ASUETO

Decreto 1972/2009

Otórgase asueto a los ciudadanos chilenos que se desempeñen en la Administración Pública Nacional, a fin de que concurran a emitir su voto en las Elecciones Nacionales que se realizarán en su país.

Bs. As., 10/12/2009

VISTO el Expediente Nº S02:0012463/2009 del registro del MINISTERIO DEL INTERIOR, la Ley Nº 23.759 y el Decreto Nº 2133 del 5 de diciembre de 1994, y

CONSIDERANDO:

Que por la Ley citada en el Visto, se estableció que los ciudadanos de países limítrofes radicados en la REPUBLICA ARGENTINA, que trabajen en relación de dependencia gozarán en sus empleos de hasta CUATRO (4) días de licencia, a los fines de que puedan concurrir a emitir su voto cuando se realicen elecciones en su país de origen, debiendo comunicar dicha circunstancia a su empleador con la anticipación y en la forma que establezca su reglamentación.

Que a través del Decreto Nº 2133/94, se reglamentó la norma aludida, disponiéndose que la referida licencia se hará efectiva cuando se trate de elecciones relativas a cargos nacionales y que abarquen a todo el país, debiendo el trabajador, solicitarla por escrito y con una anticipación no menor a DIEZ (10) días corridos a la fecha del comicio.

Que el día 13 de diciembre de 2009, se realizarán Elecciones Nacionales en la REPUBLICA DE CHILE.

Que el Gobierno Nacional estima valioso alentar la participación democrática no solamente de los ciudadanos argentinos, sino también de los residentes extranjeros cuando deban cumplir con sus deberes cívicos en oportunidad de realizarse los comicios nacionales en sus países de origen.

Que atento la proximidad de las elecciones a llevarse a cabo en el vecino país, se considera necesario facilitar la concurrencia de los ciudadanos chilenos que trabajen en relación de dependencia, en la REPUBLICA ARGENTINA, sea en el ámbito privado o público, a fin de que puedan emitir su voto.

Que, a esos fines, resulta oportuno conceder asueto administrativo para los ciudadanos chilenos que se desempeñen en la Administración Pública Nacional, los días 11 y 14 de diciembre de 2009.

Que la DIRECCION GENERAL DE ASUNTOS JURIDICOS del MINISTERIO DEL INTERIOR ha tomado la intervención que le compete.

Que la presente medida se dicta en uso de las atribuciones emergentes del artículo 99, inciso 1 de la CONSTITUCION NACIONAL.

Por ello,

LA PRESIDENTA DE LA NACION ARGENTINA

DECRETA:

Artículo 1º — Otórgase asueto los días 11 y 14 de diciembre de 2009, a los ciudadanos chilenos que se desempeñen en la Administración Pública Nacional, a fin de que concurran a emitir su voto en las Elecciones Nacionales que se realizarán el día 13 de diciembre de 2009, en su país de origen.

Art. 2º — Los beneficiarios del asueto que se dispone por el artículo precedente, quedan exceptuados de lo dispuesto en el artículo 2º del Decreto Nº 2133/94, debiendo acreditar ante la autoridad competente de su jurisdicción la emisión del sufragio respectivo.

Art. 3º — Comuníquese, publíquese, dése a la Dirección Nacional del Registro Oficial y archívese. — FERNANDEZ DE KIRCHNER. — Aníbal F. Randazzo.