazamientos de la señora Presidenta de la Nación y su comitiva, tanto en el interior como en el exterior del país, así como también afrontar las erogaciones correspondientes a gastos operativos de la Jurisdicción 20 - PRESIDENCIA DE LA NACION.

Que a efectos de atender los gastos citados precedentemente se realiza una compensación dentro de los créditos asignados a la SECRETARIA GENERAL de la PRESIDENCIA DE LA NACION.

Que la modificación propiciada está amparada en las disposiciones del Artículo 37 de la Ley Nº 24.156 de Administración Financiera y de los Sistemas de Control del Sector Público Nacional, sustituido por el Artículo 1º de la Ley Nº 26.124.

Por ello,

EL JEFE DE GABINETE DE MINISTROS

DECIDE:

Artículo 1º — Modifícase la distribución del Presupuesto General de la Administración Nacional para el Ejercicio 2009, de acuerdo al detalle obrante en las Planillas Anexas al presente artículo, que forman parte integrante del mismo.

Art. 2º — Comuníquese, publíquese, dése a la Dirección Nacional del Registro Oficial y archívese. — Aníbal D. Fernández. — Amado Boudou.

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NOTA: El Anexo no se publica. La documentación no publicada puede ser consultada en la Sede Central de esta Dirección Nacional (Suipacha 767 - Ciudad Autónoma de Buenos Aires) y en www.boletinoficial.gov.ar