CODIGO CIVIL

Decreto 2113/2009

Promúlgase la Ley Nº 26.579

Bs. As., 21/12/2009

POR TANTO:

Téngase por Ley de la Nación Nº 26.579 cúmplase, comuníquese, publíquese, dése a la Dirección Nacional del Registro Oficial y archívese. — FERNANDEZ DE KIRCHNER. — Aníbal D. Fernández. — Julio C. Alak.