ENTE NACIONAL REGULADOR DE LA ELECTRICIDAD

Resolución Nº 468/2009

Bs. As., 23/9/2009

VISTO el Expediente ENRE Nº 29.951, la Ley Nº 19.549 y su Decreto Reglamentario Nº 1759/72 (t.o. 1991), y

CONSIDERANDO:

Que el artículo 1º de la Ley de Procedimientos Administrativos Nº 19.549 establece que los procedimientos ante la Administración Pública Nacional centralizada y descentralizada, inclusive sus Entes Autárquicos, deberán ajustarse a los requisitos de celeridad, economía, sencillez y eficacia en los trámites.

Que en concordancia con tales requisitos, el ARTICULO 4 de la Resolución ENRE Nº 277/2008 aprobó el procedimiento de notificación Vía Internet, contenido en el ANEXO II de dicha Resolución, el cual se aplica a las Resoluciones dictadas por el Departamento de Transporte de Energía Eléctrica (DTEE) y el Area de Aplicación y Administración de Normas Regulatorias (AANR) de este Ente, en los sumarios originados por incumplimientos al ANEXO 24 (SISTEMA DE OPERACION EN TIEMPO REAL Y SISTEMA DE MEDICION COMERCIAL), de LOS PROCEDIMIENTOS aprobados mediante Resolución SE Nº 61/92, sus modificatorias y complementarias.

Que conforme surge de la Resolución y el ANEXO citados precedentemente, en dicha oportunidad resultaron excluidos del procedimiento de notificación Vía Internet los actos que pudieran ser dictados por el Directorio del ENTE NACIONAL REGULADOR DE LA ELECTRICIDAD con motivo de los Recursos que, en su caso, fueran presentados por los agentes sancionados en el marco de los sumarios antes mencionados.

Que mediante el ARTICULO 4 de la Resolución ENRE Nº 677/2008 se estableció la aplicación del procedimiento citado precedentemente para las resoluciones que, habiendo sido emitidas por eI DTEE y el AANR, debieran notificarse en los sumarios iniciados por incumplimientos a los PROCEDIMIENTOS TECNICOS Nº 11 (ANALISIS DE PERTURBACIONES) y Nº 15 (HABILITACION DE OPERADORES), de LOS PROCEDIMIENTOS.

Que asimismo cabe recordar que este Ente también ha determinado la aplicación de un procedimiento de notificación Vía Internet, para las Concesionarias del Servicio Público de Distribución de Energía Eléctrica, mediante el dictado de las Resoluciones ENRE Nº 39/2004 y Nº 522/2004, que, respectivamente, establecieron un sistema de notificación y comunicación para los reclamos en materia de Seguridad en la Vía Pública y para distintos reclamos, intimaciones, vistas y traslados que deba efectuar el Departamento de Atención a Usuarios.

Que las iniciativas mencionadas precedentemente coinciden, en lo sustancial, con los lineamientos que el Gobierno Nacional ha fijado a efectos de incorporar en forma sostenida el uso de las Tecnologías de la Información y las Comunicaciones (TICs), especialmente Internet, buscando promover el empleo eficiente y coordinado de los Recursos existentes, para la creación de nuevos y mejores vínculos entre el Estado Nacional, los habitantes y los ciudadanos, y en procura de una mejor gestión pública.

Que en efecto, tal como se expresa en los considerandos del Decreto Nº 378/2005, que aprueba los "Lineamientos Estratégicos que deberán regir el Plan Nacional de Gobierno Electrónico y los Planes Sectoriales de Gobierno Electrónico de los organismos de la ADMINISTRACION PUBLICA NACIONAL", el empleo de las TICs, en especial Internet, está transformando las relaciones entre las personas y las organizaciones públicas y privadas, permitiendo —entre otras cosas— el intercambio de información entre el Estado y los particulares mediante canales alternativos al papel.

Que por ello, el artículo 3 del citado Decreto prevé que en la elaboración e implementación de los respectivos Planes Sectoriales de Gobierno Electrónico, las máximas autoridades de los entes estatales serán las responsables jurisdiccionales de "...inciso e) Disponer las medidas necesarias para que las comunicaciones se efectúen preferentemente mediante tecnologías informáticas, optimizando para ello la utilización de los Recursos electrónicos disponibles en los distintos organismos de la ADMINISTRACION PUBLICA NACIONAL".

Que en virtud de lo expuesto precedentemente, y ante los favorables resultados obtenidos —en términos de celeridad procedimental y de economía de Recursos— con el dictado de las Resoluciones ENRE Nº 277/2008 y ENRE Nº 677/2008, se considera conveniente hacer extensivo el procedimiento de notificación Vía Internet a todas las comunicaciones que deban ser cursadas a los Concesionarios de Transporte y de Distribución de Energía Eléctrica, así como también a los restantes Agentes del Mercado Eléctrico Mayorista, con motivo de los sumarios iniciados por incumplimiento de las obligaciones relativas a la calidad de servicio del transporte de energía eléctrica y de la función técnica de transporte, contenidas en los respectivos Contratos de Concesión, en el Anexo 16 (CALIDAD DE SERVICIO DE TRANSPORTE), y en los ANEXOS 27 y 28 (CALIDAD DE SERVICIO EN PRESTACION DE LA FUNCION TECNICA DE TRANSPORTE) de LOS PROCEDIMIENTOS aprobados mediante Resolución SE Nº 61/92, sus modificatorias y complementarias.

Que las mismas razones aconsejan, asimismo, extender dicho procedimiento de notificación a los actos que deba emitir este Directorio en el marco de los procesos sumariales mencionados en los considerandos segundo y cuarto del presente acto, los cuales habían sido inicialmente excluidos al dictarse las Resoluciones ENRE Nº 277/2008 y ENRE Nº 677/2008.

Que finalmente corresponde disponer, por iguales motivos, que las comunicaciones que deban cursarse a la COMPAÑIA ADMINISTRADORA DEL MERCADO MAYORISTA ELECTRICO S.A. (CAMMESA), en el marco de los sumarios precedentemente indicados, también sean efectuadas mediante el procedimiento de notificación Vía Internet.

Que la Resolución ENRE Nº 277/2008 también estableció que los Agentes del MEM debían inscribirse en el Registro Obligatorio creado en su ARTICULO 5, dentro del plazo máximo de DIEZ (10) días, contados a partir de la publicación de esa norma en el Boletín Oficial.

Que por ello, resulta necesario ordenar a aquellos Agentes del MEM que a la fecha no hubieran efectuado tal inscripción, que procedan a cumplimentar dicha obligación en los plazos fijados en la presente Resolución, bajo apercibimiento de aplicarle las sanciones previstas en el marco normativo vigente.

Que la correcta implementación de lo dispuesto en este acto exige, asimismo, establecer, con carácter general, los días en los cuales quedarán notificados los actos administrativos del ENRE que sean puestos en conocimiento de los Agentes del MEM mediante el procedimiento establecido, a los fines del cómputo de los plazos fijados en la normativa para la presentación de los descargos o, en su caso, de los Recursos que tales Agentes pudieran interponer contra los actos dictados en los procedimientos sumariales antes aludidos.

Que el DTEE y la AANR deberán efectuar, en el marco de sus respectivas competencias, un pormenorizado seguimiento del cumplimiento de lo establecido en los considerandos precedentes, debiendo proceder —en su caso— a la formulación de cargos a los agentes que no den cumplimiento a las obligaciones aquí establecidas.

Que por razones de conveniencia es necesario establecer un período de transición de TREINTA (30) días, en el cual coexistirán el sistema actualmente aplicado en materia de notificaciones y el que se aprueba por este acto.

Que a efectos de dar adecuada difusión a lo dispuesto en la presente Resolución se estima conveniente disponer que, sin perjuicio de su publicación en el Boletín Oficial de la Nación, también se publique un aviso, tanto en la Página Web del ENRE como en la de CAMMESA.

Que se ha emitido el dictamen jurídico previsto en el artículo 7 inciso d) de la Ley 19.549.

Que el Directorio del ENTE NACIONAL REGULADOR DE LA ELECTRICIDAD es competente para el dictado de la presente Resolución, en virtud de lo dispuesto por los Artículos 56 incisos a), m) y s), 63 inciso g) y 81 de la Ley Nº 24.065.

Por ello,

EL DIRECTORIO DEL ENTE NACIONALREGULADOR DE LA ELECTRICIDAD

RESUELVE:

ARTICULO 1º — Hacer extensiva la aplicación del Procedimiento de Notificación Vía Internet aprobado mediante el ARTICULO 4 de la Resolución ENRE Nº 277/2008, a todas las notificaciones que deban ser cursadas a los Concesionarios de Transporte y de Distribución de Energía Eléctrica, así como a los restantes Agentes del Mercado Eléctrico Mayorista y a CAMMESA, con motivo de los sumarios iniciados por incumplimiento de las obligaciones contenidas en los respectivos Contratos de Concesión de transporte de energía eléctrica, en el ANEXO 16 (CALIDAD DE SERVICIO DE TRANSPORTE), y en los ANEXOS 27 y 28 (CALIDAD DE SERVICIO EN PRESTACION DE LA FUNCION TECNICA DE TRANSPORTE) de LOS PROCEDIMIENTOS aprobados mediante Resolución SE Nº 61/92, sus modificatorias y complementarias.

ARTICULO 2º — El procedimiento de notificación Vía Internet mencionado en el ARTICULO 1 se aplicará también, a partir el dictado de la presente, a los actos que emita el Directorio del ENTE NACIONAL REGULADOR DE ELECTRICIDAD en los sumarios iniciados por incumplimientos a los PROCEDIMIENTOS TECNICOS Nº 11 (ANALISIS DE PERTURBACIONES) y Nº 15 (HABILITACION DE OPERADORES), al ANEXO 24 (SISTEMA DE OPERACION EN TIEMPO REAL y SISTEMA DE MEDICION COMERCIAL), a las obligaciones contenidas en los respectivos Contratos de Concesión de Transporte de Energía Eléctrica, en el ANEXO 16 (CALIDAD DE SERVICIO DE TRANSPORTE), y en los ANEXOS 27 y 28 (CALIDAD DE SERVICIO EN PRESTACION DE LA FUNCION TECNICA DE TRANSPORTE), de LOS PROCEDIMIENTOS aprobados mediante Resolución SE Nº 61/92, sus modificatorias y complementarias.

ARTICULO 3º — Sustituir el ANEXO II de la Resolución ENRE Nº 277/2008 por el que, como ANEXO, integra la presente.

ARTICULO 4º — Los Agentes del MEM que aún no se hubieran inscripto en el Registro Obligatorio de Agentes del MEM, creado en el ARTICULO 5 de la Resolución ENRE 277/2008, deberán cumplimentar dicha inscripción en un plazo máximo de DIEZ (10) días, contados a partir de la publicación en el Boletín Oficial de la presente Resolución, bajo apercibimiento de aplicarle las sanciones previstas en el marco normativo vigente. A tal fin, deberán tramitar dicha inscripción ingresando en la página http://notificaciones.enre.gov.ar.

ARTICULO 5º — A partir de los TREINTA (30) días de la publicación en el Boletín Oficial de este acto, todas las providencias y Resoluciones que se dicten en los sumarios mencionados en los ARTICULOS 1 y 2 de la presente serán notificadas Vía Internet.

ARTICULO 6º — Disponer que todas las providencias y Resoluciones comprendidas en la presente quedarán notificadas los días martes y viernes posteriores a su remisión al Agente del MEM correspondiente por Vía Internet. En caso que uno de tales días fuera feriado, la notificación tendrá lugar el siguiente día de nota, computándose a partir de tales notificaciones, en los términos de la Resolución ENRE Nº 23/1994 y la Ley Nº 19.549, los plazos para la presentación de los descargos y/o Recursos, según corresponda.

ARTICULO 7º — Instruir al DTEE y a la AANR para que efectúen, en el marco de sus respectivas competencias, un pormenorizado seguimiento del cumplimiento de lo establecido en la presente Resolución, debiendo proceder —en su caso— a la formulación de cargos a los Agentes del MEM por los incumplimientos que pudieran verificarse.

ARTICULO 8º — La presente Resolución tendrá vigencia a partir de la fecha de su publicación en el Boletín Oficial.

ARTICULO 9º — Solicitar a CAMMESA, a fin de dar adecuada difusión a lo dispuesto en la presente Resolución la publicación de un aviso, así como publicar el mismo en la Página Web del ENRE.

ARTICULO 9º — Regístrese, comuníquese, publíquese, dése a la Dirección Nacional del Registro Oficial y archívese. — Ing. MARIO H. DE CASAS, Presidente, Ente Nacional Regulador de la Electricidad. — Dr. ENRIQUE GUSTAVO CARDESA, Director, Ente Nacional Regulador de la Electricidad. — Cdor. MARCELO BALDOMIR KIENER, Director, Ente Nacional Regulador de la Electricidad.

ANEXO A LA RESOLUCION ENRE Nº 468/2009

1. OBJETIVO

Establecer el procedimiento para la notificación "vía Internet" de las Resoluciones del Departamento de Transporte de Energía Eléctrica, del Area de Aplicación y Administración de Normas Regulatorias y del Directorio del ENTE NACIONAL REGULADOR DE LA ELECTRICIDAD, originados por incumplimientos a los PROCEDIMIENTOS TECNICOS Nº 11 (ANALISIS DE PERTURBACIONES) y Nº 15 (HABILITACION DE OPERADORES), al ANEXO 24 (SISTEMA DE OPERACION EN TIEMPO REAL y SISTEMA DE MEDICION COMERCIAL), a las obligaciones contenidas en los respectivos Contratos de Concesión de transporte de energía eléctrica, en el ANEXO 16 (CALIDAD DE SERVICIO DE TRANSPORTE), y en los ANEXOS 27 y 28 (CALIDAD DE SERVICIO EN PRESTACION DE LA FUNCION TECNICA DE TRANSPORTE), de LOS PROCEDIMIENTOS aprobados mediante Resolución SE Nº 61/92, sus modificatorias y complementarias.

2.

MARCO JURIDICO

Ley Nº 19.549

Decreto Nº 1759/72 (T.O. por Decreto Nº 1883/91)

3.

ENCUADRAMIENTO REGULATORIO

Resolución ENRE Nº 23/1994

4.

ALCANCE

El Area de Aplicación y Administración de Normas Regulatorias (AANR), el Departamento de Transporte de Energía Eléctrica (DTEE), la Secretaría del Directorio, la Mesa de Entradas y los Agentes del Mercado Eléctrico Mayorista (MEM)

5.

DESCRIPCION DEL PROCEDIMIENTO

5.1.

ALTA DE REGISTRO DE AGENTES DEL MEM

5.1.1.

MESA DE ENTRADAS

5.1.1.1.

Recibe el Formulario con los datos de los agentes que se han registrado y la Nota de autorización para el usuario registrado.

5.1.1.2.

Habilita al agente para recibir las Resoluciones vía Internet.

5.2.

NOTIFICACION DE LAS RESOLUCIONES DEL DEPARTAMENTO DE TRANSPORTE DE ENERGIA ELECTRICA

5.2.1.

EL DTEE:

5.2.1.1.

Ingresa la Resolución DTTE en la base "Seguimiento de Expedientes" del sistema LOTUS NOTES, indicando los agentes a notificar.

5.2.1.2.

El sistema remite automáticamente al agente del MEM el aviso de Notificación, vía correo electrónico.

5.2.1.3.

Emite la constancia generada por el sistema informático, de la que surge la fecha de notificación del aviso emitido y, en su caso, la fecha en la cual el Agente del MEM ha dado lectura al acto notificado.

5.2.1.4.

Incorpora las constancias de notificación mencionadas precedentemente en los respectivos Expedientes.

5.3

NOTIFICACION DE LAS RESOLUCIONES DEL AREA DE ANALISIS Y APLICACION DE NORMAS REGULATORIAS

5.3.1.

El AANR

5.3.1.1.

Ingresa la Resolución Sancionatoria en la base "Seguimiento de Expedientes" del sistema LOTUS NOTES, indicando los agentes a notificar.

5.3.1.2.

El sistema remite automáticamente al agente del MEM el aviso de Notificación, vía correo electrónico;

5.3.1.3.

Emite la constancia generada por el sistema informático, de la que surge la fecha de notificación del aviso emitido y, en su caso, la fecha en la cual el Agente del MEM ha dado lectura al acto notificado.

5.3.1.4.

Incorpora, las constancias de notificación mencionadas precedentemente en los respectivos Expedientes.

5.4.

NOTIFICACION DE LAS RESOLUCIONES DEL DIRECTORIO

5.4.1.

SECRETARIA DEL DIRECTORIO

5.4.1.1.

Ingresa la Resolución ENRE en la base "Seguimiento de Expedientes" del sistema LOTUS NOTES, indicando los agentes a notificar.

5.4.1.2.

El sistema remite automáticamente al agente del MEM el aviso de Notificación vía correo electrónico.

5.4.1.3.

Emite la constancia generada por el sistema informático, de la que surge la fecha de notificación del aviso emitido y, en su caso, la fecha en la cual el Agente del MEM ha dado lectura al acto notificado.

5.4.1.4.

Incorpora las constancias de notificación mencionadas precedentemente en los respectivos Expedientes.

6.

FORMULARIOS

Formulario para el Alta en el Registro Obligatorio de los Agentes del MEM, disponible en el sitio http://notificaciones.enre.gov.ar

e. 05/10/2009 Nº 83903/09 v. 05/10/2009