MINISTERIO DE ECONOMIA Y FINANZAS PUBLICAS

SUPERINTENDENCIA DE SEGUROS DE LA NACION

RESOLUCION Nº 34.465 DEL 5 NOV 2009

EXPEDIENTE Nº: 22.175

SINTESIS:

VISTO... Y CONSIDERANDO... EL SUPERINTENDENTE DE SEGUROS RESUELVE:

ARTICULO 1º — Autorizar a las entidades aseguradoras que operan en el Seguro de Caución para Garantías Aduaneras a aplicar la siguiente modalidad operativa dentro de las Garantías Aduaneras de Actuación:

CODIGO (Motivo de Garantía) MOLS

DENOMINACION: Operador Logístico Seguro - Agente de Transporte Aduanero y Operador Logístico Seguro – Transportista

DESCRIPCION: Se trata de operaciones de movimiento de mercaderías realizadas bajo la responsabilidad de un Operativo Logístico Seguro por la vía terrestre entre dos depósitos fiscales dentro de una o más jurisdicciones aduaneras

NORMATIVA APLICABLE: Resolución General (AFIP) 2665/09.

CONCEPTO Y MONTO A GARANTIZAR: Mínimo U$S 300.000.- para cubrir las obligaciones tributarias de las mercaderías transportadas en los términos y condiciones establecidos por la Resolución Nº 31.584.

ARTICULO 2º — Regístrese, comuníquese y publíquese en el Boletín Oficial.

Firmado: GUSTAVO MEDONE, Superintendente de Seguros.

———

NOTA: La versión completa de esta Resolución se puede obtener en Av. Julio A. Roca 721 Planta Baja, Capital Federal - Mesa de Entradas.

e. 12/11/2009 Nº 103389/09 v. 12/11/2009