PRESUPUESTO

Decisión Administrativa 549/2009

Ministerio de Producción. Modifícase el Presupuesto General de la Administración Nacional para el Ejercicio 2009.

Bs. As., 15/12/2009

VISTO el Expediente Nº S93:0007223/2009 del Registro del INSTITUTO NACIONAL DE VITIVINICULTURA, organismo descentralizado del MINISTERIO DE AGRICULTURA, GANADERIA Y PESCA, el Presupuesto General de la Administración Nacional para el Ejercicio 2009 aprobado por Ia Ley Nº 26.422, distribuido por la Decisión Administrativa Nº 2 de fecha 9 de enero de 2009, y

CONSIDERANDO:

Que por las actuaciones citadas en el Visto se promueve una modificación de los créditos autorizados al organismo descentralizado 609 - INSTITUTO NACIONAL DE VITIVINICULTURA, dependiente del MINISTERIO DE AGRICULTURA, GANADERIA Y PESCA, a efectos de posibilitar la atención de gastos indispensables para su normal funcionamiento.

Que la ampliación de las autorizaciones que se propicia, se funda en la estimación de una mayor recaudación de recursos propios, provenientes de los pagos por la venta de servicios que superan el cálculo de los recursos previstos en el presupuesto vigente.

Que el Artículo 9º de la Ley Nº 26.422 de Presupuesto General de la Administración Nacional para el Ejercicio 2009 establece la posibilidad de ampliar los créditos presupuestarios de la Administración Central, de los Organismos Descentralizados e Instituciones de la Seguridad Social, y su correspondiente distribución, financiados con incremento de los recursos con afectación específica, recursos propios, transferencias de Entes del Sector Público Nacional, donaciones y remanentes de ejercicios anteriores provenientes de estas últimas que se perciban durante este ejercicio.

Que por el precitado Artículo 9º de la Ley Nº 26.422 quedan exceptuados de la contribución del TREINTA Y CINCO POR CIENTO (35%) al Tesoro Nacional las ampliaciones presupuestarias fundadas en incrementos de recursos provenientes, entre otros conceptos, de la venta de bienes y/o servicios, como es el caso que presenta el INSTITUTO NACIONAL DE VITIVINICULTURA en las actuaciones citadas en el Visto.

Que atento a lo establecido en el Artículo 10 del Decreto Nº 1366 de fecha 1 de octubre de 2009, la presente modificación tiene reflejo presupuestario en el ex MINISTERIO DE PRODUCCION.

Que la presente medida se dicta en uso de las facultades conferidas por el Artículo 100, incisos 1 y 2 de la CONSTITUCION NACIONAL y el Artículo 9º de la Ley Nº 26.422.

Por ello,

EL JEFE DE GABINETE DE MINISTROS

DECIDE:

Artículo 1º — Modifícase el Presupuesto General de la Administración Nacional, para el Ejercicio 2009, aprobado por la Ley Nº 26.422 y distribuido por la Decisión Administrativa Nº 2 del 9 de enero de 2009, en la parte que corresponde al MINISTERIO DE AGRICULTURA, GANADERIA Y PESCA, organismo descentralizado 609 - INSTITUTO NACIONAL DE VITIVINICULTURA, de acuerdo con el detalle obrante en las Planillas Anexas al presente artículo, que forman parte integrante del mismo.

Art. 2º — Comuníquese, publíquese, dése a la Dirección Nacional del Registro Oficial y archívese. — Aníbal D. Fernández. — Amado Boudou.

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NOTA: El Anexo no se publica. La documentación no publicada puede ser consultada en la Sede Central de esta Dirección Nacional (Suipacha 767 - Ciudad Autónoma de Buenos Aires) y en www.boletinoficial.gov.ar