POLICIA DE SEGURIDAD AEROPORTUARIA

Decisión Administrativa 564/2009

Apruébase la dotación de personal policial y de personal civil.

Bs. As., 17/12/2009

VISTO el Expediente Nº S02:0004895/2009 del registro de la POLICIA DE SEGURIDAD AEROPORTUARIA, la Ley Nº 26.422 de Presupuesto General de la Administración Nacional para el Ejercicio 2009, los Decretos Nros. 785 del 12 de mayo de 2008, 836 del 19 de mayo de 2008, 1190 del 4 de septiembre de 2009 y la Decisión Administrativa Nº 2 del 9 de enero de 2009, y

CONSIDERANDO:

Que por el Decreto Nº 785/08 se aprobó la estructura orgánica y funcional de la POLICIA DE SEGURIDAD AEROPORTUARIA dependiente del MINISTERIO DE JUSTICIA, SEGURIDAD Y DERECHOS HUMANOS.

Que el artículo 5º del Decreto mencionado en el párrafo que antecede dispone que la POLICIA DE SEGURIDAD AEROPORTUARIA a través del MINISTERIO DE JUSTICIA, SEGURIDAD Y DERECHOS HUMANOS deberá elevar al señor Jefe de Gabinete de Ministros el proyecto de dotación del citado Organismo.

Que a través del Decreto Nº 836/08 se aprobó el Régimen Profesional del Personal Policial de la mencionada Fuerza de Seguridad que integra el escalafón único denominado "Escalafón General de Seguridad Aeroportuaria".

Que asimismo por el Decreto Nº 1190/09 se aprobó el Régimen Profesional del Personal Civil de la POLICIA DE SEGURIDAD AEROPORTUARIA, abocado al desarrollo de funciones propias de la gestión administrativa, la dirección de los recursos humanos, la gestión económica, contable y presupuestaria, la gerencia logística, la asistencia y asesoramiento jurídico-legal, las relaciones institucionales y demás actividades de carácter no policial.

Que en consecuencia resulta necesario aprobar la dotación del personal policial y del personal civil de la POLICIA DE SEGURIDAD AEROPORTUARIA en el marco de la normativa citada en los párrafos precedentes.

Que por otra parte en las Planillas Anexas al artículo 6º de la Ley Nº 26.422, se establecen las plantas de personal de cada Jurisdicción, Organismo Descentralizado e Institución de la Seguridad Social.

Que la Decisión Administrativa Nº 2/09 distribuyó los gastos corrientes y de capital, los gastos figurativos, las aplicaciones financieras, los recursos, las contribuciones figurativas y las fuentes de financiamiento previstas en la mencionada Ley Nº 26.422 y por cargos y horas de cátedra, las plantas de personal determinadas en las Planillas Anexas al Artículo 6º de la citada ley.

Que en consecuencia deviene necesario aprobar una modificación a la distribución realizada por la citada Decisión Administrativa Nº 2/09 con relación a la planta de personal de la POLICIA DE SEGURIDAD AEROPORTUARIA, con el objeto de adecuar la misma a la dotación de personal de la mencionada Fuerza de Seguridad de acuerdo a las pautas establecidas en los Decretos Nros. 836/08 y 1190/09.

Que la DIRECCION GENERAL DE ASUNTOS JURIDICOS del MINISTERIO DE JUSTICIA, SEGURIDAD Y DERECHOS HUMANOS ha tomado la intervención de su competencia.

Que la presente medida se dicta en uso de las atribuciones conferidas por el artículo 100 incisos 1 y 2 de la CONSTITUCION NACIONAL y lo dispuesto por el artículo 5º del Decreto Nº 785/08.

Por ello,

EL JEFE DE GABINETE DE MINISTROS

DECIDE:

Artículo 1º — Apruébase la dotación de personal policial y personal civil de la POLICIA DE SEGURIDAD AEROPORTUARIA la que como Anexo I forma parte integrante de la presente Decisión Administrativa.

Art. 2º — Modifícase la Distribución Administrativa del Presupuesto General de la Administración Nacional para el Ejercicio 2009 - Recursos Humanos - en la parte correspondiente a la Jurisdicción 40 - MINISTERIO DE JUSTICIA, SEGURIDAD Y DERECHOS HUMANOS, Subjurisdicción 07 – POLICIA DE SEGURIDAD AEROPORTUARIA, Programa 22 - PRESTACION DEL SERVICIO DE SEGURIDAD AEROPORTUARIA, de acuerdo con el detalle obrante en el Anexo II que forma parte integrante de la presente Decisión Administrativa.

Art. 3º — El gasto que demande el cumplimiento de la presente medida será atendido con el presupuesto asignado a la Jurisdicción 40 - MINISTERIO DE JUSTICIA, SEGURIDAD Y DERECHOS HUMANOS, Subjurisdícción 07 - POLICIA DE SEGURIDAD AEROPORTUARIA, Programa 22 – PRESTACION DEL SERVICIO DE SEGURIDAD AEROPORTUARIA.

Art. 4º — Comuníquese, publíquese, dése a la Dirección Nacional del Registro Oficial y archívese. — Aníbal D. Fernández. — Julio C. Alak.

ANEXO I

DOTACION DE PERSONAL POLICIA DE SEGURIDAD AEROPORTUARIA (LEY Nº 26.102)

ANEXO II