MINISTERIOS

Decreto 1366/2009

Créanse los Ministerios de Industria y de

Agricultura, Ganadería y Pesca. Modifícase el Decreto N° 357/02.

Bs. As., 1/10/2009

VISTO el Decreto Nº 357 del 21 febrero de 2002, sus modificatorios y complementarios y el Decreto Nº 1365 del 1º de octubre de 2009, y

CONSIDERANDO:

Que mediante el decreto citado en primer término se aprobó el organigrama de aplicación de la Administración Nacional centralizada hasta nivel de Subsecretaría.

Que por la norma citada en segundo término se sustituyeron los artículos 1º y 20 bis de la Ley de Ministerios (texto ordenado por Decreto Nº 438/92) y modificatorias, incorporándose el artículo 20 ter, determinando así los Ministerios que asistirán al PODER EJECUTIVO NACIONAL para cumplir con las responsabilidades que le son propias, estableciendo, asimismo, sus competencias.

Que en función de las competencias asignadas a las distintas jurisdicciones ministeriales, por el decreto mencionado en el párrafo anterior, resulta necesario reordenar las responsabilidades de las áreas afectadas del PODER EJECUTIVO NACIONAL.

Que una de las premisas del presente gobierno es lograr el perfeccionamiento de la utilización de los recursos públicos tendientes a una mejora sustancial en la calidad de vida de los ciudadanos, focalizando su accionar en la producción de resultados que sean colectivamente compartidos y socialmente valorados.

Que para ello corresponde efectuar un reordenamiento estratégico que permita concretar las metas políticas diagramadas.

Que las reformas que surgen se encuentran fundadas en el análisis y evaluación de las funciones indelegables del Estado Nacional.

Que ese reordenamiento requiere establecer una nueva conformación organizativa de los niveles políticos, basado en criterios de racionalidad y eficiencia que posibiliten una rápida respuesta a las demandas de la sociedad, dando lugar a estructuras dinámicas y adaptables a los cambios permanentes.

Que la presente medida se dicta en ejercicio de las facultades conferidas por el artículo 99, inciso 1 de la CONSTITUCION NACIONAL.

Por ello,

LA PRESIDENTA DE LA NACION ARGENTINA

DECRETA:

Artículo 1º — Sustitúyese del Anexo I al artículo 1º del Decreto Nº 357 del 21 de febrero de 2002 —Organigrama de aplicación de la Administración Nacional centralizada hasta nivel de Subsecretaría— el apartado XXIII – MINISTERIO DE INDUSTRIA Y TURISMO, de conformidad con el detalle que se aprueba como planilla anexa al presente artículo. (Denominación del Ministerio de Industria sustituida por la de Ministerio de Industria y Turismo por art. 1° del Decreto N°1458/2009 B.O. 13/10/2009)

Art. 2º — Incorpórase al Anexo I al artículo 1º del Decreto Nº 357 del 21 de febrero de 2002 —Organigrama de aplicación de la Administración Nacional centralizada hasta nivel de Subsecretaría— el apartado XXIV – MINISTERIO DE AGRICULTURA, GANADERIA Y PESCA de conformidad con el detalle que se aprueba como planilla anexa al presente artículo.

Art. 3º — Sustitúyese del Anexo II al artículo 2º del Decreto Nº 357 del 21 de febrero de 2002 —Objetivos— el apartado XXIII – MINISTERIO DE INDUSTRIA Y TURISMO de conformidad con el detalle que se aprueba como planilla anexa al presente artículo. (Denominación del Ministerio de Industria sustituida por la de Ministerio de Industria y Turismo por art. 1° del Decreto N°1458/2009 B.O. 13/10/2009)

Art. 4º — Incorpórase al Anexo II al artículo 2º del Decreto Nº 357 del 21 de febrero de 2002 —Objetivos— el apartado XXIV – MINISTERIO DE AGRICULTURA, GANADERIA Y PESCA, de conformidad con el detalle que se aprueba como planilla anexa al presente artículo.

Art. 5º — Sustitúyese del Anexo III al artículo 3º del Decreto Nº 357 del 21 de febrero de 2002 —Organismos Descentralizados— el apartado XXIII - MINISTERIO DE INDUSTRIA Y TURISMO, de conformidad con el detalle que se aprueba como planilla anexa al presente artículo. (Denominación del Ministerio de Industria sustituida por la de Ministerio de Industria y Turismo por art. 1° del Decreto N°1458/2009 B.O. 13/10/2009)

Art. 6º — Incorpórase al Anexo III al artículo 3º del Decreto Nº 357 del 21 de febrero de 2002 —Organismos Descentralizados— el apartado XXIV - MINISTERIO DE AGRICULTURA, GANADERIA Y PESCA, de conformidad con el detalle que se aprueba como planilla anexa al presente artículo.

Art. 7º — Establécese que las áreas de la SECRETARIA LEGAL Y ADMINISTRATIVA del MINISTERIO DE ECONOMIA Y FINANZAS PUBLICAS con competencia en materia técnica, legal, administrativa, disciplinaria y operativa, ejercerán las actividades de apoyo necesarias al MINISTERIO DE INDUSTRIA Y TURISMO y al MINISTERIO DE AGRICULTURA, GANADERIA Y PESCA hasta tanto dichas Carteras de Estado se encuentren en condiciones de atender esas actividades con los servicios de sus respectivas Jurisdicciones, con excepción de la SECRETARIA DE TURISMO, cuya SUBSECRETARIA TECNICA Y ADMINISTRATIVA, continuará suministrando a la misma el apoyo legal, técnico y administrativo. Asimismo, el servicio de control interno, será brindado para dicha Secretaría por la UNIDAD DE AUDITORIA INTERNA de la SECRETARIA DE TURISMO y por la UNIDAD DE AUDITORIA INTERNA del MINISTERIO DE ECONOMIA Y FINANZAS PUBLICAS para el resto de las áreas de la administración centralizada del MINISTERIO DE INDUSTRIA Y TURISMO y del MINISTERIO DE AGRICULTURA, GANADERIA Y PESCA. (Denominación del Ministerio de Industria sustituida por la de Ministerio de Industria y Turismo por art. 1° del Decreto N°1458/2009 B.O. 13/10/2009)

Art. 8º — La SUBSECRETARIA DE COORDINACION y la SUBSECRETARIA TECNICA ADMINISTRATIVA de la SECRETARIA DE TURISMO, ambas del MINISTERIO DE INDUSTRIA Y TURISMO ejercerán sus cometidos, en forma coordinada, cada una respecto de las actividades de las unidades en las que previamente intervino. (Denominación del Ministerio de Industria sustituida por la de Ministerio de Industria y Turismo por art. 1° del Decreto N°1458/2009 B.O. 13/10/2009)

Art. 9º — Hasta tanto se concluya con la reestructuración de las áreas afectadas por la presente medida, se mantendrán vigentes las aperturas estructurales existentes con nivel inferior a Subsecretaría, las que transitoriamente mantendrán las responsabilidades primarias, acciones y dotaciones vigentes a la fecha con sus respectivos niveles, grados de revista y Funciones ejecutivas previstas en el Decreto Nº 2098/08.

Art. 10. — Hasta tanto se efectúen las adecuaciones presupuestarias correspondientes, la atención de las erogaciones de las áreas afectadas por la presente medida, serán atendidas con cargo a los créditos presupuestarios de origen de las mismas.

Art. 11. — Comuníquese, publíquese, dése a la Dirección Nacional del Registro Oficial y archívese. — FERNANDEZ DE KIRCHNER. — Aníbal D. Fernández. — Aníbal F. Randazzo.

Planilla Anexa al artículo 1º

XXIII. MINISTERIO DE INDUSTRIA Y TURISMO (Denominación del Ministerio de Industria sustituida por la de Ministerio de Industria y Turismo por art. 1° del Decreto N°1458/2009 B.O. 13/10/2009)

- SUBSECRETARIA DE COORDINACION

- SECRETARIA DE INDUSTRIA, COMERCIO Y DE LA PEQUEÑA Y MEDIANA EMPRESA

- SUBSECRETARIA DE INDUSTRIA

- SUBSECRETARIA DE POLITICA Y GESTION COMERCIAL

- SUBSECRETARIA DE LA PEQUEÑA Y MEDIANA EMPRESA Y DESARROLLO REGIONAL

- SECRETARIA DE TURISMO

- SUBSECRETARIA DE TURISMO

- SUBSECRETARIA TECNICA ADMINISTRATIVA

Planilla Anexa al artículo 2º

XXIV. MINISTERIO DE AGRICULTURA, GANADERIA Y PESCA

- SUBSECRETARIA DE COORDINACION TECNICA Y ADMINISTRATIVA

- SECRETARIA DE AGRICULTURA, GANADERIA Y PESCA

- SUBSECRETARIA DE AGRICULTURA

- SUBSECRETARIA DE GANADERIA

- SUBSECRETARIA DE PESCA Y ACUICULTURA

- SECRETARIA DE DESARROLLO RURAL Y AGRICULTURA FAMILIAR

- SECRETARIA DE RELACIONES INSTITUCIONALES

- SUBSECRETARIA DE COORDINACION INSTITUCIONAL

- SUBSECRETARIA DE COMUNICACIÓN INSTITUCIONAL

Planilla Anexa al Artículo 3º

XXIII. MINISTERIO DE INDUSTRIA Y TURISMO (Denominación del Ministerio de Industria sustituida por la de Ministerio de Industria y Turismo por art. 1° del Decreto N°1458/2009 B.O. 13/10/2009)

SUBSECRETARIA DE COORDINACION

OBJETIVOS

1. Dirigir y coordinar el desarrollo de las actividades de apoyo legal técnico y administrativo de la Jurisdicción y fiscalizarlas en sus organismos descentralizados.

2. Asistir al Ministro en el diseño de la política presupuestaria de la jurisdicción, y en la evaluación de su cumplimiento.

3. Asistir a las unidades ejecutoras de las distintas categorías programáticas, en la formulación y programación de la ejecución presupuestaria y en las modificaciones que se proyecten durante el ejercicio financiero.

4. Coordinar el diseño y aplicación de políticas administrativas y financieras de la Jurisdicción.

5. Asistir a las unidades ejecutoras de las distintas categorías programáticas y las unidades ejecutoras de préstamos efectuando los trámites administrativos necesarios para la obtención de los recursos humanos, materiales, equipamientos tecnológicos y de todo otro insumo necesario para el cumplimiento de los objetivos y metas de la jurisdicción.

6. Coordinar las acciones que hacen al desarrollo de las tareas relacionadas con los aspectos económicos, financieros, contables, patrimoniales, de sistemas informáticos y de control de gestión de las unidades ejecutoras de las distintas categorías programáticas y las unidades ejecutoras de préstamos.

7. Fiscalizar y coordinar la información proveniente de las entidades descentralizadas dependientes.

8. Coordinar la aplicación de la política de recursos humanos, organización, sistemas administrativos, informáticos y comunicaciones y coordinar su aplicación.

9. Coordinar el despacho, seguimiento y archivo de la documentación administrativa, determinando para cada trámite las unidades de la jurisdicción con responsabilidad primaria para entender en el tema respectivo, como así también el contralor de las notificaciones producidas por la Jurisdicción.

10. Coordinar el servicio jurídico e intervenir en todos los proyectos de leyes, decretos, decisiones administrativas o resoluciones que introduzcan o modifiquen normas vinculadas con la actividad sustantiva de la jurisdicción.

11. Supervisar el accionar de los servicios jurídicos pertenecientes a sus organismos descentralizados y la defensa del ESTADO NACIONAL en juicio.

12. Entender en la administración de los espacios físicos de la jurisdicción.

13. Coordinar las actividades prejudiciales tendientes al recupero de créditos a favor del TESORO NACIONAL en el ámbito de su Jurisdicción.

14. Instruir los sumarios administrativos disciplinarios.

SECRETARIA DE INDUSTRIA, COMERCIO Y DE LA PEQUEÑA Y MEDIANA EMPRESA

OBJETIVOS

1. Entender en la elaboración, propuesta y definición de la política comercial en el campo exterior, en particular en los procesos de integración subregional, regional y hemisférica; así como en el ámbito interregional y multilateral.

2. Entender en la definición de la política industrial y el diseño, financiamiento y utilización de los instrumentos para contribuir a promover el desarrollo y crecimiento de dicho sector, actuando como autoridad de aplicación de los regímenes de promoción, cuando las normas respectivas así lo establezcan.

3. Entender en lo referente a las estructuras arancelarias y las políticas de reembolsos y reintegros a la exportación y de seguro de crédito a la exportación.

4. Entender en la elaboración de la normativa sobre reglas de origen, con la intervención de las áreas competentes y el otorgamiento de los certificados de origen y calidad de los productos destinados a la exportación.

5. Instruir al servicio aduanero, acerca de la interpretación y aplicación de los distintos regímenes vigentes relacionados con el comercio exterior, los regímenes de origen, y el reconocimiento del certificado de origen como documento imprescindible para determinadas importaciones.

6. Entender en lo referente a las prácticas comerciales desleales y salvaguardias incluyendo los derechos antidumping, los subsidios y las medidas compensatorias.

7. Analizar la problemática de los diferentes sectores industriales, detectando las necesidades de asistencia financiera y tecnológica, entre otras.

8. Promover los procesos de reconversión productiva, tanto a nivel sectorial como regional.

9. Realizar y definir negociaciones sectoriales en el área industrial del proceso de integración regional y/o acuerdos especiales con otros países en lo que es materia de su competencia.

10. Promover el mejoramiento de los estándares de competitividad del sector industrial a través de una adecuada asistencia tecnológica.

11. Ejercer el control superior del INSTITUTO NACIONAL DE TECNOLOGIA INDUSTRIAL.

12. Colaborar con la AGENCIA NACIONAL DE DESARROLLO DE INVERSIONES en la promoción y registro de inversiones privadas en el país, en las áreas de su incumbencia.

13. Supervisar las acciones tendientes a facilitar el financiamiento de la reestructuración productiva.

14. Supervisar lo vinculado al desarrollo de las actividades del INSTITUTO NACIONAL DE LA PROPIEDAD INDUSTRIAL.

15. Intervenir en la fijación de la política de promoción comercial y participación en ferias, exposiciones y misiones destinadas a estimular el intercambio con el exterior.

16. Intervenir, juntamente con las demás áreas del MINISTERIO DE INDUSTRIA Y TURISMO con competencia en la producción y los servicios, en la elaboración de la normativa y el otorgamiento de los certificados de origen y calidad de los productos destinados a la exportación. (Denominación del Ministerio de Industria sustituida por la de Ministerio de Industria y Turismo por art. 1° del Decreto N°1458/2009 B.O. 13/10/2009)

17. Participar, por sí o quien designe, en el Consejo de Administración de la FUNDACION INVERTIR.

18. Promover y participar en los acuerdos de cooperación e integración internacionales e interjurisdiccionales, en los que la Nación sea parte, y supervisar los mismos, coordinando las negociaciones con los organismos crediticios internacionales.

19. Promover la articulación de políticas industriales y de comercio exterior con los Gobiernos Provinciales y la CIUDAD AUTONOMA DE BUENOS AIRES.

20. Supervisar la ejecución de las políticas nacionales vinculadas con la pequeña y mediana empresa y el desarrollo regional.

21. Ejercer la Autoridad de Aplicación del Régimen de Compre de Trabajo Argentino (Ley Nº 25.551) e intervenir en las negociaciones internacionales vinculadas a compras gubernamentales.

SECRETARIA DE INDUSTRIA, COMERCIO Y DE LA PEQUEÑA Y MEDIANA EMPRESA

SUBSECRETARIA DE INDUSTRIA

OBJETIVOS

1. Intervenir y coordinar en todos los temas atinentes a los objetivos de la SECRETARIA DE INDUSTRIA, COMERCIO Y DE LA PEQUEÑA Y MEDIANA EMPRESA, en aquellas materias de su competencia específica.

2. Intervenir en la definición de la política industrial y el diseño, financiamiento y utilización de los instrumentos para contribuir a promover el desarrollo y crecimiento de dicho sector.

3. Intervenir en el análisis de la problemática de los diferentes sectores industriales.

4. Intervenir en las negociaciones del sector automotriz a nivel regional e internacional.

5. Participar en las negociaciones de los procesos de integración de bloques comerciales en los que la REPUBLICA ARGENTINA sea parte, en los temas de su competencia.

6. Ejercer la coordinación del Subgrupo de Trabajo Nº 7 - "Industria - (SGT Nº 7) y cuando corresponda, los Foros de Competitividad Sectoriales, en el ámbito del MERCADO COMUN DEL SUR (MERCOSUR).

7. Intervenir en las políticas relacionadas con la preservación del medio ambiente, formuladas por el Gobierno Nacional, en materia de su competencia.

8. Promover la articulación tecnológico-industrial nacional.

9. Asistir y asesorar en todo lo relacionado con las acciones que ejecuta la SECRETARIA DE INDUSTRIA, COMERCIO Y DE LA PEQUEÑA Y MEDIANA EMPRESA respecto del INSTITUTO NACIONAL DE LA PROPIEDAD INDUSTRIAL y del INSTITUTO NACIONAL DE TECNOLOGIA INDUSTRIAL.

10. Apoyar a las actividades industriales de base tecnológica que conforman los nuevos desarrollos en la economía.

11. Asistir en la definición de políticas para la promoción de las inversiones y el financiamiento destinados al sector industrial.

12. Promover la integración y eslabonamiento de las grandes empresas industriales en el tejido productivo.

13. Asistir a la SECRETARIA DE INDUSTRIA, COMERCIO Y DE LA PEQUEÑA Y MEDIANA EMPRESA en la articulación de las políticas industriales con los Gobiernos Provinciales y la CIUDAD AUTONOMA DE BUENOS AIRES.

14. Intervenir en todas las propuestas, actividades y acciones que promuevan el desarrollo del diseño como instrumento para incrementar la competitividad de las empresas.

15. Participar en lo referente a normativas sobre estructuras arancelarias, zonas francas y reglas de origen en todo lo que implique al sector industrial.

16. Intervenir en el Régimen de Trabajo de Compre Argentino (Ley Nº 25.551) y asistir en las negociaciones internacionales vinculadas a las compras gubernamentales.

SECRETARIA DE INDUSTRIA, COMERCIO Y DE LA PEQUEÑA Y MEDIANA EMPRESA

SUBSECRETARIA DE POLITICA Y GESTION COMERCIAL

OBJETIVOS

1. Entender en la definición de la política comercial en el campo exterior.

2. Entender en la elaboración, interpretación y aplicación de la normativa sobre competencia desleal y salvaguardias en lo referente a las prácticas antidumping, salvaguardias, subvenciones y medidas compensatorias.

3. Entender en la elaboración, propuesta, interpretación y aplicación de la normativa sobre instrumentos de política comercial referentes a las importaciones y exportaciones, reembolsos y reintegros a la exportación y seguro de crédito a la exportación.

4. Entender en la elaboración y propuesta de las estructuras arancelarias.

5. Intervenir en la elaboración, interpretación y aplicación de la normativa sobre zonas francas.

6. Asistir en las instrucciones al servicio aduanero, acerca de la interpretación y aplicación de los distintos regímenes vigentes relacionados con el comercio exterior, los regímenes de origen, y el reconocimiento del certificado de origen, como documento imprescindible para determinadas importaciones.

7. Asistir a la SECRETARIA DE INDUSTRIA, COMERCIO Y DE LA PEQUEÑA Y MEDIANA EMPRESA en la elaboración, interpretación y aplicación de la normativa sobre reglas de origen.

8. Intervenir en las negociaciones económicas y comerciales internacionales y en el seguimiento de procesos de integración regional y hemisférica, así como en las gestiones ante bloques económicos y zonas de integración, negociaciones multilaterales, en la ORGANIZACION MUNDIAL DE COMERCIO y con los países de la región Asia-Pacífico.

9. Ejercer, cuando corresponda, la representación en los órganos existentes o a crearse en el ámbito del MERCADO COMUN DEL SUR (MERCOSUR), la ASOCIACION LATINOAMERICANA DE INTEGRACION (ALADI) y el resto de los Acuerdos en que nuestro país sea parte.

10. Coordinar las relaciones que desde el MINISTERIO DE INDUSTRIA Y TURISMO se establezcan con el MINISTERIO DE RELACIONES EXTERIORES, COMERCIO INTERNACIONAL Y CULTO, en lo relativo al comercio exterior y la integración regional y hemisférica. (Denominación del Ministerio de Industria sustituida por la de Ministerio de Industria y Turismo por art. 1° del Decreto N°1458/2009 B.O. 13/10/2009)

11. Coordinar la atención de los requerimientos del sector privado en lo referente a la interpretación de las normas pertinentes al comercio exterior y asegurar el acceso del mismo a la información disponible sobre temas vinculados a las transacciones comerciales.

12. Supervisar el accionar de la COMISION NACIONAL DE COMERCIO EXTERIOR.

13. Participar por sí o quien designe en el Consejo de Administración de la FUNDACION EXPORTAR.

14. Asistir a la SECRETARIA DE INDUSTRIA, COMERCIO Y DE LA PEQUEÑA Y MEDIANA EMPRESA en la articulación de las políticas de comercio exterior con los Gobiernos Provinciales y la CIUDAD AUTONOMA DE BUENOS AIRES.

SECRETARIA DE INDUSTRIA, COMERCIO Y DE LA PEQUEÑA Y MEDIANA EMPRESA

SUBSECRETARIA DE LA PEQUEÑA Y MEDIANA EMPRESA Y DESARROLLO REGIONAL

OBJETIVOS

1. Entender en la aplicación de las normas correspondientes a los Títulos I y II de la Ley Nº 24.467 y la Ley Nº 25.300 y de las disposiciones dictadas en consecuencia, en su carácter de Autoridad de Aplicación, y en la aplicación del Programa de Fomento Financiero para Jóvenes Emprendedores, instituido por el Artículo 7º de la Ley Nº 25.872, dentro del marco del Programa Nacional de Apoyo al Empresariado Joven.

2. Intervenir en los lineamientos estratégicos y proponer las prioridades en materia de políticas y programas relativos a las Micro, Pequeñas y Medianas Empresas (MIPyMES), y al desarrollo emprendedor y la creación de empresas dentro de las definiciones de políticas globales y sectoriales dispuestas por el Gobierno Nacional.

3. Entender en las acciones necesarias para el cumplimiento de los objetivos establecidos en las políticas dirigidas al sector de las Micro, Pequeñas y Medianas Empresas (MIPyMES) a nivel sectorial, regional e internacional.

4. Promover en el apoyo a la modernización, reestructuración, reconversión y reingeniería de las Micro, Pequeñas y Medianas Empresas (MIPyMES), alentando su productividad y competitividad, preservando el medio ambiente.

5. Analizar la problemática de los sectores y espacios regionales correspondientes a las Micro, Pequeñas y Medianas Empresas (MIPyMES) de manera de identificar las necesidades de asistencia financiera; tecnológicas, ambientales y de capacitación.

6. Diseñar, impulsar, dirigir, ejecutar y evaluar nuevos programas y acciones de fomento, asistencia y promoción que atiendan a la problemática de las Micro, Pequeñas y Medianas Empresas (MIPyMES) en todas sus ramas, del desarrollo emprendedor y la creación de empresas, dentro del marco de la política general.

7. Coordinar con las diferentes organizaciones gubernamentales y no gubernamentales con competencia en la materia, la aplicación de políticas y programas para las Micro, Pequeñas y Medianas Empresas (MIPyMES), el desarrollo emprendedor y la creación de empresas.

8. Desarrollar e instrumentar mecanismos de coordinación institucional, nacional y sectorial en materia de su competencia.

9. Promover el financiamiento de las Micro, Pequeñas y Medianas Empresas (MIPyMES) y aplicar las normas previstas en la Ley Nº 24.467 y la Ley Nº 25.300 en el ámbito de su competencia.

10. Intervenir en la facilitación, fomento y organización del acceso a los mercados de capitales domésticos y al mercado financiero nacional e internacional de las Micro, Pequeñas y Medianas Empresas (MIPyMES) a través de las áreas competentes en la materia.

11. Intervenir en la celebración de Convenios Internacionales que promuevan a las Micro, Pequeñas y Medianas Empresas (MIPyMES), el desarrollo emprendedor y la creación de empresas, faciliten su acceso al crédito, su modernización tecnológica, la formación y capacitación de sus cuadros gerenciales, técnicos y profesionales.

12. Promover a través del MINISTERIO DE RELACIONES EXTERIORES, COMERCIO INTERNACIONAL Y CULTO y demás áreas con competencia en la materia las negociaciones y acuerdos referidos al sector respecto de los procesos de integración regional y/o acuerdos especiales con otros países.

13. Intervenir y coordinar en la gestión y obtención de cooperación técnica y financiera internacional que otros países y organismos internacionales ofrezcan, para el cumplimiento de los objetivos y políticas del sector.

14. Entender en la elaboración y ejecución de acciones y programas destinadas a promover las exportaciones de bienes y servicios de las Micro, Pequeñas y Medianas Empresas (MIPyMES), facilitando los trámites necesarios para la realización de las mismas, en un accionar coordinado con el MINISTERIO DE RELACIONES EXTERIORES, COMERCIO INTERNACIONAL Y CULTO.

15. Analizar, coordinar y proponer políticas específicas de apoyo a la internacionalización comercial de las Micro, Pequeñas y Medianas Empresas (MIPyMES), priorizando los mercados de la región.

16. Participar en la promoción de los consorcios de exportación de las Micro, Pequeñas y Medianas Empresas (MIPyMES), facilitando su acceso a mercados internacionales, participando en ferias, congresos e integrando delegaciones oficiales comerciales al exterior, coordinando dicho accionar con el MINISTERIO DE RELACIONES EXTERIORES, COMERCIO INTERNACIONAL Y CULTO y demás áreas con competencia en la materia.

17. Coordinar las acciones con las distintas regiones del país con el fin de descentralizar la ejecución de las políticas de la Subsecretaría y facilitar la integración con los distintos sectores públicos y privados vinculados a la actividad de las Micro, Pequeñas y Medianas Empresas (MIPyMES), al desarrollo emprendedor y la creación de nuevas empresas.

18. Contribuir a la consolidación y participación de las Micro, Pequeñas y Medianas Empresas (MIPyMES) en los polos productivos del interior del país, a través de la extensión de la Red de Agencias, y en el desarrollo de las economías regionales promoviendo su inserción en el mercado internacional.

19. Proponer y coordinar la ejecución de las actividades destinadas a la elaboración de políticas de desarrollo regional.

20. Propiciar la simplificación normativa y la desburocratización administrativa en los trámites que las Micro, Pequeñas y Medianas Empresas (MIPyMES) deban realizar ante los organismos del ESTADO NACIONAL, especialmente en lo concerniente a la ADMINISTRACION FEDERAL DE INGRESOS PUBLICOS, analizando y proponiendo en los casos que diere lugar el sistema de ventanilla única.

SECRETARIA DE TURISMO

OBJETIVOS

1. Entender en todo lo relativo a la promoción y desarrollo en el país de la actividad turística interna y del turismo internacional receptivo, en todas sus formas y entender en forma conjunta con la SECRETARIA DE TRANSPORTE del MINISTERIO DE PLANIFICACION FEDERAL, INVERSION PUBLICA Y SERVICIOS en la elaboración, ejecución y coordinación de la política nacional de navegación aerocomercial, exclusivamente relacionada al área del Turismo.

2. Entender en la preservación y administración de los bosques, parques y reservas nacionales, áreas protegidas y monumentos naturales.

3. Supervisar el accionar de la Administración de Parques Nacionales.

4. Impulsar la "Marca Argentina" conforme los lineamientos del Decreto Nº 1372/08.

5. Presidir el accionar del INSTITUTO NACIONAL DE PROMOCION TURISTICA.

6. Presidir el Comité Interministerial de Facilitación Turística.

7. Entender en las relaciones institucionales con las organizaciones regionales e internacionales oficiales y privadas, y con los organismos públicos nacionales y provinciales referidos a la actividad turística.

8. Administrar el Fondo Nacional del Turismo.

9. Entender en todo lo relativo a la aplicación de la Ley Nacional de Turismo Nº 25.997 o la norma que en el futuro la reemplace.

SECRETARIA DE TURISMO

SUBSECRETARIA DE TURISMO

OBJETIVOS

1. Asistir al Secretario en la planificación de los planes y proyectos tendientes al desarrollo sustentable y competitivo de la oferta turística nacional.

2. Entender en las políticas de diferenciación y posicionamiento, y establecer estrategias de comunicación que desarrollen un adecuado vínculo entre demanda y oferta turísticas.

3. Entender en las políticas de incentivo a la inversión de capitales en el sector.

4. Entender en los aspectos referidos a la competitividad turística comprendiendo los estudios y análisis de mercado en la materia.

5. Entender en las acciones tendientes a la promoción y el desarrollo en el país de la actividad turística interna y en turismo internacional receptivo.

6. Entender en las estrategias institucionales tendientes a la mejora de la calidad de las prestaciones turísticas, estableciendo y controlando estándares de calidad en el marco del desarrollo sustentable del sector.

7. Asistir al Secretario en las relaciones institucionales con las organizaciones regionales e internacionales oficiales y privadas, y con los organismos públicos nacionales y provinciales referidos a la actividad turística.

8. Entender en la fiscalización de los prestadores de servicios turísticos, en el ámbito de su competencia.

9. Entender en las estrategias institucionales para el fomento y prestación del turismo social.

SECRETARIA DE TURISMO

SUBSECRETARIA TECNICA ADMINISTRATIVA

OBJETIVOS:

1. Supervisar los procesos y procedimientos de gestión legal, económica, financiera, presupuestaria, de recursos humanos y de informatización de la Secretaría.

2. Asistir al Secretario en el diseño de la política presupuestaria de la Secretaría y en la evaluación de su cumplimiento.

3. Asistir a las unidades ejecutoras de las distintas categorías programáticas en la formulación y programación de la ejecución presupuestaria y en las modificaciones que se proyecten durante el ejercicio financiero de la Secretaría.

4. Asistir a las unidades ejecutoras de las distintas categorías programáticas, efectuando los trámites administrativos necesarios para la obtención de los recursos humanos, materiales, equipamientos tecnológicos y de todo otro insumo necesario para el cumplimiento de los objetivos y metas de la Secretaría.

5. Coordinar los proyectos de la Secretaría financiados por organismos internacionales.

6. Diseñar y ejecutar proyectos de innovación y mejora de la gestión y de calidad de las distintas dependencias de la Secretaría.

7. Coordinar el servicio jurídico e intervenir en todos los proyectos de leyes, decretos o resoluciones que introduzcan o modifiquen normas vinculadas con la actividad sustantiva de la Secretaría.

8. Intervenir en la substanciación de sumarios administrativos de la Secretaría.

9. Coordinar la aplicación de la política de recursos humanos, organización y sistemas administrativos e informáticos de la Secretaría.

10. Efectuar la coordinación administrativa de las áreas integrantes de la Secretaría, así como la planificación de las actividades de administración.

11. Coordinar el despacho, seguimiento y archivo de la documentación administrativa determinando para cada trámite las unidades de la Secretaría con responsabilidad primaria para entender en el tema respectivo.

Planilla Anexa al Artículo 4º

XXIV. MINISTERIO DE AGRICULTURA, GANADERIA Y PESCA

SUBSECRETARIA DE COORDINACION TECNICA Y ADMINISTRATIVA

OBJETIVOS

1. Dirigir y coordinar el desarrollo de las actividades de apoyo legal técnico y administrativo de la Jurisdicción y fiscalizarlas en sus organismos descentralizados.

2. Asistir al Ministro en el diseño de la política presupuestaria de la jurisdicción, y en la evaluación de su cumplimiento.

3. Asistir a las unidades ejecutoras de las distintas categorías programáticas, en la formulación y programación de la ejecución presupuestaria y en las modificaciones que se proyecten durante el ejercicio financiero.

4. Coordinar el diseño y aplicación de políticas administrativas y financieras de la Jurisdicción.

5. Asistir a las unidades ejecutoras de las distintas categorías programáticas y las unidades ejecutoras de préstamos efectuando los trámites administrativos necesarios para la obtención de los recursos humanos, materiales, equipamientos tecnológicos y de todo otro insumo necesario para el cumplimiento de los objetivos y metas de la jurisdicción

6. Coordinar las acciones que hacen al desarrollo de las tareas relacionadas con los aspectos económicos, financieros, contables, patrimoniales, de sistemas informáticos y de control de gestión de las unidades ejecutoras de las distintas categorías programáticas y las unidades ejecutoras de préstamos.

7. Fiscalizar y coordinar la información proveniente de las entidades descentralizadas dependientes.

8. Coordinar la aplicación de la política de recursos humanos, organización, sistemas administrativos, informáticos y comunicaciones y coordinar su aplicación.

9. Coordinar el despacho, seguimiento y archivo de la documentación administrativa, determinando para cada trámite las unidades de la jurisdicción con responsabilidad primaria para entender en el tema respectivo, como así también el contralor de las notificaciones producidas por la Jurisdicción.

10. Coordinar el servicio jurídico e intervenir en todos los proyectos de leyes, decretos, decisiones administrativas o resoluciones que introduzcan o modifiquen normas vinculadas con la actividad sustantiva de la jurisdicción

11. Supervisar el accionar de los servicios jurídicos pertenecientes a sus organismos descentralizados y la defensa del ESTADO NACIONAL en juicio.

12. Entender en la administración de los espacios físicos de la jurisdicción.

13. Coordinar las actividades prejudiciales tendientes al recupero de créditos a favor del TESORO NACIONAL en el ámbito de su Jurisdicción.

14. Instruir los sumarios administrativos disciplinarios.

SECRETARIA DE AGRICULTURA, GANADERIA Y PESCA

OBJETIVOS

1. Elaborar y ejecutar planes, programas y políticas de producción, comercialización, tecnología, calidad y sanidad en materia agropecuaria, pesquera, forestal y agroindustrial, coordinando y conciliando los intereses del Gobierno Nacional, las provincias y los diferentes subsectores.

2. Promover la utilización y conservación de los agroecosistemas y recursos naturales destinados a la producción agrícola, frutihortícola, ganadera, forestal y pesquera a fin de acrecentar el capital productivo del país y el desarrollo económico del sector.

3. Realizar el seguimiento de la producción, de los mercados nacionales e internacionales y de los programas, proyectos y actividades de su competencia.

4. Entender en el diseño y ejecución de las políticas de desarrollo, promoción, calidad, bioseguridad y sanidad de productos, industrializados o no, para consumo alimentario de origen animal o vegetal.

5. Intervenir en lo relativo a la aplicación de la política comercial interna de productos agropecuarios.

6. Controlar la aplicación de los marcos regulatorios y el cumplimiento de las prestaciones de los servicios públicos del sector agropecuario que son brindados por el sector privado.

7. Promover y desarrollar la actividad hípica, controlando la aplicación de las normas referidas a dicha actividad e impulsando el conocimiento de la producción nacional de ejemplares equinos en el exterior.

8. Coordinar, en el ámbito de su competencia, acciones con las distintas regiones del país a fin de desconcentrar la ejecución de las políticas de la jurisdicción y facilitar la integración con los distintos sectores del quehacer agropecuario, agroindustrial, forestal, alimentario, pesquero y acuícola.

9. Promover la creación de un sistema integral de gestión agropecuaria a fin de permitir la actuación coordinada de la Secretaría y los organismos descentralizados de la jurisdicción.

10. Actuar como Autoridad Nacional de Aplicación y Contralor de la Ley Nº 9643, en lo relativo a Warrants y Certificados de Depósito.

11. Entender en el estudio de los distintos factores que afectan el desarrollo de la actividad agropecuaria y forestal y de las agroindustrias asociadas, la evaluación de sus tendencias, tanto en el país como en el exterior, proponiendo aquellas medidas de carácter global o sectorial que posibiliten impulsar el desarrollo de dicha actividad.

12. Entender en la ejecución de políticas de promoción, desarrollo y financiamiento de las actividades agrícolas, ganaderas y forestales, de las agroindustrias asociadas procurando la sostenibilidad de los recursos naturales.

13. Entender en la aplicación de la normativa vigente relativa al tratamiento de emergencia y/o desastre agropecuario, en coordinación con otros organismos competentes.

14. Asistir al MINISTERIO DE AGRICULTURA, GANADERIA Y PESCA en la supervisión de los programas, proyectos y actividades del INSTITUTO NACIONAL DE TECNOLOGIA AGROPECUARIA, el INSTITUTO NACIONAL DE SEMILLAS, el INSTITUTO NACIONAL DE INVESTIGACION Y DESARROLLO PESQUERO, el SERVICIO NACIONAL DE SANIDAD Y CALIDAD AGROALIMENTARIA, el INSTITUTO NACIONAL DE VITIVINICULTURA y la OFICINA NACIONAL DE CONTROL COMERCIAL AGROPECUARIO y en la evaluación de sus desempeños.

15. Entender en la propuesta y ejecución de la política de fomento y regulación de la pesca y acuicultura, así como también la industrialización, comercialización y transporte de sus productos.

16. Entender en la celebración de acuerdos bilaterales y/o multilaterales que permitan una mejor administración, conservación y ordenamiento de los recursos, incluyendo los de alta mar e intervenir en las negociaciones internacionales en las que se traten temas de interés para la actividad.

17. Entender en el estudio de los distintos factores que afectan el desarrollo de la producción de alimentos y de las agroindustrias, evaluar sus tendencias, tanto en el país como en el exterior, proponiendo aquellas medidas de carácter global o sectorial, que posibiliten impulsar el desarrollo de dichas actividades.

18. Elaborar y ejecutar programas destinados a atender la problemática del productor agropecuario, el desarrollo regional y territorial rural, procurando el arraigo y la inclusión social.

19. Entender en las políticas y medidas a adoptar en el área de los recursos genéticos para la alimentación y la agricultura, en la promoción, conservación y regulación de las especies y recursos genéticos de los agroecosistemas.

20. Entender en las autorizaciones de liberación al medio y comercialización de organismos genéticamente modificados para uso agropecuario.

21. Intervenir en las situaciones contempladas en la Ley de Defensa de la Competencia Nº 25.156, cuando involucren al productor agropecuario.

SECRETARIA DE AGRICULTURA, GANADERIA Y PESCA

SUBSECRETARIA DE AGRICULTURA

OBJETIVOS

1. Diseñar, proponer y coordinar la ejecución de políticas, planes y programas relacionados con la producción agrícola —extensiva e intensiva— y los mercados agrícolas y forestales, procurando el adecuado equilibrio entre productividad, sostenibilidad de los recursos naturales y distribución territorial.

2. Realizar las propuestas y coordinar la ejecución de las políticas de comercialización, regulación y fiscalización de la producción agrícola, asistiendo en el seguimiento de los mercados agrícolas, así como en las negociaciones comerciales y sanitarias de estos rubros.

3. Proponer y coordinar la ejecución de políticas tendientes al desarrollo, expansión y aumento de eficiencia de los distintos sectores productivos agrícolas y forestales.

4. Asistir a la SECRETARIA DE AGRICULTURA, GANADERIA Y PESCA en el fortalecimiento de la competitividad de los sectores productivos de las cadenas alimentarias y agroindustriales, proponiendo aquellas medidas de carácter global o sectorial que permitan impulsar el desarrollo equilibrado y sostenible de las mismas, en el ámbito de su competencia.

5. Asistir a la SECRETARIA DE AGRICULTURA, GANADERIA Y PESCA en la ejecución de las políticas relacionadas con la Biotecnología para uso agrícola.

6. Asistir a la SECRETARIA DE AGRICULTURA, GANADERIA Y PESCA en la determinación de los instrumentos a utilizar en las acciones vinculadas con el tratamiento del riesgo, la emergencia y/o desastre en materia agrícola y forestal así como también en la definición de las políticas de prevención y/o asistencia.

7. Participar en todo lo relativo a la definición de las políticas sanitaria, comercial y tecnológica vinculadas a las diferentes actividades de producción agrícola y forestal.

8. Asistir a la SECRETARIA DE AGRICULTURA, GANADERIA Y PESCA en su relación con los Gobiernos Provinciales en materia de producción agrícola.

9. Asistir a la SECRETARIA DE AGRICULTURA, GANADERIA Y PESCA en las cuestiones de bioseguridad, especialmente en las autorizaciones de liberación al medio y comercialización de organismos genéticamente modificados para uso agrícola.

10. Diseñar, proponer y coordinar la ejecución de políticas, planes y programas relacionados con la producción agroindustrial y los alimentos a nivel nacional e internacional, en el ámbito de su competencia.

11. Coordinar acciones tendientes al fortalecimiento de la competitividad de las cadenas alimentarias y agroindustriales, proponiendo aquellas medidas de carácter global o sectorial que promuevan la generación de valor, vinculando su accionar con las áreas pertinentes, en el ámbito de su competencia.

12. Realizar las propuestas y coordinar la ejecución de las políticas de comercialización, regulación y fiscalización de la producción agroalimentaria, asistiendo en el seguimiento de los procesos agroindustriales, así como en las negociaciones internacionales, comerciales y sanitarias de estos rubros, en el ámbito de su competencia.

SECRETARIA DE AGRICULTURA, GANADERIA Y PESCA

SUBSECRETARIA DE GANADERIA

OBJETIVOS

1. Diseñar, proponer y coordinar la ejecución de políticas, planes y programas relacionados con la producción ganadera, y los mercados ganaderos, procurando el adecuado equilibrio entre productividad, sostenibilidad de los recursos naturales y distribución territorial.

2. Realizar las propuestas y coordinar la ejecución de las políticas de comercialización, regulación y fiscalización de la producción ganadera, asistiendo en el seguimiento de los mercados ganaderos, así como en las negociaciones comerciales y sanitarias de estos rubros.

3. Proponer y coordinar la ejecución de políticas tendientes al desarrollo, expansión y aumento de eficiencia de los distintos sectores productivos pecuarios.

4. Asistir en la promoción y desarrollo de la actividad hípica, tanto en el país como para el conocimiento de la producción en el exterior; así como también en el control de la aplicación de la normativa que rige dicha actividad.

5. Asistir a la SECRETARIA DE AGRICULTURA, GANADERIA Y PESCA en el fortalecimiento de la competitividad de los sectores productivos de las cadenas alimentarias y de las industrias ganaderas, proponiendo aquellas medidas de carácter global o sectorial que permitan impulsar el desarrollo equilibrado y sostenible de las mismas, en el ámbito de su competencia.

6. Asistir a la SECRETARIA DE AGRICULTURA, GANADERIA Y PESCA en la ejecución de las políticas relacionadas con la Biotecnología para uso pecuario.

7. Asistir a la SECRETARIA DE AGRICULTURA, GANADERIA Y PESCA en la determinación de los instrumentos a utilizar en las acciones vinculadas con el tratamiento del riesgo, la emergencia y/o desastre pecuario, así como también en la definición de las políticas de prevención y/o asistencia.

8. Participar en todo lo relativo a la definición de las políticas sanitaria, comercial y tecnológica vinculadas a las diferentes actividades de producción ganadera.

9. Asistir a la SECRETARIA DE AGRICULTURA, GANADERIA Y PESCA en su relación con los Gobiernos Provinciales en materia de producción ganadera.

10. Asistir a la SECRETARIA DE AGRICULTURA, GANADERIA Y PESCA en las cuestiones de bioseguridad, especialmente en las autorizaciones de liberación al medio y comercialización de organismos genéticamente modificados para uso pecuario.

11. Diseñar, proponer y coordinar la ejecución de políticas, planes y programas relacionados con la producción agroindustrial y los alimentos a nivel nacional e internacional, en el ámbito de su competencia.

12. Coordinar acciones tendientes al fortalecimiento de la competitividad de las cadenas alimentarias y agroindustriales, proponiendo aquellas medidas de carácter global o sectorial que promuevan la generación de valor, vinculando su accionar con las áreas pertinentes, en el ámbito de su competencia.

13. Realizar las propuestas y coordinar la ejecución de las políticas de comercialización, regulación y fiscalización de la producción agroalimentaria, asistiendo en el seguimiento de los procesos agroindustriales, así como en las negociaciones internacionales, comerciales y sanitarias de estos rubros, en el ámbito de su competencia.

SECRETARIA DE AGRICULTURA, GANADERIA Y PESCA

SUBSECRETARIA DE PESCA Y ACUICULTURA

OBJETIVOS

1. Proponer y ejecutar, en el marco de la Ley Nº 24.922, sus normas modificatorias y complementarias, la política pesquera nacional para la protección efectiva de los intereses nacionales relacionados con la pesca marítima y la sustentabilidad de la actividad pesquera, en procura del máximo desarrollo compatible con el aprovechamiento racional de los recursos marinos vivos.

2. Proponer y ejecutar políticas destinadas a administrar la pesca continental.

3. Promover el desarrollo de la acuicultura, como actividad de cultivo y explotación de especies acuáticas.

4. Coordinar con autoridades nacionales y provinciales las acciones para la administración, la protección y el cultivo de los recursos acuáticos vivos, tendientes a la conservación de los mismos en el largo plazo.

5. Asistir en el otorgamiento de los beneficios provenientes de la promoción sectorial concedida o a conceder a la pesca y a la acuicultura.

6. Intervenir en todo lo relativo a la política sanitaria referida a la actividad pesquera.

7. Participar en las negociaciones sobre fijación de las políticas tributaria y aduanera, así como de comercio exterior vinculadas al sector pesquero, en coordinación con los organismos competentes.

8. Coordinar las tareas relativas al funcionamiento del Registro de la Pesca, de conformidad con lo establecido por la Ley Nº 24.922 y otros registros del área.

9. Asistir, previa aprobación del CONSEJO FEDERAL PESQUERO, en el otorgamiento de permisos de pesca.

10. Asistir en la aprobación de la transferencia de permisos de pesca entre buques pesqueros, en el marco de la normativa establecida.

11. Proponer o disponer, según corresponda, la suspensión de los permisos de pesca, el inmediato arribo a puerto y toda otra medida que se estime necesaria en los casos que la norma define como infracciones graves, así como las sanciones que resulten de los sumarios por infracciones a la normativa vigente.

12. Proponer, previa aprobación del CONSEJO FEDERAL PESQUERO, zonas o épocas de veda y/o reservas y delimitación de áreas de pesca en base a los informes técnicos específicos.

13. Proponer los requisitos y condiciones que deben cumplir los buques y empresas para desarrollar la actividad pesquera marítima, incluyendo los métodos y técnicas de captura, así como también los equipos y artes de pesca de uso prohibido, con el asesoramiento del INSTITUTO NACIONAL DE INVESTIGACION Y DESARROLLO PESQUERO.

14. Asistir en la fiscalización de las Capturas Máximas Permisibles por especie y en la emisión de las cuotas de captura anual por buques, por especies, por zonas de pesca y por tipo de flota, conforme lo aprobado por el CONSEJO FEDERAL PESQUERO.

15. Asistir a la SECRETARIA DE AGRICULTURA, GANADERIA Y PESCA en las negociaciones internacionales en las que se traten temas de interés para la temática del sector, colaborando en las gestiones vinculadas con la ampliación de las áreas de actividad para la flota pesquera nacional y las mejoras en el manejo de los recursos acuáticos vivos, incluyendo los de alta mar.

16. Proponer medidas destinadas a regular las actividades de explotación, cultivo, fiscalización e investigación que se desarrollan sobre los recursos acuáticos vivos en todos los ámbitos sujetos a jurisdicción nacional, así como sobre los recursos marinos de especies migratorias en la zona adyacente a la Zona Económica Exclusiva, o aquellos recursos que pertenezcan a una misma población o a poblaciones de especies asociadas a las de la Zona Económica Exclusiva.

17. Intervenir en el análisis del desarrollo de procesos industriales ambientalmente apropiados que promuevan la obtención del máximo valor agregado y el mayor empleo de mano de obra argentina.

18. Proponer y ejecutar medidas destinadas a reglamentar el transporte y la documentación necesaria para el tránsito de productos de la pesca y de la acuicultura.

19. Proponer las adecuaciones normativas en materia de actividades pesqueras y de la acuicultura, que resulten necesarias para un mejor manejo de las mismas.

20. Aprobar y proponer la difusión de la información elaborada en el área, a través de los medios que se consideren adecuados

21. Asistir a la SECRETARIA DE AGRICULTURA, GANADERIA Y PESCA en la coordinación de las relaciones entre el INSTITUTO NACIONAL DE INVESTIGACION Y DESARROLLO PESQUERO y el PODER EJECUTIVO NACIONAL.

SECRETARIA DE DESARROLLO RURAL Y AGRICULTURA FAMILIAR

OBJETIVOS

1. Elaborar, coordinar y ejecutar políticas, planes y programas para el desarrollo rural, atendiendo a las necesidades específicas de los diversos actores, regiones y sectores agroproductivos.

2. Identificar, diseñar y ejecutar políticas y programas que atiendan las necesidades específicas del sector de la agricultura familiar.

3. Coordinar la elaboración de propuestas de políticas de desarrollo agropecuario y la formulación y seguimiento de proyectos sectoriales con financiamiento interno y/o externo.

4. Diseñar y proponer políticas de desarrollo sectorial, regional y rural, compatibilizándolas con las políticas macroeconómicas y sociales y la gestión sustentable de los recursos, coordinando la preparación de planes, programas y proyectos de inversión.

5. Coordinar los distintos programas de intervención sectorial, territorial y social, en el ámbito de su competencia.

6. Coordinar con la SECRETARIA DE AGRICULTURA, GANADERIA Y PESCA su vinculación con el CONSEJO FEDERAL AGROPECUARIO y su relación con los Gobiernos Provinciales en las materias de su competencia.

7. Entender en la coordinación de acciones tendientes a impulsar la modernización, reconversión, complementación y diversificación de las economías regionales, tanto en la producción primaria como en la cadena agroindustrial asociada, vinculando su accionar con las áreas pertinentes.

8. Coordinar las tareas relativas a la administración y funcionamiento del Registro de la Agricultura Familiar.

SECRETARIA DE RELACIONES INSTITUCIONALES

OBJETIVOS

1. Entender en la coordinación institucional entre el MINISTERIO DE AGRICULTURA, GANADERIA Y PESCA y los Organismos y Autoridades de los distintos poderes del Estado en el ámbito Nacional, Provincial o Municipal, Entes Regionales e Instituciones intermedias.

2. Asistir al señor Ministro de Agricultura, Ganadería y Pesca en la articulación de las relaciones que se establezcan con otras jurisdicciones del Gobierno Nacional, Provincial y Municipal a los fines de asegurar la coherencia y fortalecimiento de los lineamientos estratégicos de la Jurisdicción ministerial.

3. Asistir al señor Ministro de Agricultura, Ganadería y Pesca en la articulación de las relaciones que se establezcan con organismos y autoridades en el ámbito internacional, en las materias de competencia de la Jurisdicción

4. Entender en materia institucional en lo referente a las relaciones con las sociedades y entidades de carácter civil, como así también con los organismos no gubernamentales, en el ámbito de competencia del MINISTERIO DE AGRICULTURA, GANADERIA Y PESCA

5. Entender en la difusión de la actividad del MINISTERIO DE AGRICULTURA, GANADERIA Y PESCA y en su relación con el periodismo nacional e internacional.

6. Coordinar la gestión comunicacional de las áreas y entidades dependientes del MINISTERIO DE AGRICULTURA, GANADERIA Y PESCA.

7. Mantener contacto con los medios de comunicación masiva.

8. Asistir al señor Ministro de Agricultura, Ganadería y Pesca en conferencias de prensa y reportajes.

9. Coordinar la relación entre las distintas áreas integrantes del MINISTERIO DE AGRICULTURA, GANADERIA Y PESCA

10. Intervenir en el diseño y coordinación de planes, programas y proyectos en las materias de competencia de la Jurisdicción Ministerial tendientes a promover el desarrollo local y regional.

SECRETARIA DE RELACIONES INSTITUCIONALES

SUBSECRETARIA DE COORDINACION INSTITUCIONAL

OBJETIVOS

1. Asistir en la coordinación de la relación entre las distintas áreas integrantes del MINISTERIO DE AGRICULTURA, GANADERIA Y PESCA.

2. Asistir en la coordinación institucional entre el MINISTERIO DE AGRICULTURA, GANADERIA Y PESCA y los Organismos y Autoridades de los distintos poderes del Estado en el ámbito Nacional, Provincial o Municipal, Entes Regionales e Instituciones intermedias.

3. Proponer y coordinar con las distintas dependencias del Ministerio, la elaboración y ejecución de los planes, programas y proyectos de la jurisdicción.

4. Efectuar la evaluación y seguimiento de los planes, programas y proyectos de la jurisdicción ministerial y proponer las medidas tendientes a optimizar la gestión de los mismos.

5. Elaborar y proponer los instrumentos que permitan elevar los niveles de coherencia y complementariedad de los fines, así como también la coordinación y mejor aprovechamiento de los recursos disponibles en el ámbito de la jurisdicción ministerial, tanto a nivel central como descentralizado.

6. Realizar el control de cumplimiento de los proyectos, programas, planes y acciones.

SECRETARIA DE RELACIONES INSTITUCIONALES

SUBSECRETARIA DE COMUNICACION INSTITUCIONAL

OBJETIVOS

1. Organizar y dirigir las actividades de comunicación, difusión y publicidad, correspondientes a toda la jurisdicción.

2. Programar la difusión de las informaciones y la publicidad correspondientes a toda la jurisdicción, en los medios de comunicación del país, de conformidad con la normativa vigente.

3. Analizar, evaluar y sistematizar la información periodística que se refiera o interese a la jurisdicción, elaborar la síntesis de las informaciones locales y del exterior y sistematizar la recopilación de la información gráfica y audiovisual.

4. Coordinar las necesidades de prensa y difusión de todas las áreas de la jurisdicción.

5. Producir información sobre temas atinentes a la jurisdicción para su difusión.

6. Realizar, cuando así se requiera, sondeos de opinión sobre temas de competencia del Ministerio.

Planilla anexa al artículo 5º

ADMINISTRACION DESCENTRALIZADA

XXIII. MINISTERIO DE INDUSTRIA Y TURISMO (Denominación del Ministerio de Industria sustituida por la de Ministerio de Industria y Turismo por art. 1° del Decreto N°1458/2009 B.O. 13/10/2009)

UNIDAD MINISTRO

- Agencia Nacional de Desarrollo de Inversiones

SECRETARIA DE INDUSTRIA, COMERCIO Y DE LA PEQUEÑA Y MEDIANA EMPRESA

- Instituto Nacional de Tecnología Industrial (INTI)

- Instituto Nacional de la Propiedad Industrial (INPI)

SECRETARIA DE TURISMO

- Administración de Parques Nacionales

- Instituto Nacional de Promoción Turística

Planilla anexa al artículo 6º

ADMINISTRACION DESCENTRALIZADA

XXIV. MINISTERIO DE AGRICULTURA, GANADERIA Y PESCA

UNIDAD MINISTRO

- Instituto Nacional de Tecnología Agropecuaria (INTA)

- Instituto Nacional de Semillas (INASE)

- Instituto Nacional de Investigación y Desarrollo Pesquero (INIDEP)

- Servicio Nacional de Sanidad y Calidad Agroalimentaria (SENASA)

- Instituto Nacional de Vitivinicultura (INV)

- Oficina Nacional de Control Comercial Agropecuario (ONCCA)