DEFENSORIA GENERAL DE LA NACION

Resolución 1531/2009

Establécese, como metodología de comunicación a las dependencias del Ministerio Público, el correo electrónico.

Bs. As., 16/11/2009

VISTO Y CONSIDERANDO:

Que resulta conveniente impulsar en el ámbito de este Ministerio Público de la Defensa el uso de herramientas tecnológicas que propenden a agilizar y racionalizar considerablemente los trámites administrativos y comunicaciones internas de la Administración, al tiempo de dotarlos de una mayor transparencia y accesibilidad para su control.

Que en atención a lo expuesto precedentemente, se han iniciado diversas actividades y programas tendientes a implementar el uso del correo electrónico para la comunicación de los actos emanados de la Defensoría General de la Nación, razón por la cual, resulta necesario dotar de un marco jurídico a dichas notificaciones electrónicas.

Que en consecuencia, serán consideradas como válidas todas las comunicaciones electrónicas, efectuadas por esta Defensoría General a los dominios internos pertenecientes al Ministerio Publico de la Defensa, en materia de administración, superintendencia y gestión, en tanto no afecten derechos subjetivos.

Que el establecimiento de la obligatoriedad de las comunicaciones internas a través de medios electrónicos redundará en mayores niveles de eficiencia y transparencia en el obrar de la Defensoría General y de cada una de las dependencias que integran este Ministerio Público.

Por ello, de conformidad con las facultades conferidas por el 51 de la Ley Nro. 24.946, en mi carácter de Defensora General de la Nación;

RESUELVO:

I. DISPONER que las comunicaciones que realice esta Defensoría General a las dependencias del Ministerio Público de la Defensa, en materia de administración, superintendencia y gestión —en tanto no afecten derechos subjetivos— podrán efectuarse válidamente mediante correo electrónico a los dominios internos pertenecientes al Ministerio Público de la Defensa, debiendo dejarse debida constancia en el respectivo expediente.

II. INSTRUIR al Departamento de Informática de la Defensoría General de la Nación que asigne a cada uno de los Magistrados de este Ministerio Público y a los funcionarios o agentes de más alta jerarquía de cada una de las dependencias una dirección de correo electrónico oficial.

III. INSTRUIR a la Oficina de Notificaciones de la Defensoría General de la Nación para que cada una de las comunicaciones objeto de la presente resolución sea remitida, en forma conjunta, a las direcciones de correo electrónico del Magistrado titular o a cargo y al funcionario o agente de más alta jerarquía de la dependencia.

IV. HACER SABER a los señores Magistrados, funcionarios y agentes a los que se les haya asignado una cuenta de correo electrónico oficial, que a partir de la entrada en vigencia de la presente resolución, será obligatorio verificar, como mínimo, una vez al día, la casilla de correo provista por esta Defensoría General de la Nación, y que, toda vez que sea requerido por el remitente, deberá confirmarse el mensaje de recepción del correo.

V. ESTABLECER que el Departamento de Informática deberá mantener actualizada la nómina de correo electrónico oficial de este Ministerio Público, de conformidad con las modificaciones que periódicamente le informe la Secretaría General de Superintendencia y Recursos Humanos.

VI. DISPONER que las obligaciones establecidas en los puntos I) y IV) entrarán en vigencia a partir del 1º de diciembre del corriente año. Protocolícese, hágase saber a todas las dependencias del Ministerio Público de la Defensa, publíquese en el Boletín Oficial de la República Argentina en la página Web de este Ministerio Público de la Defensa, y oportunamente archívese. — Stella M. Martínez.