MINISTERIO DE TRABAJO, EMPLEO Y SEGURIDAD SOCIAL

SUBDIRECCION NACIONAL DE RELACIONES DEL TRABAJO

Disposición N° 163/2009

Registro N° 1081/2009

Bs. As., 29/9/2009

VISTO el Expediente N° 1.236.330/07 del Registro del MINISTERIO DE TRABAJO, EMPLEO Y SEGURIDAD SOCIAL, la Ley N° 14.250 (t.o. 2004), la Ley N° 20.744 (t.o. 1976) y sus modificatorias y la Ley N° 25.877, y

CONSIDERANDO:

Que a fojas 247/248 de la referida actuación, obra el Acuerdo suscripto, en el marco del Convenio Colectivo de Trabajo de Empresa N° 719/05 "E", entre la UNION FERROVIARIA y la empresa FERROEXPRESO PAMPEANO SOCIEDAD ANONIMA CONCESIONARIA, conforme lo dispuesto por la Ley de Negociación Colectiva N° 14.250 (t.o. 2004).

Que cabe indicar que a través del referido Acuerdo las partes pactan nuevas condiciones económicas para los trabajadores de la empleadora, comprendidos en el ámbito de la Entidad Sindical referida, con entrada en vigencia a partir del 1 de septiembre de 2009, y conforme los detalles allí impuestos.

Que el ámbito territorial y personal del instrumento cuya homologación se pretende, se corresponde con la actividad principal de la empleadora signataria, como así con los ámbitos de representación personal y actuación territorial de la Entidad Sindical firmante, emergentes de sus Personerías Gremiales.

Que asimismo la Asesoría Legal de esta Dirección Nacional de Relaciones del Trabajo de este Ministerio, tomó la intervención que le compete.

Que se acreditan los recaudos formales exigidos por la Ley N° 14.250 (t.o. 2004).

Que las partes han acreditado la representación invocada con la documentación agregada a autos.

Que por lo expuesto, corresponde dictar el pertinente acto administrativo de homologación, de conformidad con los antecedentes mencionados.

Que una vez dictado el acto administrativo de homologación procede remitir las actuaciones a la Dirección de Regulaciones del Trabajo a los fines de evaluar la procedencia de practicar en autos el cálculo de la Base Promedio de Remuneraciones y Topes Indemnizatorios, conforme lo dispuesto por el Artículo 245 de la Ley de Contrato de Trabajo N° 20.744 (t.o. 1976).

Que las facultades de la suscripta para resolver en las presentes actuaciones, surgen de las atribuciones otorgadas por el Decreto N° 523/05.

Por ello,

LA SUBDIRECTORA NACIONAL DE RELACIONES DEL TRABAJO

DISPONE:

ARTICULO 1° — Declárase homologado el Acuerdo suscripto, en el marco del Convenio Colectivo de Trabajo de Empresa N° 719/05 "E", entre la UNION FERROVIARIA y la empresa FERROEXPRESO PAMPEANO SOCIEDAD ANONIMA CONCESIONARIA, obrante a fojas 247/248 del Expediente N° 1.236.330/07, conforme lo dispuesto por la Ley de Negociación Colectiva N° 14.250 (t.o. 2004).

ARTICULO 2° — Regístrese la presente Disposición en el Departamento Despacho dependiente de la SUBSECRETARIA DE COORDINACION. Cumplido, pase a la Dirección de Negociación Colectiva, a fin que el Departamento Coordinación registre el Acuerdo obrante a fojas 247/248 Expediente N° 1.236.330/07.

ARTICULO 3° — Notifíquese a las partes signatarias. Posteriormente, remítase las actuaciones a la Dirección de Regulaciones del Trabajo a los fines de evaluar la procedencia de practicar en autos el cálculo del Promedio de Remuneraciones y Topes Indemnizatorios, conforme lo previsto por el Artículo 245 de la Ley de Contrato de Trabajo N° 20.744 (t.o. 1976).

ARTICULO 4° — Hágase saber que en el supuesto que este MINISTERIO DE TRABAJO, EMPLEO Y SEGURIDAD SOCIAL no efectúe la publicación gratuita del Acuerdo homologado, y de esta Resolución, las partes deberán proceder de acuerdo a lo establecido en el Artículo 5 de la Ley N° 14.250 (t.o. 2004).

ARTICULO 5° — Comuníquese, publíquese, dése a la Dirección Nacional del Registro Oficial y archívese. — Dra. SILVIA SQUIRE DE PUIG MORENO, Subdirectora Nacional de Relaciones del Trabajo, Ministerio de Trabajo, Empleo y Seguridad Social.

Expediente N° 1.236.330/07

Buenos Aires, 1 de octubre de 2009

De conformidad con lo ordenado en la DISPOSICION DNRT N° 163/09 se ha tomado razón del acuerdo obrante a fojas 247/248 del expediente de referencia, quedando registrado con el número 1081/09. — VALERIA ANDREA VALETTI, Registro, Convenios Colectivos de Trabajo, Dto. Coordinacion - D.N.R.T.

Expediente N° 1.236.330/09

En la Ciudad Autónoma de Buenos Aires, siendo las 18 horas del 3 de septiembre de 2009, comparecen en el MINISTERIO DE TRABAJO, EMPLEO Y SEGURIDAD SOCIAL por ante el Director de Negociación Colectiva Lic. Adrián CANETO, por el sindicato UNION FERROVIARIA los Sres. José PEDRAZA Secretario General, Juan Carlos FERNANDEZ, Jorge PASSUCCI, y Néstor PAIS, asistido por el Dr. José Oscar GUTIERREZ y por la empresa Julio GONZÁLEZ, asistido por Jorge PICO, en representación de la firma FERROEXPRESO PAMPEANO S.A.

Abierto el acto por el funcionario actuante, y luego de un intercambio de opiniones, LAS PARTES ACUERDAN lo que se detalla a continuación:

CLAUSULA PRIMERA: El presente acuerdo establece la nueva escala salarial y viáticos para el personal comprendido en el CCT N° 719/05 "E", con vigencia a partir del 1 de septiembre de 2009 al 28 de febrero de 2010.

CLAUSULA SEGUNDA: Las partes adjuntan en el ANEXO los nuevos valores de los ingresos de los trabajadores que regirán según la cláusula primera.

CLAUSULA TERCERA: Sobre todos los montos no remunerativos, excepto viáticos, indicados en el ANEXO la empresa abonará un importe equivalente al 12% según se detalla a continuación: a) 3% en concepto de "Aporte Empresario para Actividades Culturales, Sociales y de Capacitación de los Trabajadores" a la UNION FERROVIARIA y b) 9% en concepto de Contribución Especial a la Obra Social Ferroviaria.

CLAUSULA CUARTA: Las partes solicitan al Ministerio de Trabajo, Empleo y Seguridad Social la homologación del presente acuerdo y anexos.

Leída y RATIFICADA la presente acta Acuerdo, los comparecientes firman al pie en señal de plena conformidad, ante mí que certifico.

ANEXO

ESCALA DE INGRESOS - VIGENCIA A PARTIR DEL 1-9-2009