Subsecretaría de la Pequeña y Mediana Empresa y Desarrollo Regional

MICRO, PEQUEÑAS Y MEDIANAS EMPRESAS

Disposición 4/2009

Apruébanse los proyectos de capacitación directa presentados por las Agencias Regionales de Desarrollo Productivo. Formulario.

Bs. As., 22/10/2009

VISTO el Expediente NΊ S01:0390143/2009 del Registro del ex MINISTERIO DE PRODUCCION, lo dispuesto en las Leyes Nros. 24.467 y 25.300, los Decretos Nros. 1366 de fecha 1 de octubre de 2009 y 1458 de fecha 8 de octubre de 2009 y la Disposición NΊ 114 de fecha 11 de septiembre de 2006 de la SUBSECRETARIA DE LA PEQUEÑA Y MEDIANA EMPRESA Y DESARROLLO REGIONAL de la SECRETARIA DE INDUSTRIA, COMERCIO Y DE LA PEQUEÑA Y MEDIANA EMPRESA del ex MINISTERIO DE ECONOMIA Y PRODUCCION y sus modificatorias, y

CONSIDERANDO:

Que a partir del dictado de los Decretos Nros. 1366 de fecha 1 de octubre de 2009 y 1458 de fecha 8 de octubre de 2009, la SUBSECRETARIA DE LA PEQUEÑA Y MEDIANA EMPRESA Y DESARROLLO REGIONAL de la SECRETARIA DE INDUSTRIA, COMERCIO Y DE LA PEQUEÑA Y MEDIANA EMPRESA se halla en la órbita de aplicación del MINISTERIO DE INDUSTRIA Y TURISMO con los objetivos allí establecidos.

Que la SUBSECRETARIA DE LA PEQUEÑA Y MEDIANA EMPRESA Y DESARROLLO REGIONAL es la Autoridad de Aplicación de los Títulos I y II de la Ley NΊ 24.467, modificada por la Ley NΊ 25.300 y por los Decretos Nros. 1366/09 y 1458/09.

Que asimismo la SUBSECRETARIA DE LA PEQUEÑA Y MEDIANA EMPRESA Y DESARROLLO REGIONAL tiene por objeto diseñar, impulsar, dirigir, ejecutar y evaluar nuevos programa y acciones de fomento, asistencia y promoción que atiendan a las problemáticas de las Micro, Pequeñas y Medianas Empresas (MIPyMEs) en todas sus ramas dentro del marco de la política general.

Que el Artículo 35 de la Ley NΊ 25.300 sustituyó el Artículo 13 de la Ley NΊ 24.467, estableciendo la organización de una Red de Agencias Regionales de Desarrollo Productivo, asignando asimismo los fondos necesarios para su instalación y puesta en marcha.

Que asimismo el Título III de la Ley NΊ 25.300, establece que la citada Red tendrá por objeto brindar asistencia homogénea a las Micro, Pequeñas y Medianas Empresas (MIPyMEs) en todo el Territorio Nacional.

Que por la Disposición NΊ 114 de fecha 11 de septiembre de 2006 de la SUBSECRETARIA DE LA PEQUEÑA Y MEDIANA EMPRESA Y DESARROLLO REGIONAL de la SECRETARIA DE INDUSTRIA, COMERCIO Y DE LA PEQUEÑA Y MEDIANA EMPRESA del ex MINISTERIO DE ECONOMIA Y PRODUCCION y sus modificatorias, se procedió a aprobar el Reglamento para la Instalación y Puesta en Marcha de la Red de Agencias Regionales de Desarrollo Productivo.

Que dicho Reglamento también determina las condiciones de presentación, formalidades y contenidos que deberán cumplimentar los proyectos presentados en el marco de dicha norma.

Que mediante el Artículo 6Ί de la Disposición NΊ 37 de fecha 19 de marzo de 2009 de la SUBSECRETARIA DE LA PEQUEÑA Y MEDIANA EMPRESA Y DESARROLLO REGIONAL de la SECRETARIA DE INDUSTRIA, COMERCIO Y DE LA PEQUEÑA Y MEDIANA EMPRESA del ex MINISTERIO DE PRODUCCION, se incorporó como Artículo Decimoquinto del Reglamento para la Instalación y Puesta en Marcha de la Red de Agencias Regionales de Desarrollo Productivo, Anexo a la Disposición NΊ 114/06 de la SUBSECRETARIA DE LA PEQUEÑA Y MEDIANA EMPRESA Y DESARROLLO REGIONAL y sus modificatorias, el Marco Reglamentario de Acciones de Capacitación Directa, estableciendo asimismo en su inciso 4.1, como fecha límite para la presentación de proyectos, el día 8 de mayo de 2009.

Que posteriormente y en atención al requerimiento de diversas Agencias Regionales de Desarrollo Productivo, se procedió a prorrogar el plazo para la presentación de proyectos, mencionado en el considerando precedente, hasta el día 7 de agosto de 2009, mediante la emisión de la Disposición NΊ 75 de fecha 6 de mayo de 2009 de la SUBSECRETARIA DE LA PEQUEÑA Y MEDIANA EMPRESA Y DESARROLLO REGIONAL de la SECRETARIA DE INDUSTRIA, COMERCIO Y DE LA PEQUEÑA Y MEDIANA EMPRESA del ex MINISTERIO DE PRODUCCION.

Que a fin de proceder a la evaluación de los proyectos de capacitación directa presentados, se entendió oportuno y conveniente contar con un informe como base previa a la evaluación final, a fin de utilizarlo tanto para la calificación del desempeño global de la agencia como también en carácter de elemento orientador de la calificación por rubro que establece la reglamentación y como soporte de la evaluación cuantitativa del presupuesto propuesto.

Que antes del plazo de finalización para la presentación de proyectos de capacitación directa, se ha continuado con la recepción de los mismos, derivando ello un proceso evaluatorio, como resultado del cual a la fecha SEIS (6) proyectos se encuentran en condiciones de ser aprobados con asignación de fondos y CINCO (5) deben ser rechazados por aplicación de lo establecido en los incisos 4.1 y 4.5 del Art. Decimoquinto del Reglamento para la Instalación y Puesta en Marcha de la Red de Agencias Regionales de Desarrollo Productivo, Anexo a la Disposición NΊ 114/06 de la SUBSECRETARIA DE LA PEQUEÑA Y MEDIANA EMPRESA Y DESARROLLO REGIONAL y sus modificatorias.

Que también por lo establecido en el artículo precitado, los proyectos de capacitación directa, tienen un plazo máximo de ejecución de CIENTO OCHENTA (180) días corridos contados a partir de la comunicación fehaciente de su aprobación y las solicitudes de reintegros de gastos podrán presentarse, para su análisis y eventual reconocimiento, hasta NOVENTA (90) días corridos posteriores a la finalización del proyecto y en hasta TRES (3) rendiciones parciales o una única final.

Que la aprobación de los proyectos de capacitación directa que obtengan puntaje suficiente, se hará ad referéndum de la aceptación de las condiciones de aprobación, por parte de las Agencias Regionales de Desarrollo Productivo beneficiarias.

Que con anterioridad al dictado de la presente norma, se han aprobado proyectos de capacitación directa presentados por las Agencias Regionales de Desarrollo Productivo.

Que en esta oportunidad resulta procedente la asignación de fondos, de acuerdo a lo determinado en el inciso C) del Artículo Cuarto del Reglamento para la Instalación y Puesta en Marcha de la Red de Agencias Regionales de Desarrollo Productivo, Anexo a la Disposición NΊ 114/06 de la SUBSECRETARIA DE LA PEQUEÑA Y MEDIANA EMPRESA Y DESARROLLO REGIONAL y sus modificatorias, para la aprobación de proyectos de capacitación directa, por un monto total de PESOS CUARENTA Y SIETE MIL SETECIENTOS CUARENTA ($ 47.740,00.-) de acuerdo al detalle reflejado en el Anexo I que, con UNA (1) hoja forma parte integrante de la presente medida.

Que en virtud de lo establecido en el Artículo 3Ί de la Disposición NΊ 114/06 de la SUBSECRETARIA DE LA PEQUEÑA Y MEDIANA EMPRESA Y DESARROLLO REGIONAL, los fondos necesarios para financiar los proyectos de capacitación directa aprobados, serán provistos por el BANCO DE LA NACION ARGENTINA, entidad autárquica en el ámbito del MINISTERIO DE ECONOMIA Y FINANZAS PUBLICAS, en su carácter de ente fiduciario del Contrato de Fideicomiso en el marco de lo dispuesto por la Ley NΊ 25.300, en virtud de las asignaciones aprobadas por el Comité de Inversiones del Fondo Nacional para la Micro, Pequeña y Mediana Empresa (FONAPYME) y el Comité de Administración del Fondo de Garantía para la Micro, Pequeña y Mediana Empresa (FOGAPYME) en función del destino establecido por la Autoridad de Aplicación.

Que la Dirección de Legales del Area de Industria, Comercio y de la Pequeña y Mediana Empresa, dependiente de la SUBSECRETARIA DE COORDINACION del MINISTERIO DE INDUSTRIA Y TURISMO, ha tomado la intervención que le compete.

Que la presente medida se dicta en uso de las facultades conferidas por las Leyes Nros. 24.467 y 25.300 y los Decretos Nros. 1366/09 y 1458/09.

Por ello,

EL SUBSECRETARIO DE LA PEQUEÑA Y MEDIANA EMPRESA Y DESARROLLO REGIONAL

DISPONE:

Artículo 1Ί — Apruébanse los proyectos de capacitación directa presentados por las Agencias Regionales de Desarrollo Productivo que se detallan en el Anexo I, que con UNA (1) hoja, forma parte integrante de la presente medida, en base a los puntajes y montos allí consignados, ad referéndum de la aceptación de los términos y condiciones de aprobación por parte de las Agencias Regionales de Desarrollo Productivo beneficiarias.

Art. 2Ί — La manifestación de la aceptación de los términos de aprobación del proyecto de capacitación directa, por parte de las Agencias Regionales de Desarrollo Productivo beneficiarias, se efectuará mediante la presentación de una nota debidamente rubricada, cuyo plazo de presentación no podrá superar los TREINTA (30) días corridos contados a partir de la fecha de publicación de la presente norma, cuyo modelo se adjunta corno Anexo II, que con UNA (1) hoja, forma parte integrante de la presente medida.

Art. 3Ί — Desestímanse los proyectos presentados por las agencias consignadas en el Anexo III que, con UNA (1) hoja, forma parte integrante de la presente medida, según lo establecido en los incisos 4.1 y 4.5 del Artículo Decimoquinto del Reglamento Anexo de la Disposición NΊ 114 de fecha 11 de septiembre de 2006 de la SUBSECRETARIA DE LA PEQUEÑA Y MEDIANA EMPRESA Y DESARROLLO REGIONAL de la SECRETARIA DE INDUSTRIA, COMERCIO Y DE LA PEQUEÑA Y MEDIANA EMPRESA del ex MINISTERIO DE ECONOMIA Y PRODUCCION y sus modificatorias.

Art. 4Ί — Procédese a financiar los proyectos de capacitación directa, por los importes aprobados en el Artículo 1Ί de la presente medida, a través del Comité de Inversiones del Fondo Nacional de Desarrollo para la Micro, Pequeña y Mediana Empresa (FONAPYME) y/o el Comité de Administración del Fondo de Garantía para la Micro, Pequeña y Mediana Empresa (FOGAPYME), según el mecanismo que dichos Comités acuerden y en función de las solicitudes de desembolso que apruebe la Dirección Nacional de Desarrollo Regional, Sectorial y Comercio Exterior de la SUBSECRETARIA DE LA PEQUEÑA Y MEDIANA EMPRESA Y DESARROLLO REGIONAL de la SECRETARIA DE INDUSTRIA, COMERCIO Y DE LA PEQUEÑA Y MEDIANA EMPRESA del MINISTERIO DE INDUSTRIA Y TURISMO.

Art. 5Ί — Los gastos que demande la financiación de los proyectos aprobados por el Artículo 1Ί de la presente medida, serán solventados con cargo a los fondos determinados en el inciso C) del Artículo Cuarto del Reglamento para la Instalación y Puesta en Marcha de la Red de Agencias Regionales de Desarrollo Productivo, Anexo a la Disposición NΊ 114/06 de la SUBSECRETARIA DE LA PEQUEÑA Y MEDIANA EMPRESA Y DESARROLLO REGIONAL y sus modificatorias.

Art. 6Ί — La presente medida entrará en vigencia a partir de la fecha de su emisión.

Art. 7Ί — Comuníquese, publíquese, dése a la Dirección Nacional del Registro Oficial y archívese. — Horacio G. Roura.

ANEXO I

AGENCIAS DE DESARROLLO PRODUCTIVO

PROYECTOS DE CAPACITACION DIRECTA APROBADOS

NΊ de Expediente

Provincia

Agencia

NΊ de C.U.I.T.

Puntaje

Importe

S01:0325167/2009

SANTA FE

Asociación para el Desarrollo Regional

30-67440690-4

90

$ 8.000,00.-

S01:0320527/2009

BUENOS AIRES

Agencia de Desarrollo Productivo Junín

30-70890214-0

88

$ 8.000,00.-

S01:0371201/2009

CHACO

Fundación Intecnor

30-70977301-8

79

$ 8.000,00.-

S01:0324635/2009

CORRIENTES

Asociación Civil Agencia de Desarrollo Productivo Bella Vista

30-70958843-1

72

$ 7.740,00.-

S01:0324100/2009

CORRIENTES

Asociación Civil Agencia de Desarrollo Productivo Paso de los Libres

30-70945897-9

66

$ 8.000,00.-

S01:0204555/2009

TIERRA DEL FUEGO

Federación Agencia para el Desarrollo Económico de Río Grande

90-70770425-6

63

$ 8.000,00.-

 

TOTAL

$ 47.740,00.-

ANEXO II

MODELO DE NOTA DE ACEPTACION

PROYECTOS DE CAPACITACION DIRECTA PRESENTADOS EN EL MARCO DEL REGLAMENTO PARA LA INSTALACION Y PUESTA EN MARCHA DE LAS AGENCIAS DE DESARROLLO PRODUCTIVO

LUGAR Y FECHA:………………………....

AGENCIA:……………………………………………………………………………………

PROVINCIA:…………………………………………………………………………………

REPRESENTANTE:…………………………………………………………………………

DOMICILIO:…………………………………………………………………………………

Por la presente se manifiesta conformidad con las condiciones y montos aprobados para el Proyecto de Capacitación Directa, presentado por esta Agencia Regional de Desarrollo Productivo, en el marco de lo establecido por la Disposición NΊ 114/06 de la SUBSECRETARIA DE LA PEQUEÑA Y MEDIANA EMPRESA Y DESARROLLO REGIONAL y sus modificatorias.

—————————————————

Firma del Presidente / representante legal

Aclaración…..............................................

Tipo y NΊ de documento………….……….

ANEXO III

AGENCIAS DE DESARROLLO PRODUCTIVO PROYECTOS DE CAPACITACION DIRECTA RECHAZADOS

NΊ de Expediente

Agencia

S01:0329978/2009

Agencia de Desarrollo Caleta Olivia

S01:0320678/2009

Agencia de Desarrollo Empresarial Formosa

S01:0323824/2009

Agencia para el Desarrollo Económico de Catamarca – ADEC

S01:0332485/2009

Agencia Regional de Desarrollo Productivo de Río Santa Lucía

S01:0337944/2009

Fundación Agencia para el Desarrollo de Misiones