Ente Nacional Regulador de la Electricidad

ENERGIA ELECTRICA

Resolución 498/2009

Fíjase la Tasa definitiva anual de Fiscalización y Control que, por el año 2009, deberán pagar los generadores, transportistas y distribuidores de electricidad.

Bs. As., 7/10/2009

VISTO: El Expediente ENRE Nº 28.166/2008, lo dispuesto por los Artículos 20, 66 inciso a), 67 y 69 de la Ley Nº 24.065, las Resoluciones ENRE Nº 5/1994, Nº 513/2002 y Nº 679/2008, y

CONSIDERANDO:

Que el presupuesto de gastos e inversiones del ENTE NACIONAL REGULADOR DE LA ELECTRICIDAD (Entidad 652), establecido por la Ley General de Presupuesto Nº 26.422 para el año 2009 y la Decisión Administrativa Nº 2 del 9 de enero de 2009 del JEFE DE GABINETE DE MINISTROS, fue fijado en la suma de SETENTA Y SEIS MILLONES OCHOCIENTOS SETENTA Y OCHO MIL ($ 76.878.000);

Que dicho presupuesto es financiado mediante la Tasa de Fiscalización y Control cuya determinación compete al ENTE NACIONAL REGULADOR DE LA ELECTRICIDAD, de conformidad con lo dispuesto por los Artículos 20, 66 inciso a) y 67 primer párrafo de la Ley Nº 24.065;

Que la alícuota singular que le corresponde abonar a cada Productor, Transportista y Distribuidor, como Agentes del Mercado Eléctrico Mayorista, ha sido elaborada según la metodología prevista en el último párrafo del Artículo 67 de la Ley Nº 24.065 y la Resolución ENRE Nº 5/1994;

Que la Resolución ENRE Nº 679/2008 fijó el calendario de vencimientos para el año 2009 y los importes a pagar en concepto de anticipos, estableciendo que el pago final será ajustado al cálculo definitivo de las alícuotas que corresponda para cada una de las empresas;

Que una vez que estuvieron disponibles los documentos comerciales pertinentes generados por la COMPAÑIA ADMINISTRADORA DEL MERCADO ELECTRICO MAYORISTA y recibida la información remitida por los Agentes de dicho Mercado, se obtuvo el cálculo de la tasa definitiva anual que les corresponde abonar a estos últimos, la que se fija en este acto;

Que la Asesoría Jurídica tomó la intervención que le compete, emitiendo el Dictamen Legal, según lo previsto en el artículo 7 inciso d) de la Ley de Procedimientos Administrativos Nº 19.549;

Que el Directorio del ENTE NACIONAL REGULADOR DE LA ELECTRICIDAD está facultado para el dictado de la presente en virtud de lo dispuesto por el inciso g) del Artículo 63 de la Ley Nº 24.065;

Por ello:

EL DIRECTORIO DEL ENTE NACIONAL REGULADOR DE LA ELECTRICIDAD

RESUELVE:

Artículo 1º — Fijar como Tasa definitiva anual de Fiscalización y Control que, por el año 2009, deberán pagar los generadores, transportistas y distribuidores, los importes que se encuentran especificados en la planilla ANEXO a la presente Resolución.

Art. 2º — Establecer como fecha de vencimiento para el pago final de la tasa, el día 30 de octubre de 2009. Dichos importes deberán ser abonados en los términos del Artículo 69 de la Ley Nº 24.065 y la Resolución ENRE Nº 513/2002.

Art. 3º — Disponer que el Departamento Administrativo efectúe la notificación de la presente a las empresas obligadas al pago de la Tasa fijada en la presente.

Art. 4º — Regístrese, comuníquese, publíquese, dése a la Dirección Nacional del Registro Oficial y archívese. — Mario H. de Casas. — Marcelo Baldomir Kiener. — Enrique G. Cardesa.