SERVICIO EXTERIOR

DECRETO Nº 2.083

Remuneraciones mensuales de los funcionarios del Servicio Exterior de la Nación y el personal administrativo y de servicio del Ministerio de Relaciones Exteriores y Culto destacados en misiones permanentes en los Emiratos Arabes Unidos y en la República de Mozambique.

Bs. As., 11/8/83

VISTO los Decretos Nº 3168 del 28 de diciembre de 1978 y Nº 955 del 22 de abril de 1983, y

CONSIDERANDO:

Que mediante el Decreto Nº 3168/78 se estableció el sistema por el cual perciben sus remuneraciones los funcionarios del Servicio Exterior de la Nación y el personal administrativo y de servicio del Ministerio de Relaciones Exteriores y Culto destacados en misiones permanentes en el exterior.

Que el Decreto Nº 955/83 fijó en dólares estadounidenses la divisa de giro de tales remuneraciones.

Que mediante el Decreto Nº 1196 dictado el 22 de octubre de 1974 se creó la Embajada de la República en los Emiratos Arabes Unidos.

Que por Decreto Nº 1.228 del 23 de mayo de 1983 se creó la Embajada de la República en la República de Mozambique.

Que en virtud de lo dispuesto por estos dos últimos decretos procede fijar las remuneraciones para los funcionarios y personal administrativo y de servicio que se destinen a dichos países.

Que la Comisión Técnica Asesora de Política Salarial del Sector Público ha tomado la intervención que le compete.

Que la Dirección General de Asuntos Jurídicos del Ministerio de Relaciones Exteriores y Culto se ha expedido favorablemente acerca del particular.

Por ello,

EL PRESIDENTE DE LA NACIÓN ARGENTINA

RESUELVE:

Artículo 1º – Incorpórase al Anexo 1 del Decreto Nº 955 dictado el 22 de abril de 1983, las remuneraciones mensuales correspondientes a los funcionarios del Servicio Exterior de la Nación y personal administrativo y de servicio del Ministerio de Relaciones Exteriores y Culto destacados en misiones permanentes en los países que figuran en el anexo 1 del presente.

Art. 2º – Los gastos emergentes del presente decreto se atenderán con los créditos específicos que se asignen en cada ejercicio en el presupuesto del Ministerio de Relaciones Exteriores y Culto.

Art. 3º – Comuníquese, publíquese, dése a la Dirección Nacional del Registro Oficial y archívese.

BIGNONE

Juan R. Aguirre Lanari

Jorge Wehbe

REMUNERACIONES MENSUALES PARA FUNCIONARIOS DEL SERVICIO EXTERIOR DE LA NACION Y PERSONAL ADMINISTRATIVO Y DE SERVICIO DESTACADO EN MISIONES PERMANENTES EN EL EXTERIOR

País

Remuneración Mensual Dólares Estadounidenses

Emiratos Arabes Unidos

Mozambique

9.216

8.102