MINISTERIO DE TRABAJO, EMPLEO Y SEGURIDAD SOCIAL

SECRETARIA DE TRABAJO

Resolución Nº 1330/2009

Registro Nº 1137/2009

Bs. As., 7/10/2009

VISTO el Expediente Nº 1.336.469/09 del Registro del MINISTERIO DE TRABAJO, EMPLEO Y SEGURIDAD SOCIAL, la Ley Nº 14.250 (t.o. 2004), la Ley Nº 20.744 (t.o. 1976) y sus modificatorias y la Ley Nº 25.877, y

CONSIDERANDO:

Que a foja 2 del Expediente Nº 1.336.469/09 obra el Acuerdo celebrado entre la ASOCIACION DE PROFESIONALES UNIVERSITARIOS DEL AGUA Y LA ENERGIA ELECTRICA y la empresa CONSULSER SOCIEDAD ANONIMA, ratificado a fojas 10 y 11, conforme a lo dispuesto en la Ley de Negociación Colectiva Nº 14.250 (t.o. 2004).

Que bajo el mentado Acuerdo las precitadas partes convienen el pago por única vez de una Gratificación Extraordinaria no remunerativa equivalente al CINCUENTA POR CIENTO (50%) del salario mensual, habitual y permanente, conforme a los términos y contenido del texto pactado.

Que el ámbito de aplicación del presente Acuerdo se corresponde con la actividad principal de la parte empleadora signataria y la representatividad de la entidad sindical firmante, emergente de su personería gremial.

Que asimismo se acreditan los recaudos formales exigidos por la Ley Nº 14.250 (t.o. 2004).

Que de la lectura de las cláusulas pactadas, no surge contradicción con la normativa laboral vigente.

Que las partes acreditan la representación que invocan con la documentación agregada en autos y ratifican en todos sus términos el mentado Acuerdo.

Que la Asesoría Legal de la Dirección Nacional de Relaciones del Trabajo de este Ministerio, tomó la intervención que le compete.

Que por lo expuesto, corresponde dictar el pertinente acto administrativo de homologación, de conformidad con los antecedentes mencionados.

Que las facultades de la suscripta para resolver en las presentes actuaciones, surgen de las atribuciones otorgadas por el Decreto Nº 900/95.

Por ello,

LA SECRETARIA DE TRABAJO

RESUELVE:

ARTICULO 1º — Declárase homologado el Acuerdo celebrado entre la ASOCIACION DE PROFESIONALES UNIVERSITARIOS DEL AGUA Y LA ENERGIA ELECTRICA y la empresa CONSULSER SOCIEDAD ANONIMA, que luce a foja 2 del Expediente Nº 1.336.469/09, ratificado a 10 y 11, conforme a lo dispuesto en la Ley de Negociación Colectiva Nº 14.250 (t.o. 2004).

ARTICULO 2º — Regístrese la presente Resolución en el Departamento Despacho dependiente de la SUBSECRETARIA DE COORDINACION. Cumplido, pase a la Dirección de Negociación Colectiva a fin que el Departamento Coordinación registre el presente Acuerdo obrante a foja 2 del Expediente Nº 1.336.469/09.

ARTICULO 3º — Remítase copia debidamente autenticada al Departamento Biblioteca para su difusión.

ARTICULO 4º — Notifíquese a las partes signatarias. Posteriormente, procédase a la guarda del presente legajo.

ARTICULO 5º — Hágase saber que en el supuesto que este MINISTERIO DE TRABAJO, EMPLEO Y SEGURIDAD SOCIAL no efectúe la publicación de carácter gratuito del Acuerdo homologado y de esta Resolución, las partes deberán proceder de acuerdo a lo establecido en el Artículo 5º de la Ley Nº 14.250 (t.o. 2004).

ARTICULO 6º — Comuníquese, publíquese, dése a la Dirección Nacional del Registro Oficial y archívese. — Dra. NOEMI RIAL, Secretaria de Trabajo.

Expediente Nº 1.336.469/09

Buenos Aires, 8 de octubre de 2009

De conformidad con lo ordenado en la RESOLUCION ST Nº 1330/09 se ha tomado razón del acuerdo obrante a fojas 2 del expediente de referencia, quedando registrado con el número 1137/09. — VALERIA ANDREA VALETTI, Registro, Convenios Colectivos de Trabajo, Dto. Coordinación - D.N.R.T.

ACTA ACUERDO SALARIAL

En la Ciudad de Buenos Aires, a los 02 días del mes de julio de 2009, se reúnen por un lado la empresa CONSULSER S.A., en adelante "La Empresa", con domicilio en la calle Reconquista 1048, Piso 11º, de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires, representada en este acto por el Dr. Leonardo FAIGUENBLAT, en su carácter de Apoderado y por la otra la ASOCIACION DE PROFESIONALES UNIVERSITARIOS DEL AGUA Y LA ENERGIA ELECTRICA (APUAYE) en adelante "La Asociación", con domicilio en la calle Reconquista 1048, Piso 8º, de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires, -representada en este acto por el Lic. Héctor COACCI, en su carácter de Tesorero, quienes acuerdan lo siguiente:

PRIMERO: La Empresa abonará una suma equivalente al cincuenta por ciento (50%) del sueldo mensual habitual y permanente en concepto de Gratificación Extraordinaria no remunerativa por única vez a sus empleados profesionales universitarios.

SEGUNDO: La suma mencionada se abonará en dos cuotas iguales durante los meses de julio y agosto de 2009.

TERCERO: Ambas partes están de acuerdo en solicitar la homologación del presente Acuerdo por parte del METySS de la nación, para lo cual las partes quedan habilitadas para realizar las gestiones en tal sentido.

Leída y ratificada la presente Acta Acuerdo en todos sus términos, las partes firman al pie en el lugar y fecha arriba indicados, tres (3) ejemplares de un mismo tenor y a un solo efecto, elevándose la misma a la Autoridad de Aplicación para su correspondiente homologación.