CONVENIOS

Decreto 1673/2009

Apruébanse los Modelos de Convenios a suscribirse con el Banco Interamericano de Desarrollo y el Banco Internacional de Reconstrucción y Fomento.

Bs. As., 4/11/2009

VISTO el Expediente Nº S01:0110474/2007 del Registro del entonces MINISTERIO DE ECONOMIA Y PRODUCCION, el Modelo de Carta Convenio de Cooperación Técnica No Reembolsable ATN/OC-10213-AR propuesto para ser suscripto entre la NACION ARGENTINA y el BANCO INTERAMERICANO DE DESARROLLO (BID) y el Modelo de Convenio de Donación FDI Nº TF 094065 propuesto para ser suscripto entre la NACION ARGENTINA y el BANCO INTERNACIONAL DE RECONSTRUCCION Y FOMENTO (BIRF), y

CONSIDERANDO:

Que mediante el referido Modelo de Carta Convenio de Cooperación Técnica No Reembolsable ATN/OC-10213-AR, el BANCO INTERAMERICANO DE DESARROLLO (BID) se compromete a asistir financieramente a la NACION ARGENTINA hasta por un monto de DOLARES ESTADOUNIDENSES CUATROCIENTOS CINCUENTA MIL (U$S 450.000), a fin de posibilitar la ejecución del PROGRAMA DE APOYO A LA IMPLEMENTACION DE LA GESTION POR RESULTADOS.

Que el objetivo general del Programa es apoyar al país en el fortalecimiento de las condiciones necesarias para consolidar la gestión pública por resultados.

Que los objetivos específicos del citado Programa son (i) analizar la situación de las distintas áreas clave para la gestión por resultados y, con base en la información relevada, preparar un diagnóstico y un Plan de Acción para el país; y (ii) sensibilizar y capacitar a directivos y técnicos del sector público con el fin de generar el cambio cultural e institucional necesario para la implantación de la gestión pública por resultados.

Que se estima pertinente que el referido Programa sea ejecutado por la SECRETARIA DE COORDINACION ADMINISTRATIVA Y EVALUACION PRESUPUESTARIA de la JEFATURA DE GABINETE DE MINISTROS.

Que a efectos de facilitar la ejecución, coordinación y sostenibilidad del mencionado Programa, se entiende oportuna la creación de UN (1) Comité Asesor integrado por autoridades del MINISTERIO DE ECONOMIA Y FINANZAS PUBLICAS y de la JEFATURA DE GABINETE DE MINISTROS.

Que por otra parte, se propone aprobar por medio del presente decreto el Modelo de Convenio de Donación FDI Nº TF 094065 por medio del cual el BANCO INTERNACIONAL DE RECONSTRUCCION Y FOMENTO (BIRF) se compromete a otorgar a la NACION ARGENTINA, una donación por un monto de DOLARES ESTADOUNIDENSES CUATROCIENTOS NOVENTA Y DOS MIL OCHOCIENTOS VEINTE (U$S 492.820) a fin de posibilitar la ejecución de la "Donación para el Mejoramiento de la Gestión de la Cartera de Inversiones: Proyecto de Fortalecimiento de las Instituciones, Sistemas y Capital Humano".

Que el referido Proyecto tiene entre sus objetivos principales la mejora de los procesos de diseño, preparación y aprobación de los Proyectos de Inversión financiados con Convenios de Préstamo provenientes de Organismos Internacionales de Crédito, el desarrollo de formación y capacitación en materia de procesos de adquisiciones de bienes y servicios realizados en el marco de proyectos que cuenten con financiamiento externo, y el fortalecimiento y consolidación de los sistemas de Monitoreo de la Cartera de Préstamos.

Que la implementación de la "Donación para el Mejoramiento de la Gestión de la Cartera de Inversiones: Proyecto de Fortalecimiento de las Instituciones, Sistemas y Capital Humano" será llevada a cabo por la SECRETARIA DE POLITICA ECONOMICA del MINISTERIO DE ECONOMIA Y FINANZAS PUBLICAS, a través de la Dirección Nacional de Proyectos con Organismos Internacionales de Crédito.

Que las condiciones generales y demás cláusulas contenidas en el Modelo de Carta Convenio de Cooperación Técnica No Reembolsable ATN/OC-10213-AR y en el Modelo de Convenio de Donación FDI Nº TF 094065 propuestos para ser suscriptos, son las usuales que se pactan en este tipo de operaciones y resultan adecuadas a los propósitos y objetivos a los que están destinadas las citadas operaciones.

Que la Dirección General de Asuntos Jurídicos del MINISTERIO DE ECONOMIA Y FINANZAS PUBLICAS ha tomado la intervención que le compete.

Que la presente medida se dicta en ejercicio de las facultades conferidas por el Artículo 99, inciso 1 de la CONSTITUCION NACIONAL y el Artículo 40 de la Ley Nº 11.672 Complementaria Permanente de Presupuesto (t.o. 2005).

Por ello,

LA PRESIDENTA DE LA NACION ARGENTINA

DECRETA:

Artículo 1º — Apruébase el Modelo de Carta Convenio de Cooperación Técnica No Reembolsable ATN/OC-10213-AR destinada a financiar parcialmente el "Programa de Apoyo a la Implementación de la Gestión por Resultados" a suscribirse entre la REPUBLICA ARGENTINA y el BANCO INTERAMERICANO DE DESARROLLO (BID) por hasta un monto de DOLARES ESTADOUNIDENSES CUATROCIENTOS CINCUENTA MIL (U$S 450.000), que consta de las Estipulaciones Especiales integradas por DIECISIETE (17) Cláusulas, de las Normas Generales Aplicables a las Cooperaciones Técnicas No Reembolsables integradas por DIECIOCHO (18) Artículos y UN (1) Anexo Unico, cuya copia autenticada forma parte del presente decreto como Anexo I.

Art. 2º — Facúltase al señor Ministro de Economía y Finanzas Públicas, a suscribir en nombre y representación de la REPUBLICA ARGENTINA, la Carta Convenio de Cooperación Técnica No Reembolsable ATN/OC-10213-AR y toda la documentación referente a la misma, conforme al modelo que se aprueba por el Artículo 1º del presente decreto, y a convenir y suscribir modificaciones al mismo, siempre que ellas no constituyan cambios sustanciales al destino y objeto de los fondos de la citada Cooperación Técnica ni modifiquen el procedimiento arbitral pactado.

Art. 3º — Desígnase a la SECRETARIA DE COORDINACION ADMINISTRATIVA Y EVALUACION PRESUPUESTARIA de la JEFATURA DE GABINETE DE MINISTROS como Organismo Ejecutor del "Programa de Apoyo a la Implementación de la Gestión por Resultados", quedando autorizado el señor Secretario de Coordinación Administrativa y Evaluación Presupuestaria a tomar las medidas que estime necesarias para el comienzo de las actividades del mencionado Programa, su correcta y normal ejecución, así como la consecución de los objetivos previstos.

Art. 4º — Créase el Comité Asesor del "Programa de Apoyo a la Implementación de la Gestión por Resultados" que estará integrado por los señores Subsecretarios de Gestión y Empleo Público de la SECRETARIA DE LA GESTION PUBLICA y de Evaluación del Presupuesto Nacional de la SECRETARIA DE COORDINACION ADMINISTRATIVA Y EVALUACION PRESUPUESTARIA, ambos de la JEFATURA DE GABINETE DE MINISTROS, y el señor Subsecretario de Presupuesto de la SECRETARIA DE HACIENDA del MINISTERIO DE ECONOMIA Y FINANZAS PUBLICAS. Dicho Comité tendrá entre otras las siguientes funciones: (i) definir los grandes lineamientos, conjuntamente con el señor Coordinador Técnico del Programa; (ii) coordinación de la estrategia general del Programa; (iii) tomar conocimiento del contenido y alcance de los Planes Operativos Anuales (POAs), seguir el estado de avance de la operación y recomendar ajustes; (iv) comunicarse con el nivel político estratégico en cada Ministerio para asegurar el apoyo necesario para desarrollar e implementar las acciones vinculadas a la gestión por resultados; y (v) velar para que el Programa cuente con los recursos de contrapartida suficientes para su oportuna ejecución y el cumplimiento de sus objetivos.

Art. 5º — Apruébase el Modelo de Convenio de Donación IDF Nº TF 094065 para el "Mejoramiento de la Gestión de la Cartera de Inversiones: Proyecto de Fortalecimiento de las Instituciones, Sistemas y Capital Humano" a suscribirse entre la NACION ARGENTINA y el BANCO INTERNACIONAL DE RECONSTRUCCION Y FOMENTO (BIRF), por un monto de DOLARES ESTADOUNIDENSES CUATROCIENTOS NOVENTA Y DOS MIL OCHOCIENTOS VEINTE (U$S 492.820) que consta de UN (1) Anexo integrado por CINCO (5) Artículos y UN (1) Apéndice, junto con una copia autenticada de las "Condiciones Generales para Donaciones otorgadas por el Banco Mundial con Fondos Varios" de fecha 1 de julio de 2008 integradas por SIETE (7) Artículos y UN (1) Apéndice, y una Carta de Desembolsos de fecha 29 de mayo de 2009 junto con las "Directrices del Banco Mundial sobre Desembolsos para Proyectos" de fecha 1 de mayo de 2006, cuya copia autenticada en idioma inglés y su traducción al español forman parte del presente decreto como Anexo II.

Art. 6º — Facúltase al señor Ministro de Economía y Finanzas Públicas a suscribir en nombre y representación de la NACION ARGENTINA, el Convenio de Donación IDF Nº TF 094065 conforme al modelo que se aprueba por el Artículo 5º del presente decreto, y a convenir y suscribir modificaciones al mismo, siempre que no constituyan cambios sustanciales al destino y objeto de los fondos de la Donación ni modifiquen el procedimiento arbitral pactado.

Art. 7º — Desígnase a la SECRETARIA DE POLITICA ECONOMICA del MINISTERIO DE ECONOMIA Y FINANZAS PUBLICAS como Organismo Ejecutor de la "Donación para el Mejoramiento de la Gestión de la Cartera de Inversiones: Proyecto de Fortalecimiento de las Instituciones, Sistemas y Capital Humano" a través de la Dirección Nacional de Proyectos con Organismos Internacionales de Crédito, quedando facultado el señor Director Nacional a celebrar los actos y contratos necesarios para la efectiva implementación del Proyecto.

Art. 8º — Comuníquese, publíquese, dése a la Dirección Nacional del Registro Oficial y archívese. — FERNANDEZ DE KIRCHNER. — Aníbal D. Fernández. — Amado Boudou.

———————

NOTA: Los Anexos no se publican. La documentación no publicada puede ser consultada en la Sede Central de esta Dirección Nacional (Suipacha 767 - Ciudad Autónoma de Buenos Aires) y en www.boletinoficial.gov.ar