ENTE NACIONAL REGULADOR DEL GAS

Resolución 1003/2009

Fíjase un cuarto anticipo a cuenta de la Tasa de Fiscalización y Control para el año 2009.

Bs. As., 11/12/2009

VISTO la Ley 24.076 y su reglamentación aprobada por Decreto Nº 1738 del 18 de setiembre de 1992 y el Expediente Nº 13.236/08 del REGISTRO DEL ENTE NACIONAL REGULADOR DEL GAS (ENARGAS), y;

CONSIDERANDO:

Que la Ley 26.422 sancionada el 5 de noviembre de 2008, publicada en el Boletín Oficial el 21 de Noviembre de 2008, aprobó el Presupuesto General de la Administración Nacional para el Ejercicio 2009, que comprende el presupuesto del Ente Nacional Regulador del Gas (ENARGAS), distribuido por Decisión Administrativa Nº 2/09 del Jefe de Gabinete de Ministros.

Que de acuerdo al presupuesto aprobado, la Tasa de Fiscalización y Control para el ejercicio 2009 ha quedado fijada en la suma de PESOS SETENTA Y UN MILLONES TRESCIENTOS SESENTA Y SIETE MIL ($ 71.367.000.-).

Que la D.A. Nº 525/2009, de fecha 4/12/2009, publicada en el Boletín Oficial el 11/12/2009, modifica el Presupuesto del ENARGAS para el ejercicio 2009 y establece un incremento de Tasa de Fiscalización y Control de $ 3.495.511 (PESOS TRES MILLONES CUATROCIENTOS NOVENTA Y CINCO MIL QUINIENTOS ONCE) debido a: que no había sido contemplado el incremento salarial que fuera aprobado por el Decreto Nº 757 de fecha 24 de junio de 2009; y que con fecha 30 de diciembre de 2008, se dictó la D.A. Nº 725, que incrementaba los créditos vigentes del Inciso 1 del Presupuesto 2008, los cuales no pudieron ser ejecutados en 2008 ni contemplados en el Presupuesto vigente.

Que, a efectos de asegurar el correcto desempeño de las funciones asignadas por la Ley Nº 24.076 a esta Autoridad Regulatoria, y atento a lo dispuesto por el Artículo 63 del Decreto Nº 1738/92, este Organismo de Control se encuentra facultado para fijar los mecanismos de recaudación de la Tasa.

Que, en virtud de ello, resulta necesario determinar el Saldo Final contemplando la participación de cada sujeto conforme a los ingresos brutos por la actividad regulada que surge, en mayor medida, de los Estados Contables al 31 de diciembre de 2008.

Que a fin de determinar la distribución del pago de la Tasa de Fiscalización y Control del año 2009, se cuenta con la información, suministrada por la Gerencia de Desempeño y Economía mediante Memorandum Nº 105/09 que obra en fojas 638 a 639 y Nº 107/09 que obra en fojas 640 a 642 del citado expediente, correspondiente a los ingresos brutos por la actividad regulada que surge de los últimos Estados Contables disponibles por esa Gerencia de las Distribuidoras, Transportistas y Gasoductos, presentados ante esta Autoridad Regulatoria en cumplimiento de la Resolución ENARGAS Nº 60/94 modificada por la Resolución ENARGAS Nº 362/96.

Que el artículo 3º de la Resolución ENARGAS Nº 35/93 establece que los Subdistribuidores deberán abonar una Tasa de Fiscalización y Control elaborada con similares parámetros que para las Licenciatarias de Distribución de Gas.

Que en el curso del año 2009, los Transportistas y Distribuidores han efectuado cuatro pagos a cuenta de la Tasa de Fiscalización y Control del Año 2009 de acuerdo a lo dispuesto por la Resolución ENARGAS Nº I 606/09, I 736/09, I 801/09 e I 918/09.

Que habiéndose determinado el excedente del año 2008, en PESOS UN MILLON QUINIENTOS VEINTISEIS MIL TRESCIENTOS SETENTA ($ 1.526.370.-) y conforme lo dispuesto en la reglamentación del artículo 63 de la Ley 24.076 por Decreto 1738/92, corresponde su asignación al presente ejercicio, habiéndose aplicado el (CIEN POR CIENTO) 100% a la determinación de los anticipos anteriores de la Tasa de Fiscalización y Control 2009.

Que el cuerpo Jurídico Permanente ha tomado la intervención que le compete, en los términos del Art. 7º de la L.N.P.A.

Que el ENTE NACIONAL REGULADOR DEL GAS se encuentra facultado para el dictado del presente acto en virtud de lo dispuesto por los Artículos 62 y 63 de la Ley Nº 24.076 y su reglamentación, aprobada por el Decreto Nº 1738/92.

Que el Interventor del ENTE NACIONAL REGULADOR DEL GAS se encuentra facultado para el dictado de la presente Resolución en conformidad con las atribuciones conferidas por el artículo 2º del Decreto P.E.N. Nº 571/07, 1646/07, 953/08, 2038/08, 616/09 y 1874/09.

Por ello,

EL INTERVENTOR DEL ENTE NACIONAL REGULADOR DEL GAS

RESUELVE:

Artículo 1º — Fíjase la Tasa de Fiscalización y Control para el año 2009 en la suma de PESOS SETENTA Y CUATRO MILLONES OCHOCIENTOS SESENTA Y DOS MIL QUINIENTOS ONCE ($ 74.862.511.-), que será abonada por cada Sociedad Licenciataria y/o por cada Subdistribuidor de Gas conforme el detalle obrante como Anexo I de la presente Resolución.

Art. 2º — A la Tasa fijada en el Artículo 1º deberá descontársele la suma de PESOS UN MILLON QUINIENTOS VEINTISEIS MIL TRESCIENTOS SETENTA ($ 1.526.370.-), conforme se determina en el Anexo I, correspondiente por asignación al presente ejercicio del excedente del año 2008.

Art. 3º — Al neto resultante, según lo previsto en el artículo anterior, deberá descontársele los importes pagados a cuenta en concepto de anticipo, por cada sujeto, de acuerdo a lo dispuesto por las Resoluciones ENARGAS Nº I 606/09, I 736/09, I 801/09 e I 918/09 y/o los importes abonados por los Subdistribuidores a requerimiento del Organismo en cumplimiento de la Resolución ENARGAS Nº 35/93, según corresponda.

Art. 4º — Establécese como fecha de vencimiento el 22 de diciembre de 2009 para el ingreso del saldo resultante por aplicación de los artículos precedentes.

Art. 5º — En los casos en que del Anexo I adjunto surja un importe a favor de la Licenciataria, Subdistribuidor y/o Comercializador, el mismo será aplicado al pago de la Tasa Anual para el año 2010.

Art. 6º — Comuníquese, publíquese, dése a Ia DIRECCION NACIONAL DE REGISTRO OFICIAL y archívese. — Antonio L. Pronsato.

ANEXO I

TASA DE FISCALIZACION Y CONTROL AÑO 2009 – SALDO FINAL