MINISTERIO DEL INTERIOR

DIRECCION NACIONAL DE MIGRACIONES

Disposición Nº 2316/2009

Bs. As., 5/11/2009

VISTO el EXPDNM-S02:0002223/2009 del registro de la DIRECCION NACIONAL DE MIGRACIONES, organismo descentralizado actuante en la órbita del MINISTERIO DEL INTERIOR y la Decisión Administrativa Nº 250 de fecha 25 de junio de 2008, y

CONSIDERANDO:

Que a través de la Decisión Administrativa Nº 250/08 se aprobó la estructura organizativa del primer y segundo nivel operativo y aperturas inferiores de la DIRECCION NACIONAL DE MIGRACIONES, organismo descentralizado actuante en la órbita del MINISTERIO DEL INTERIOR.

Que por el artículo 4º de la Decisión Administrativa mencionada en el VISTO se facultó al Director Nacional de Migraciones, a aprobar en lo sucesivo, previa intervención de la SECRETARIA DE LA GESTION PUBLICA de la JEFATURA DE GABINETE DE MINISTROS, las modificaciones que pudieran efectuarse a la estructura organizativa en su segundo nivel operativo y aperturas inferiores.

Que habiéndose analizado los informes elaborados por la DIRECCION GENERAL DE INMIGRACION, resulta oportuno y conveniente disponer la creación del Departamento de Extranjeros Judicializados.

Que en estas actuaciones se ha recogido la intervención de la SECRETARIA DE LA GESTION PUBLICA dependiente de la JEFATURA DE GABINETE DE MINISTROS, sin que se efectuaran observaciones a la medida propuesta.

Que la DIRECCION GENERAL TECNICA JURIDICA ha tomado la intervención que les compete.

Que la presente medida se dicta en virtud de las atribuciones conferidas por la Decisión Administrativa Nº 250 de fecha 25 de junio de 2008.

Por ello,

EL DIRECTOR NACIONAL DE MIGRACIONES

DISPONE:

ARTICULO 1º — Incorpórase a la estructura organizativa aprobada por la Decisión Administrativa Nº 250 de fecha 25 de junio de 2008 el Departamento de Extranjeros Judicializados, en la órbita de la DIRECCION DE CONTROL DE PERMANENCIA de la DIRECCION GENERAL DE INMIGRACION, conforme las Acciones y la Dotación que, como Anexos I y II forman parte integrante de la presente medida.

ARTICULO 2º — Regístrese, comuníquese, publíquese, dése a la DIRECCION NACIONAL DEL REGISTRO OFICIAL y archívese. — Dr. ADOLFO EDUARDO NALDINI, Subdirector Nacional de Migraciones, Ministerio del Interior, Disposición DNM Nº 84881/2008.

ANEXO I

DEPARTAMENTO DE EXTRANJEROS JUDICIALIZADOS

ACCIONES

1- Efectuar el análisis y seguimiento pormenorizado de las situaciones procesales de los extranjeros judicializados, no detenidos.

2- Otorgar a estos últimos, la documentación que resulte necesaria para brindar acceso a la residencia regular en el Territorio Nacional, durante la sustanciación del proceso penal.

3- Reunir los elementos de juicio y efectuar las gestiones necesarias tendientes a efectivizar la expulsión del extranjero judicializado.

4- Intervenir en la tramitación de documentación en cumplimiento de los procedimientos legales establecidos por la normativa vigente, efectuando las pertinentes notificaciones y/o comunicaciones a los Organismos actuantes.

5- Coordinar la materialización de las expulsiones de los extranjeros judicializados, cuyo extrañamiento haya sido ordenado por una autoridad judicial.

6- Organizar los registros y sistemas de información inherentes a su competencia.

e. 10/11/2009 Nº 102457/09 v. 10/11/2009