MINISTERIO DE TRABAJO, EMPLEO Y SEGURIDAD SOCIAL

SECRETARIA DE TRABAJO

Resolución Nº 441/2009

Registro Nº 317/2009

Bs. As., 6/4/2009

VISTO el Expediente Nº 1.015.542/98 del Registro del MINISTERIO DE TRABAJO, EMPLEO Y SEGURIDAD SOCIAL, la Ley Nº 14.250 (t.o. 2004), la Ley Nº 22.250 (t.o. 1980), la Ley Nº 25.877, el Decreto Nº 900 de fecha 29 de junio de 1995, y

CONSIDERANDO:

Que se solicita la homologación del Acuerdo Colectivo que complementa el Convenio Colectivo de Trabajo de Empresa Nº 967/08 "E", suscripto entre el SINDICATO DE OBREROS Y EMPLEADOS DE LA EDUCACION Y LA MINORIDAD (SOEME) por la parte gremial y la OBRA SOCIAL PARA LA ACTIVIDAD DOCENTE (OSPLAD) por la parte empleadora obrante a fojas 2/13 del Expediente Nº 1.309.213/09, agregado como foja 748 a las actuaciones citadas en el Visto.

Que mediante el acuerdo alcanzado, las partes establecen las misiones y funciones de cada categoría, conforme surge del instrumento acompañado.

Que de las constancias de autos surge la personería invocada por las partes y la facultad de negociar colectivamente.

Que en tal sentido, cabe indicar que el ámbito de aplicación del presente instrumento, se corresponde con la representación empresaria signataria y la representatividad de los trabajadores por medio de la entidad sindical firmante, emergente de su personería gremial.

Que las partes han ratificado a foja 752 y 754 el contenido y firmas del plexo convencional cuya homologación se peticiona.

Que de las cláusulas pactadas no surge contradicción con la normativa laboral vigente y se encuentra acreditado en autos el cumplimiento de los recaudos formales exigidos por la Ley Nº 14.250 (t.o. 2004).

Que por lo expuesto, corresponde dictar el pertinente acto administrativo de conformidad con los antecedentes mencionados.

Que la Asesoría Técnico Legal de la Dirección Nacional de Relaciones del Trabajo ha tomado la intervención que le compete.

Que las facultades de la suscripta para resolver en las presentes actuaciones, surgen de las atribuciones otorgadas por el Decreto Nº 900/95.

Por ello,

LA SECRETARIA DE TRABAJO

RESUELVE:

ARTICULO 1º — Declárase homologado el Acuerdo Colectivo que complementa el Convenio Colectivo de Trabajo de Empresa Nº 967/08 "E", suscripto entre el SINDICATO DE OBREROS Y EMPLEADOS DE LA EDUCACION Y LA MINORIDAD (SOEME) por la parte gremial y la OBRA SOCIAL PARA LA ACTIVIDAD DOCENTE (OSPLAD) por la parte empleadora obrante a fojas 2/13 del Expediente Nº 1.309.213/09, agregado como foja 748 al Expediente Nº 1.015.542/98.

ARTICULO 2º — Regístrese la presente Resolución en el Departamento Despacho dependiente de la SUBSECRETARIA DE COORDINACION. Cumplido, pase a la Dirección de Negociación Colectiva, a fin de que el Departamento Coordinación registre el presente Acuerdo obrante a fojas 2/13 del Expediente Nº 1.309.213/09, agregado como foja 748 al Expediente Nº 1.015.542/98.

ARTICULO 3º — Remítase copia debidamente autenticada al Departamento Biblioteca para su difusión.

ARTICULO 4º — Notifíquese a las partes signatarias. Finalmente, procédase a la guarda iel presente legajo, conjuntamente con el Convenio Colectivo de Trabajo de Empresa Nº 967/08 "E".

ARTICULO 5º — Hágase saber que en el supuesto que este MINISTERIO DE TRABAJO, EMPLEO Y SEGURIDAD SOCIAL no efectúe la publicación de carácter gratuito del Acuerdo homologado y de esta Resolución, las partes deberán proceder de acuerdo a lo establecido en el Artículo 5 de la Ley Nº 14.250 (t.o. 2004).

ARTICULO 6º — Comuníquese, publíquese, dése a la Dirección Nacional del Registro Oficial y archívese. — Dra. NOEMI RIAL, Secretaria de Trabajo.

Expediente Nº 1.015.542/98

Buenos Aires, 8 de abril de 2009

De conformidad con lo ordenado en la RESOLUCION ST Nº 441/09 se ha tomado razón del acuerdo obrante a fojas 2/13 del expediente 1.309.213/09, agregado como fojas 748 al expediente de referencia, quedando registrado con el Nº 317/09. — VALERIA ANDREA VALETTI, Registro, Convenios Colectivos de Trabajo, Dto. Coordinación - D.N.R.T.

TITULO VI

DE LAS CATEGORIAS - MISIONES Y FUNCIONES Y REMUNERACIONES

CAPITULO XIII

ARTICULO 35º: Se ratifica con carácter específico y genérico todo lo aplicado hasta el presente en cuanto a categorías, funciones, niveles, misiones y funciones y remuneraciones aplicables de conformidad a todos los acuerdos colectivos firmados anteriormente.

Con el objeto de procurar una mejora continua tanto en la organización de la Obra Social como en sus recursos humanos, las partes han decidido conjuntamente por este acuerdo proyectar hacia el futuro la optimización de la misma en todas sus formas. Los siguientes artículos se diseñan con el objeto de alcanzar tal fin y en disponer aspectos y herramientas que colaboren con lo propuesto.

Todas las funciones que a continuación se describen de manera sucinta son de carácter enunciativo y siempre comprenderán además entre otras a la descripta en cada párrafo.

ARTICULO 35.1 Para todo el personal que ingrese a la Obra Social a partir del 01.01.2009, se deberán considerar los siguientes niveles aplicables a las diferentes categorías, según las diferentes funciones existentes, en cuanto a los encuadres mencionados.

Asimismo, si la función no estuviere contemplada entre todas las mencionadas en el presente artículo, será tratado por la Comisión Integrada a tal efecto, a fin de determinar la inclusión, como así también las cuestiones de encuadre correspondiente al grupo, a la categoría y el nivel correspondiente sobre el encuadre de categoría aplicable.

cOORDINADOR DE SECTOR: Es quien tiene la responsabilidad del control y de elaboración le informes, supervisando las tareas que se realicen en las dependencias, en la que preste servicios.

- AUXILIAR ADMINISTRATIVO: Es la tarea que desarrolla el empleado/a, que requiere conocimientos básicos y no aplica conocimientos o habilidades específicas.

- ADMINISTRATIVO: Es la tarea que desarrolla el empleado/a, que posea redacción propia y práctica, conocimientos generales de la organización y funcionamiento de la oficina en que se desempeña.

~ CAJERO/ADMINISTRATIVO: Es la tarea que desarrolla el empleado/a, que requiere conocimientos de la organización de la oficina donde actúa, posea redacción propia y práctica y a su vez se encuentra afectado en forma directa al manejo de dinero, ya sean pagos o cobros.

- FACTURISTA: Es la tarea que desarrolla el empleado/a, emitiendo notas de crédito y debito y pago a proveedores.

- FISCALIZADOR: Es la tarea que desarrolla el empleado/a, en la cual entre otras funciones se inspecciona y verifican los pagos de las retenciones y aportes correspondientes al sistema de seguridad social y de Obras Sociales.

- RECEPCIONISTA: Es la tarea que desarrolla el empleado/a, que presta servicios de recepción, ya sea de documentación como de orientación y asistencia.

- SECRETARIA: Es la tarea que desarrolla el empleado/a, en la cual puede cumplir diversas funciones, tales como recepción y envío de documentación, trámite de correspondencias y asistencia sobre todo tema referente a la dependencia de la que dependa. Asimismo se ocupa de llevar la agenda de su Jefatura, con una fuerte impronta en el manejo de información confidencial.

- TELEFONISTA: Es la tarea que desarrolla el empleado/a, por medio de la cual, recibe y realiza llamados de las distintas dependencias y también opera el manejo del conmutador.

- PROMOTORES VENDEDORES: Es la tarea que desarrolla el empleado/a, que genera visitas a grupos de interés, tanto actuales como potenciales afiliados, brindando material de comunicación y promoción de la obra social, teniendo el objetivo de captar a nuevos y fidelizar los actuales beneficiarios.

- ANALISTA DE COMUNICACION EXTERNA: Es la tarea que desarrolla el empleado/a, el cual cumple la función de diagramar y redactar contenidos para las diferentes piezas de comunicación externa en sus distintos formatos (digital, gráficos, audiovisual, etc.).

- ANALISTA DE EVENTOS Y PUBLICIDAD: Es la tarea que desarrolla el empleado/a, que se desempeña en todas las tareas inherentes a la diagramación, elaboración de las distintas publicidades, generación o asistencia a los eventos y promociones que realice la obra social.

- TELEFONISTA CALL CENTER: Es la tarea que desarrolla el empleado/a, que atiende las llamadas telefónicas de beneficiarios brindando adecuada orientación y respuesta a las distintas consultas, efectuando también llamadas a fin de dar respuestas y brindar orientación a las consultas recibidas, y realiza interconsultas con otros sectores y dependencias de la obra social.

- AUXILIAR DE IMPRENTA: Es la tarea que desarrolla el empleado/a, que cumple la función de compaginación, encuadernación, embalaje de pedidos, control de stock y ordenamiento administrativo del sector.

- CORRESPONSAL DE SISTEMAS: Es la tarea que desarrolla el empleado/a, que asisten a los usuarios en las distintas delegaciones del interior, siendo sus funciones la de técnicos de redes y Pcs.

- LIDER DE PROYECTO: Es la tarea que desarrolla el empleado/a, el cual coordina, administra y audita el diseño de los proyectos.

- ANALISTA/PROGRAMADOR: Es la tarea que desarrolla el empleado/a, que se encarga del diseño y codificación de la aplicación a desarrollar (módulos), y demás, generar el mantenimiento correctivo y preventivo de aplicaciones en explotación.

- TECNICO AUXILIAR: Es la tarea que desarrolla el empleado/a, como técnico de Pcs, y a su vez posee conocimientos de redes y equipos de internetworking.

- ADMINISTRADOR DE BASE DE DATOS: Es la tarea que desarrolla el empleado/a, que crea, administra y audita tareas de bases de datos que están relacionadas con información de la obra social y los sistemas que utiliza la misma.

- COORDINADOR DE SERVICIO TECNICO: Es la tarea que desarrolla el empleado/a, que coordina y asigna las tareas a los distintos técnicos del Area de Sistemas ubicados en los edificios de la Obra Social.

- SOPORTE MESA DE AYUDA: Es la tarea que desarrolla el empleado/a, interactuando entre la mesa de ayuda, el usuario final y los sistemas de la obra social, atendiendo las consultas de los mismos ante alguna dificultad, dando soporte y asesoramiento a fin de dar las soluciones.

- SOPORTE DE TELECOMUNICACIONES: Es la tarea que desarrolla el empleado/a, técnico con conocimientos de redes, equipos de internetworking, LAN y WAN, configuración de los mismos, manejo de Sistema operativos, como de plataformas de explotación de las aplicaciones vigentes.

- ASISTENTE DENTAL: Es la tarea que desarrolla el empleado/a, la que consiste en colaborar durante el examen y tratamiento de los pacientes, prepara al paciente, esteriliza y desinfecta los instrumentos, prepara los materiales y asiste al médico odontólogo durante el procedimiento dental.

- AUDITOR MEDICO: Es la tarea que desarrolla el empleado/a, la que consiste en realizar auditorías de terreno y controlar las prestaciones contractuales, velando por el correcto funcionamiento de las mismas.

- AUDITOR ODONTOLOGICO: Es la tarea que desarrolla el empleado/a, la que consiste en controlar las prestaciones contractuales, velando por el correcto funcionamiento de las mismas.

- AUXILIAR ODONTOLOGICO: Es la tarea que desarrolla el empleado/a, la que consiste en prestar apoyo a los odontólogos asesorando y atendiendo al paciente y que puedan ejercer como auxiliar de odontología como en consultas, etc.

- AUXILIAR DE ESTERILIZACION: Es la tarea que desarrolla el empleado/a, la que consiste en mantener en condiciones de higiene y de esterilidad el material y el equipamiento de la sala en que se efectúan tareas de esterilización y colabora en forma estrecha con el técnico en esterilización.

- AUXILIAR DE FARMACIA: Es la tarea que desarrolla el empleado/a, la que consiste en recibir y verificar los medicamentos que ingresan a la farmacia, a fin de clasificarlos, organizarlos y verificar las fechas de vencimientos de los mismos y distribuirlos.

- AYUDANTE DE COCINA: Es la tarea que desarrolla el empleado/a, la cual consiste en asistir al cocinero, preparando los ingredientes para la elaboración de los alimentos que requieran los pacientes.

- COCINERO: Es la tarea que desarrolla el empleado/a, la que consiste en realizar la elaboración de los alimentos con las indicaciones específicas que requieren los pacientes, dependiendo de las instrucciones impartidas por los profesionales médicos y/o nutricionistas, siendo el responsable del control y supervisión de las actividades que se realicen en su sector.

- CAMILLERO: Es la tarea que desarrolla el empleado/a, la que consiste en el traslado de pacientes que se encuentran imposibilitados de movilizarse por sus propios medios.

- COMUNICADOR SOCIAL: Es la tarea que desarrolla el empleado/a, que se encarga de los diseños de los programas de promoción y prevención de los centros de Salud y su correspondiente difusión de las diferentes instituciones signadas, visitando escuelas y colegios, generando talleres para una mejor comunicación interinstitucional. Se ocupa además de los diseños publicitarios de dichos Centros de Salud.

- ENFERMERO PROFESIONAL: Es la tarea que desarrolla el empleado/a, la cual consiste en la aplicación de un cuerpo sistemático de conocimientos para la identificación y resolución de las situaciones de salud-enfermedad, sometidas al ámbito de su competencia.

(Sólo podrá ser ejercido a este nivel por aquellas personas que acrediten títulos habilitantes tales como los otorgados por universidades nacionales, provinciales o privadas reconocidas por autoridad competente, centros de formación de nivel terciario no universitario, dependientes de organismos nacionales, provinciales o municipales, o instituciones privadas reconocidos por autoridad competente y título, diploma o certificado equivalente expedido por países extranjeros, el que deberá ser revalidado de conformidad con la legislación vigente en la materia o los respectivos convenios de reciprocidad).

- AUXILIAR DE ENFERMERIA: Es la tarea que desarrolla el empleado/a, la que consiste en la práctica de técnicas y conocimientos que contribuyen al cuidado de enfermería planificados y dispuestos por el nivel profesional y ejecutados bajo su supervisión.

(El ejercicio de la enfermería en el nivel auxiliar, está reservado a aquellas personas que posean el certificado de Auxiliar de Enfermería otorgado por Instituciones nacionales, provinciales, municipales o privadas reconocidas a tal efecto por autoridad competente. Asimismo podrán ejercer como Auxiliares de Enfermería quienes tengan certificado equivalente otorgado por países extranjeros, el que deberá ser reconocido o revalidado de conformidad con la legislación vigente en la materia)

- ENFERMERO JEFE: Es la tarea que desarrolla el empleado/a, la que consiste en llevar a cabo la supervisión y el ordenamiento del grupo asignado a las tareas del piso con los conocimientos profesionales que amerita su cargo.

- SUPERVISOR DE ENFERMERIA: Es la tarea que desarrolla el empleado/a, el cual posee conocimientos en técnicas de selección, formación y promoción del personal de enfermería, fomentando la creatividad e innovación de los mismos, a fin de mejorar la calidad de atención en la prestación.

- INSTRUMENTADOR/A: Es la tarea que desarrolla el empleado/a, la que consiste en asistir al médico durante la intervención quirúrgica, pasando el instrumental u otro equipo de manera preestablecida y es responsable del mantenimiento y orden del campo quirúrgico

- VISITADOR PRESTACIONAL: Es la tarea que desarrolla el empleado/a, la que consiste en recorrer las clínicas, relevando la calidad de los servicios, atendiendo a los pacientes internados y facilitando la comunicación con el afiliado.

- PROFESIONALES DEL ARTE DE CURAR: Es el profesional médico que desempeña sus funciones en las delegaciones del interior del país, de acuerdo a su especialidad.

- AUXILIAR ROPERIA: Es la tarea que desarrolla el empleado/a, la que consiste en ordenar, contar y entregar la ropa o la indumentaria a las diferentes áreas de uso y/o médicos.

- MUCAMO/A: Es la tarea que desarrolla el empleado/a, la cual consiste en mantener higienizadas las instalaciones del sector que se le asigne, preparación del desayuno, merienda y el traslado a los pacientes, limpieza de los elementos utilizados.

TECNICO DE 2º: Es aquel empleado/a que realice tareas que requieran cierta experiencia o habilidad, así como una preparación técnica mediana, pero que actúan bajo la supervisión superior.

- TECNICO MEDICINA NUCLEAR: Es la tarea que desarrolla el empleado/a, la que consiste en efectuar las siguientes prácticas: estudio de diferentes tipos tales como, preparación e inyección de material radioactivo, centellogramas varios, óseos, cardiológico y renales y toma de las imágenes.

- TECNICO DE DIAGNOSTICOS POR IMAGENES : Es la tarea que desarrolla el empleado/a, la que consiste en efectuar pedidos de radiología simples en sala y pisos, puede realizar radiología dental, densitometrias, tomografías, resonancias y a su vez colabora con el médico radiólogo.

- TECNICO BIOQUIMICO: Es la tarea que desarrolla el empleado/a, la cual consiste en efectuar tareas específicas de la especialidad (bacteriología), control y firmas de protocolos supervisar el trabajo de los técnicos y el mantenimiento y control de calidad de resultados.

- TECNICO DE LABORATORIO: Es la tarea que desarrolla el empleado/a, la cual consiste en efectuar extracciones de sangre a pacientes internados y ambulatorios, ingreso y preparación y procesamiento de muestras biológicas realización de análisis y evaluación y control de los resultados.

- TECNICO EN CARDIOLOGIA: Es la tarea que desarrolla el empleado/a, la cual consiste en efectuar electrocardiogramas y elaborar estudios relacionados con la cardiología.

- TECNICO EN ELECTROMEDICINA: Es la tarea que desarrolla el empleado/a, la cual consiste en el mantenimiento preventivo de los equipos electromédicos e instalación de los mismos.

- TECNICO EN SEGURIDAD E HIGIENE: Es la tarea que desarrolla el empleado/a, la cual consiste en preparación y seguimiento de evaluaciones ambientales de acuerdo al mapa de riesgo laboral, investigación y estadísticas de incidentes/accidentes, control y seguimiento de instalaciones varias y elaboración de procedimientos e instructivos.

- TECNICO EN ESTERILIZACION: Es la tarea que desarrolla el empleado/a, la cual consiste en realizar controles biológicos de equipos, supervisión y control de estados de insumos (instrumental y dispositivos) manejo de equipos esterilizadores y control de stock.

- TECNICO EN FARMACIA: Es la tarea que desarrolla el empleado/a, la cual consiste en la preparación de dosis unitarias (fraccionamiento de comprimidos, líquidos, antisépticos y desinfectantes) preparaciones de pedidos para los distintos sectores y control de stock.

- TECNICO PATOLOGO: Es la tarea que desarrolla el empleado/a, el cual se encuentra capacitado para procesar cualquier tipo de material biológico y volverlo apto para un estudio microscópico, algunas de sus funciones consisten en la preparación de líquidos biológicos, centrifugación y extendido, preparación de tacos en parafina-inclusión, corte en microtomo, etc.

- TECNICO EN HEMOTERAPIA: Es la tarea que desarrolla el empleado/a, el cual se ocupa del tratamiento con sangre de ciertas enfermedades. Extrae sangre a donantes y pacientes, realiza el fraccionamiento de la sangre en hemocomponentes, tipifica los componentes sanguíneos, interpreta los resultados de laboratorio e informa de los mismos al Médico Especialista, lleva registro de las prácticas a su cargo, entre otras.

OFICIAL ESPECIALIZADO: Es aquel empleado/a que posee la idoneidad para desempeñarse en las tareas que realice en diversos oficios, con pericia profesional.

- OFICIOS (1): Es la tarea que desarrolla el empleado/a, en la especialidad inherente a su actividad.

(1) EL RUBRO SE AGRUPA POR LAS SIGUIENTES FUNCIONES: ALBAÑIL, CARPINTERO, CHOFER, ELECTRICISTA, HERRERO, GASISTA, PLOMERO, TAPICERO, ASCENSORISTA, MECANICO, PINTOR.

- ARQUITECTO: Es la tarea que desarrolla el empleado/a, profesional que se encarga de diseñar edificaciones, modificaciones y/o reparaciones, velando por el adecuado desarrollo de las mismas.

- INTENDENTE: Es la tarea que desarrolla el empleado/a, que realiza la coordinación de las actividades requeridas para el correcto funcionamiento del edificio al cual se le asigne para el desempeño de sus funciones.

- INGENIERO: Es la tarea que desarrolla el empleado/a, profesional encargado de llevar a cabo la investigación, desarrollo, diseño, producción y construcción, cumpliendo los servicios en su área de competencia.

- AUXILIAR DE LIMPIEZA: Es la tarea que desarrolla el empleado/a, de efectuar la limpieza de las instalaciones de cada área y/o sector.

- ORDENANZA: Es la función que desarrolla el empleado/a, ejecutando tareas simples no comprendidas en las categorías superiores.

- MAQUINISTA DE IMPRENTA: Es la tarea que desarrolla el empleado/a, que está a cargo del manejo de la maquinaria y ejecuta los proyectos designados a los efectos de publicidad, folletería y cartillas prestacionales entre otras actividades.

- TECNICO DE MANTENIMIENTO: Es la tarea que desarrolla el empleado/a, que realiza la planificación de proyectos, el desarrollo y la logística de los mismos.

ARTICULO 35.2: METODO DE EVALUACION DEL DESEMPEÑO La Evaluación del Desempeño pasará a ser un instrumento que servirá para medir el rendimiento y la evolución del potencial de cada trabajador.

Pasará a ser una herramienta esencial que fija fundamentalmente necesidades de capacitación para el desarrollo de aptitudes para el buen desenvolvimiento, enmarcado en un plan de carrera.

Además permite disminuir desvíos respecto a objetivos trazados para el puesto.

De tal modo, será de aplicación el proceso de evaluación del desempeño anual para el año 2009, dando comienzo el proceso, durante el mes de setiembre del mismo año y previendo su conclusión para diciembre de 2009.

En los años posteriores a los citados, dicho proceso dará comienzo en el mes de noviembre y concluirá en diciembre del mismo.

Este proceso de medición del desempeño, será de práctica habitual y servirá entre otros beneficios, para mantener o reubicar a cada trabajador en la categoría correspondiente, producto de los avances que el empleado haya conseguido en su rendimiento, durante cada ciclo de medición.

El formulario de aplicación y la metodología correspondiente, sobre la evaluación del desempeño, será redactado y consensuado por la Comisión Paritaria de Interpretación, durante el mes de agosto del 2009, para el primer ciclo, y un mes antes para los años venideros de resultar necesaria su modificación y/o adecuación.

Los resultados de esta evaluación serán confidenciales, guardando en todo el proceso, el propio respeto por el trabajador involucrado.

ARTICULO 35.3: CAMBIOS DE FUNCIONES - CATEGORIAS Y PROMOCIONES

Las promociones, cambios de funciones o de categorías, están directamente ligadas al resultado del proceso anual de evaluación del desempeño personal de cada trabajador, y a la aplicabilidad de su metodología, siendo que tal resultado de las mismas, arrojará indicadores determinantes para las promociones de puestos, readecuaciones de funciones, movimientos ascendentes y/o laterales, etc.

Fuera del marco de dicho método, y ante la creación de un nuevo puesto, o bien la vacante producida para cualquier puesto; tendrá prioridad el proceso de búsqueda interna, usando a tal fin las carteleras de publicación interna, para lo cual la Comisión de Interpretación Paritaria, desarrollará la metodología aplicable a tales situaciones.

La Obra Social, garantizará de tal modo el respaldo al crecimiento profesional de su personal, enmarcado en un plan de carrera, para cada integrante de la misma.

En ningún caso se promoverá a un trabajador aún existiendo la vacante, sin un justo sistema de medición que arroje guarismos, que indiquen quien es empleado idóneo con mejores cualidades para cubrir el mismo.