MINISTERIO DE PLANIFICACION FEDERAL, INVERSION PUBLICA Y SERVICIOS

SECRETARIA DE TRANSPORTE

ADMINISTRACION NACIONAL DE AVIACION CIVIL

Resolución Nº 222/2009

Bs. As., 2/12/2009

VISTO el Expediente Nº S01:0070719/2009 del Registro del MINISTERIO DE PLANIFICACION FEDERAL, INVERSION PUBLICA Y SERVICIOS, y el Decreto Nº 1770 de fecha 29 de noviembre de 2007, y

CONSIDERANDO:

Que por el artículo 4º del Decreto Nº 1770 de fecha 29 de noviembre de 2007, se aprobó la estructura organizativa de la ADMINISTRACION NACIONAL DE AVIACION CIVIL, organismo descentralizado del MINISTERIO DE PLANIFICACION FEDERAL, INVERSION PUBLICA Y SERVICIOS de conformidad con el Organigrama y las Responsabilidades Primarias y Acciones que, como Anexos II y III, forman parte del citado artículo.

Que por el artículo 14 del citado Decreto, se estableció que la ADMINISTRACION NACIONAL DE AVIACION CIVIL será dirigida por un Administrador Nacional con funciones de reglamentación, control y administración de la actividad aeronáutica civil como única Autoridad Aeronáutica Nacional.

Que mediante la Resolución Nº 1 de la ADMINISTRACION NACIONAL DE AVIACION CIVIL de fecha 16 de abril de 2009 se estableció la apertura de segundo nivel de la DIRECCION GENERAL LEGAL, TECNICA Y ADMINISTRATIVA.

Que dicha apertura resulta insuficiente para llevar adelante las acciones encomendadas a la Dirección mencionada, resultando necesario aprobar una nueva apertura inferior de la DIRECCION GENERAL LEGAL, TECNICA Y ADMINISTRATIVA, que abarque el segundo y tercer nivel operativo.

Que resulta necesario establecer la apertura inferior de la DIRECCION NACIONAL DE TRANSPORTE AEREO, a fin de permitir la operatividad de la ADMINISTRACION NACIONAL DE AVIACION CIVIL.

Que la SECRETARIA DE LA GESTION PUBLICA de la JEFATURA DE GABINETE DE MINISTROS ha tomado la intervención de su competencia.

Que la DIRECCION GENERAL LEGAL, TECNICA Y ADMINISTRATIVA de la ADMINISTRACION NACIONAL DE AVIACION CIVIL ha tomado la intervención de su competencia.

Que la presente medida se dicta en virtud de las facultades emergentes del artículo 17 del Decreto Nº 1545 de fecha 31 de agosto de 1994.

Por ello,

EL ADMINISTRADOR NACIONAL DE AVIACION CIVIL

RESUELVE:

ARTICULO 1º — Apruébanse las unidades de segundo y tercer nivel operativos correspondientes a la DIRECCION GENERAL LEGAL, TECNICA Y ADMINISTRATIVA y a la DIRECCION NACIONAL DE TRANSPORTE AEREO de la ADMINISTRACION NACIONAL DE AVIACION CIVIL, de conformidad con el Organigrama y Acciones que, como Anexos Ia, Ib y II, forman parte integrante de la presente.

ARTICULO 2º — Déjese sin efecto lo establecido en la Resolución Nº 1 de la ADMINISTRACION NACIONAL DE AVIACION CIVIL, de fecha 16 de abril de 2009.

ARTICULO 3º — El gasto que demande el financiamiento de la presente medida será atendido con las partidas específicas del presupuesto vigente para el corriente ejercicio que se asignen a la Entidad.

ARTICULO 4º — Comuníquese, publíquese, dése a la Dirección Nacional de Registro Oficial y archívese. — Lic. RODOLFO F. GABRIELLI, ANAC, Administración Nacional de Aviación Civil.

ANEXO Ia

ANEXO Ib

ANEXO II

ADMINISTRACION NACIONAL DE AVIACION CIVIL

DIRECCION GENERAL, LEGAL TECNICA Y ADMINISTRATIVA

DIRECCION DE ADMINISTRACION FINANCIERA Y CONTROL

ACCIONES:

1.- Administrar el sistema de información financiera que permita conocer en forma permanente la gestión de la Entidad.

2.- Controlar el manejo y custodia de fondos y valores provenientes de recaudaciones o de cualquier otro ingreso permanente o eventual así como también de los valores y documentos que los representen, correspondientes a la ADMINISTRACION NACIONAL DE AVIACION CIVIL (ANAC).

3.- Fiscalizar cobros y pagos, previo cumplimiento de normas reglamentarias.

4.- Controlar las actividades relacionadas con registraciones contables de ejecución del presupuesto de todos los centros de registro que integran la ADMINISTRACION NACIONAL DE AVIACION CIVIL (ANAC).

5.- Supervisar todo lo relativo a la liquidación de facturas de proveedores, indemnizaciones, gastos de personal, otras erogaciones y transferencias.

6.- Asesorar y asistir técnicamente a los distintos estamentos de la Entidad.

7.- Fiscalizar las acciones relativas al registro y control de los bienes patrimoniales de la Entidad.

8.- Asesorar y supervisar la determinación y retención de impuestos y leyes previsionales.

9.- Preparar la Cuenta de Inversión de la Entidad de acuerdo a la CONSTITUCION NACIONAL.

DIRECCION GENERAL LEGAL, TECNICA Y ADMINISTRATIVA

DIRECCION DE ADMINISTRACION FINANCIERA Y CONTROL

DEPARTAMENTO DE CONTABILIDAD Y FINANZAS

ACCIONES:

1.- Efectuar las liquidaciones y órdenes de pago de haberes y horas extraordinarias del personal del Organismo, y la aplicación de las normas que se dicten en materia de política salarial.

2.- Controlar las órdenes para los pagos de los aportes personales, patronales, obra social, I.N.S.S.P.J.P., A.N.S.S.A.L., sindicatos y mutuales.

3.- Supervisar la liquidación y rendición de retenciones del impuesto a las ganancias del personal en relación de dependencia, de conformidad con la normativa vigente.

4.- Efectuar la gestión de liquidación y orden de pago de las facturas correspondientes a órdenes de compra de proveedores y a contrataciones de servicios profesionales.

5.- Realizar la gestión de liquidación y orden de pago de las facturas de contratistas de conformidad con las normas legales vigentes.

6.- Elaborar la rendición de cuentas y liquidación de las CAJAS CHICAS, FONDOS ROTATORIOS y transferencias en virtud de convenios con organismos internacionales, nacionales provinciales.

7.- Efectuar el análisis sistemático de todas las transacciones que se produzcan y afecten la situación financiera de la Entidad, verificando la disponibilidad de crédito anual y trimestral de compromiso y devengado.

8.- Supervisar los registros del compromiso del Organismo y la registración del compromiso preventivo de todos los gastos que se realicen por el Régimen de Caja Chica y Fondos Rotatorios Internos de la Entidad.

9.- Controlar los movimientos de fondos contables con las partidas presupuestarias.

10.- Efectuar la confección de estados de información contable, presupuestaria, financiera y patrimonial que se requiera en cumplimiento de la Ley Nº 24.156.

11.- Supervisar un sistema de información que permita registrar todas las operaciones vinculadas a los Bienes de Uso que integran el patrimonio de la jurisdicción, acorde al sistema de contabilidad gubernamental implementado por la Ley de Administración Financiera y la Ley de Contabilidad y que permita conocer el inventario general de los Bienes Muebles e Inmuebles, con su correspondiente ubicación, dependencia, responsable, código presupuestario, descripción del bien, valuación, y estado de vida útil.

12.- Coordinar la gestión de liquidación de los recursos propios de la Entidad y sus correspondientes registros, conforme a la normativa vigente.

13. - Supervisar el archivo de la documentación contable del Servicio Administrativo Financiero.

DIRECCION GENERAL LEGAL, TECNICA Y ADMINISTRATIVA

DIRECCION DE ADMINISTRACION FINANCIERA Y CONTROL

DEPARTAMENTO DE PRESUPUESTO

ACCIONES:

1.- Analizar los anteproyectos de presupuestos de las unidades ejecutoras de programas que integren la ADMINISTRACION NACIONAL DE AVIACION CIVIL

2.- Elaborar y proponer el anteproyecto anual de presupuesto de la ADMINISTRACION NACIONAL DE AVIACION CIVIL

3.- Evaluar y consolidar la información remitida por las unidades ejecutoras de programas referidas a la programación y ejecución física y financiera.

4.- Coordinar la tramitación ante la Oficina Nacional de Presupuesto de la información elaborada, por las unidades ejecutoras referidas a la programación ejecución física y financiera del presupuesto.

5.- Evaluar y coordinar la tramitación de las modificaciones presupuestarias, según las propuestas de las unidades ejecutoras de programas.

6.- Evaluar y coordinar la tramitación de las reprogramaciones de la ejecución física y financiera de las propuestas de las unidades ejecutoras de programas.

7.- Coordinar las registraciones centralizadas de la ejecución física del presupuesto de la Entidad.

8.- Asesorar a la Superioridad en lo relativo a la interpretación y aplicación de las normas técnicas para la formulación, programación, modificación y evaluación del presupuesto de la Entidad.

9.- Analizar la evolución de los recursos contemplados en las previsiones presupuestarias para la atención de los distintos programas que se determinen en la Entidad.

10.- Asesorar en el diseño de los programas en el aspecto económico-financiero, estableciendo objetivos y metas acordes con la posibilidad de obtención de recursos presupuestarios.

11.- Efectuar la planificación y seguimiento de la recaudación de los recursos de la Entidad.

DIRECCION GENERAL LEGAL, TECNICA Y ADMINISTRATIVA

DIRECCION DE ADMINISTRACION FINANCIERA Y CONTROL

DEPARTAMENTO TESORERIA

ACCIONES:

1.- Participar en la programación financiera de la Entidad.

2.- Controlar el manejo y custodia de los fondos y valores provenientes de recaudaciones o cobro de órdenes de pago de la Tesorería General de la Nación, ejecutando los pagos autorizados en las mismas, previo cumplimiento de las normas reglamentarias.

3.- Efectuar pagos en efectivo y/o cheques, o a través de transferencias bancarias, en concepto de liquidación de viáticos, asignación y reposición de cajas chicas, cancelación de deudas por compra de bienes o servicios y demás conceptos cancelables a través del fondo rotatorio de la Entidad.

4.- Disponer todos los actos y gestiones necesarios para la adecuada administración del fondo rotatorio de la Entidad.

5.- Atender y proceder al pago de haberes al personal, ingresando las retenciones correspondientes a los distintos organismos.

DIRECCION GENERAL LEGAL, TECNICA Y ADMINISTRATIVA

DIRECCION DE COMPRAS Y ADMINISTRACION DE BIENES

ACCIONES:

1.- Supervisar y coordinar las licitaciones y contrataciones cuya tramitación se efectúe por el régimen de contrataciones del ESTADO NACIONAL o por la Ley Nº 17.250 de Obras Públicas, así como también la elaboración, modificación y rescisión de los contratos de cualquier naturaleza celebrados o a celebrarse.

2.- Centralizar los requerimientos y coordinar la formulación del plan anual de necesidades tanto de elementos como de contratos de servicios o de obras públicas destinadas a cubrir las exigencias de las distintas áreas a las que se presta servicio.

3.- Elaborar la documentación relativa a los concursos o actos licitarios que sea menester para las adquisiciones o ventas en general, contratos de locación de obra, servicios y de obras públicas, así como también la gestión de éstos, hasta su culminación.

4.- Administrar los recursos físicos y patrimoniales de la entidad cualquiera sea su procedencia.

5.- Administrar un sistema de información de bienes de uso y de consumo de la Entidad.

6. - Supervisar las acciones necesarias para asegurar la operatividad de los edificios e instalaciones de la Entidad.

7.- Proyectar todo acto administrativo correspondiente al área de su competencia.

8.- Suscribir los instrumentos contractuales necesarios para llevar adelante la ejecución de las contrataciones aprobadas.

9.- Entender en la elaboración de un informe periódico respecto a los bienes patrimoniales y de consumo de la Entidad que sirva como respaldo documental para los registros contables, a requerimiento de la Dirección de Administración Financiera y Control.

DIRECCION GENERAL LEGAL, TECNICA Y ADMINISTRATIVA

DIRECCION DE COMPRAS Y ADMINISTRACION DE BIENES

DEPARTAMENTO DE COMPRAS Y CONTRATACIONES

ACCIONES:

1.- Confeccionar los pliegos, llevar a cabo los trámites licitatorios a través del procedimiento de selección correspondiente, hasta la etapa preadjudicataria inclusive y elaborar los actos administrativos aprobatorios de los procedimientos y adjudicaciones, a suscribir por la autoridad competente, vinculados con las normas que regulen el régimen de contrataciones del Estado.

2.- Centralizar los requerimientos y formular el plan anual de necesidades tanto de elementos como de contratos de servicios o de obras públicas destinadas a cubrir las exigencias de las distintas áreas a las que se presta servicio.

3.- Colaborar en el análisis de las ofertas presentadas a efectos de predeterminar la selección de las más convenientes.

4.- Mantener actualizados los registros correspondientes al área de su competencia.

5.- Asistir en sus tareas a las comisiones de pre-adjudicaciones y recepción, asesorando en la materia.

6.- Definir la modalidad de contratación para la adquisición de materiales, suministros, maquinarias y equipos, así como la de servicios para los sectores solicitantes.

7.- Evaluar la oportunidad de adquisición de bienes frente a la disposición de los mismos. Analizar las solicitudes de necesidades de urgencia y definir las modalidades de compra.

8.- Elaborar las órdenes de compra o contrato, según corresponda.

9.- Controlar el cumplimiento de las obligaciones contractuales en lo que es materia de su competencia.

10.- Elaborar todo acto administrativo que modifique las condiciones pactadas contractualmente.

11.- Proyectar la resolución definitiva, en los recursos jerárquicos que interpongan las firmas proveedoras.

DIRECCION GENERAL LEGAL, TECNICA Y ADMINISTRATIVA

DIRECCION DE COMPRAS Y ADMINISTRACION DE BIENES

DEPARTAMENTO DE PATRIMONIO Y SUMINISTROS

ACCIONES:

1.- Administrar un sistema de información que permita registrar todas las operaciones de altas (adquisiciones, donaciones y transferencias) y bajas (rezagos, robos, hurtos, ventas, transferencias y cesión) de los Bienes de Uso que integran el patrimonio de la Entidad, acorde al sistema de contabilidad gubernamental implementado por la Ley de Administración Financiera y la Ley de Contabilidad.

2.- Procesar y producir la información necesaria que permita conocer el inventario general de los Bienes Muebles e Inmuebles, con su correspondiente ubicación, dependencia, responsable, código presupuestario, descripción del bien, valuación y estado de vida útil.

3.- Verificar el cumplimiento de las normativas legales que afecten la correcta administración y custodia de los bienes, realizando inspecciones.

4.- Registrar todos los Bienes de Terceros que resulten de contratos de locación, comodato, préstamos o que formen parte de proyectos especiales.

5.- Elaborar informes relacionados con la tramitación de títulos de inmuebles y automotores.

6.- Recepcionar y cumplimentar las solicitudes de bienes y servicios de las diversas áreas del Organismo.

7.- Mantener un registro actualizado de las solicitudes de servicio efectuando un seguimiento periódico a efectos de identificar atrasos y/o incumplimientos.

8.- Realizar la recepción, almacenaje, identificación y clasificación de los bienes patrimoniales y de consumo manteniendo actualizado el inventario de los mismos.

9.- Proponer un plan general de suministros de bienes y servicios y un cronograma de obras de mantenimiento y de infraestructura.

10.- Controlar operativamente toda aquella contratación relacionada con la prestación o provisión de servicios realizada por el Organismo y que afecte a las cuestiones de su competencia, todo ello de acuerdo con lo establecido en las pautas contractuales.

11.- Elaborar un informe periódico respecto a los bienes patrimoniales y de consumo como soporte documental para los registros contables de la Entidad.

DIRECCION GENERAL LEGAL, TECNICA Y ADMINISTRATIVA

DIRECCION DE COMPRAS Y ADMINISTRACION DE BIENES

DEPARTAMENTO DE TECNICA OPERATIVA

ACCIONES:

1.- Dirigir las acciones necesarias para asegurar la operatividad de los edificios e instalaciones de las sedes administrativas de la Entidad.

2.- Supervisar la conducción del personal obrero, de maestranza y servicios generales en las sedes administrativas del Organismo.

3.- Planificar y dirigir los programas de mantenimiento preventivo, cambio o reparaciones de los edificios correspondientes a las sedes administrativas.

4.- Supervisar la ejecución de obras, tareas y servicios ejecutados por los equipos de trabajo constituidos "ad-hoc", que operen en los edificios e instalaciones de las sedes administrativas de la Entidad.

5.- Efectuar el control y seguimiento de la prestación de servicios contratados a terceros en el ámbito de su competencia.

6.- Coordinar las actividades de vigilancia y mantenimiento del edificio sede principal del Organismo y sus bienes.

7.- Efectuar las acciones necesarias para asegurar la coordinación, coherencia y excelencia de los programas de optimización, tanto de las comunicaciones como de infraestructura edilicia, su remodelación y utilización. Intervenir en la definición de los lineamientos para la ejecución del programa de racionalización de espacios físicos.

8.- Organizar y realizar en término, de acuerdo a los requerimientos de las áreas usuarias, el servicio de distribución de correspondencia dentro y fuera de la ANAC.

9.- Realizar el control del personal de servicios auxiliares, asegurando la prestación de los servicios de mantenimiento, intendencia y seguridad en la sede administrativa del Organismo.

10.- Colaborar en mudanzas internas.

DIRECCION GENERAL LEGAL, TECNICA Y ADMINISTRATIVA

DIRECCION DE ADMINISTRACION Y GESTION DE RECURSOS HUMANOS

ACCIONES:

1.- Coordinar la aplicación del régimen estatutario y escalafonario, las reglamentaciones relativas a licencias, compensaciones, situaciones especiales de revista, asignaciones familiares, incompatibilidades, controlar su cumplimiento y proponer las adecuaciones pertinentes.

2.- Supervisar los proyectos de actos administrativos vinculados con la gestión de recursos humanos y los procedimientos inherentes a los movimientos del personal, reclamos, certificaciones de servicios, seguros de vida y demás beneficios sociales.

3.- Supervisar la confección y actualización de los legajos únicos de personal y recibir e informar las novedades en relación con la situación de los agentes.

4.- Dirigir la administración de la información de asistencia y toda otra requerida para la liquidación de haberes y demás compensaciones (adicionales, bonificaciones, suplementos e incentivos).

5.- Supervisar los aspectos laborales y el cumplimiento de las disposiciones vigentes relativas a los derechos y obligaciones de los agentes (licencias, becas, sanciones, etc.) y analizar los recursos y actuaciones relacionados con el ámbito de su competencia.

6.- Dirigir la actualización del registro de cargos financiados correspondiente a la Entidad y formular información de base para la elaboración del proyecto de Presupuesto anual, en lo concerniente al inciso 1, Gastos en Personal.

7.- Mantener mecanismos de difusión y asesoramiento en materia de su competencia.

DIRECCION GENERAL LEGAL, TECNICA Y ADMINISTRATIVA

DIRECCION DE ADMINISTRACION Y GESTION DE RECURSOS HUMANOS

DEPARTAMENTO DE LEGAJOS, CERTIFICACIONES Y CONTROL DE ASISTENCIA

ACCIONES

1.- Efectuar la registración de los antecedentes del personal manteniendo actualizado el legajo único de los agentes de su jurisdicción y extender las certificaciones que le sean solicitadas.

2.- Verificar el cumplimiento del régimen de incompatibilidades.

3.- Diligenciar los trámites vinculados con los beneficios: previsionales, sociales, seguro de vida y subsidios que correspondieren al personal, de conformidad con la normativa vigente.

4.- Tramitar el otorgamiento de asignaciones familiares verificando el cumplimiento de la normativa vigente en la materia y efectuando las comunicaciones correspondientes para su liquidación.

5.- Asistir al Director de Administración y Gestión de Recursos Humanos en las actuaciones administrativas relacionadas con el ingreso-egreso, movimientos de personal y régimen disciplinario.

6.- Asistir y asesorar sobre los derechos y obligaciones del personal como agente público.

7.- Aplicar el régimen de licencias, justificaciones y franquicias y supervisar los procesos administrativos relacionados con permisos de salida, horarios, franquicias, medidas disciplinarias y toda otra novedad relativa al área, efectuando las comunicaciones correspondientes para su liquidación.

8.- Elaborar la información de base para la correcta liquidación de haberes del personal.

DIRECCION GENERAL LEGAL, TECNICA Y ADMINISTRATIVA

DIRECCION DE ADMINISTRACION Y GESTION DE RECURSOS HUMANOS

DEPARTAMENTO DE ADMINISTRACION DE CARGOS Y CONTRATACIONES

ACCIONES:

1.- Elaborar los proyectos de actos administrativos que impliquen altas, bajas y movimientos de personal y efectuar las notificaciones correspondientes.

2.- Mantener actualizado el registro de los cargos y horas de cátedra de la Entidad y comunicar la información de base para la elaboración del Proyecto de Presupuesto Anual, en lo concerniente al Inciso 1 - Gastos en Personal, de acuerdo al ordenamiento estructural vigente.

3.- Elaborar los actos administrativos y efectuar el control de aplicación del Régimen de Asesores, Auxiliares y Suplementos Extraordinarios de Gabinete.

4.- Aplicar los regímenes estatutarios y escalafonarios vigentes y proponer las adecuaciones pertinentes.

5.- Efectuar la tramitación de credenciales, coordinando en el caso de corresponder las acciones con el área de competencia específica.

DIRECCION GENERAL LEGAL, TECNICA Y ADMINISTRATIVA

DIRECCION DE ADMINISTRACION Y GESTION DE RECURSOS HUMANOS

DEPARTAMENTO DE MEDICINA LABORAL, HIGIENE Y SEGURIDAD

ACCIONES:

1.- Dirigir las actividades vinculadas con educación sanitaria, socorrismo, vacunación y estudios de ausentismo por morbilidad, así como también la prestación de la asistencia inicial de las enfermedades presentadas durante el trabajo y de las emergencias médicas ocurridas, hasta tanto se haga cargo el servicio médico que corresponda.

2.- Confeccionar y mantener actualizado el legajo médico del personal.

3.- Confeccionar y mantener actualizado el registro de enfermedades profesionales y accidentes de trabajo.

4.- Efectuar los exámenes médicos que correspondan al personal, ya sea con personal propio o contratado a tal efecto.

5.- Efectuar toda otra actividad que corresponda, en cumplimiento de lo dispuesto por la Ley Nº 19.587 y sus normas modificatorias y complementarias.

6.- Centralizar las relaciones con la Aseguradora de Riesgos del Trabajo cuya contratación se efectúe para la Entidad, en lo que respecta a su competencia específica, en el marco de la legislación vigente.

7.- Administrar, gestionar y auditar los casos y la información de accidentes de trabajo y enfermedades profesionales sufridas por el personal perteneciente al Organismo, en el ámbito de su competencia.

8.- Conceder y fiscalizar las licencias especiales de su competencia y controlar las prestaciones de servicios realizadas por terceros.

DIRECCION GENERAL LEGAL, TECNICA Y ADMINISTRATIVA

DIRECCION DE ADMINISTRACION Y GESTION DE RECURSOS HUMANOS

DEPARTAMENTO DE CAPACITACION Y EVALUACION DE PERSONAL

ACCIONES:

1.- Elaborar y proponer la política de capacitación de los recursos humanos de la Entidad.

2.- Asesorar y colaborar con los órganos de selección, en los procesos de elección de personal.

3.- Controlar la aplicación del sistema de evaluación de desempeño del personal administrativo, atendiendo a la tramitación concerniente a concursos y designaciones de personal.

4.- Realizar los estudios que permitan la clasificación de puestos de trabajo y la caracterización de los perfiles básicos aconsejables para su ocupación.

5.- Asegurar el seguimiento y actualización permanente del nivel de cumplimiento, por parte de los agentes de la Entidad del ámbito de su competencia, de los requisitos exigidos para la promoción de grado y/o cargos, según corresponda.

6.- Efectuar y/o coordinar estudios tendientes a la elaboración y formulación de propuestas de fomento de la productividad.

7.- Aplicar los planes de capacitación del INSTITUTO NACIONAL DE LA ADMINISTRACION PUBLICA (INAP) y elaborar los que correspondan al área de la Entidad.

8.- Asistir en las acciones de detección permanente de necesidades de capacitación y la generación de los mecanismos que permitan su satisfacción, sin afectar la normal prestación de los servicios a cargo de la Entidad.

9.- Efectuar la centralización de las certificaciones de créditos de capacitación que se obtengan, tanto por cursos efectuados a través del INSTITUTO NACIONAL DE LA ADMINISTRACION PUBLICA (INAP), como por equivalencias reconocidas por dicho organismo, y otros organismos específicos nacionales o internacionales.

DIRECCION GENERAL LEGAL, TECNICA Y ADMINISTRATIVA

DIRECCION DE ASUNTOS JURIDICOS

ACCIONES:

1.- Asesorar al ADMINISTRADOR NACIONAL DE AVIACION CIVIL en todas las cuestiones del Servicio Jurídico en las cuales le sea requerida su intervención.

2.-Coordinar e intervenir en todos los proyectos de leyes, decretos, decisiones administrativas, resoluciones o disposiciones que introduzcan o modifiquen normas vinculadas con la Entidad.

3.- Coordinar todas las cuestiones jurídicas relacionadas con los Organismos Internacionales así como la gestión de auditorías e inspecciones técnicas llevadas a cabo por dichos organismos.

4.- Ordenar la instrucción de los sumarios administrativos – disciplinarios.

5.- Asumir y coordinar la representación del ESTADO NACIONAL a través de la ADMINISTRACION NACIONAL DE AVIACION CIVIL en todos los asuntos de carácter jurisdiccional en los cuales dicho Organismo sea parte, defendiendo los intereses del mismo.

6.- Entender en todos los asuntos de carácter jurídico de competencia de la ADMNISTRACION NACIONAL DE AVIACION CIVIL, con el fin de promover el perfeccionamiento de las disposiciones legales y reglamentarias en el análisis de los anteproyectos de legislación.

7.- Intervenir, cuando le sea requerido, en el trámite de los expedientes de la ADMINISTRACION NACIONAL DE AVIACION CIVIL.

DIRECCION GENERAL LEGAL, TECNICA Y ADMINISTRATIVA

DIRECCION DE ASUNTOS JURIDICOS

DEPARTAMENTO DE GESTION ADMINISTRATIVA

ACCIONES:

1.- Asesorar jurídicamente a las autoridades de la ADMINISTRACION NACIONAL DE AVIACION CIVIL en los aspectos técnico – legales planteados.

2.- Intervenir y dictaminar en los casos jurídicos sometidos a su consideración respecto de los proyectos de actos y/o decisiones de alcance particular y/o general relacionadas con las cuestiones de derecho administrativo y de personal.

3.- Intervenir y dictaminar en el trámite de los sumarios instruidos y sustanciados en la órbita de la ADMINISTRACION NACIONAL DE AVIACION CIVIL.

4.- Asesorar jurídicamente al ADMINISTRADOR NACIONAL y al DIRECTOR LEGAL, TECNICO Y ADMINISTRATIVO en todas las cuestiones que se suscitaren vinculadas con asuntos de política de personal.

DIRECCION GENERAL LEGAL, TECNICA Y ADMINISTRATIVA

DIRECCION DE ASUNTOS JURIDICOS

DEPARTAMENTO DE ASUNTOS AERONAUTICOS, INFRAESTRUCTURA Y SERVICIOS AEROPORTUARIOS

ACCIONES:

1.- Intervenir y dictaminar en el trámite de los expedientes administrativos vinculados con cuestiones de derecho aeronáutico que sean sometidos a su consideración.

2.- Asesorar a las Direcciones Nacionales y Generales respecto de las cuestiones jurídicas aeronáuticas que se susciten en sus áreas de competencia cuando le sea requerida.

3.- Asesorar al ADMINISTRADOR NACIONAL respecto de las cuestiones jurídicas involucradas en el marco de las auditorías llevadas a cabo por los Organismos Internacionales.

4.- Asesorar jurídicamente a las autoridades de la ADMINISTRACION NACIONAL DE LA AVIACION CIVIL en los aspectos técnico-legales planteados respecto a infraestructura y servicios aeroportuarios.

5. Intervenir y dictaminar en los asuntos jurídicos sometidos a su consideración respecto de los proyectos de actos y/o decisiones de alcance particular y/o general vinculados a infraestructura y servicios aeroportuarios.

6. Proyectar y elevar al Director de Asuntos Jurídicos para su intervención las opiniones legales requeridas en torno a actos de alcance general vinculados a Infraestructura y Servicios Aeroportuarios.

DIRECCION GENERAL LEGAL, TECNICA Y ADMINISTRATIVA

DIRECCION DE ASUNTOS JURIDICOS

DEPARTAMENTO DE GESTION JUDICIAL

ACCIONES:

1.- Efectuar la representación del ESTADO NACIONAL en todas las cuestiones jurisdiccionales en que el mismo sea parte a través de ADMINISTRACION NACIONAL DE AVIACION CIVIL, defendiendo sus intereses.

2.- Asumir la defensa y representación del ESTADO NACIONAL en los juicios que —si bien no incluidos en el inciso anterior— son asignados por norma legal, reglamentaria o actos emanados de autoridad competente a tal efecto.

3.- Intervenir cuando el ADMINISTRADOR NACIONAL así lo disponga en todas las cuestiones de índole penal en las cuales la ADMINISTRACION NACIONAL y/o su personal sea parte.

4.- Mantener actualizada la información y cursar las comunicaciones previstas legal y/o reglamentariamente respecto de la previsión presupuestaria orientada a atender las sentencias condenatorias de dar sumas de dinero o asimilables.

5.- Practicar las intimaciones y/o ejecuciones derivadas de la determinación de perjuicio fiscal en los sumarios administrativos como así también cursar las comunicaciones legal y/o reglamentariamente previstas a los órganos de control.

6.- Coordinar y supervisar la representación de la ADMINISTRACION NACIONAL DE AVIACION CIVIL en las cuestiones jurisdiccionales que se susciten en jurisdicciones del interior del país a través de la Procuración del Tesoro de la Nación.

7. Colaborar y supervisar el trámite de todos los requerimientos judiciales que se formulen a la ADMINISTRACION NACIONAL DE AVIACION CIVIL.

DIRECCION GENERAL LEGAL, TECNICA Y ADMINISTRATIVA

DIRECCION DE SISTEMAS Y COMUNICACIONES

ACCIONES:

1.- Coordinar las políticas de las Tecnologías de la Información y las Comunicaciones, incluyendo la informática, las telecomunicaciones, la telefonía, las redes, los sistemas de información y las tecnologías asociadas en el organismo.

2.- Dirigir y optimizar la utilización de Tecnologías de la Información y las Comunicaciones de uso administrativo del organismo.

3.- Elaborar anualmente el plan de Tecnologías de la Información y las Comunicaciones de uso administrativo de la Entidad.

4.- Verificar el cumplimiento de las normas legales y de las políticas y estándares establecidos por la Administración Pública Nacional en el organismo.

5.- Entender en todos los aspectos relativos a la seguridad de las Tecnologías de la Información y las Comunicaciones de uso administrativo de la Entidad, incluyendo el establecimiento de planes de contingencia para los sistemas críticos, controlando periódicamente su funcionamiento.

6.- Conducir todas las actividades vinculadas al uso de las Tecnologías de la información y las Comunicaciones de uso administrativo del Organismo.

7.- Entender en todos los procesos de incorporación, modificación o eliminación de tecnologías de la información y las comunicaciones en el Organismo.

8.- Participar en las actividades del Foro de Responsables de Informática de las jurisdicciones de la Administración Nacional, coordinando por la OFICINA NACIONAL DE TECNOLOGIAS DE LA INFORMACION DE LA SUBSECRETARIA DE LA GESTION PUBLICA, con el fin de coordinar y potenciar los distintos esfuerzos tendientes a optimizar un mejor aprovechamiento de las nuevas tecnologías de la Información y las Comunicaciones aplicadas a la gestión pública.

DIRECCION GENERAL LEGAL, TECNICA Y ADMINISTRATIVA

DIRECCION DE SISTEMAS Y COMUNICACIONES

DEPARTAMENTO DE ADMINISTRACION DE SISTEMAS

ACCIONES:

1.- Proponer las políticas de las Tecnologías de la Información, incluyendo la informática, las redes, los sistemas de información y las tecnologías asociadas en la Entidad.

2.- Asistir al Director en la formulación, implementación y seguimiento de dichas políticas, conforme a las normas vigentes en la Administración Pública Nacional.

3.- Elaborar anualmente el plan de Tecnologías de la Información.

4.- Verificar el cumplimiento de las normas legales y de las políticas y estándares establecidos por la Administración Pública Nacional en el organismo.

5.- Asistir al Director en todos los aspectos relativos a la seguridad de las Tecnologías de la Información de la Entidad, incluyendo el establecimiento de planes de contingencia para los sistemas críticos, controlando periódicamente su funcionamiento.

6.- Efectuar todos los procesos de incorporación, modificación o eliminación de tecnologías de la información en el Organismo.

DIRECCION GENERAL LEGAL, TECNICA Y ADMINISTRATIVA

DIRECCION DE SISTEMAS Y COMUNICACIONES

DEPARTAMENTO DE COMUNICACIONES

ACCIONES:

1.- Proponer las políticas de las Comunicaciones de uso administrativo, incluyendo las telecomunicaciones, la telefonía, las redes, y las tecnologías asociadas, en la Entidad.

2.- Asistir al Director en la formulación, implementación y seguimiento de dichas políticas, conforme a las normas vigentes en la Administración Pública Nacional.

3.- Elaborar anualmente el plan de las Comunicaciones de uso administrativo de la Entidad.

4.- Verificar el cumplimiento de las normas legales y de las políticas y estándares establecidos por la Administración Pública Nacional en el organismo.

5.- Asistir al Director en todos los aspectos relativos a la seguridad de las Comunicaciones de uso administrativo de la Entidad, incluyendo el establecimiento de planes de contingencia para los sistemas críticos, controlando periódicamente su funcionamiento.

6.- Efectuar todos los procesos de incorporación, modificación o eliminación de tecnologías de las comunicaciones de uso administrativo en el Organismo.

DIRECCION GENERAL LEGAL, TECNICA Y ADMINISTRATIVA

DEPARTAMENTO DE SECRETARIA GENERAL

ACCIONES:

1.- Asistir al Director General Legal, Técnico y Administrativo coordinando la tramitación, en las distintas áreas del Organismo, de las actuaciones administrativas.

2.- Transmitir a las distintas áreas del organismo, las decisiones que adopte el Administrador en los asuntos de competencia de la ADMINISTRACION NACIONAL DE AVIACION CIVIL (ANAC), asistiéndolas en la interpretación de las referidas decisiones y efectuando el seguimiento de las mismas.

3.- Efectuar el control formal de los proyectos de normas o actos administrativos que ingresen al área, verificando su adecuación a las normas legales, reglamentarias y procedimientos vigentes.

4.- Asignar la responsabilidad primaria de las actuaciones, controlando el cumplimiento de los plazos de tramitación de las actuaciones administrativas.

5.- Efectuar la recepción, registro, distribución y pases al archivo general de las actuaciones que tramiten en la ADMINISTRACION NACIONAL DE AVIACION CIVIL (ANAC).

6.- Protocolizar, reproducir y autenticar los actos y disposiciones emanados del Organismo.

7.- Elaborar el Informe Anual de la ADMINISTRACION NACIONAL DE AVIACION CIVIL (ANAC) y someterlo a la Administración para su aprobación.

8.- Elaborar las respuestas a los requerimientos de los organismos, dependencias gubernamentales e instituciones privadas que surjan de la relación de éstos con la actividad aeronáutica.

9.- Elevar a la firma del Administrador las resoluciones y otros actos administrativos.

ADMINISTRACION NACIONAL DE AVIACION CIVIL

DIRECCION NACIONAL DE TRANSPORTE AEREO

DIRECCION DE ESTUDIOS DE MERCADO Y ESTADISTICAS

ACCIONES:

1.- Asistir al Director Nacional en el apoyo y evaluación de proyectos económicos y financieros que permitan mantener la productividad y el desarrollo de la industria del transporte aéreo de manera integral, así como aquellos que permitan la participación privada y social.

2.- Elaborar estudios para la actualización de la normativa vigente en lo referente al transporte multimodal y su adecuación al régimen tarifario.

3.- Asistir al Director Nacional en la acción de promover la oferta de servicios necesarios en la red aeroportuaria para desarrollar la vinculación entre distintos operadores de modos de transporte, así como los horarios de los aeródromos que incentiven estas operaciones.

4.- Realizar estudios de mercados que permitan impulsar la aviación general como una herramienta de desarrollo de negocios y de turismo, que facilite la creación de oportunidades a nivel nacional y regional.

5.- Impulsar los sistemas de información que faciliten a los usuarios del transporte aéreo comercial y su infraestructura, conocer las estadísticas de operación y confiabilidad de la empresa que selecciona para sus necesidades de transporte.

6.- Elaborar estudios de mercado para impulsar el transporte aéreo de carga, coordinando se incluya en los convenios internacionales y acuerdos particulares, la participación de empresas nacionales de carga en los mercados regionales e internacionales.

7.- Mantener actualizada la base de datos de las organizaciones vinculadas al transporte aerocomercial, incluyendo estadísticas económico financieras y de precios y tarifas.

8.- Realizar el análisis económico de las operaciones aerocomerciales, así como el diagnóstico y análisis pertinentes que, originados en las estadísticas obtenidas, sirvan de base para detectar las necesidades de modificación de la normativa vigente.

9.- Asistir al Director Nacional en el planeamiento y la estructuración del sistema de transporte aéreo, propiciando la coordinación intermodal.

10.- Elaborar los proyectos de actos administrativos que autorizan la aplicación de nuevas tarifas tanto internas como internacionales.

11.- Analizar y evaluar la capacidad económico-financiera de las empresas que solicitan concesiones y autorizaciones de servicios aéreos de acuerdo con lo establecido por el artículo 105 del Código aeronáutico.

13.- Asistir al Director Nacional en el control de los balances de las empresas aerocomerciales.

DIRECCION NACIONAL DE TRANSPORTE AEREO

DIRECCION DE ESTUDIOS DE MERCADO Y ESTADISTICAS

DEPARTAMENTO DE ESTUDIOS DE MERCADO

ACCIONES:

1.- Participar en la elaboración de estudios para la actualización de la normativa vigente en lo referente al transporte multimodal y su adecuación al régimen tarifario.

2.- Participar en la realización de estudios de mercado que permitan impulsar la aviación en general como una herramienta de desarrollo de negocios y turismo.

3.- Participar en el desarrollo de los sistemas de información que faciliten a los usuarios del transporte aéreo comercial y su infraestructura, conocer las estadísticas de operación y confiabilidad de la empresa que selecciona para sus necesidades de transporte.

4.- Asistir en la elaboración de los proyectos de actos administrativos que autorizan la aplicación de nuevas tarifas y en el análisis y evaluación de capacidades económico-financieras de las empresas que solicitan concesiones y autorizaciones de servicios aéreos.

5.- Participar en la elaboración de estudios de mercado para impulsar el transporte aéreo de carga, y la inclusión en los convenios internacionales y acuerdos particulares de la participación de empresas nacionales de carga en los mercados regionales e internacionales.

6.- Colaborar en la actualización de la base de datos de las organizaciones vinculadas al transporte aerocomercial, incluyendo estadísticas económico-financieras y de precios y tarifas.

DIRECCION NACIONAL DE TRANSPORTE AEREO

DIRECCION DE ESTUDIOS DE MERCADO Y ESTADISTICAS

DEPARTAMENTO DE ANALISIS ESTRATEGICO

ACCIONES:

1.- Participar en la evaluación de proyectos económicos y financieros que permitan mantener la productividad y el desarrollo de la industria del transporte aéreo de manera integral.

2.- Colaborar en la acción de promoción de la oferta de servicios necesario en la red aeroportuaria para desarrollar la vinculación entre distintos operadores de modos de transporte.

3.- Colaborar con el análisis económico de las operaciones aerocomerciales, así como el diagnóstico y análisis pertinente que, originados en las estadísticas, sirvan de base para detectar las necesidades de modificación de la normativa vigente.

4.- Colaborar con el planeamiento y la estructuración del sistema de transporte aéreo, propiciando la coordinación intermodal.

5.- Asistir en la evaluación y seguimiento de los proyectos, programas y acciones que se establezcan en el ámbito de la Dirección, tendientes a optimizar la gestión de los mismos.

6.- Colaborar en el control de los balances de las empresas aerocomerciales.

7.- Colaborar en la elaboración estudios tendientes a mejorar la fiscalización de los mercados para evitar prácticas que lesionen los derechos del usuario.

DIRECCION NACIONAL DE TRANSPORTE AEREO

DIRECCION DE NORMAS AERONAUTICAS Y ACUERDOS INTERNACIONALES

ACCIONES:

1.- Asistir al Director Nacional en la promoción de normas y acuerdos internacionales dirigidos a perfeccionar el funcionamiento del sistema de transporte aerocomercial y del transporte multimodal.

2.- Asistir al Director Nacional en la gestión de acuerdos bilaterales y multilaterales sobre regulación del transporte aéreo.

3.- Intervenir en lo referente a la evolución de los mercados específicos, con el fin de orientar las negociaciones y enmiendas de los acuerdos bilaterales y multilaterales sobre transporte aéreo.

4.- Intervenir en la elaboración de propuestas de actualización y/o modificación de la normativa aeronáutica nacional e internacional, en materia de transporte aerocomercial.

5.- Asistir al Director Nacional en la preparación y participación en las reuniones de consulta, técnicas o de negociación con autoridades aeronáuticas extranjeras referidas a acuerdos y entendimientos bilaterales y multilaterales sobre transporte aéreo.

6.- Asistir al Director Nacional en la elaboración de informes sobre regulaciones aeronáuticas, a fin de asesorar al Administrador Nacional en su participación en reuniones de los organismos regionales e internacionales en la materia.

7.- Intervenir en el apoyo oficial ante las autoridades aeronáuticas extranjeras requerido por los transportadores argentinos para la tramitación de los permisos de operación.

8.- Elaborar respuestas a los requerimientos formulados por los organismos internacionales en materia de transporte aéreo.

9.- Elaborar los informes técnico-legales relativos a la aplicación e interpretación de los acuerdos bilaterales o multilaterales celebrados en materia de transporte aéreo.

10.- Intervenir en el análisis de las solicitudes de concesión o autorización de servicios aéreos formuladas por las empresas nacionales o extranjeras.

11.- Elaborar propuestas de reglamentación de los procedimientos para la resolución de conflictos con los usuarios.

12.- Elaborar propuestas de reglamentación de las condiciones básicas de los contratos de prestación.

13.- Elaborar los informes técnicos para la tramitación de recursos administrativos y/o requerimientos vinculados con la actividad y regulación aerocomercial.

DIRECCION DE NORMAS AERONAUTICAS Y ACUERDOS INTERNACIONALES

DEPARTAMENTO DE NORMAS AERONAUTICAS

ACCIONES:

1.- Asistir en la elaboración de los proyectos de normas dirigidos a perfeccionar el funcionamiento del sistema de transporte aerocomercial y del transporte multimodal.

2.- Realizar estudios sobre la normativa aeronáutica nacional e internacional, proponiendo las actualizaciones y/o modificaciones necesarias para perfeccionar el sistema de transporte aéreo.

3.- Participar en la elaboración de respuestas a los requerimientos formulados por los organismos internacionales en materia de interpretación y aplicación de la normativa aeronáutica en materia de transporte aerocomercial.

4.- Analizar las solicitudes de concesión o autorización de servicios aéreos formuladas por las empresas nacionales o extranjeras.

5.- Participar en la elaboración proyectos de normas que regulen la resolución de conflictos con los usuarios.

6.- Asistir en la elaboración de proyectos de normas que reglamenten las condiciones básicas de los contratos de prestación de servicios aerocomerciales.

7.- Analizar las presentaciones efectuadas en procedimientos de impugnación de actos administrativos, y colaborar en la contestación de requerimientos vinculados con la interpretación y aplicación de la normativa en materia de transporte aerocomercial.

DIRECCION DE NORMAS AERONAUTICAS Y ACUERDOS INTERNACIONALES

DEPARTAMENTO DE ACUERDOS INTERNACIONALES

ACCIONES:

1.- Elaborar propuestas de acuerdos internacionales dirigidos a perfeccionar el funcionamiento del sistema de transporte aerocomercial y del transporte multimodal.

2.- Analizar la normativa internacional y los acuerdos suscriptos por el ESTADO NACIONAL, a fin de promover la gestión de acuerdos bilaterales y multilaterales en materia de transporte aéreo.

3.- Elaborar los informes técnicos para la preparación y participación de las autoridades competentes en las reuniones de consulta, técnicas o de negociación con autoridades aeronáuticas extranjeras, referidas a acuerdos y entendimientos bilaterales y multilaterales sobre transporte aéreo y normas aeronáuticas.

4.- Participar en la elaboración de los informes técnicos necesarios para prestar apoyo oficial ante las autoridades aeronáuticas extranjeras, requerido por los transportadores argentinos para la tramitación de los permisos de operación.

5.- Asistir en la elaboración de proyectos de respuesta a los requerimientos formulados por los organismos internacionales en materia de transporte aéreo.

6.- Elaborar los informes técnico-legales relativos a la aplicación e interpretación de los acuerdos bilaterales o multilaterales celebrados en materia de transporte aéreo.

DIRECCION NACIONAL DE TRANSPORTE AEREO

DIRECCION DE EXPLOTACION DE SERVICIOS AEROCOMERCIALES

ACCIONES:

1.- Asistir al Director Nacional en la ejecución de las políticas, los planes y programas referidos al transporte aerocomercial y la protección de los usuarios.

2.- Elaborar informes técnicos respecto de las solicitudes que efectúen las empresas aéreas a fin de obtener autorizaciones o concesiones de rutas aéreas, de acuerdo con la normativa vigente.

3.- Facilitar la operación de vuelos contratados en aquellos mercados no cubiertos por la aviación regular, total o parcialmente, por cuestiones de baja densidad de tráfico.

4.- Fomentar la participación de empresas de carga nacionales y regionales, en el intercambio de mercancías tanto en el mercado nacional como en el internacional.

5.- Asistir al Director Nacional en el otorgamiento de derechos para la explotación de servicios de transporte aéreo.

6.- Asistir al Director Nacional en la elaboración de informes sobre incidentes, accidentes o deficiencias en los servicios de navegación aérea, proponiendo acciones preventivas y correctivas.

7.- Propiciar las actividades de deportes aéreos y promover la participación en eventos nacionales e internacionales.

8.- Controlar y fiscalizar el cumplimiento de las normas que regulan el transporte aéreo y proponer las recomendaciones y la aplicación de sanciones que se deriven de su incumplimiento.

9.- Asistir al Director Nacional en la evaluación de proyectos económicos y financieros que permitan mantener la productividad y el desarrollo de la industria del transporte aéreo de manera integral.

10.- Participar en la elaboración de estudios para la actualización normativa en materia de transporte multimodal.

11.- Elaborar estudios para la incorporación de nuevas tecnologías en los diversos servicios de transporte aéreo.

DIRECCION DE EXPLOTACION DE SERVICIOS AEROCOMERCIALES

DEPARTAMENTO DE AUTORIZACIONES Y PERMISOS

ACCIONES:

1.- Colaborar en el análisis de las solicitudes que efectúen las empresas aéreas a fin de obtener autorizaciones o concesiones de servicios aéreos, de acuerdo con la normativa vigente.

2.- Elaborar los informes técnicos referidos al otorgamiento de derechos para la explotación de servicios de transporte aéreo.

3.- Analizar y proponer la aprobación de frecuencias, horarios y capacidad en lo referente a las rutas solicitadas por las empresas que cuenten con autorizaciones y/o concesiones.

4.- Mantener actualizado el Registro de personal que realiza tareas a bordo de aeronaves de matrícula argentina afectadas a empresas prestatarias de servicios de transporte aéreo.

5.- Participar en la elaboración de informes sobre afectación y desafectación de aeronaves de las flotas de las empresas nacionales de transporte aéreo.

6.- Asistir en la elaboración de los proyectos de normas para la actualización y/o modificación de la reglamentación en materia de autorizaciones y permisos.

DIRECCION DE EXPLOTACION DE SERVICIOS AEROCOMERCIALES

DEPARTAMENTO DE FISCALIZACION Y FOMENTO

ACCIONES:

1.- Asistir en las propuestas para facilitar la operación de vuelos contratados en aquellos mercados no cubiertos por la aviación regular, total o parcialmente, por cuestiones de baja densidad de tráfico.

2.- Elaborar los informes técnicos sobre incidentes, accidentes o deficiencias en los servicios de navegación aérea, proponiendo acciones preventivas y correctivas.

3.- Asistir en el control de los seguros obligatorios de las aeronaves afectadas por las empresas aéreas, a fin de asegurar su validez y vigencia.

4.- Colaborar en el control de los seguros de empresas extranjeras, de los certificados de sus aeronaves y de las autorizaciones pertinentes.

5.- Participar en el control de la aplicación de normas y regulaciones relacionadas con la habilitación de los servicios de transporte aerocomercial.

6.- Participar en el control del cumplimiento de las tarifas que se comercializan en el mercado.

7.- Elaborar proyectos de normas y/o acuerdos que fomenten la participación de empresas de carga nacionales y regionales, en el intercambio de mercancías tanto en el mercado nacional como en el internacional

8.- Colaborar en la elaboración de programas que fomenten las actividades de deportes aéreos y promover la participación en eventos nacionales e internacionales.

9.- Elaborar y ejecutar planes de fiscalización y control del cumplimiento de las normas que regulan el transporte aéreo.

10.- Asistir en la constatación de los incumplimientos a las normas que regulan el transporte aéreo y proponer las recomendaciones pertinentes y la aplicación de sanciones que se deriven de dichos incumplimientos.

11.- Elaborar estudios para la incorporación de nuevas tecnologías en materia de control de los diversos servicios de transporte aéreo.

DIRECCION NACIONAL DE TRANSPORTE AEREO

DIRECCION DE INFRACCIONES AERONAUTICAS

ACCIONES

1.- Colaborar con las distintas áreas de la ADMINISTRACION NACIONAL DE AVIACION CIVIL las tareas de inspección y comprobación de las infracciones aeronáuticas previstas en la normativa vigente, a fin de sustanciar los procedimientos sancionatorios aplicables.

2.- Participar en la sustanciación de los procedimientos de comprobación y juzgamiento de las infracciones aeronáuticas, de conformidad con lo establecido en el Código Aeronáutico y sus normas complementarias y reglamentarias.

3.- Impulsar la ejecución judicial, por el área competente, de las sanciones aplicadas por infracciones al Código Aeronáutico y sus normas complementarias y reglamentarias.

4.- Llevar el Registro de los procedimientos sumariales sustanciados y las sanciones aplicadas.

DIRECCION DE INFRACCIONES AERONAUTICAS

DEPARTAMENTO DE SUMARIOS AERONAUTICOS

ACCIONES

1.- Colaborar en las tareas de fiscalización y comprobación de los incumplimientos que configuren infracciones aeronáuticas, de conformidad con lo previsto en el Código Aeronáutico y normas complementarias y reglamentarias, a fin de sustanciar los procedimientos sancionatorios aplicables.

2.- Participar en la sustanciación de los procedimientos de comprobación de infracciones aeronáuticas.

3.- Colaborar en la instrucción de sumarios aeronáuticos por infracciones al Código Aeronáutico y normas complementarias y reglamentarias.

4.- Participar en las tareas de registro de los sumarios aeronáuticos sustanciados y las sanciones aplicadas.

DIRECCION DE INFRACCIONES AERONAUTICAS

DEPARTAMENTO DE EJECUCION DE INFRACCIONES

ACCIONES

1.- Promover las actuaciones administrativas tendientes a obtener el cobro de las multas aplicadas en los procedimientos sumariales por infracciones aeronáuticas.

2.- Promover la ejecución judicial —por el área competente— de las sanciones pecuniarias aplicadas en sede administrativa por infracciones aeronáuticas.

3.- Informar periódicamente al Director y a las áreas involucradas, sobre el avance de las actuaciones administrativas promovidas a fin de obtener el cobro de las multas aplicadas.

e. 09/12/2009 Nº 116563/09 v. 09/12/2009