MINISTERIO DE TRABAJO, EMPLEO Y SEGURIDAD SOCIAL

SECRETARIA DE TRABAJO

Resolución Nº 665/2009

Registro Nº 573/2009

Bs. As., 5/6/2009

VISTO el Expediente Nº 1.309.442/09 del Registro del MINISTERIO DE TRABAJO, EMPLEO Y SEGURIDAD SOCIAL, la Ley Nº 14.250 (t.o. 2004), la Ley Nº 25.877, el Decreto Nº 900 de fecha 29 de junio de 1995, y

CONSIDERANDO:

Que se solicita la homologación del acuerdo suscripto entre la empresa GAS NATURAL BAN SOCIEDAD ANONIMA y el SINDICATO DE TRABAJADORES DE LA INDUSTRIA DEL GAS CAPITAL Y GRAN BUENOS AIRES, obrante a fojas 2 de autos, conforme lo dispuesto en la Ley de Negociación Colectiva Nº 14.250 (t.o. 2004).

Que al respecto es dable destacar que por el mentado acuerdo, el que se celebra en el marco del Convenio Colectivo de Trabajo de Empresa Nº 687/05 "E", se procede a incrementar el importe que se les abona a los empleados por el concepto denominado "bonificación gas".

Que de las constancias de autos surge la personería invocada por las partes y la facultad de negociar colectivamente.

Que en tal sentido, cabe destacar que el ámbito de aplicación del presente acuerdo, se corresponde con la representación empresaria signataria y la representatividad de los trabajadores por medio de la entidad sindical firmante, emergente de su personería gremial.

Que de las cláusulas pactadas no surge contradicción con la normativa laboral vigente y se encuentra acreditado en autos el cumplimiento de los recaudos formales exigidos por la Ley Nº 14.250 (t.o. 2004).

Que por lo expuesto, corresponde dictar el pertinente acto administrativo de conformidad con los antecedentes mencionados.

Que la Asesoría Técnico Legal de la Dirección Nacional de Relaciones del Trabajo ha tomado la intervención que le compete.

Que las facultades de la suscripta para resolver en las presentes actuaciones, surgen de las atribuciones otorgadas por el Decreto Nº 900/95.

Por ello,

LA SECRETARIA DE TRABAJO

RESUELVE:

ARTICULO 1º — Declárase homologado el acuerdo suscripto entre la empresa GAS NATURAL BAN SOCIEDAD ANONIMA y el SINDICATO DE TRABAJADORES DE LA INDUSTRIA DEL GAS CAPITAL Y GRAN BUENOS AIRES, obrante a fojas 2 del Expediente Nº 1.309.442/09, conforme a lo dispuesto en la Ley Nº 14.250 (t.o. 2004).

ARTICULO 2º — Regístrese la presente Resolución en el Departamento Despacho de la Dirección de Despacho dependiente de la SUBSECRETARIA DE Coordinación. Cumplido, pase a la Dirección de Negociación Colectiva, a fin de que el Departamento Coordinación registre el presente acuerdo, obrante a fojas 2 del Expediente Nº 1.309.442/09.

ARTICULO 3º — Remítase copia debidamente autenticada al Departamento Biblioteca para su difusión.

ARTICULO 4º — Notifíquese a las partes signatarias.

ARTICULO 5º — Hágase saber que en el supuesto que este MINISTERIO DE TRABAJO, EMPLEO Y SEGURIDAD SOCIAL no efectúe la publicación de carácter gratuito del convenio homologado y de esta Resolución, las partes deberán proceder de acuerdo a lo establecido en el Artículo 5 de la Ley Nº 14.250 (t.o. 2004).

ARTICULO 6º — Comuníquese, publíquese, dése a la Dirección Nacional del Registro Oficial y archívese. — Dra. NOEMI RIAL, Secretaria de Trabajo.

Expediente Nº 1.309.442/09

Buenos Aires, 8/6/2009

De conformidad con lo ordenado en la RESOLUCION ST Nº 665/09 se ha tomado razón del acuerdo obrante a fojas 2 del expediente de referencia, quedando registrado con el Nº 573/09. — VALERIA A. VALETTI, Registro, Convenios Colectivos de Trabajo, Dto. Coordinación - D.N.R.T.

SUMINISTRO DE GAS

En la Ciudad Autónoma de Buenos Aires a los 15 días del mes de diciembre de 2008 se reúnen los Señores Guillermo Ceballos Serra y Omar Payero en representación de Gas Natural BAN S.A., en adelante GNB, por una parte y por la otra los Señores Gabriel H. Yasky, Oscar Mangone y Pablo Blanco en representación del Sindicato de Trabajadores de la Industria del Gas Natural, en adelante STIGAS, y acuerdan la firma de la presente en los términos que se exponen seguidamente:

PRIMERO: De acuerdo a lo estipulado en los artículos 1º y 7º del acta suscripta entre las partes signatarias el día 22 de agosto de 2005, el valor correspondiente, al consumo de 1500 m3 de gas natural o su equivalente en gas licuado, sería ajustado en aquellos casos en que la Autoridad de Aplicación —ENARGAS— autorizara una revisión de tarifas para esta Licenciataria en la misma proporción y respetando el tope de metros cúbicos indicados.

SEGUNDO: Que en virtud del acta acuerdo suscripta entre Gas Natural BAN S.A. y el Estado Nacional de fecha 20 de enero de 2006, homologada por el decreto Nº 385/06 y Resoluciones ENARGAS Nº I-445/08 y I-466/08 que ordenan la publicación en el Boletín Oficial del nuevo cuadro tarifario; con retroactividad al día primero del mes de septiembre del año en curso, el importe de pesos treinta y cinco con sesenta y un centavos ($ 35,61.-) mensuales que hasta el momento se abonaba a los empleados de la empresa en concepto de BONIFICACION GAS pasará a ser de PESOS CUARENTA Y TRES CON TREINTA Y UN CENTAVOS ($ 43,31.-) mensuales.

TERCERO: Las partes signatarias ratifican la validez y vigencia de la cláusula tercera del convenio suscripto en fecha 23 de mayo de 2007.

CUARTO: Las partes ratifican el acta suscripta el 22 de agosto de 2005 en todo aquello que no sea de modificación mediante el presente instrumento.

QUINTO: Las partes convienen en solicitar la homologación del presente acuerdo ante el Ministerio de Trabajo, Empleo y Seguridad Social de la Nación. En prueba de conformidad se firman tres ejemplares de un mismo tenor y a un solo efecto en el lugar y fecha arriba indicados.